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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado
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• 06/11/2020 15:56:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: julio 2020.
Buenas tardes a todos,
ya leí hace unos días en el BOE la nueva oferta de empleo público en la que hay 850 plazas de turno libre para C1.
Llevo unos meses estudiando, mi duda es, ¿en qué momento se abren los plazos de inscripción para estas plazas? ¿cómo me recomendáis que me entere por mí mismo de la mejor manera?
Muchas gracias a todos, un saludo y buena tarde
• 06/11/2020 19:32:00.
• Mensajes: 520
• Desde: Almería.
• Registrado: abril 2020.
Una cosa es la Oferta Pública de Empleo. Que se aprueba (sin covid dando la brasa) en el primer trimestre del año.
Otra cosa es la convocatoria. Hasta que no salga la convocatoria no hay que inscribirse a nada. En cuanto se publique la convocatoria comienza el plazo para presentar instancias y pagar las tasas (a menos que seas desempleada y creo que no hay que abonar nada). Es es el plazo en el que hay que estar atento.
Si consultas la convocatoria de la OPE 2018 que está en el INAP puedes ir al punto 6 "SOLICITUDES"
6.2 "Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible
en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips). La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante".
6.3 "Los interesados dispondrán de un plazo de presentación de VEINTE DÍAS HÁBILES
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado»"
Como digo, en el punto 6.8.2 dice: "Exención del pago de la tasa: Estarán exentas del pago de la tasa por derechos
de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un
mes antes de la fecha de la convocatoria.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de
18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante una sentencia judicial firme o en virtud de una resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad.
Un saludo.
• 07/11/2020 11:57:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: julio 2020.
Muchísimas gracias a los dos, que paséis buen día
• 07/11/2020 12:24:00.
• Mensajes: 520
• Desde: Almería.
• Registrado: abril 2020.
Un placer. Nos vemos por aquí.
Un saludo.