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• 28/12/2020 17:46:00.
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Antes de nada felices fiestas. Trabajo en un ayuntamiento y por mí trabajo tengo una disponibilidad de
15 minutos ( eso es lo que pone en la normativa a aplicar) pero leyendo la memoria justificativa de mi
puesto de trabajo, pone que la disponibilidad es de 5 minutos. Mi pregunta es la siguiente: Qué es lo
que prevalece en este caso? Porque estoy pensando en demandar al ayuntamiento, porque no consigo
conciliar mi vida personal con la laboral, vivo con un pie en la puerta de mi casa y son muchas las
llamadas que recibo, porque me dedico a mantenimiento. Muchas gracias de antemano
• 12/01/2021 9:17:00.
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Buenos días! Agradecería enormemente si alguien pudiera aconsejarme en este tema, porque estoy bastante perdido y no sé muy bien que hacer. Gracias de antemano. Un saludo
• 12/01/2021 18:43:00.
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Muchísimas gracias por la aportación!!
En cuanto a los abogados laboralistas, no es por los 50€, lo que pasa es que muchas veces están más perdidos que el barco del arroz, sinceramente me fío más de vosotros.
Mil gracias compañero!!
• 12/01/2021 18:46:00.
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La disponibilidad sí me la pagan, una miseria, pero me la pagan. Y las horas extra, si las hago, también. El problema es estar sujeto a ese estrés porque 5 minutos, te aseguro que tengo que dormir vestido para llegar y encima muchas salidas por la noche
• 13/01/2021 13:36:00.
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Gracias PARTO, te agradezco sinceramente tus aportaciones, decirte que yo no estoy aquí para reírme de nadie, ni por supuesto estoy a punto de jubilarme, afortunadamente...
Deberías ir y que te echen un vistazo a lo tuyo... Tiene mala pinta... ánimo!! Qué buena falta te hará...