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711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 13/02/2022 8:42:00.
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Buenas
¿alguien ve alguna posible impugnación de preguntas aparte de la pregunta 53 de la primera parte por estar redactada para un word anterior?
Un saludo
• 13/02/2022 9:13:00.
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• Registrado: junio 2018.
En el supuesto práctico 2, la pregunta 20, la de los interinos
• 13/02/2022 10:11:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Qué pensáis de la 52?
• 13/02/2022 10:21:00.
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• Registrado: febrero 2022.
uf ojalá Dralius lo que dices de la 53! Estás seguro de ello?
• 13/02/2022 13:42:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: febrero 2017.
cierto es la 53
Y la 52, no? hay dos respuestas con el mismo resultado, me da igual el orden, no te preguntan por el orden, te preguntan por el "conjunto correcto de pestañas". Cuando en una preguntan aparezca dos respuestas con los mismos elementos, es incorrecta ya por sí sola.
Sabéis cómo se impugna?
• 13/02/2022 18:10:00.
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• Registrado: septiembre 2021.
Está clarísimo que desconocías la respuesta correcta. ¿Mereces puntuar?
• 14/02/2022 13:21:00.
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• Registrado: noviembre 2021.
Si, yo veo clarísima la impugnación de la respuesta 53. La 52 sin embargo creo que es correcta.
¿Cómo veis la 20?, creo que hay resoluciones que darían por buena también la d).
Gracias!
• 14/02/2022 13:43:00.
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• Registrado: agosto 2020.
La pregunta 13 del supuesto práctico 1. Nos indican claramente en el enunciado que el crédito no es ampliable y que no es posible realizar ninguna otra modificación presupuestaria. No puede ser correcta suplemento de crédito porque eso es una modificación presupuestaria, así se define en la ley
Solo veo clara la impugnación de la pregunta 53.
La 52 está bien redactada, no coincide ninguna opción con otra... alguien lo está leyendo mal.
La 13 del supuesto práctico la verdad es que sí creo que podría impugnarse porque el "y no es posible realizar ninguna otra modificación presupuestaria" hace que te quedes loco, NINGUNA? y un suplemento de crédito que es entonces?... en la LGP dice " y su dotación no resulte posible a través de las restantes figuras previstas en el artículo 51 "... qué fallo del redactor macho
• 14/02/2022 14:27:00.
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• Registrado: febrero 2022.
A mi en la 13 me paso lo mismo, pensé igual que tu Miguel, pero después vas a la definición de suplemento de crédito y esxeda misma. Lo siento 128542 por los dos pero es correcta creo.
Otra duda que tengo es la 20 del supuesto I , puesto que en ja ley pone que se ampliaran los 9lszos de ser necesario CON LOS MISMOS EFECTOS. Yo marqué la D.
¿Alguien sabe como se impugnan las preguntas? Gracias
• 14/02/2022 14:33:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Pepelu pues llevas razón, la última coletilla no está en el artículo.
no entiendo la impugnación de la pregunta 20 del supuesto I, se reserva el puesto 6 meses y no más, porque los efectos señalados anteriormente precisamente son eso, que se reserva el puesto durante 6 meses, lo entiendes? es decir, dice el trebep que los PRIMEROS 6 meses se mantiene, los efectos que se prorrogan son que se computará a efectos de antigüedad, carrera y derechos del régimen de la SS...
"Durante los seis primeros meses tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeñaran, siendo computable dicho período a efectos de antigüedad, carrera y derechos del régimen de Seguridad Social que sea de aplicación.
Cuando las actuaciones judiciales lo exigieran se podrá prorrogar este periodo por tres meses, con un máximo de dieciocho, con idénticos efectos a los señalados anteriormente, a fin de garantizar la efectividad del derecho de protección de la víctima."
Amrtirado creo que sí, que la 13 esa podría ser impugnable, lo que me jode bastante porque yo la tengo bien y las de reserva en blanco (los 2 primeras) y las otras correctas... así que me revienta bastante
• 14/02/2022 14:43:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Llevas razón, pues eso es lo que me confundió, sé de sobra que son 6 meses y si hubieran pues la respuesta con otro número de meses marco la de 6 con seguridad, pero me hicieron confundirme con eso y la verdad, siempre he tenido esa duda de a que se referían con los mismos efectos, si entraba o no lo de la reserva del puesto. Que put...
• 14/02/2022 14:52:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Yo la 13 la tengo mal, puse transferencia pero la primera se reserva también la tengo mal
• 14/02/2022 14:56:00.
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• Registrado: octubre 2016.
Yo en la 13 del supuesto I puse exactamente lo mismo, que era un crédito extrapresupuestario porque ya la pregunta te decía que no admitía ningún tipo de modificación presupuestaria, y el suplemento lo es. La voy a impugnar. Qué pensáis sobre la 10 de ese mismo supuesto?
• 14/02/2022 15:02:00.
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• Desde: Zaragoza.
• Registrado: junio 2018.
Si existe crédito, pero es un insuficiente, solo cabe suplemento de credito o ampliación, pero ya indican que no es ampliable. Yo la 13a veo correcta por eso.
• 14/02/2022 15:09:00.
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• Registrado: octubre 2014.
Suplemento de crédito, art 55 lgp:
Cuando haya de realizarse con cargo al presupuesto del estado algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista crédito adecuado o sea insuficiente y NO AMPLIAbLE el consignado y su dotación no resulte posible a través de las RESTANTES FIGURAS PREVISTAS en el art 51 deberá procederse a la tramitación de créditos extraordinarios o suplementarios del inicialmente previsto.
Artículo 51. Modificación de los créditos iniciales.
La cuantía y finalidad de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos sólo podrán ser modificadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en los artículos siguientes, mediante:
a) Transferencias.
b) Generaciones.
c) Ampliaciones.
d) Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
e) Incorporaciones.
Considero que es totalmente correcta la pregunta xq dice expresamente RESTANTES modificaciones presupuestarias. ( solo mi opinión pero os marco el artículo de la lgp para q veáis)
• 14/02/2022 15:14:00.
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• Registrado: octubre 2014.
En cuanto a la 20 yo la considero impugnable xq si un juez lo considera tiene derecho a la ampliación desde 3 hasta 18 meses incluidos... por lo que la respuesta de 12 meses podría ser válida.
La pregunta expone cuál es su derecho... derecho tiene, otra cosa es la forma de obtener dicho derecho.
Puesto q si el juez determina que se amplíe no podría denegarse su derecho. Por tanto es un derecho condicional l( existe el derecho si se cumple la confdicion establecida para ello) y el enunciado no expresa que se cumpla o no dicha condicion.
• 14/02/2022 15:14:00.
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• Registrado: octubre 2016.
Si, te dice que existe crédito pero no puede hacerse ninguna modificación presupuestaria (el suplemento ya lo es).
• 14/02/2022 15:26:00.
• Mensajes: 660
• Registrado: octubre 2014.
El punto 13 Dice ninguna OTRA modificación...
Por eso creo q es correcto xq con el otra han querido sustituir ninguna de las restantes
Q viene en el artículo
Quizás estoy equivocada y te lo dan x valido. .
• 14/02/2022 15:42:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Yo veo del supuesto 2
impugnable la 4: al tener 2 posibles respuestas
Impugnable la 9 por tener las cifras desfasadas.
Respuesta incorrecta: La 10 está mal porque al tener juicio de valor no puede ser simplificado 159.6 y si es simplificado tiene que estar en estar inscrito en el rolece, cn lo cual no se puede eximir de la acreditación de solvencia. La correcta sería la 10.C.
Respuwsta incorrecta: la 14 está mal porque distinto programa, mismo servicio lo autoriza el titular del ministerio. La correcta sería la 14. A
• 14/02/2022 15:49:00.
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• Registrado: octubre 2008.
EStoy totalmente de acuerdo contigo Aurori, excepto con la pregunta 9 del supuesto 2, las demás son impugnables
• 14/02/2022 15:51:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: febrero 2022.
La de suplemento de crédito es correcta porque precisamente te indica que NO SE PUEDE realizar ninguna otra modificación. Los suplementos y créditos extraordinarios son PRECISAMENTE para esos casos (como último recurso). No veo impugnación en ningún lado en esta pregunta.
• 14/02/2022 16:04:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: octubre 2016.
La pregunta 13 en el examen dice:
"si surge un gasto que no admite demora, y que no hay crédito suficiente en el presupuesto vigente, ni es ampliable el consignado Y NO ES POSIBLE REALIZAR NINGUNA OTRA MOD. PRESUPUESTARIA"
En la ley, el art. 55.1 pone:
"algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y no exista crédito adecuado o sea insuficiente y no ampliable el consignado y su dotación no resulte posible a través de las restantes figuras previstas en el artículo 51" y aquí si nos refiere que se hará mediante crédito extraordinario o suplementario.
Quiero decir, que si me preguntan directamente de un texto sacado de la ley obviamente sería la opción que viene, pero al redactarlo sin seguir la ley literal me produce esa duda.
• 14/02/2022 16:43:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Estoy de acuerdo con vosotros en la pregunta 53 y en la 14 del supuesto II.
Mañana enviaré la impugnación a ver si las vuelven a valorar
• 14/02/2022 16:53:00.
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• Registrado: febrero 2022.
En el supuesto II, la pregunta 14 es el artículo 63.1.a) por tanto la correcta es la respuesta A.
Perdonad mi ignorancia, la impugnación en caso de que las acepten que pasa, cambian la respuesta correcta a la A en este caso o eliminan la pregunta y cogen la primera de reserva.
Gracias
• 14/02/2022 17:02:00.
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• Registrado: mayo 2021.
Ay, pues tenéis razón con la 14. Está mal corregida es la A. Porque además se hicieran referencia alguna cosa extraña del supuesto pero es que esa pregunta la hacen como en general quién autoriza esa transferencia no hay ningún caso concreto.
Yo estoy tan desilusionada con mi supuesto que ni me había fijado.
En cuanto a qué hacen con la pregunta. No es lo mismo impugnar a porque se salga de temario o porque esté mal redactada a impugnar que está mal corregido, en ese caso lo normal es que cambien la respuesta simplemente.
• 14/02/2022 17:12:00.
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• Registrado: mayo 2021.
Bueno, bueno y la 10 del segundo supuesto también está mal corregida.. No te puedes ir al supersimplificado porque tienes criterios evaluables mediante juicio de valor y en todo caso la c si que es correcta.
Contrato de obras, menor de 2 millones, juicio de valor 20% y se requiere la garantía definitiva.
• 14/02/2022 17:29:00.
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• Registrado: junio 2018.
::: --> Editado el dia : 14/02/2022 17:30:33
::: --> Motivo :
Menuda chapuza. No saben ni corregir! Efectivamente en el supuesto 2 La 14 es la A y la 10 es la C.
Habeis visto alguna mas mal en el supuesto la 11 y la 20 me chirrían un poco, pero no se.
• 14/02/2022 17:35:00.
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• Registrado: mayo 2021.
La 11 y la 20 son correctas opoduo.
• 14/02/2022 18:13:00.
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Yo también le doy vueltas a la 20
• 14/02/2022 18:57:00.
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En el supuesto II, estoy seguro de que la 14 es la A, las autorizaciones entre transferencias de un mismo servicio las hace el ministro del departamento. Ayer me rayé con esta, porque los de opositatest también ponían la B como la correcta.
La 10 yo creo que sí que es la B, lo del juicio de valor que se comenta varios posts arriba sale en el 159.1.b, con juicio de valor de 20% sí se puede hacer el procedimiento simplificado. Y la segunda parte se corresponde con 159.6.b y 159.6.f al tratarse de un contrato de obras de 80000 euros. La 4 no termino de ver dónde están las 2 respuestas correctas, creo que es correcta la A, la cual tengo mal :(
La 11 es la A seguro, porque es una subvención no nominativa con convocatoria previa según el texto del supuesto y el enunciado de la pregunta te habla específicamente de 2 documentos y del BOE, cosa que sale en ese mismo tipo de subvenciones (ver regla 86 de Orden de 1 de febrero de 1996). La respuesta C sería para las que no tienen convocatoria previa.
Buenas tardes.
¿Nadie ve impugnable la pregunta 35? Yo no termino de ver por qué la opción "b" no puede ser.
La trasferencia entre distintas secciones es muy muy muy particular, pero no deja de ser una
trasferencia
Si hubiera alguien que me abriera un poco los ojos se lo agradecería.
• 14/02/2022 19:12:00.
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La 35 la veo impugnable, no sé cómo enfocar el escrito
• 14/02/2022 20:10:00.
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• Registrado: octubre 2008.
la 35 está bien, porque se está refiriendo a los tipos de modificaciones que hay y si pusiera tranferencia a secas sin especificar podrías impugnarla, pero no lo pone. Un saludo
• 14/02/2022 20:34:00.
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La pregunta 9 del supuesto II, los importes de los umbrales no están actualizados...
• 14/02/2022 23:53:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Se impugnan todas las preguntas en la misma alegación??? O hay que hacer una alegación distinta para cada pregunta?
• 15/02/2022 6:57:00.
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• Registrado: enero 2014.
La 14 del supuesto II es claramente la A.
• 15/02/2022 9:06:00.
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• Registrado: mayo 2005.
¿A alguien más le pasa que la pregunta 59 en su Officce (y es oficial, no pìrata) la opción de "combinar y centrar" le da como resultado la opción a?
Porque esa la fallé por eso, porque recordaba cómo me aparecía a mí.
• 15/02/2022 10:45:00.
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• Registrado: febrero 2022.
¿Y la 4 del supuesto II no os parece impugnable?
Esta frase 4. (Podrá no ser aplicable la caducidad en el supuesto de que la cuestión suscitada afecte
al interés general, o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento.) aparece en el artículo 95 que habla sobre la caducidad en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, sin embargo en el artículo 25 pone lo siguiente:
b) En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o,
en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen,
se producirá la caducidad. En estos casos, la resolución que declare la caducidad ordenará
el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en el artículo 95.
La pregunta 4 dice que estamos claramente ante un procedimiento sancionador, por tanto debe producir la caducidad del mismo, la respuesta correcta sería la C en un procedimiento sancionador.
Y la 14 del supuesto II es claramente incorrecta, la respuesta es la A
• 15/02/2022 13:34:00.
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Yo voy a impugnar la 52 ya que las respuestas B y D son idénticas pero en distinto orden. Si también anulan la 53 tendría un puntito más.
• 15/02/2022 13:41:00.
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• Registrado: febrero 2022.
¿Qué más da que haya dos respuestas parecidas en distinto orden si ninguna de las dos es la correcta? esa claramente no es impugnable.
• 15/02/2022 15:45:00.
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En teoría es la C pero tampoco parece ser la correcta en Word2019.
• 15/02/2022 16:22:00.
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• Registrado: mayo 2005.
¿Nadie mas tiene ese problema con la pregunta 59? ¿la de combinar y centrar?
• 15/02/2022 16:41:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Yo voy a impugnar la 53 y la 4 y 14 del supuesto 2.
La 35 la veo impugnable pero no sé cómo enfocarlo
• 15/02/2022 16:47:00.
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• Registrado: febrero 2022.
La 35 no es impugnable, es tal cual lo pone en la ley. No hay por donde enfocarlo porque es correcta la respuesta XD.
La 59 es correcta también. Si usas combinar y centrar siempre te va a dejar sólo el contenido de la celda superior y a la izquierda.
• 15/02/2022 17:03:00.
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¿Le funciona a alguno la web para impugnar? A mí no logra validarme la identificación de cl@ve, le he dicho a un conocido que pruebe y tampoco le loguea.
• 15/02/2022 20:50:00.
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• Registrado: febrero 2022.
¿Podéis acceder a las alegaciones desde la clave pin? yo llevo un buen rato intentándolo y es imposible, me sale que los credenciales no son válidos.
• 15/02/2022 21:05:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Yo tampoco he conseguido acceder. Quizá haya petado... habrá que seguir intentándolo
• 15/02/2022 21:07:00.
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• Registrado: febrero 2022.
a mi sí me ha dejado, a eso de las 19.30h
• 16/02/2022 14:14:00.
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• Registrado: febrero 2022.
::: --> Editado el dia : 16/02/2022 14:15:23
::: --> Motivo :
Breepee, en el trebep pone 6 meses reserva de puesto de trabajo. Si quisieran saber a cuánto se extendería con prórroga lo especificarían. Puestos así ni los 10 días para subsanar errores sería correcto porque se puede extender a 15. La 20 es correcta tal cual está.
• 16/02/2022 14:35:00.
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• Registrado: febrero 2022.
::: --> Editado el dia : 16/02/2022 14:35:56
::: --> Motivo :
Por eso hay que entender bien las preguntas, y elegir la respues MÁS correcta. En este caso sólo puede ser la de 6 meses, porque ninguna de las otras es correcta. La d) "todo el tiempo que esté en excedencia" es falsa.
• 16/02/2022 16:02:00.
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• Registrado: febrero 2022.
La pregunta 9, del supuesto numero 2 es claramente impugnable, aunque la respuesta sea la b).
Las cantidades están derogadas y hay que preguntar según la legislación vigente, que entraba en vigor a partir del 1 de enero de 2022, donde las cantidades serían: (139.000€ -- 140.000€ y 214.000€ -- 215.000€). El examen es celebrado en febrero de 2022, por lo que dichas cantidades ya no están vigentes.
• 16/02/2022 17:38:00.
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Recordad que para impugnar debéis poner vuestro nombre, DNI, el cuerpo del proceso selectivo que impugnáis, fecha del examen, etc
• 17/02/2022 9:53:00.
• Mensajes: 35
• Desde: Jaén.
• Registrado: mayo 2005.
Yo la 68 la he impugnado porque ni siquiera el lo mismo responsive que adaptativo. y la 13 del primer supuesto tambien.
• 17/02/2022 10:07:00.
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• Registrado: octubre 2016.
Andaluza has pedido impugnación o cambio de respuesta en la 13?
• 17/02/2022 11:43:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: febrero 2022.
::: --> Editado el dia : 17/02/2022 11:44:12
::: --> Motivo :
Andaluza siento decirte que ambas preguntas están bien. La de responsive es tal cual y la 13 está tan bien formulada que no hay lugar a dudas de que la respuesta es suplemento de crédito.
• 17/02/2022 16:01:00.
• Mensajes: 35
• Desde: Jaén.
• Registrado: mayo 2005.
Respecto a la 68, en la pregunta aluden a adaptativo y responsive como si fueran lo mismo, cuando no es así. Las diferencias entre diseño web responsive y diseño web adaptativo
Tal y como hemos visto, diseño web responsive y diseño web adaptativo son conceptos muy parecidos. A pesar de esto, los elementos que los caracterizan no son exactamente los mismos.
El diseño web responsive adapta la estructura y los diferentes elementos de cada página web a las dimensiones y características de cada aparato móvil. El diseño web adaptativo es menos flexible, y se basa en el uso de tamaños y características pre-establecidas.
Por pedir que no quede, si no lo estiman conveniente la archivarán en la vertical. XDD
La 13 del primer supuesto tambien tiene un enunciado erróneo.
El no ya lo tengo, así que por intentarlo que no quede.
• 17/02/2022 16:02:00.
• Mensajes: 35
• Desde: Jaén.
• Registrado: mayo 2005.
Por cierto, han sacado nota informativa ampliando el plazo de alegaciones a mañana por los problemas técnicos de ayer.
• 17/02/2022 16:10:00.
• Mensajes: 29
• Registrado: octubre 2019.
El enunciado de la 13 está perfecto. Saludos
• 17/02/2022 16:21:00.
• Mensajes: 35
• Desde: Jaén.
• Registrado: mayo 2005.
Normalmente sólo anulan o modifican las que vean muy claras, pero aún así yo he presentado la alegación, porque al menos a mí, como cometanba otro chico, me indujo a error.
Con su permiso, copio su respuesta.
La 13 del supuesto práctico la verdad es que sí creo que podría impugnarse porque el "y no es posible realizar ninguna otra modificación presupuestaria" hace que te quedes loco, NINGUNA? y un suplemento de crédito que es entonces?... en la LGP dice " y su dotación no resulte posible a través de las restantes figuras previstas en el artículo 51 ".
Lo más probable es q sólo anulen la 53, pero ahí queda registrada mi solicitud.
• 17/02/2022 16:45:00.
• Mensajes: 186
• Registrado: febrero 2022.
::: --> Editado el dia : 17/02/2022 16:51:25
::: --> Motivo :
Presentadas las siguientes impugnaciones:
Supuesto II
Pregunta 4
Cambio de a) a c)
Pregunta 10
Anulación.
Pregunta 14
Cambio de b) a a)
• 20/02/2022 0:36:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: febrero 2022.
::: --> Editado el dia : 20/02/2022 0:37:43
::: --> Motivo :
Yo tengo muchas dudas sobre la 20 del supuesto I que marque la d). Leed esto y opinad:
[--https://www.mptfp.gob.es/dam/es/portal/funcionpubl...xyRweZ-pAzB05hA--]
Eso es lo que yo he alegado. Y diría que me juego la plaza en esa pregunta porque paso de 16 a 17,33 como nota del supuesto.
• 20/02/2022 9:06:00.
• Mensajes: 29
• Registrado: octubre 2019.
No se puede acceder. De todos modos no entiendo como marcaste la d si la ley dice claramente que se le reserva "hasta un máximo de 18 meses". Parte de 6, y luego de 3 en 3 hasta 18.
• 20/02/2022 11:13:00.
• Mensajes: 79
• Registrado: febrero 2022.
Os remito la respuesta de una abogada especialista en derecho administrativo, también me ha facilitado un enlace de un despacho especializado en funcionarios y enseñanza por si llegado el momento cuando suban las listas definitivas alguien más quiere contactar con ellos.
Buenos días, en relación con su consulta, efectivamente en el procedimiento sancionador no se aplica la excepción prevista en el artículo 95.4, por lo que esa pregunta debería anularse.
Si no la anulan, podría impugnarse la calificación del examen.
• 20/02/2022 13:35:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: febrero 2022.
Jossss, precisamente por eso "mientras dure la situación administrativa " 6 ,9, ....hasta 18 de máximo. Si yo siendo de Rrhh me pregunta por cuanto tiempo se le reserva el puesto de trabajo no le diría 6 meses y me quedo tan pancho, no le estaría informando bien, le diría 6 meses pero con posibilidad de ampliación hasta 18 si fuera necesario por el juez, o sea, queceñ máximo de excedencia es 18 y por lo tanto mientras este en esta situación administrativa tiene reserva del puesto de trabajo.
Una funcionaria víctima de violencia de género consulta sobre la posibilidad de solicitar una excedencia por esta
causa. De acogerse a esta figura, ¿durante cuántos meses tendría derecho a la reserva de su puesto?
Si la d) no es tampoco es en mi opinión 6 meses porque ese es el periodo inicial.
Un saludo.
• 20/02/2022 15:33:00.
• Mensajes: 29
• Registrado: octubre 2019.
Que no es la b??!! Jajaja, ya verás como si lo es
• 20/02/2022 16:12:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: febrero 2022.
::: --> Editado el dia : 20/02/2022 16:12:45
::: --> Motivo :
Son 6 meses y no hay que darle más vueltas. No te pregunta el máximo ni con posibilidad de prórroga. Ahora si quieres agarrarte a un clavo ardiendo, lo entiendo.
A toro pasado sigue siendo impugnable la pregunta 53? o alguna más, he leído que la primera de reserva también era impugnable ¿ Alguien tiene idea? Gracias