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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 02/08/2022 16:44:00.
• No registrado.
::: --> Editado el dia : 03/08/2022 1:11:37
::: --> Motivo :
Lo primero que debes hacer es leer bien las bases de la convocatoria, por lo general se indica que sólo se puede elegir un cupo. Si te presentas por el cupo de discapacidad y no cumples algún requisito no te van a pasar al cupo general, por lo que entiendo que sí es causa de exclusión. Los requisitos generales (titulación, exenciones de pago, etc) deben reunirse a fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes pero no sé si para el certificado de discapacidad será lo mismo. Yo creo que sí, puesto que la discapacidad también es causa de exención de pago. Lo que sí es seguro es que si quieres solicitar adaptaciones al realizar el examen vas a necesitar que esté vigente y tendrás que acreditar el informe facultativo.
Sería conveniente que indicaras desde cuándo tienes el certificado caducado, si fue antes o después de inscribirte en la oposición y si han salido ya las listas de admitidos.
¿Te ha caducado hace poco pero estaba vigente cuando presentaste la solicitud? Si es así, no deberías tener problema de momento. Si ya han salido las listas de admitidos y no te ha dado problemas es buena señal, si no han salido y tenías caducado el certificado cuando echaste la solicitud lo más probable es que te excluyan porque ahí ya se comprueba la acreditación de la discapacidad.
Sería mejor que contactaras con la comisión permanente de selección (o quien lleve la oposición a la que te has apuntado) y expliques detalladamente tu situación para que te saquen de dudas con total certeza. No cometas el error de no decir nada «por si no se dan cuenta» porque como sea causa de exclusión se van a dar cuenta seguro a la hora de aportar la documentación, esas cosas las miran con lupa.
Suerte y espero que se solucione!
• 03/08/2022 10:20:00.
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• Registrado: octubre 2014.
::: --> Editado el dia : 03/08/2022 10:21:35
::: --> Motivo :
Hola triufito!
Te expongo un caso real... hace 2 convocatorias aprox, en otra oposición (A2 técnico de hacienda) hubo dos personas que aparecieron aprobados en el boe ( turno libre) y no cumplían el requisito de títulos académicos xq como bien Te ha comentado los requisitos deben cumplirse a fecha de cierre de inscripción de solicitudes. Estas personas fueron expulsadas directamente y esas plazas quedaron desiertas xq ya había salido el boe oficial de aprobados. ( causa no cumplir los requisitos exigidos). Te lo expongo como una referencia.
No obstante, en tu caso puede ocurrir dos cosas:
1) en caso de que no estuviera caducado a fecha de inscripción, CREO q podrías acreditarlo con la acreditación caducada ya que a dicha fecha tenía validez y eficacia. .
2) en caso que estuviera caducado:
Una cosa es la validez y otra la eficacia. Podría ser que , como es una renovación, en caso de salir positiva, la eficacia de esta será con efecto retroactivo desde el momento que finaliza la anterior acreditación, por lo que si se podría acreditar. Entonces, quizás pueda acreditarse mediante la acreditación anterior más un informe que indique fecha de revisión posterior a la de la acreditación. Informáte previamente de este proceso para exponérselo a la csp , quizás te pueda servir.
No estoy segura 100% pero te lo comento para que averigües sobre ello porque es un tema muy muy delicado!
Te deseo mucha suerte.
• 03/08/2022 15:44:00.
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No seas borrica.
No digas que está caducado. No te preguntaran por esas información
• 05/08/2022 11:55:00.
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En todo caso, caducado es subsanable, no invalidante. ( el acto no es nulo, es anulable y por tanto subsanable )
Yo ten cuento que me pasó en una oposición a la comunidad de Madrid, me exigían el certificado con fecha de inscripción, y como me lo dieron posterior, si me hicieron las adaptaciones de tiempo, pero no me dejaron ir por el turno de minusvalía, pese a tener iniciado el procedimiento con anterioridad a la inscripción y la resolución ser retroactiva.
Lo impugne, y lo único que conseguí que lo cambiasen al año siguiente.
• 08/08/2022 10:52:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Lo único si son pocas plazas encima perjudica, interesa ir mejor por el libre con adaptaciones de tiempo.
• 08/08/2022 10:54:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Hay que tener en cuenta que aquí se ha quitado el práctico y es un único examen, no garantiza que la nota no sea más alta, es más si tu te miras detenidamente, hay 10 con las mejores notas, si vas a una convocatoria con 20 plazas para minusvalía, y tu minusvalía es jodida, casi vas mejor por turno libre que por cupo compitiendo con gente ( que por decirlo de alguna manera ) de la citura para arriba están perfectamente, si tu minusvalía es de la cintura para arriba ( vista, psíquico ), vas mal posicionado.
• 08/08/2022 12:02:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Ojo que a mi no me gusta equivocar a la gente en esta convocatoria ( en las del estado en general, si no te llega la nota en cupo y si en general te la pasan ), pero no siempre es así conviene leerse bien las convocatorias.
• 10/08/2022 12:06:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Hay que leerse bien la convocatoria, sino intercalan nota, y son pocas plazas es más interesante, porque suele ser la nota más baja.
AÑO 2015
[--https://sede.inap.gob.es/documents/59312/1744405/P...a9-edceeb1f2fe4--]
AÑO 2019
[--https://sede.inap.gob.es/documents/59312/1925394/P...b7-ba93deb8cc5f--]
Tu ten en cuenta que eran 65 plazas el año 2019, si fuese una convocatoria de 15 plazas, pongamos de un total de 400 (no va a ser el caso del próximo año que son 2000 ), pues te sube la nota al doble.
Va en función del número de plazas.
• 10/08/2022 12:09:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Mira por ejemplo en gestión de sistemas que son 3 plazas:
MINUSVALIA
[--https://sede.inap.gob.es/documents/59312/2061887/R...17-0289b272acf7--]
TURNO LIBRE
[--https://sede.inap.gob.es/documents/59312/2061887/R...ff-7c946e6d2319--]
• 10/08/2022 12:15:00.
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• Registrado: febrero 2022.
EN ADMINISTRATIVOS SI LO PONE:
[--https://sede.inap.gob.es/documents/59312/1925394/B...23-381179cbcd07--]
5.6 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad
que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad
superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su
calificación fuese superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de
acceso general, este será incluido por su orden de calificación en el sistema de
acceso general.
pero EN GESTION DE SISTEMAS NO:
[--https://www.boe.es/boe/dias/2022/01/14/pdfs/BOE-A-2022-573.pdf--]
Estamos hablando en general, yo no quiero equivocar a nadie.
• 10/08/2022 12:18:00.
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Entonces yo siempre me parto el pecho, que hay discriminación en el turno del cupo 5, y la gente no tiene ni pajolera idea de lo que yo digo.
Discriminación que se extrapola a cualquier tipo de turno, que tienes luego gente del cupo que saca mejor nota que en el general, cerrando el paso, a compañeros con minusvalías más invalidantes, y que por ejemplo en Auxiliares, son vergonzantes, pero es lo que hay.
DISCRIMINACIÓN POSITIVA, pero la propia ley habla de discriminación indirecta, que es cuando una ley aparentemente neutra coloca a iguales en situaciones desiguales, yo me canso a decir, que las adaptaciones, solo deben darse si la minusvalía tiene que ver con las pruebas, y luego hay gente que le dan la adaptación con otros criterios y no es así.
• 10/08/2022 12:21:00.
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::: --> Editado el dia : 10/08/2022 13:26:09
::: --> Motivo :
Que te dan casi el mismo tiempo por un pie a la virulé ( con respeto ), que con una mano a la piragué (con respeto ), claro no es lo mismo conducir un camión ( como Loquillo ), que manejar un teclado ( como Nacho Cano ), o ser miembro de la orquesta del ayuntamiento y tocar el clarinete, o la batería.
El batería de los Scorpions tenía una sola mano, y son las mejores baladas del Heavy.
Son criterios de indemnizaciones de las mutuas pero nadie se ha parado a analizar la realidad.
[--https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-10483--]
• 10/08/2022 12:23:00.
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d) Discriminación indirecta: existe cuando una disposición legal o reglamentaria, una cláusula convencional o contractual, un pacto individual, una decisión unilateral o un criterio o práctica, o bien un entorno, producto o servicio, aparentemente neutros, puedan ocasionar una desventaja particular a una persona respecto de otras por motivo de o por razón de discapacidad, siempre que objetivamente no respondan a una finalidad legítima y que los medios para la consecución de esta finalidad no sean adecuados y necesarios
UN PUTO CACHONDEO:
[--https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12632--]
• 10/08/2022 12:27:00.
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Perdón era el batería de Deep Lepard ( el heavy no es mi fuerte )
[--https://es.wikipedia.org/wiki/Rick_Allen--]
[--https://www.youtube.com/watch?v=sh9aHoSgl3U--]
• 10/08/2022 12:29:00.
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En el otro lado Miguel Río con dos baterías ( haciendo un turbo ).
[--https://www.youtube.com/watch?v=8ucVg-Y-Z5w--]
• 10/08/2022 13:45:00.
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Ahora tambien te digo que te metes en el Telegram de minusvalía, y andan a la gresca por una regla de tres simple das tu opinión y te banean, De l'esprit des lois
Claro los minusválidos también discriminan que te creías tu, pero me da la impresión que aquejan minusvalitis social aguda muchos.
Luego tienes gente como Miguel Durán, Steve Hawkings, es en los que hay que fijarse.
• 10/08/2022 13:49:00.
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Un ejemplo manifiesto, el amigo (amiguito) Jorgito el año pasado sacó notaza en Auxiliar, y venia de chiquilicuatre, este año no ha asomado ni el flequillo.
Bueno ahí lo dejo, es un tema espinoso, y máxime cuando con 65 años el 30 % tiene alguna minusvalía hay que mirar a futuro. va por los niños ( el 10 % de los españoles sufre alguna discapacidad ).
[--https://sevillasolidaria.sevilla.abc.es/noticias/e...ar-de-duchenne/--]