Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado
709.404 mensajes • 396.063 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 09/02/2023 8:13:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Estoy aquí intentando estudiar la Ley General Presupuestaria. Mi problema es que
como no entiendo muy bien lo que leo, pues me resulta más difícil memorizar las cosas que si
entendiera lo que leo :).
Entiendo que la ley de Presupuestos Generales del Estado dice cada año qué es lo que se va a
gastar (concediendo los créditos correspondientes a cada órgano y tal) y qué está previsto que
se ingrese. Mi problema es cuando se empiezan a decir cosas como "tal cosa se APLICARÁ, o se
IMPUTARÁ a los presupuestos del ejercicio actual", ya me pierdo y no sé a qué se refiere.
Por eso en vez de preguntaros así en general (porque tendríais que explicármelo todo xD), voy a
poner un fragmentito por si alguien tiene a bien aclararlo como para un niño de diez años, con algún
ejemplo y eso. El fragmento elegido es:
"Los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas se aplicarán a los presupuestos por su
importe íntegro, sin que puedan atenderse obligaciones mediante minoración de los derechos a
liquidar o ya ingresados, salvo que la ley lo autorice de modo expreso".
Si alguien es tan bondadoso de explicarlo, ya digo que sería más fácil con algún ejemplo.
Muchas gracias de antebrazo!
• 09/02/2023 9:09:00.
• Mensajes: 224
• Registrado: enero 2023.
Hola!! lo que yo entiendo de ese artículo, y como yo lo recuerdo es de la siguiente forma:
Si tu me debes a mi la suscripción de Netflix (10€) y yo te debo a ti la suscripción de Amazon (50€), lo normal es que yo te pague 40€, no? y así estamos "en paz" correcto?
Pero, en el Estado, los presupuestos tienen que reflejar las cantidades exactas, con sus importes íntegros y sin hacer minoraciones (como la que hemos hecho), salvo que la ley autorice.
Espero que te sirva ese ejemplo!
• 09/02/2023 9:16:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Gracias, sí, creo que ahí entiendo algo :)
Otra pregunta más general. Cuando la LGP define qué son los presupuestos, dice que son
la "expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante
el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal".
Al leer eso, yo entiendo que es como decir "lo que se va a cobrar y lo que se va a pagar ese año".
Sin embargo, pocos párrafos después dice:
"Los Presupuestos Generales del Estado determinarán:
a) Las obligaciones económicas que, como máximo, pueden reconocer los sujetos BLABLABLA...".
Quizá mi lío está en que no tengo clara la diferencia entre liquidar y reconocer. ¿Reconocer no
sería, por ejemplo, algo que un centro gestor del gasto se compromete a pagar, pero que no tiene
por qué liquidarse necesariamente en ese ejercicio?
Entonces mi pregunta es, los presupuestos son solamente la expresión de lo que se cobra y se
paga ese año? O son también la expresión de lo que "se comprometen" a pagar? O me estoy
liando y lo que digo no tiene puto sentido? xD
• 09/02/2023 9:51:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Gracias Milhouse!
• 09/02/2023 10:03:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Pero en realidad has sido un poco excesivo. Precisamente el objetivo era entender un par de
conceptos puntuales (para lo que tú dices que "está el foro") que me ayudasen a leer la ley
en condiciones. No tenía pensado seguir preguntando hasta el infinito.
Si a alguien le apetece responderlo pues guay, si no ya intentaré aclararme de otra forma.
Taluego!
• 09/02/2023 10:14:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Bueno, voy para auxiliar, en los exámenes que he visto no se suele preguntar nada más allá del
artículo 41 o así. Me arriesgaré con eso y ya veremos si hay suerte. En todo caso esta me parece
la ley más complicadilla conceptualmente, pero creo que cuando entienda un par de conceptos
muy básicos será asimilable. Ya digo, sin entrar en lo de las modificaciones que tú cuentas y
otras historias.
• 09/02/2023 10:39:00.
• Mensajes: 1081
• Desde: Madrid.
• Registrado: agosto 2022.
Estudiar la ley general presupuestaria sin un preparador yo lo veo complicado, quizás con un buen
temario puedas apañarte para un C1. Otra opción es buscar en internet algún youtuber con vídeos
sobre el tema en abierto que puedan ayudarte a dar el primer paso y luego seguir por tu cuenta.
Pregunta por aquí que seguro que más de uno conoce y te puede recomendar alguno decente.
• 09/02/2023 10:45:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Gracias Ditirambo, ya digo que en mi caso es para C2, lo que he visto de exámenes anteriores
podría ya responderlo bien casi todo. C1 es harina de otro costal me imagino. Pero me gustaría
entender un poco más exactamente además de memorizar.
Voy a probar entonces con Youtube, que en algún tema ya me ha servido.
• 09/02/2023 10:49:00.
• Mensajes: 224
• Registrado: enero 2023.
Youtube busca a Paco Barbié, tiene una lista de reproducción entera sobre la LGP, seguro que te sirve, la ve de principio a fin para las oposiciones
• 09/02/2023 10:51:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Muchas gracias a todos, me pongo ya con sus vídeos sobre el tema y también con el
de Simplificatusopos, la verdad que tenía que haber pensado esto antes :) Gracias.
• 09/02/2023 11:06:00.
• Mensajes: 2046
• Registrado: marzo 2021.
::: --> Editado el dia : 09/02/2023 11:06:47
::: --> Motivo :
Y si quisieras ampliar conocimientos tienes el curso de Bartolomé Navarro. Que es un curso fantástico, decenas de horas de clases con todo explicado párrafo a párrafo, test y muchos casos prácticos y cientos de ejemplos...
• 09/02/2023 11:46:00.
• Mensajes: 660
• Registrado: octubre 2014.
Hola juan mar, te lo explico en forma de contabilidad y para niño de 10 años:
Imagínate que tienes un “dinero ( créditos)” en el cajón de tus padres ( el estado, órgano competente). Por ejemplo 1000€. Pues bien, primero tendrás que preguntar si puedes coger algo de dinero ( solicitarlo) y q tus padres te den el visto bueno ( APROBACIÓN del presupuesto) , claro q te van a preguntar para que exactamente lo quieres y cuánto quieres. Una vez aprobado ( Fe han dicho q Te lo dan) Abren el cajón han deseado ( llamémosle DiSPOSiCION xq ya puedes disponer de él… pero SOLO para comprar lo que has dicho y no otra cosa ( IMPUTADO A ESO..).,, entonces vas a la tienda y ro reservas ( RECONOCES LA OBLIGACIÓN DE PAGo , pero aún no pagas).. y finalmente LIQUIDAS LA OBLIGACIÓN ( ósea realizas el pago ).
Ahora imagínate q cuando llegas a la tienda ha subido el precio, tienes que pedir más dinero a tus padres ( MODIFICACIONES) pero como ellos llevan su control de dinero para los pagos de la casa te darán solo si puede xq si lo tienen destinado a la hipoteca no lo van a tocar ( restricciones)
La administración para pagar tiene que haces esas fases ( mayúsculas) por separado. Sin embargo para cobrar solo hacen dos., RECONOCER EL DERECHO ( decir q van a cobrar y xq) y luego COBRAR.
Espero q eso te aclare mejor al leer. ( liquidar o reconocer lo emplean indistintamente)
• 09/02/2023 11:53:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Muchísimas gracias Vir por el esfuerzo, sí que va a servirme.
• 09/02/2023 11:54:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Una última cosa! (antes de que venga Milhouse). Qué quieres decir con
"lo emplean indistintamente"?
• 09/02/2023 12:01:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Quiero decir, entiendo qué significa "indistintamente". Pero si lo estoy entendiendo bien,
no sería lo mismo decir, por ejemplo, que un presupuesto refleja las obligaciones "a reconocer"
en el ejercicio que sea, que las obligaciones "a liquidar". Entonces cómo pueden usarlo
indistintamente?
• 09/02/2023 12:20:00.
• Mensajes: 660
• Registrado: octubre 2014.
::: --> Editado el dia : 09/02/2023 12:36:01
::: --> Motivo :
Reconocimiento de la OBLIGACIÓN ( contabiliza ( reconoce) el gasto xq es una OBLIGACIÓN de pago.
Reconce o LIQUIDA el DERECHO ( contabiliza ( reconoce) la venta.. las ventas de la administración son básicamente impuestos y x eso dicen liquidar ( líquidacion de impuestos) y es un derecho de cobro.
Básicamente e:
s contabilizar el gasto con su obligación de pago ( aquí suelen usar RECONOCER la OBLIGACIÓN ( ose comprar y proveedores))
Contabilizar el ingreso con su derecho de cobro ( aquí suelen usar lIQUIDAR el DERECHO ( de cobro, ósea venta y cliente) )
Enlaza: reconocimiento con gasto y liquidación con ingresos ( ventas) … te será más fácil así pero fíjate bien en la palabra Fe después ( derecho u obligación).
Ojo q Mis temas de oposición son más extensos… si te dicen líquidar el gasto es un gasto y es lo “mismo” q reconocer la obligación !! Por eso digo q lo usan indistintamente!!! ( sobretodo fíjate en la palabra posterior)
• 09/02/2023 12:44:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: julio 2022.
Jo, por qué no harán las leyes para que las entiendan niños de 10 años? xD
Muchas gracias de nuevo, me sirve mucho y ya con esto pues a leer y ver vídeos.