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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado
709.404 mensajes • 396.063 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 09/09/2023 7:52:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: septiembre 2023.
::: --> Editado el dia : 09/09/2023 7:53:46
::: --> Motivo :
Buenos días, estoy tratando de encontrar la explicación de porque esta pregunta da como buena la opción A). O a mi se me escapa algo de lo mas tonto, o la fecha tope para notificar es el 8 de junio del 2021, al ser 12 meses desde el acuerdo de iniciación, por lo que el día 9 ya no estaría en plazo.
Se trata de una pregunta oficial de el examen de 2019 extraordinario de promoción interna.
El contexto del supuesto es:
Posteriormente, Vd. cambia de puesto de trabajo al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana, en el que se está tramitando un expediente sancionador contra la empresa CONSTRUCCIONES RCR,S.A. por la presunta comisión de una infracción muy grave consistente en la construcción de un nuevo acceso no autorizado en una autovía. De acuerdo con la normativa aplicable, el órgano competente para resolver este tipo de expediente es el titular del Ministerio.
El acuerdo de iniciación del expediente, formulado por la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia, fue de fecha 8 de junio de 2020. Dicho acuerdo fue notificado electrónicamente el día 10 de junio de 2020. En el acuerdo de iniciación, además de identificar a la empresa presuntamente responsable y recoger los hechos y su tipificación, entre otros aspectos se informa de que el plazo máximo para resolver el procedimiento es de doce meses, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación hasta la fecha de notificación de la resolución.
La pregunta es:
Si la notificación de la resolución sancionadora se hubiese puesto a disposición de CONSTRUCCIONES RCR, S.A. en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana o en la dirección electrónica habilitada única el día 9 de junio de 2021, la resolución:
a) Estaría notificada en plazo.
b) Sería nula de pleno derecho, por haber generado indefensión material a la empresa.
c) Sería anulable, ya que debería declarar la caducidad del procedimiento y ordenar el archivo de las actuaciones.
d) Sería anulable, ya que debería declarar la prescripción de la infracción.
Un saludo a todos.
• 09/09/2023 17:53:00.
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• Registrado: febrero 2022.
Pues yo lo veo como tú.
Iniciación: 08/06/2020
Notificación de la iniciación: 10/06/2020
Plazo: "el plazo máximo para resolver el procedimiento es de doce meses, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación hasta la fecha de notificación de la resolución".
Notificación de la resolución: 09/06/2021
Un día fuera de plazo.
• 10/09/2023 0:28:00.
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• Registrado: septiembre 2016.
La pregunta ya es sospechosa, desde el momento que en ningún momento nos dice que ha sido mediante una norma con rango de ley, ya que si no fuera así podría susperar los 6 meses.
• 10/09/2023 10:17:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: septiembre 2023.
He lanzado la pregunta a Opositatest comparandola con una pregunta de las suyas que trata del mismo tema, a ver si hay suerte y me dan una solución, pero cada vez pienso más que la pregunta es incorrecta y no la anularon.