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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Beni22

• 20/09/2023 13:11:00.
Mensajes: 10
• Registrado: septiembre 2023.

Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Para quien le interese, aquí hay os pongo un texto para quien este interesado en impugnar la pregunta 4 del supuesto 1, quien quiera añadir o quitar cosas a su interés que aproveche.

A continuación, expongo los motivos jurídicos que justifican la impugnación de la pregunta 4 del supuesto primero:
1.       A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.3 b) de la Ley 39/2015, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado el plazo para resolver se contará desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de la Administración competente para tramitar. En el caso que nos atañe, la Administración encargada de tramitar es la Administración General del Estado. Por tanto, habría que considerar como fecha la entrada en ésta, y no en el Ministerio concreto. (Artículo 21.3.b: “Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán: En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación”)
2.       La misma Ley 39/2015, en el artículo 31.2. c), en la misma línea, expone lo siguiente: “El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento”.
3.       La ya derogada ley 30/1992 establecía en su artículo 42.b: “Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán: En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación”.  La ley expuesta sí que contemplaba la entrada en el órgano competente para tramitar, sin embargo, dicha ley fue derogada por la 39/2015, la cual actualmente está en vigor, y ya no se debería tener en cuenta el órgano concreto, sino la Administración.
4.       Esta cuestión ha sido ratificada por una sentencia del Tribunal Supremo (STS 2800/2022), la cual cita: “Conviene tener en cuenta que el inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas, según dispone el artículo 31.2 de la Ley 39/2015, viene determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. Esta fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos, además, debe ser comunicada a quien presentó el documento.”
5.       El RD 203/2021, en el artículo 37.2, expone “Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General en el que hará el asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, organismo público o entidad de derecho público vinculado o dependiente”.  Por tanto, según lo dispuesto anteriormente, la Secretaría de Estado de Función Pública carece de Registro General, ya que cada administración dispone de un solo registro General, y en este caso se trata del “Registro Electrónico General de la Administración General del Estado”.
Por lo expuesto anteriormente, ninguna de las opciones de respuesta se ajusta a la realidad, por lo que solicito que se tenga en cuenta esta justificación para impugnar esta pregunta en cuestión.

40 RESPUESTAS AL MENSAJE

Martamile

X motivación

• 20/09/2023 15:29:00.
Mensajes: 138
• Registrado: febrero 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Muchas gracias Beni , menos mal que hay personas que les interesa impugnarla ...porque los que no les interesa nos tienen acribillados...ya lo has enviado ??

Beni22

• 20/09/2023 15:43:00.
Mensajes: 10
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

No, porque no dejan.

Pero voy a muerte, porque es la que más base legal y hasta con jurisdicción del tribunal supremo tiene... Otra que se la pasen por el forro, pero no es un impugnación pataleta... otra cosa que no te interese en lo que es lícito que luches por lo tuyo y no estes de acuerdo.

Martamile

X motivación

• 20/09/2023 15:48:00.
Mensajes: 138
• Registrado: febrero 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Pienso igual , entiendo que mucha gente le perjudica muchísimo y yo si estuviera en su lugar me pasaría igual. Nunca he impugnado , sabes si se impugnan todas en un escrito? O de manera individual ?
Espero que lo tengan en cuenta ..sería muy injusto tratándose encima del supuesto que es decisivo y con muy pocas preguntas

Santicat

• 20/09/2023 16:16:00.
Mensajes: 86
• Desde: Aranga.
• Registrado: diciembre 2019.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

La opción d) sí se adapta, ya que la fecha a tener en cuenta sería el 16 de Enero (el 15 de Enero es inhábil).

Martamile

X motivación

• 20/09/2023 17:26:00.
Mensajes: 138
• Registrado: febrero 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Te he copiado parte y alguna las he modificado, para que no sean exactas, :) he puesto la parte de la sentencia donde se deben fijar y que cabe tener en cuenta que el dia 15 tampoco podria ser correcta por ser inhábil. Espero qu que haya suerte

sandramalaga

• 20/09/2023 17:39:00.
Mensajes: 23
• Registrado: enero 2009.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Muchas gracias y muyyy buen trabajo! Yo soy otra más de las que va a impugnarla. Hay alguna para la pregunta 9, del supuesto 1, también impugnable???

Beni22

• 20/09/2023 18:13:00.
Mensajes: 10
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Pues que se impugne. Pero la B no es correcta.

Cansadodelostrolls22

• 20/09/2023 18:17:00.
Mensajes: 184
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

La B no es correcta porque lo digo yo. Y no se hable mas xD

La pregunta 4 es una simple pregunta de saber cuando inicia el plazo cuando es a solicitud del interesado, que es cuando entra en el registro. Punto y final, no querían saber nada mas.

Si os habeis echo la picha un lio por los nervios, mala suerte. Tambien nos pasó a otros con esa y otras, pero es hacer el ridículo seguir erre que erre con esa impugnación.

Juanlu100

• 20/09/2023 19:43:00.
Mensajes: 12
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Si hay más de una respuesta ambigua, no hay más cabida que la impugnación. Y cuando se rellena se elige qué se solicita: anular pregunta, modificar respuesta correcta u otros.

Limon01

• 20/09/2023 19:46:00.
Mensajes: 88
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

::: --> Editado el dia : 20/09/2023 19:59:22
::: --> Motivo :

No juanlu100, si hay 3 respuestas ambiguas y una cierta, la correcta es la cierta. Eso es así siempre, otra cosa es que la pregunta no se pueda resolver o haya más de una cierta.

jesuspr83

• 20/09/2023 19:55:00.
Mensajes: 51
• Registrado: octubre 2019.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

vicente varela da por buena la b...

Opofuerzas

• 20/09/2023 20:01:00.
Mensajes: 73
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Paco Barbie tambien da por buena la B

Ratonsito

• 20/09/2023 20:07:00.
Mensajes: 51
• Registrado: marzo 2022.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Hay que impugnarla intentar reenviar el escrito a todos los conocidos e intentemos con la misma base cada uno añadir cosas cuantos más seamos más posibilidades hay.

Beni22

• 20/09/2023 20:55:00.
Mensajes: 10
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Pues las Cortes y Alejandro Hernandez dan a su pesar (porque sus alumnos tienen mayoritariamente la B) la respuesta correcta la A.

Aguay

Dejarse el alma

• 21/09/2023 7:26:00.
Mensajes: 311
• Registrado: junio 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

En mi academia la primera de reserva no la van a anular porque en esencia esa sería la respuesta correcta y el Tribunal no la va a anular por existir un error tipográfico perjudicando al que la sabe para beneficiar al que no la sabe agarrándose en que el nombre del ministerio es distinto, vamos a ver qué pasa

Martamile

X motivación

• 21/09/2023 7:40:00.
Mensajes: 138
• Registrado: febrero 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Pues a mi me parece la de reserva 1 una gran cagada también por parte de la comisión, esos tipos de errores no tienen porqué estar en un examen de oposición y aún más en la parte decisiva, lo que me resulta curioso es el comportamiento humano, que esta si que hay que anularla, cuando en este caso ningun preparador ha dicho que pueda ser impugnable, a mi pues que la anulen no me vendría bien, y obvio no voy a solicitar la impugnacion, pero oye , tampoco me voy a poner por aqui a discutir y a menospreciar ni a intentar convencer a los que ven un gran error y además les vendría bien impugnarla...ante todo hay que tener respeto por los demás y comprensión, más que nada porque eso no lo decide nadie de aqui, si no una comisión que para eso está.

Martamile

X motivación

• 21/09/2023 8:10:00.
Mensajes: 138
• Registrado: febrero 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Por la presente , ruego tengan en cuenta lo que a continuación expongo en relación a la pregunta 4 del supuesto primero para su anulación.

1. Según el artículo 21.3 b) de la Ley 39/2015, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado el plazo para resolver se contará desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de la Administración competente para tramitar. En el caso de este supuesto, la Administración encargada de tramitar es la Administración General del Estado, a la cual pertenece el Ministerio competente .Por tanto, habría que considerar como fecha de entrada el día de presentación en la Secretaría de estado de Función Pública, y no en el Ministerio concreto.

2. El RD 203/2021, en el artículo 37.2, dice “Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General en el que hará el asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, organismo público o entidad de derecho público vinculado o dependiente”. Por tanto, según lo dispuesto anteriormente, la Secretaría de Estado de Función Pública carece de Registro General, ya que cada administración dispone de un solo registro General, y en este caso se trata del “Registro Electrónico General de la Administración General del Estado”.

3. La ya derogada ley 30/1992 establecía en su artículo 42.b: “Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán: En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación”. La ley expuesta sí que contemplaba la entrada en el órgano competente para tramitar, sin embargo, dicha ley fue derogada por la 39/2015, la cual actualmente está en vigor, y ya no se debería tener en cuenta el órgano concreto, sino la Administración.

4. Sobre esta cuestión cabe decir que ha sido ratificada por una sentencia del Tribunal Supremo (Fundamento de Derecho Quinto STS 3800/2022 ECLI:ES:TS:2022:3800), la cual cita:
"Por otro lado, viene al caso traer a colación que la previsión del artículo 117.3 de la Ley 39/2015 tiene, como antes adelantamos, su antecedente necesario en la derogada Ley 30/1992. Así es, la presentación del documento se materializa en su entrada en el registro electrónico, que ahora no es ante el "órgano competente para decidir" como establecía el artículo 111.3 de la Ley 30/1992, sino ante la "Administración u Organismo competente para decidir" según establece el artículo 117.3 de la Ley 39/2015. Este cambio de "órgano" administrativo por la "Administración" competente, lo que pretende es adelantar el cómputo del plazo a la entrada del documento en el registro electrónico de la Administración competente, sin esperar a que llegue ante el concreto órgano administrativo que deba resolver dentro de la Administración General del Estado. Basta, en definitiva, su entrada en el registro electrónico de la Administración competente".

5. Cabe destacar que el día 15 de Enero de 2023 se considera inhábil por ser domingo y sería por lo tanto, el día 16 de Enero la fecha en la que tuvo entrada en la Administración competente para tramitar.
Por todo lo expuesto hasta aquí, ruego una vez más, tengan en cuenta todos estos motivos como suficiente para la anulación de la pregunta 4 del supuesto primero del examen administrativo C1 libre

Cansadodelostrolls22

• 21/09/2023 9:31:00.
Mensajes: 184
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Martamile, yo no se si vacilas a la peña o que.

La R1 esta todo el mundo de acuerdo en que es anulable, que la anulen o no será otra cosa pero todo el mundo coincide (academias, preparadores...) que hay base.

La 4 sólo la quereis anular por capricho. Es que el problema de esa pregunta es ir de listos y guays, pensar que sabes mucho mas que el resto en lugar de responder a lo que te preguntan y toma en la frente.
Sólo dan pávulo a la 4 los que van muy de listos cuando es una simple pregunta de plazos que te la dan mascadita: Inicio a solicitud interesado, entrada en registro. Fin.

Martamile

X motivación

• 21/09/2023 9:38:00.
Mensajes: 138
• Registrado: febrero 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Ok cansadode trolls22.

Martamile

X motivación

• 21/09/2023 9:40:00.
Mensajes: 138
• Registrado: febrero 2018.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Te sugiero que gastes tu valioso tiempo en alegar las que a ti te parezca y dejar de meterte en donde a ti no te interesa. Cómo no es anulable déjalo estar y que la gente hagamos lo que nos dé la gana vale ? Un poquito de respeto

Cansadodelostrolls22

• 21/09/2023 9:46:00.
Mensajes: 184
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Respeto no lo teneis vosotros que es diferente. Alegar gili...es una falta de respeto hacia la gente que ha estudiado y lo ha hecho bien y que acepta comerse sus sapos sin pegar pataletas de niños pequeños cuando los comete. Y vaya por delante que el examen ha sido una soberana mierda en cuanto a su redacción, pero se entiende el 99,9% de las preguntas del supuesto I.

Al igual que tu tienes derecho a escribir tonterias sobre esa impugnación, yo tengo derecho a contestarte. Podías impugnar tan tranquila sin venir a escribir y crear más bola y generar ansiedad al resto de mortales. Asi que si tu metes mierda, yo no me quedo atrás.

Opofuerzas

• 21/09/2023 9:50:00.
Mensajes: 73
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

Cansadodelostrolls, pasa de ella, solo quiere anular la 4 porque la ha fallado y no quiere ver otra cosa.

Rda9

• 21/09/2023 9:51:00.
Mensajes: 62
• Registrado: septiembre 2023.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

::: --> Editado el dia : 21/09/2023 9:52:52
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 21/09/2023 9:52:27
::: -- Motivo :

Pues a mi me parece una injusticia que se pudiera anular la R1, porque en las cuatros respuestas pone exactamente el mismo ministerio lo cual realmente la respuesta correcta no cambiaria en ningún momento, seguiria siendo exactamente la misma. Es un error de nombre.

ivannlo

• 21/09/2023 11:14:00.
Mensajes: 49
• Registrado: julio 2017.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

en la primera de reserva se puede deducir cual es la respuesta correcta ya que en las cuatro respuestas poner el mismo nombre

ivannlo

• 21/09/2023 11:18:00.
Mensajes: 49
• Registrado: julio 2017.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

na, esos del supremo son tontadas aqui. Si empiezan a tirar de estas cosas se tiene que anular medio examen

ivannlo

• 21/09/2023 11:21:00.
Mensajes: 49
• Registrado: julio 2017.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

para la 4 lo mismo que para la 1, y para el resto igual

IsabelaFlow

Luchamos por lo que queremos: SER FUNCIONARIOS

• 21/09/2023 11:22:00.
Mensajes: 1272
• Registrado: febrero 2022.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

No sé de donde sacáis que todos quieren impugnar la R1 porque yo sé que la mayoría no la quieren anular, y además según mi preparador Alejandro no cree que se vaya a anular por no decir el resto de preparadores que también lo dicen. Un error tipográfico no te hace anular a una pregunta, vamos que nunca lo han hecho y es dificil sostener un criterio para que se pueda anular. Yo creo que NO LA ANULARÁN y espero que no lo hagan. Sobre la 4 casi todos menos el mío, dan por buena la B y pienso mas bien como dicen ahí arriba que es por capricho mas que por otra cosa. La 4B es la más correcta y no creo que lo anulen.

ivannlo

• 21/09/2023 11:23:00.
Mensajes: 49
• Registrado: julio 2017.

RE:Texto plantilla para impugnación pregunta 4 Supuesto 1

pero vamos, que le está bien empleado a la comision por meterse en camisa de once varas, pero de ahí a que sea medio examen anulable... , pero esta bien tocarles las narices, se lo merecen


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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