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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado
711.325 mensajes • 396.215 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 20/09/2023 23:31:00.
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::: --> Editado el dia : 20/09/2023 23:33:31
::: --> Motivo :
Os dejo el vídeo de Miguel de SimplificatusOpos, que se moja de verdad sobre la injusticia cometida con el supuesto 2. Vuestro "amado" Barbie debería tomar nota y posicionarse con contundencia.
Aquí tenéis el vídeo. [--https://www.youtube.com/watch?v=XeC7Y6uTVAo--]
Si no queréis verlo entero, podéis ver cuando habla del supuesto 2 a partir del minuto 16:10.
Si tenéis más vídeos de preparadores que vayan esta línea me gustaría verlos para saber a quien merece la pena apoyar el día de mañana.
Mucho ánimo a todos los damnificados por el supuesto 2.
• 20/09/2023 23:42:00.
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Yo me he preparado con Simplificatusopos y estoy muy contento por ello, he visto el video y lo dice muy bien y se ve que se muerde la lengua, porque la cantidad de errores que hay en el examen y especialmente en el supuesto 2 es demencial, han alterado de tal forma el examen que sobre todo los que hemos elegido el supuesto 2 estamos en desventaja, ya que no puedes hacer el examen y estar intentando adivinar todas las cosas que han puesto mal o que falta por poner y para cuando te das cuenta ya no te da tiempo de cambiar de supuesto, yo por ejemplo acabe el 2 supuesto y me faltaban 3 o 4 minutos para llegar a los 100 minutos y aunque sobre la marcha vi varias cosas que no me cuadraban, en ese momento no te das cuenta de todo.
• 20/09/2023 23:46:00.
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Pero yo he echado de menos que "jerarquizara"
los fallos entre los que seguramente serán nulos y los
que seguramente no...
No basta con decir hay 7 u 8 fallos y esto es una
vergüenza y bla bla bla y no decir más
Evidentemente no pueden anular 7 u 8
Alguna solución habrá que darnos...
• 20/09/2023 23:53:00.
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• Registrado: febrero 2018.
Yo tengo 8,66 (11 bien, 8 mal y 1 en blanco). Mal la 1, la 8 y la 18... La 1 anulable. Si la redactan bien la hubiera sacado porque la sabía. La 8 se supone que la corregirán a la C. Y la 18 si hubiera estado bien redactada también la habría acertado...
Si hubieran redactado bien el supuesto 2 tendría 14 bien 5 mal y 1 en blanco y una nota de 12,33. Con esa nota podría estar con plaza... Como yo seguro que habrá muchos.
Espero que alguien de la CPS tenga la decencia de dar la cara... En cualquier caso espero que los medios saquen a la luz toda esta chapuza aunque ya sabemos que están todos comprados y seguramente prefieran callar.
• 20/09/2023 23:56:00.
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Secades, yo creo que en cada pregunta a dicho lo que el opina y lo que cree que procede hacer, si es impugnable, si se debería cambiar la respuesta en la plantilla directamente, etc.
• 20/09/2023 23:57:00.
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Yo creo sinceramente
que mayoritariamente estaremos todos de
acuerdo que la 18, al ser un error tan gordo será
anulada
También creo que la 8 o la rectifican o la anulan
Y la 9 yo tampoco veo forma de que se sostenga el
"no" se puede...
De hecho hoy Vicente Valera dijo "evidentemente es la c"...
Tampoco lo creo, es nula...
Si os sirve yo le pregunté a Bartolomé Navarro y me
ha dicho que no ve correctas ni la 8 ni la 9.
La 8 por ser errónea la respuesta y la 9 por faltar datos.
El resto de impugnaciones ya las veo más en el aire
• 20/09/2023 23:58:00.
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• Registrado: marzo 2021.
Sí Cerezo pero el problema es que
las que tiene subrayadas como erróneas
superan las 5 de reserva... (porque solo en la 8
habló del cambio de respuesta...)
Los números no dan
Yo sigo pensando que esas del cambio de nombre
no harán ni puto caso... si era Juana o María o lo que fuera
• 20/09/2023 23:58:00.
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• Registrado: febrero 2018.
Secades creo que Miguel no puede estar en la mente de la gente de la CPS jeje. Se ha mojado mucho más que otros. Dice claramente que la 1, 9, 18 y 20 son anulables en y la 8 debe ser correcta la C. Obvio que la 20 es poco probable que la anulen al ser solo un error de hecho en el nombre, pero las otras tengo claro que caerán anuladas...
• 20/09/2023 23:59:00.
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• Registrado: septiembre 2023.
No se que harán pero no se puede quedar así... habéis podido presentar alegaciones? llevo toda la tarde y me da error constantemente, con diferentes navegadores...
• 21/09/2023 0:00:00.
• Mensajes: 675
• Registrado: febrero 2018.
Secades ¿En que te basas para salvar la 1? Para mi es de las más anulables...
• 21/09/2023 0:00:00.
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• Registrado: mayo 2007.
Miguel claramente se muerde la lengua y no me extraña.
Lo que es verdaderamente preocupante es lo que él bien señala.
Estas oposiciones hasta ahora tenían fama de ser transparentes y de precisión y puntualidad suiza.
Esto va a empezar a parecerse a los juegos del hambre.
Me voy a morder la lengua yo también.
Buenas noches
• 21/09/2023 0:02:00.
• Mensajes: 380
• Registrado: septiembre 2023.
La 8 lo más probable es que sea un simple error al redactar la lista provisional, por lo que no se anulará, se modificará la respuesta y ya.
La 1 y la 18 tienen todas las papeletas para ser anuladas y la 9 también debería por falta de información esencial y necesaria.
En la 14 se han metido en un enorme berenjenal jurídico. La jurisprudencia del TS es muy clara y lo han querido enrevesar tanto que al final o la anulan, o cambian la respuesta, o se puede ir el asunto a contencioso. Ya veremos.
¿Habéis podido ya presentar las alegaciones?
• 21/09/2023 0:07:00.
• Mensajes: 675
• Registrado: febrero 2018.
::: --> Editado el dia : 21/09/2023 0:07:52
::: --> Motivo :
Anitaaopo dudo que nadie de los que fallaron la 14 respondieran en base a esa sentencia del TS. Si alguien lo hizo debería probar a un cuerpo superior jeje.
Es verdad que podían haberla redactado mejor, pero tampoco les veo anulando un tercio del examen y creo que hay otras con impugnaciones más claras...
• 21/09/2023 0:13:00.
• Mensajes: 380
• Registrado: septiembre 2023.
No digo que los opositores tengan que conocer la sentencia ni mucho menos. Pero si la CPS exige que nosotros sepamos que hay dos artículos que confluyen en esa pregunta para poder dar respuesta, la CPS con más razón (está integrada por expertos de todos los campos se supone y más ahora con casi 50 miembros) debería conocerlo y no poner preguntas que pueden caer perfectamente con una simple búsqueda en la jurisprudencia. Buscad la sentencia, es que el TS es muy claro: si no resuelve la misma persona el recurso, entonces la reposición queda viciada en su esencia porque se estaría transformando en un sistema de alzada. Es que el alto tribunal es muy claro.
• 21/09/2023 0:14:00.
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• Registrado: febrero 2023.
Esta es mi opinión sobre las preguntas:
La 1: Yo la tengo bien y no la voy a impugnar pero para mi es anulable por falta de información.
La 8: Para mi se han equivocado al poner la B y la correcta es la C, voy a pedir el la modificación de la respuesta correcta.
La 9: En esta falta información. Yo voy a pedir también el cambio de la B a la C, la C puede ser correcta porque al no poderse establecer ningún limite, se entiende que se puede por esa cantidad, al menos es más correcta que la B, aunque lo más coherente seria anularla porque falta información y no se puede resolver correctamente.
La 18: Para mi es anulable por tener una mala y sesgada redacción de la respuesta C que dan como correcta.
La 20, la 3 y la 5 de reserva: Tienen los datos mal, de los nombres en la 20 y 5 y del ministerio en la 3, para mi estos debería ser suficiente para que las impugnaran, pero me temo que como no tienen suficientes y al tratarse del mismo tipo de error las dejaran como están.
Como mucho yo creo que pueden anular la 1, la 9 y tengo dudas de si anularan la 18. La 8 creo que deberían cambiar la respuesta sin anulación, pero a estas alturas ya me lo espero todo, ósea que la dejen tal cual y punto.
A todo esto yo tengo las 2 primeras de reserva mal y las 3 siguientes bien.
• 21/09/2023 0:18:00.
• Mensajes: 364
• Registrado: junio 2021.
Madre mía, Cerezo. Teniendo la primera bien, dos primeras de reserva mal y el resto bien (cuando la tercera reserva se puede impugnar)...
Te vas a anular a ti mismo
• 21/09/2023 0:19:00.
• Mensajes: 51
• Registrado: febrero 2023.
Esa es otra, hoy en todo el día no se han podido presentar alegaciones, yo he estado esta mañana 3 horas y ahora al volver de trabajar lo he vuelto a intentar, he actualizado Java y probado con 3 navegadores y no funciona, creo que no ha podido nadie, así que queda mañana.
Si mañana no sacan nota ampliando el plazo me parecerá vergonzoso por ser suave, ya es increíble que no tuvieran probado y preparado el sistema para las impugnaciones de un proceso de 64.000 personas que tienen 2 días para alegar y solo online.
• 21/09/2023 0:21:00.
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• Registrado: septiembre 2023.
Alguien ha podido impugnar? Dan ganas de quemar la sede de un Instituto que yo me sé
• 21/09/2023 0:23:00.
• Mensajes: 51
• Registrado: febrero 2023.
Presupuestaria, ahora casi todos los que hemos hecho el supuesto 2 estamos igual o parecidos, unos mejor que otros pero parecidos. El supuesto 2 se ha convertido en una ruleta rusa, nos vamos pasando el revolver y vamos apretando el gatillo a ver quienes sobreviven.
• 21/09/2023 0:24:00.
• Mensajes: 2106
• Registrado: marzo 2021.
Cerezo yo estoy practicamente de acuerdo en todo
salvo que la 18 yo si la veo totalmente anulable por falta
de sentido...
A mi me vendría mejor que la 9 pasase a la c) pero también
entiendo que alguien que haya marcado la b) lo llevase al
contencioso...
No me digais que no es de risa "presumir que no hay dinero"
sin saber cuánto dinero hay... O das datos o presumes que hay
dinero suficiente... pero presumir que no sin datos? da la impresión
de que el autor de la pregunta quería que pensasemos...
"200.000 eurazos? eso suena a mucho!!! voy a poner que no!" jajaja
Enrique, lo he dicho porque he visto un pdf circulando de Paco Barbie
que por lo visto no la ve impugnable... mañana lo explicará en un video creo
• 21/09/2023 0:28:00.
• Mensajes: 364
• Registrado: junio 2021.
Pobres los que no entren en foros, tengan un 16, celebren su plaza y en dos meses se vean fuera por dejar tres reservas en blanco
• 21/09/2023 0:33:00.
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• Registrado: febrero 2023.
Si Secades, estamos de acuerdo en todo, yo también veo la 18 totalmente anulable lo que tengo muchas dudas es que la anulen, los mismos que han hecho una chapuza de supuesto, por no decir examen. Es decir, creo que quizá para no quedar tan mal y anular 5, querrán salvar alguna y quizá la 18 que tiene una redacción mala pues igual la dejan.
Solo nos queda hacer las impugnaciones, (si se dignan a poner un sistema que funcione para hacerlo) y ya luego hacerte a la idea día a día de que el domingo creímos ir a hacer un examen pero en realidad compramos un boleto que sorteaba una plaza y tenemos que esperar a ver a quien le toca.
• 21/09/2023 0:34:00.
• Mensajes: 364
• Registrado: junio 2021.
Yo es que la 18 será incompleta, pero es la más correcta y se deducía fácilmente. Cuál ibas a poner si no?
En cuanto a los anticipos, me da más risa decir que sí se puede sin tener datos.
No sé, yo ya abandono, haré mis impugnaciones pero me parece muy injusto todo. Más de 3000 plazas serán para los del supuesto 1
• 21/09/2023 0:35:00.
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• Registrado: febrero 2018.
Cerezo9 a todos los jurídicos que he preguntado, que te puedo asegurar que saben más de leyes que Barbie, me dicen que la 1 es anulable. Cuando Barbie tiene que esperar tanto en sacar el vídeo es porque no es muy valiente y está esperando a que salgan otros antes.
• 21/09/2023 0:41:00.
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• Registrado: febrero 2023.
EnriqueMadrid, si yo ya lo he dicho, que yo a pesar de tenerla bien, (me refiero a que tengo lo mismo que en la plantilla provisional, no ha que este bien la pregunta), me parece totalmente anulable, de hecho, cuando la conteste pensé, bueno voy a deducir que de todas las personas que hay en el ministerio, esto lo va a resolver el ministro, pero falta información claramente. Pero claro yo no me la voy a impugnar a mi mismo, ya lo harán los que la tengan mal por mi, yo ya hare bastante si impugno las que me perjudican y luego ya que pase lo que tenga que pasar.
• 21/09/2023 0:43:00.
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• Registrado: febrero 2023.
Bueno gente, yo me voy a dormir que mañana tengo una larga mañana de impugnaciones si el sistema del Inap nos deja.
• 21/09/2023 0:44:00.
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• Registrado: marzo 2021.
Pero vamos a ver, respecto a la 9
Hagamos una analogía, no hablemos de dinero
Imaginaros que la pregunta fuera
¿Tiene ventanas la casa de Juan? y NO acompaña
foto de la casa... y tenéis dos opciones
A) Sí, tiene ventanas
B) No, no tiene ventanas
Qué marcariais? es que no le encuentro sentido
a la 9 b)
• 21/09/2023 0:50:00.
• Mensajes: 364
• Registrado: junio 2021.
La casa de Juan no tiene ventanas porque vive en un zulo. Ni una ni la otra, por qué va a tener ventanas? Por qué va a disponer de 200.000 euros?
Yo a veces pienso que ellos no iban en realidad por ahí, sino más al tope de los 5000 euros, y lo mezclaron
• 21/09/2023 0:50:00.
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• Registrado: marzo 2022.
Anitaopo, otra vez con la 14? De verdad que sois muy pesados con las que habéis FALLADO. He creado un hilo con la explicación, de varios profesores de derecho de mi universidad, pero sigues sin tenerlo claro. En la subsecretaria delega la RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO . Otra cosa sería si delegara la resolución del recurso que se interpusiera contra esa resolución, os habéis liado. Os vuelvo a poner la explicación
Pregunta 14 supuesto ii:
En el caso de que la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital hubiera delegado en la Subsecretaria la competencia para resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial, ¿qué tipo de recurso se podrá interponer por Lorenzo del Castillo y quién será el competente para resolverio?
Solución:
Al tratarse de una resolución de un procedimiento de responsabilidad patrimonial, el cual pone fin a la vía administrativa, solo cabe recurso potestativo de reposición (art. 114.1 e) ley 39/2015) dicho esto, los recursos de reposición se resuelven por el órgano que dictó el acto impugnado (art. 123.1 ley 39/2015) por último, las competencias ejercidas por delegación, se entienden dictadas por el órgano de delegante (art. 9.4 ley 40/2015), en este caso la ministra, por lo que a esta competería resolver el correspondiente recurso de reposición que se interpusiera contra la resolución del procedimiento.
Por tanto, respuesta correcta d), potestativo de reposición y ministra
la jurisprudencia que se está alegando del art. 9.2 c) ley 40/2015, si bien es acertada, nada tiene que ver con la pregunta del supuesto ello, en tanto que dicho artículo y su correspondiente jurisprudencia, solo entrarían en juego, si la pregunta especificara que la ministra, expresamente ha querido volver a delegar en la subsecretaria la competencia para resolver el recurso interpuesto contra el procedimiento.
En resumen, por un lado está la delegación del procedimiento, y por otro lado la delegación de resolver el recurso que se interponga contra la resolución del procedimiento (y de esta segunda parte nada se habla en el supuesto ni en el enunciado de la pregunta).
• 21/09/2023 0:51:00.
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• Registrado: febrero 2023.
Así es Secades, de hecho yo cuando la vi fui al supuesto a buscar el presupuesto vigente, que ya intuía que no estaba porque no lo había visto y al no verlo, pensé igual es que hay algún otro limite que desconozco para cada caja pagadora, pero luego pensé debe ser una trampa o algo así, la única que veo correcta es la C, mientras no sepa que puede haber un limite, pues no lo hay pero claro esto tampoco es correcto.
Si no me enseñas la casa no puedo saber si hay ventanas o no.
A mi me conviene como a ti que cambien a la C pero no se lo que haran.
• 21/09/2023 0:53:00.
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• Registrado: febrero 2018.
::: --> Editado el dia : 21/09/2023 0:55:12
::: --> Motivo :
Gracias por tu honestidad Cerezo. Eso te honra. Con este panorama diría que tienen dos opciones. O anulan 3-4 para cubrir el expediente y lavarse las manos o directamente van a saco y se cargan 6-7 para evitarse problemas legales... Lo suyo sería la segunda opción pero no confío nada en eso...
• 21/09/2023 0:55:00.
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• Registrado: febrero 2023.
Newusername, yo la 14 la tengo fallada, pero no la voy a impugnar, porque estoy convencido de que tu desarrollo es correcto y que la pregunta es correcta.
• 21/09/2023 1:00:00.
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• Registrado: febrero 2023.
Pues yo creo que con suerte anularan 3 o 4 que tu dices, para intentar maquillar la cosa, pero deberás que visto el examen no confió ni en eso.
Y de la otra opción, ¿ como se van a cargar 6 o 7 ? y que nota le ponen a todos los que han hecho el supuesto 2, si solo quedan puntuables 18 preguntas? eso yo no creo que lo hagan, salvaran el expediente, anularan alguna y pasaran pagina, creo yo.
• 21/09/2023 1:04:00.
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• Registrado: febrero 2018.
Pues si. Harán como tu dices. Y lamentablemente habrán jugado con el esfuerzo de miles de opositores... Un dato interesante sería ver cuantos pasan el corte de los que hicieron el supuesto 1 vs de los que hicieron el supuesto 2. En fin, ánimo y a ver que pasa... ¿La semana que viene ya tendremos las plantillas definitivas no? Buenas noches a todos )
• 21/09/2023 8:07:00.
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Hasta donde yo se las plantillas definitivas salen con los aprobados...
• 21/09/2023 8:38:00.
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• Registrado: septiembre 2023.
Hola a todos! nueva por aquí y de los nervios absolutos. Yo creo que no van a anular tantas, imagino que las que no tengan más remedio porque son anulables de cajón. En mi opinión, podría ser la 1, la 9 y no tengo tan clara la 18. En mi caso, voy a intentar impugnarlas. Eso si, cuando funcione el sistema, menudo desastre. Animo y mucha suerte!!!
• 21/09/2023 8:40:00.
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Lo acabo de ver. Me consuela ver que el problema no era yo! pensé que no había estudiado suficiente, que iba nerviosa y no había leído bien, que estaba ya cansada y no di pie con bola. Pues no! supuesto imposible!
• 21/09/2023 9:38:00.
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• Registrado: septiembre 2023.
::: --> Editado el dia : 21/09/2023 9:38:10
::: --> Motivo :
Manuel Efrén de "Leyes para oposiciones" también ha hecho un vídeo y básicamente viene a decir que es una chapuza de examen, que son unos incompetentes y que debería haber consecuencias para los miembros la comisión. Que no puede ser que suban el nivel de exigencia para los opositores y sin embargo ellos hagan su parte mal.
• 21/09/2023 11:44:00.
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• Registrado: diciembre 2006.
yo uno de los que hizo el supuesto 2 que en condiciones normales debería quedarme con 16.33 (por acertar 17 y fallar 2, que ya está bien) y tendría la plaza casi asegurada me puedo bajar al 13,33 y joder la plaza como quien no quiere la cosa
Manuel Efrén es otro crack y siempre habla muy claro
• 21/09/2023 11:51:00.
• Mensajes: 828
• Registrado: abril 2021.
Yo creo que los q tengan 40/14 ya pueden celebrar q tienen plaza
Y lo más seguro q sea menos.....
• 21/09/2023 11:55:00.
• Mensajes: 380
• Registrado: septiembre 2023.
Newusername, me vas a permitir discrepar de nuevo en la cuestión de delegación del procedimiento y la delegación de resolver el recurso que se interponga contra la resolución del procedimiento. Y sí, yo también lo he consultado con académicos juristas de mi antigua uni.
La jurisprudencia, a través de las mencionadas sentencias del TS, es bastante clara al respecto: si el recurso potestativo de reposición no lo resuelve el mismo órgano que se ha pronunciado sobre el procedimiento, entonces se estaría viciando el propio tipo de recurso, comportándose de facto como un recurso de alzada. Por favor, leeros bien esas sentencias donde se explica con bastante detalle, tanto respecto a la ley 39/2015 como a las disposiciones equivalentes que la precedieron en las leyes anteriores.
Agradezco el debate, pero animo a todos los que consideren que esta pregunta debe ser impugnada a que no duden en presentar la alegación pertinente, con la jurisprudencia en la mano, que para eso está.
• 21/09/2023 17:07:00.
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• Registrado: febrero 2018.
Cierto que Manuel Efrén es otro crack. Siempre apoyando a los opositores. Y eso que todavía no analizó a fondo el supuesto 2. Cuando lo haga va a quedarse todavía más indignado de lo que se encuentra hoy.
AnitaOpo, nadie discute tus sentencias, pero aquí nos tenemos que fijar en lo que dicen las leyes que hemos estudiado. Y creo que en base a nuestro temario la buena sería la d. No podemos pedir a los opositores que dominen la jurisprudencia. Si hacemos eso seguro que se le pueden buscar las vueltas a más de una pregunta. Dicho lo anterior estás en tu derecho de reclamar lo que consideres oportuno.