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710.774 mensajes • 396.166 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 22/05/2025 3:33:00.
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• Registrado: junio 2024.
Buenas a tod@s.
Pregunto esto por si alguien puede ayudarme. Tengo idea de tomar posesión en los próximos meses en AGE. Vivo en Galicia con mi pareja y mi idea es casarme el año próximo y como ella es funcionaria pedir la excedencia por agrupación familiar. No hay ningún requisito que pida tantos años como cónyuge, verdad? Yo puedo irme a Barcelona o Madrid, por un decir y en caso de que me case con ella, puedo solicitar la excedencia en cualquier momento?
Muchas gracias.
• 22/05/2025 9:23:00.
• Mensajes: 257
• Registrado: abril 2024.
::: --> Editado el dia : 22/05/2025 9:31:53
::: --> Motivo :
Buenas.
Aquí tienes la información de Función Pública con los requisitos:
[--https://digital.gob.es/funcion-publica/estructura/...pacion-familiar--]
No piden un mínimo de tiempo de matrimonio.
La puedes pedir en cualquier momento y no se cobra nada ni te computa el tiempo de excedencia para nada (Trebep art. 89.3)
Y ya sabes, mínimo dos años de excedencia (RD 365/95).
Saludos.
• 22/05/2025 14:59:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: junio 2024.
Gracias por la respuesta, es lo que tenía entendido de acuerdo a la normativa aplicable.
Alguien que haya vivido esta experiencia sabe si se ponen quisquillosos o se suele conceder?
• 23/05/2025 9:38:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: febrero 2006.
Si pides la excedencia y cumples requisitos te la tienen que conceder. No tienen nada que decir.