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rosemari

• 12/01/2009 13:26:00.
Mensajes: 154
• Registrado: septiembre 2006.

CAPACIDAD DE OBRAR

Un menor tiene capacidad de obrar? me estoy liando con esto... Quienes tienen capacidad de obrar?

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

MagaHertz

Administrativo Principado Asturias

• 12/01/2009 14:19:00.
Mensajes: 187
• Registrado: febrero 2007.

RE:CAPACIDAD DE OBRAR

Según derecho civil:

CAPACIDAD DE OBRAR

La Capacidad para poder llevar a cabo en la práctica todo tipo de negocios jurídicos con eficacia valida (una sola persona). El recién nacido no tiene capacidad de obrar pero si capacidad jurídica.

La capacidad de obrar no es igual para todos, porque esta depende de la edad de la persona, y también de la capacidad de AUTOGOBIERNO de las personas. La capacidad de obrar es graduable.

La máxima capacidad de obrar se adquiere a los 18 años. Hasta los 18 años:

- RECIEN NACIDO, hasta los 12 años: hay una capacidad de obrar nula. La falta de capacidad de obrar es suplida, sustituida por los representantes legales, ya sean padres o titulares de la patria potestad (actúan por ellos y deciden por ellos).

- A partir de los 12 AÑOS, puede adquirir más capacidad de obrar. El ordenamiento les permite hacer negocios sin consentimiento de nadie. Ej 14 años: Testamento

Matrimonio

Ej 16 años: Emanciparse

Hay otros actos en que los menores necesitaran el consentimiento de sus representantes legales, que en este caso actúan asistiendo al menor. Ej. A los 16 años se te puede hacer un contrato de trabajo pero con consentimiento de tus padres.


TE LO RESUMO: La capacidad de obrar depende de las leyes que regulen la acción que se quiere obrar.

También por prescripción médica se puede anular o limitar la capacidad de obrar de una persona por no estar en plenas capacidades:

¿Qué es la incapacitación?
Es la privación total o parcial de la capacidad de obrar de la persona física por sentencia y por las causas determinadas en la Ley.

La incapacitación es una declaración judicial que, después de un exhaustivo estudio de la personalidad del supuesto incapaz y con la participación de éste en el proceso, establece si es o no capaz de gobernar adecuadamente su persona y sus bienes.

¿Dónde se regula?
La incapacitación está regulada en el Código Civil,art. 199 al 214, (redactados por la Ley 13/1983 de 24 de octubre de reforma del código civil en materia de tutela).

¿Quién es el incapaz?
Según el Código Civil,"incapaz" es quien no tiene posibilidad de autogobierno, debido a una enfermedad o a una deficiencia. Incapacitar a una persona es privarla de la capacidad de obrar, y para ello tienen que mediar unas causas referenciadas en la ley. Toda persona es "capaz", es decir, tiene capacidad de obrar, de manejar su propia vida, mientras no haya una sentencia judicial firme que diga lo contrario


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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