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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Madrid
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 28/05/2007 11:57:00.
• Mensajes: 5
• Desde: Collado Villalba.
• Registrado: mayo 2007.
hola chicos... por más que busco no consigo aclararme. alguien sabe la diferencia entre días de convenio y de asuntos propios. mil gracias.
• 28/05/2007 13:23:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: julio 2006.
Dias de convenio.
Artículo 29 (convenio). Se establecen siete días de permiso al año no recuperables. Se disfrutarán en forma continuada o partida en diversos períodos de tiempo, a elección del/la trabajador/a.
Este permiso podrá disfrutarse en cualquier época del año, a elección del/la trabajador/a municipal, excepto cuando por acumulación de peticiones para un mismo periodo de tiempo y Servicio, sea necesario establecer turnos, con conocimiento de los/as representantes sindicales.
Tales días no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas.
Cuando, por razones del Servicio, no se disfrute el mencionado permiso a lo largo del año, podrá concederse en el mes de enero siguiente, pudiendo establecerse los turnos correspondientes
Dias de asuntos propios.
Art.. 33 (Convenio) Aquellos que tengan una justificación (pe. boda de un familiar, fallecimiento familiar, asistencia a congresos, examenes oficiales, motivos particulares justificalbles como ir al médico o acompañar a tú hijo al médico, deber público de carácter ineludible. como pe. una citación judicial, etc.)
Art. 42 (convenio). Nacimiento de un hijo 3 dias; enfermedad grave de un familiar 3 días;
La suma de los días de los art. 33 y 42 no podrá superar los 20 días al año.
Los días hay que pedirlos con al menos 72 horas.
• 28/05/2007 15:42:00.
• Mensajes: 5
• Desde: Collado Villalba.
• Registrado: mayo 2007.
mil gracias. sólo una pregunta, son retribuidos?
• 29/05/2007 8:43:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: julio 2006.
Si son retribuidos. La diferencia entre los días de convenio es que estos los puedes solicitar sin ninguna justificación siempre y cuando te los autorizecen y de asuntos propios tienes que tener un motivo justificado entre los que señala el convenio.
Este año además de los 7 días de convenio hay dos más por haber caído en domingo o festivo alguna fiesta y tambien están los dos días de puente que también son retribuidos. A vosotros os tendran que prorratear para ver cuantos días de convenio, puentes y vacaciones vaís a tener este año.
• 29/05/2007 9:34:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: julio 2006.
Yo tenia la misma duda ayer.
¡¡¡¡YUKO, ERES UN CRACK!!!!. ¿QUÉ HARÍAMOS SIN TI?