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711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005

PEYODAIR

• 12/05/2008 11:47:00.
Mensajes: 8
• Registrado: enero 2008.

EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

¿Alguien sabe si los interinos podemos pedir excedencia por agrupación familiar en el Ayto de Madrid?
¿Cómo podría informarme?
Gracias

17 RESPUESTAS AL MENSAJE

Yuko

• 12/05/2008 13:16:00.
Mensajes: 54
• Registrado: julio 2006.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Los interinos no podemos pedir ningún tipo de excedencia... sólo es para funcionarios de carrera o laborales

[--http://www.seg-social.es/stpri00/groups/public/doc...tiva/095295.pdf--]

PEYODAIR

• 12/05/2008 14:21:00.
Mensajes: 8
• Registrado: enero 2008.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Yuko muchas gracias por contestarme. Me parece completamente injusto que los interinos tengamos que perder el puesto si a nuestro marido le destinan fuera. Para nosotros no sirve lo de la conciliación de la vida laboral y familiar no?

Yuko

• 12/05/2008 14:32:00.
Mensajes: 54
• Registrado: julio 2006.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

A lo mejor es cuestión de que hables con algún sindicato a ver que te dicen...yo siempre he creído que no. Lo de la conciliación es más bien para pedir reducción de jornada, horario flexible, etc.

Espero que tengas suerte

thyone

• 12/05/2008 16:54:00.
Mensajes: 44
• Registrado: noviembre 2007.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

A mí me parece lógico que un interino no pueda cogerse una excedencia de esas. El interino, si acaso, está para cubrir la excedencia del funcionario. Vamos, que si te cogen de interina para un año (es lo que nos están ofreciendo) y te lo coges de excedencia...(que no se cobra nada), me parece un sinsentido, para eso no se coge la interinidad y se deja para otro que sí la vaya a aprovechar.

PEYODAIR

• 12/05/2008 18:58:00.
Mensajes: 8
• Registrado: enero 2008.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

No le estoy quitando la plaza a nadie, precisamente se la dejo a otra persona sin tener que renuniar a ella.

thyone

• 12/05/2008 19:16:00.
Mensajes: 44
• Registrado: noviembre 2007.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

¿Pero para qué quieres la plaza si no vas a trabajar? Las excedencias por agrupación familiar no duran 2 semanas, duran años, a no ser que te cojas esta excedencia en cada viaje de trabajo de tu cónyuge, que no creo que se pueda hacer; y una interinidad, sobre todo la que están ofreciendo, dura 1 añito justo.
No es que te critique, es que no lo entiendo. Es como si quisieras una excedencia durante ese único año que te van a contratar, porque resulta que vas a vivir en Londres todo ese año. No entiendo que ventajas puede ofrecer la interinidad.

PEYODAIR

• 12/05/2008 19:39:00.
Mensajes: 8
• Registrado: enero 2008.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

No me refiero sólo a la bolsa del Ayto. de Madrid. Estoy ocupando una plaza en otro Ayto, que puede durar más de un año. A mi marido lo envían una temporada fuera de España y la idea es irnos toda la familia.
No me gustaría renunciar a la plaza sólo quiero saber si existe la posibilidad de pedir esa excedencia ya que el EBEP no lo deja del todo claro.

heimlich

• 12/05/2008 20:33:00.
Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2007.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

No puedes renunciar a una plaza que no es tuya! Vamos a ver que un interino es eso, un interino. Para cubrir una vacante por excedencia de un funcionario de carrera, enfermedad, urgente necesidad, etc. ¿Tú ves lógico que estés de interina y digas que te vas un año, pero que te guarden plaza? ¿Y qué hacen contratan a un interino de un interino? No te das cuenta que es un sinsentido?

Las excedencias son SOLO para los funcionarios de carrera que tienen su plaza permanente. Otra cosa es que puedan coger reducción de jornada, los días de convenio, etc, como todos los demás funcionarios.

Yo de verdad no sé en que mundo vivís algunos...

PEYODAIR

• 12/05/2008 22:51:00.
Mensajes: 8
• Registrado: enero 2008.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Perdona, yo quizá viva en otro mundo pero tu estás un poco "desquiciad@". Simplemente he hecho una pregunta y no pretendía herir la sensibilidad de nadie.

Yuko

• 13/05/2008 9:18:00.
Mensajes: 54
• Registrado: julio 2006.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Perdonar que me meta en vuestra conversación pero creo cuando se tiene una duda lo mejor es preguntar y si alguien está seguro de tener una respuesta pues comentarla.... Con todo mi respecto, heimlich, creo que la duda de peyodair es razonable y más teniendo en cuenta la situación que se la avecina.

Espero no haber molestado a nadie...

heimlich

• 13/05/2008 10:02:00.
Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2007.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Pues no quería molestar a nadie, solo ofrecer esa información.
Sí era razonable la pregunta de la forera.
No, no estoy desquiziad@.

PEYODAIR

• 13/05/2008 12:19:00.
Mensajes: 8
• Registrado: enero 2008.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Hay formas y formas de decir las cosas. Si hice la pregunta en el foro es porque pensaba que podía encontrar ayuda y no podía imaginarme que terminaría con esta polémica sin comerlo ni beberlo.
El otro día me dijeron que en Justicia hay interinos que cogen excedencias para cuidados de familiares y por agrupación familiar. Sólo quería saber si con el nuevo estatuto tenía alguna posibilidad de poder coger algo así en la Administración Local.
Bueno sólo espero que todo el mundo tenga mucha suerte y seguro que cuando tengamos nuestra plaza fija dejaremos de ser tan susceptibles. Saludos a todos.

Nelytap

• 16/05/2008 1:44:00.
Mensajes: 2
• Registrado: mayo 2008.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Hola. Tengo una duda sobre las excedencias, y he encontrado este foro. A diferencia del tema del que se habla (perdón por hacer otra pregunta distinta) soy funcionaria de carrera, aunque desde el nombramiento llevo menos de un año trabajando. NO sé si tengo a opción a pedirme una excedencia, o tengo que estar un mínimo trabajando. Mi marido está trabajando en otra comunidad diferente a la mía, y no sé si eso me ayudaría. Gracias

Yuko

• 16/05/2008 8:50:00.
Mensajes: 54
• Registrado: julio 2006.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Yo creo que podrías utlizar la excedencia voluntaria por agrupación familiar.

Art. 89 EBFP en lo relacionado con las excedencias...
b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
Se podrá concederse sin el requisito de haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones
Públicas durante el periodo establecido a los funcionarios cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y
estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquiera de las Administraciones Públicas.
Tampoco se devengan retribuciones ni se computa ese tiempo a efectos de trienios y derechos en el régimen de
seguridad social que les sea de aplicación.

thyone

• 16/05/2008 10:04:00.
Mensajes: 44
• Registrado: noviembre 2007.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

De todas formas, no estoy segura, pero creo que para pedirte una excedencia por agrupación familiar, tu cónyuge también tiene que ser funcionario (si trabaja en la empresa privada no vale). Te repito que no estoy segura, pero yo siempre lo he entendido así cuando lo he estudiado. Por el contrario, para la excedencia por interés particular, tienes que haber estado dos años trabajando en como funcionaria.

Nelytap

• 16/05/2008 12:43:00.
Mensajes: 2
• Registrado: mayo 2008.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Muchas gracias. Mi pareja es funcionario de carrera en Andalucía, y mis oposiciones de nivel estatal sacan pocas plazas para Andalucía, casi todas por el norte. Muchas gracias pro la respuesta. Supongo que si me cojo excedencia, podría trabajar en cualquier otro lado, no??? Y bueno, y que a efectos de trienios y antiguedad, pues dejaría de hacer efecto, pero no sé si algún día saliese una plaza en Andalucía, y yo estuviera de excedencia, si podría optar a ella.

thyone

• 16/05/2008 17:08:00.
Mensajes: 44
• Registrado: noviembre 2007.

RE:EXCEDENCIA POR AGRUPACION FAMILIAR

Yo creo que no tendrías ningún problema. Yo no soy funcionaria, pero según lo que te hacen estudiar es así. Tu puedes pedir el reingreso al servicio activo cuando quieras, y una vez en activo supongo que podrás optar a las plazas que salgan.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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