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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Madrid
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 16/01/2010 14:07:00.
• Mensajes: 32
• Registrado: julio 2009.
Buenas.
De repaso en repaso me he dado cuenta de una contradicción en mi temario que no sé como solucionar. En el tema 21, tengo al principio que la comisión especial de cuentas es un órgano complementario que la diputación PUEDE crear, y no está incluído en la lista de órganos que deben existir en todas las diputaciones. Pero más adelante el tema dice que la comisión especial de cuentas es de existencia PRECEPTIVA... ?¿¿??¿¿??
¿igual alguien tiene un temario donde venga más claro, si es de existencia obligada o no? muchas gracias por adelantado, un saludo y fuerza para superar los nervios que ya están imparables, uff...
• 16/01/2010 14:33:00.
• Mensajes: 36
• Registrado: diciembre 2006.
yo pregunté lo mismo no hace mucho y me dijeron que era de existencia obligatoria
• 16/01/2010 14:38:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: diciembre 2009.
según el decreto 2568/1986 es de existencia preceptiva. Según la ley de bases no. Pero se entiende que sí que lo es cuando dice en el 116 lrbrl que las entidades locales presentarán la cuenta general a la comisión de cuentas; como la provincia es entidad local, ¿a quién, si no es obligatoria, le va a presentar esto que decimos?
• 16/01/2010 17:03:00.
• Mensajes: 32
• Registrado: julio 2009.
ok, muchas gracias a los dos! saludos
• 16/01/2010 20:08:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2008.
Hola, en el simulacro de hoy de Adams dan por buena la respuesta que pone que no es un órgano necesario, no sé, al final estoy con la duda.
• 16/01/2010 20:46:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: diciembre 2009.
habría que ver cómo es la pregunta
• 16/01/2010 22:08:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: diciembre 2007.
es asi, en la diputacion provincial la comision de cuentas es un organon complementario preceptivo, es un poco raro pero....
• 16/01/2010 22:17:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: diciembre 2009.
pues si es como dice reikelondon sí que es preceptivo. Pero si es un corta y pega de la ley de bases no. El corta y pega sería; existirá en todas las diputaciones provinciales¿?¿?¿ NO porque no aparece en el listado de esta ley. Aunque es una comisión informativa, creo.
es preceptiva esta comisión¿?; SÍ. Por que lo dice tal cual el reglamento de funcionamiento.
• 17/01/2010 10:16:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2009.
El complementario en la Diputación y obligatorio en el Municipio
eso es segurito,
saludos
• 17/01/2010 11:59:00.
• Mensajes: 32
• Registrado: julio 2009.
hola de nuevo.
yo también lo había entendido así, que es complementario en la diputación y obligatorio en el municipio, pero es que en mi temario pone primero que es opcional, y luego que es preceptiva y que se regula como una comisión informativa, o sea que está hablando de la diputación (por lo de las comisiones informativas)... también leí en el 116 lbrl que las entidades locales presentarán la cuenta general a la comisión de cuentas (como tu bien dices liquidtension), pero no creo que esto sea prueba suficiente, porque aunque la provincia tb sea entidad local, no todo lo que se aplica al municipio se aplica también a ella.. no se si me he explicado...
saludos
• 17/01/2010 12:19:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: diciembre 2009.
no sé; en mi caso lo tengo claro. Quizá no sea momento de discutir estos temas; con el tiempo que queda la filosofía sería: "no me entero, paso a otra cosa".