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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Madrid
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 17/05/2011 19:08:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2006.
HOla, mi pregunta es que significa cuando esta ley dice que es un Derecho necesario mínimo indisponible. Lo de indisponible como lo interpreto?
Gracias
• 17/05/2011 19:41:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: marzo 2010.
segun lo que yo entiendo es que no se puede prescindir de el,
saludos
Hola Kinita:
Lo primero que creo q. debe ser una errata y pienso que debería ser 'Derecho necesario, mínimo, indispensable' y en tal caso es que se trata de un derecho fundamental 40.2 CE-78 'Derecho a la prevención de la salud en el trabajo'.
De cualquier modo en qué parte de la LPRL 31/95 dice eso??. La estoy estudiando estos días y me interesa.
Saludos
• 17/05/2011 19:56:00.
• Mensajes: 388
• Desde: Gijón.
• Registrado: marzo 2010.
Sí, sí, pone "indisponible". No me preguntéis por qué. La cosa es que lo pone y hay que sabérselo porque no es la primera vez que veo esta preguntita en un examen...
• 17/05/2011 20:20:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2006.
gracias por el ejemplo hiena de nada
• 17/05/2011 21:29:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: marzo 2011.
Hola, la verdad es que hiena lo ha explicado perfectamente, un ejemplo también sería el de los permisos. El EBEP marca unos y el Ayuntamiento en su Acuerdo los mejora, con más días, etc. Saludos
• 19/05/2011 14:13:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: enero 2010.
No es una errata..es indisponible como bien han explicado.
• 29/05/2011 17:48:00.
• Mensajes: 125
• Registrado: diciembre 2009.
Hola, me podeis decir en que artículo de la LPRL viene lo que comentais..... Me gustaria echarle un vistazo....
• 29/05/2011 20:35:00.
• Mensajes: 78
• Registrado: abril 2010.
En el 2 punto 2.