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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliar Administrativo Ayuntamiento de Madrid



710.911 mensajes • 396.179 usuarios registrados desde el 25/05/2005

1976Sara

este es mi año

• 30/08/2011 12:12:00.
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• Registrado: marzo 2009.

CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola, hoy he recibido un correo certificado, es una carta del recurso contencioso administrativo que se interpuso contra algunos actos de nuestra convocatoria por si queremos intervenir como interesados, yo personalmente no puedo personarme en los juzgados por problemas físicos, hay alguien que vaya a ir? debemos preocuparnos?. Gracias y saludos.

164 RESPUESTAS AL MENSAJE

TLO

• 30/08/2011 12:22:00.
Mensajes: 313
• Registrado: abril 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Qué es exactamente lo que has recurrido Sara? y qué te han contestado?

1976Sara

este es mi año

• 30/08/2011 12:27:00.
Mensajes: 35
• Registrado: marzo 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Yo no he recurrido nada, yo fui de las afortunadas que aprobó la convocatoria anterior y de repente he recibido esta carta y no sé muy bien qué tengo que hacer, si esque tengo que hacer algo!!, por eso espero que si alguno de mis compis de la anterior convocatoria la ha recibido también pueda ayudarme!! Gracias

TLO

• 30/08/2011 12:50:00.
Mensajes: 313
• Registrado: abril 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

vale gracias, lo había interpretado mal

blanval

• 30/08/2011 14:18:00.
Mensajes: 2
• Registrado: enero 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

No te preocupes. Yo tb la he recibido y he llamado. Me han dicho que al ser interesados, nos lo notifican y q es algo normal. La gente q ha ido al contencioso, les ha sido admitida a tramite. Me han dicho q esto es normal en todos los procesos selectivos y q si te presentas tienes q ir con abogado y procurador pero en este caso nos "representa" el ayuntamiento. Espero haberte ayudado

1976Sara

este es mi año

• 30/08/2011 14:27:00.
Mensajes: 35
• Registrado: marzo 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Muchísimas gracias blanval!!, estoy embarazadísima y no estoy para meterme en follones de abogados ahora!!, me has ayudado mucho, gracias.....

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 30/08/2011 15:26:00.
Mensajes: 225
• Registrado: junio 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

yo voy a acudir dado que según la carta soy además de interesado, DEMANDADO.
y a mi no me demanda ni su p....madre jaja

Herposo

Estoy en este mundo porque tiene que haber de

• 30/08/2011 15:53:00.
Mensajes: 2
• Registrado: septiembre 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Yo también he recibido esa carta, he preguntado en mi junta y me han dicho que ni me preocupe, que es un puro trámite y que pasa en toda oposición, siempre hay gente descontenta, yo lo respeto pero el susto que me pegué al ver en la carta que además de interesada era demandada, fue de cojo...

mercelo

• 30/08/2011 16:05:00.
Mensajes: 54
• Registrado: octubre 2007.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

La verdad es que es mala suerte, a mi amiga también le habrá llegado la carta, lo malo es que la pobre está de vacaciones, he llamado a los sindicatos y me han dicho que ahora es para ver los recursos, que tenéis 9 días????-
Entonces hay interesados y demandados , yo no sé como estará ella en su carta, los que vayáis podrías poner la información que tengais.

TLO

• 30/08/2011 16:11:00.
Mensajes: 313
• Registrado: abril 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Seguramente no pasará nada, pero vaya rollo.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 30/08/2011 16:26:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Pues vaya marrón ahora también!!

Santos, y cómo que te han demandado? qué alegan para poder demandarte? no lo entiendo...

Besos Santos.

1976Sara

este es mi año

• 30/08/2011 16:44:00.
Mensajes: 35
• Registrado: marzo 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

En mi carta también me detallan que aunque tengo condición de interesada me pueda personar como "demandado", supongo que todas las cartas son iguales, no vaya Santos a creerse el único, yo probablemente si me encontrase bien iría a interesarme pero de verdad que no puedo por eso os agradezco toda la información que pongáis aquí en el foro, saludos.

1981fran

• 30/08/2011 17:04:00.
Mensajes: 13
• Registrado: junio 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola! hace poco puse un hilo aquí sobre el tema y no me hicisteis ni caso..jajaja. Yo vi el anuncio en el BOCAM y ahora me ha llegado la carta también, a mí sí me gustaria personarme pero decis que hace falta abogado y procurador??? sino no te informan???? y además supongo q el horario será x la mañana coincidente con el del curro....¿alguien más piensa ir??? saludos!!!

mercelo

• 30/08/2011 18:16:00.
Mensajes: 54
• Registrado: octubre 2007.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Para la información no necesitas ni abogado ni procurador, sin embargo, para el juicio son necesarios.
Se lo he comentado a mi amiga y me a dicho que ella también estaría interesada en ir, si os parece y si es necesario o impresindible comparecer, podrías ir al contencioso todos en grupo (mi amiga se apuntaría), lo digo para que os saliesen los abogados mas baratos.
Por muy caro que cobre un abogado, llegado el caso por supuesto, entre 300 más o menos saldría tirado, aunque no creo que pase nada ni cambien nada, pero bueno dicho está.

Ingeniero74

Estudiando por mi plaza, no hay vuelta atrás.....

• 30/08/2011 20:02:00.
Mensajes: 125
• Registrado: diciembre 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Pero los abogados de la asesoría jurídica del ayuntamiento de madrid no os pueden representar???

Seguro que no pasa nada, pero menudo susto para los que ya teneis vuestra plaza....

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 30/08/2011 20:19:00.
Mensajes: 225
• Registrado: junio 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

datos:
1) evidentemente la carta es igual para los 589 aprobados
2) aunque parezca obvio, lo digo: la carta la manda el ayto (como parte demandada) a sus opositores aprobados (como interesados y demandados en el proceso)
3) no existe la mas minima obligacion de ir
3) a todos nos refiere como interesados que podemos personarnos como demandados
4) segun me han dicho en un juzgado, necesitas abogado y procurador para "participar" en los juicios, pero no necesitas nada para acudir al juzgado y, como parte interesada, poder ver los expedientes de la demanda.
dato: En España para tener abogado de oficio (gratis pa entendernos) hay que ganar menos de 2xIPREM (o sea, menos de 15.000 € al año, asi que olvidaros, hay que ser bastante pobre para tener justicia gratuita....ese bonito derecho constitucional)
5) el horario de los juzgados (a partir del 1 sept, ahora están cerrados) es...tachan tachan....de 9 a 14. evidentemente, podeis ausentaros del trabajo para acudir. convenio:"permiso por el tiempo indispensable para la asistencia a Tribunales de Justicia previa citación". No creo que haya que dar muchas explicaciones cuando es nuestra propia empresa la que nos envía esta carta. De cajón.

y ahora ya, la verbena de siempre:
9 dias naturales o habiles? no se
a contar desde la fecha de recepcion de la carta? pues vale, yo he ido a correos y tengo la carta pero no tengo ningún justificante de cuando la he recibido
habiendo más de 20 procesos abiertos? a cual debo acudir, ni puta idea.

muchas dudas, yo voy a ir a Gran Via, 19, seguro que hay ambiente y muchos famosos, pero chavales, tenemos que empezar a pisar juzgados si queremos hacernos hombres.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 30/08/2011 20:37:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Gracias Santos por la aclaración.

ligeia1979

• 30/08/2011 21:20:00.
Mensajes: 71
• Registrado: noviembre 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

20 procesos. No puedo ir a ver los 20, está claro, pero me pica mucho la curiosidad leer todos esos expedientes. Deberíamos organizarnos para que veamos y leamos todos. Por curiosidad porque sinceramente esto no creo que vaya a ningún sitio.

Es conveniente que leamos los artículos 48 y 49 a los que hace mención la susodicha carta que todos hemos recibido (venga, y que luego alguien lo traduzca jajaja):
[--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l29-1998.html--]
A ver si ve el enlace.

Última cosa. Para tranquilizar a los de los turnos de minusvalía y promoción interna. Conozco a varias personas de estos turnos que están más preocupados que los que hemos ido por libre. Se supone que en esos recursos se hablará del decretazo y del corte de ambos grupos. Quiero que quede clarísimo una cosa.:

Que ellos tengan otro corte no afecta a los suspendidos, sino a los aprobados. ¡Eran procesos independientes que se mezclaron sólo a la hora de elegir destino! (con lo que yo no estoy de acuerdo). Que promo interna y minusvalía hubiesen tenido otro corte no significaría el aprobado para ningún suspendido de libre porque señores teníamos 456 plazas (más las no cubiertas por estos dos grupos). Sabíamos desde el inicio que no se podía contar con sus plazas y que nos tenía que dar igual lo que a ellos se les pidiera.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 30/08/2011 21:32:00.
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• Registrado: enero 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola Ligeia, me alegro verte por aquí.

Una cosita:
Todo este follón viene por los recursos que presentaron algunas personas en su momento en contra del famoso "decretazo" aquél que se sacó de la manga el Ayuntamiento unos días antes de la apertura de plicas? Es ese el motivo?
Besos.

ligeia1979

• 30/08/2011 21:47:00.
Mensajes: 71
• Registrado: noviembre 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Lo mismo digo Marisol

Hasta que no lo leamos no lo sabemos, supongo que sí, pero yo sospecho que principalmente se presentaron tras saber que no estaban entre los aprobados.
Hay varios recursos en varios juzgados según la carta que nos han enviado así que pueden ser por distintos motivos, por el mismo, por diferentes personas etc.

Ojo, que están en su derecho. El proceso selectivo era mejorable. Por ejemplo yo sueño con un proceso en el que todo el mundo se examine a a la vez con el mismo modelo de examen y a la misma hora.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 30/08/2011 22:33:00.
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• Registrado: enero 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Totalmente de acuerdo contigo Li en lo de examinarse todos a la misma vez, como en el Estado, todo se andará.

Bueno, a ver cómo acaba todo esto.

Saludos.

abas1976

• 31/08/2011 9:00:00.
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• Registrado: diciembre 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Sinceramente, yo creo que no hay que preocuparse por nada. Es muy normal que en este tipo de procesos selectivos con tanta gente siempre haya recursos que al final no quedan en nada. Ya lo veréis.

silvi sport

• 31/08/2011 13:04:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola chic@s!
De la carta como ya se ha dicho no es más que una anécdota. De todas formas el que tenga tiempo y ganas que acuda a los Juzgados. Aunque ahora sean muchos los que hayan iniciado procedimiento, en breve se acordará la acumulación de autos y será seguramente el primero que lo inició el que continúe con la tramitación de todas las demandas por identidad del objeto y del demandado.

Ah! tened en cuenta que aunque siempre se recurren las distintas resoluciones de los procesos selectivos, en esta ocasión había un especial interés en crear crispación y hacerse oír, no olvidéis que estábamos en periodo casi preelectoral sindical y municipal.

YolyDom

• 31/08/2011 16:25:00.
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• Registrado: julio 2006.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Yo tambien he recibido la famosa carta. Intentaré personarme en el Juzgado,y entre todos esperemos mantenernos informados. Q susto¡¡¡

addells1978

• 31/08/2011 22:15:00.
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• Registrado: mayo 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola, yo también he recibido la carta, no nos llegará a todos, son los interinos cesados que han acudido al contencioso-administrativo, de manera individual que es la única forma de hacerlo, y no denuncian el modo en que fue la oposicón, sino que su cese es irregular, piden consolidar su plaza y que a nosotros nos tenían que haber ofertado otra plaza de nueva creación o que estuviese desierta. Puede ser que alguno de los interinos no denuncie, por lo que la persona que ocupe su plaza no recibe carta alguna. No existe jurisprudencia sobre un funcionario-interino que haya ganado en este tipo de circunstancia. Casi todos han denunciado a través de sindicatos, CITAM basicamente, ya ha ocurrido en otros cuerpos en estos últimos años, POSI, TÉCNICOS,... estos están en su papel y además ganan afiliados. Ellos denuncias al Ayto, y este a su vez nos hace codenunciados y como dice Santos, no es necesario presentarse.
También se ha denunciado el Proceso por parte de CITAM, pero de igual forma no por como fueron los tipos de pruebas, sino por que la OPE se tiene que resolver en un periodo máximo de 3 años.

Ingeniero74

Estudiando por mi plaza, no hay vuelta atrás.....

• 31/08/2011 22:30:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Si es asi menudo morro los interinos, entran como tal y al tiempo se creen con derecho a....

1981fran

• 31/08/2011 22:48:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

addels eso no es así xq a mí me ha llegado la carta y yo no ocupo ninga plaza de ningana interina..

yoquiensino

Si te caes siete veces, levántate ocho.

• 31/08/2011 23:12:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

A mí también me ha llegado hoy la carta y tampoco había ningún interino/a en mi puesto.

El caso que me han puesto de los nervios desde que me avisó esta mañana una compañera...

DJA09

• 31/08/2011 23:58:00.
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• Registrado: junio 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

A mi también me ha llegado la carta, y esto no va de interinos porque yo fui interina y aprobé y pedí mi plaza con lo que nadie puede reclamarla. Pienso que el tema va por el decreto del concejal sobre la nota de corte

wevi

• 01/09/2011 9:28:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Por lo que yo tengo entendido, los recursos no han sido interpuestos por sindicatos si no por algunos interinos que han perdido su plaza a título particular, y cada uno de ellos reclama lo que le parece bien. Esperemos que ninguna de las reclamaciones sean tenidas en cuenta.

blanval

• 01/09/2011 9:32:00.
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• Registrado: enero 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Interinos??? Yo he recibido la carta y mi plaza no estaba ocupada por nadie.....

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 01/09/2011 9:46:00.
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• Registrado: junio 2009.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

yo por lo que estoy tranquilo es por lo siguiente. Imaginad que anulan el proceso. Los juzgados tendrían 600 nuevos juicios de 600 personas montando el pollo del siglo y reclamando daños y perjuicios. Vamos, yo voy al Tribunal de la Haya si me quitan mi plaza teniendo en cuenta que ya he tomado posesión.

wevi

• 01/09/2011 13:54:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Pues si, por lo que yo tengo entendido los recursos son de interinos que han perdido su plaza y están rabiando, después de que, evidentemente, esto ha sucedido porque han estudiado menos de los que hemos aprobado.

En fin, el tema es que van contra la oposición entera, no contra el que está en el puesto que ocupaban, por eso la carta la vamos a recibir TODOS.

Contra qué se quejan exactamente, eso sólo lo sabremos si vamos a ver los expedientes.

CLO1982

• 02/09/2011 11:12:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola a todos! Estamos especulando sobre el contenido de los recursos, qué alegan, quién lo interpone, cómo nos puede afectar, hasta dónde podría llegar, si debemos o no personarnos... ¿¿por qué no contratamos entre todos un abogado laboralista que nos represente y "nos guíe"?? Que nos diga: "no os preocupeis, porque esto no va a llegar a ninguna parte, pero debeis hacer tal, tal y tal por si acaso.."

¿Estaría alguien interesado? ¿Conoceis algún abogado especialista en este ramo?

Lo que está claro es que tenemos poco tiempo para decidir entiendo que los 9 días son hábiles, es decir, desde el 1 de septiembre (ya que agosto es inhábil) hasta el sábado 10 de septiembre... es decir, tenemos solo la semana que viene..

No se, seguro que no pasa nada, pero a mi personalmente, me encanta el dicho: más vale prevenir que curar!

osp78

• 02/09/2011 12:19:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola a todos. Yo también he recibido la carta y eso de "demandado" me suena un poco raro. Sobre todo porque entiendo que en todo caso el demandado es el Ayuntamiento. Como mucho sería interesado. Yo poco o nada podría alegar en este momento. (Qué culpa tenemos de las notas de corte que haya puesto el Ayto si se tratara finalmente de ese asunto).
En todo caso, si la oposición se anulara ahí yo sí que me vería perjudicado y en ese caso tendría que contratar el abogado e ir a juicio. Pero repito, ahora será el ayuntamiento el que tenga que defenderse.
En cualquier caso espero que alguien del Ayto nos dé alguna explicación, que no sea esa carta que no dice nada, y nos transmita tranquilidad.
Un saludo a todos.

yoquiensino

Si te caes siete veces, levántate ocho.

• 02/09/2011 15:45:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

¿Alguien ha ido al juzgado para saber a ciencia cierta que reclaman?

Yo también entiendo que es el Ayuntamiento el demandado, pero tienen obligación de notificarnoslo al ser nosotros parte interesada.

enredada123

• 05/09/2011 12:19:00.
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• Registrado: febrero 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

¿Algo nuevo sobre este tema?

yoquiensino

Si te caes siete veces, levántate ocho.

• 05/09/2011 16:38:00.
Mensajes: 22
• Registrado: agosto 2007.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Yo he estado esta mañana en dos juzgados, en uno de ellos he podido ver el expediente, en el otro no me lo han querido enseñar a no ser que me persone por escrito, en lo que han coincidido uno y otro es que si ahora no nos personamos, en el caso de que esta gente ganara, no tendriamos derecho a interponer recurso alguno pues habríamos dejado pasar el plazo.

Me han aconsejado que nos unamos y nos personemos por si las moscas y así nos notificarían todo hasta el día de la vista, en la cual debemos ir con un abogado, no hace falta procurador.

¿Alguien está interesado? Yo estoy de acuerdo con el compañero, más vale prevenir que lamentarse después diciendo si me hubiese personado...

DDK

a por todas

• 05/09/2011 17:02:00.
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• Registrado: junio 2008.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 05/09/2011 17:03:03
::: --> Motivo :

yoquiensino pero en el expediente que has podido ver que ponia? cual era el motivo de los recursos?

Yo he estado hablando con varias personas de donde trabajo y me han dicho que si no estamos de los ultimos ultimos no nos preocupemos pues si pasara algo (que podria pasar) de que le quiten la plaza digamos a 2 o 3 personas serian los ultimos.
También me han dicho que lo de ir al juicio es tonteria, en tal caso solo ver los expedientes para ver de que van pero eso de meterse en juicios deberia ser el ayuntamiento como tal nosotros no tenemos nada que hacer alli.

A que te refieres con lo de personarnos por escrito? eso nos daria obligación de ir al juicio? o sólo significa que estamos al tanto de lo que está pasando?

yoquiensino

Si te caes siete veces, levántate ocho.

• 05/09/2011 17:18:00.
Mensajes: 22
• Registrado: agosto 2007.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Como digo solo he podido ver uno, en este piden anular el proceso selectivo y retrotraerlo al momento en que salió el decreto previo a las notas del primer examen, en el que se establecían notas de corte diferentes para los distintos turnos (minusvalía, P.I. Y libre).

Ver los expedientes depende del criterio de cada juzgado, en este no me han puesto pega ninguna y en el otro al que he ido no me lo han enseñado ni me han querido decir nada pues es obligatorio personarse por escrito.

Lo que me han dejado clarísimo es que o nos personamos ahora o luego ya no podemos hacer nada en caso de que la sentencia fuese favorable a los recurrentes.

No tengo claro si el personarnos ahora nos obliga ir a juicio después o es algo optativo, pero si nos juntásemos bastantes nos saldría por nada y menos y al fin y al cabo se trata de algo por lo que hemos luchado mucho tiempo ¿no? ¿vamos a dejar nuestras plazas al azar? Yo particularmente me da pánico pensar en la posibilidad de que anulen el proceso y volver a pasar por el calvario que supone el proceso selectivo.

DDK

a por todas

• 05/09/2011 17:40:00.
Mensajes: 109
• Registrado: junio 2008.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Pero entonces los recursos que hay admitidos a trámite (al menos en el juzgado al que has ido, que no se si será el de Gran Vía o cual?) hablan todos de lo mismo?

como van a anular todo el proceso selectivo y llevarlo vuelta atrás afectando a todo el mundo cuando sólo hay x número de afectados? y estamos hablando en tal caso de los aprobados de minusvalía y P.I, y los suspendidos de turno libre. Digo yo, que tenemos que ver en esto los aprobados de turno libre? nos van a fastidiar a todos nosotros que no hemos salido beneficiados en nada con el decreto ese?

Lo de personarse por escrito a qué se refieren?

DDK

a por todas

• 05/09/2011 17:51:00.
Mensajes: 109
• Registrado: junio 2008.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 05/09/2011 17:53:10
::: --> Motivo :

googleando un poco (que no tengo ni idea de derecho, juicios y demas) parece ser que para "personarse por escrito" se necesita un abogado, y hay un escrito ya estandar que debemos redactar. Me equivoco en algo?

Para el juicio oral se necesita abogado y procurador (esto lo tenemos mas que claro)

Estoy mas perdido que un hijo puta en el dia del padre (con perdon de la expresion).

Perdona que me entrometa

• 05/09/2011 17:52:00.
Mensajes: 10
• Registrado: marzo 2011.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

GAnas de enredar tenéis y ganas de amargaros la vuelta al cole. Somos demandados porque ocupamos una plaza que para el demandante no nos corresponde. El que nos presentaramos, no supondría nada, pues ¿qué podemos alegar?:
-Señoría le promero -juro- por Snoopy que yo he estudiado mucho, que a mi no me ha regalado nada nadie y que yo no he quitado nada a nadie. Señoría yo soy funcionario de carrera de pleno derecho, he dicho. Para que conste en acta.

Sencillamente hay una demanda y el se admite a tramite, porque jurídicamente no hay ningún indicio para no hacerlo, que quiere decir, pues que se ha presentado en forma y en plazo correctos, nada más, pues como deberíamos saber no pueden entrar en más valoraciones previas. El juzgado a pedido el expediente al ayuntamiento, y este lo ha remitido. Una vez lo estudien, que pueden pasar un tiempecito, pues entonces citarán a las partes, el ayuntamiento. Si el juez decidiese que el cambio de las normas por el decreto invalida las pruebas, de nada le serviará nuestro testimonio. ¿Qué vamos a alegar?. Pero un juez no va a invalidar una oposición por que en tres procesos que se pesentan como independientes, se pongan notas disitintas, pues en todos los procesos ocurre. Yo duermo muy tranquilo y no le doy la menor importancia. Si queréis sufrir más de lo que hemos sufrido con esta oposición, que debe de haber sido la más neurótica de la historia, pues allá vosotros.

Perdona que me entrometa

• 05/09/2011 18:00:00.
Mensajes: 10
• Registrado: marzo 2011.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

A ver que el que ponga en la carta que seamos demandados, no quiere decir eso exactamente, porque si realmente fueramos DEMANDADOS, no sería el ayuntamiento el que nos informa, sino el propio juzgado el que nos citaría como parte demandada, para que alegaramos. Pero somos demandados por exensión, pues somos parte pasiva, y nuestro testimonio no sirve de nada, otra cosa es que un interino en particular hubiera reclamado su puesto en particular, pero lo que se demanda es al proceo entero y al ejecutor que es el ayuntamiento. Por ende el ayuntamiento tiene la obligación de informarnos de la existencia de dicho proceso, para que si lo deseamos como parte implicada indirectamente aleguemos lo que deseemos. Pero insisto ¿qué podemos alegar que ayude a un juez a determinar la legalidad de nuestro nombramiento? Si el ayuntamiento ya ha aportado toda la documentación del proceso en la que aparecerán todos los pasos hasta que felizmente fomamos posesión. No os poseaís a vosotros mismos. SOMOS FUNCIONARIOS y nuestro trabajito nos ha costado

DDK

a por todas

• 05/09/2011 18:01:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Perdona que me entrometa (vaya nombre jeje), la verdad que yo estaba bastante tranquilo hasta que he leido el comentario de yoquiensino, el cual a ido al juzgado y le han dicho que si no nos personamos no podremos reclamar despues, eso es lo que me preocupa, lo unico diria yo, y seguro que a mas de uno.

Perdona que me entrometa

• 05/09/2011 18:12:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

DDK en el caso de que prosperase la demanda y un juez anulara todo el proceso, el propio ayuntamiento recurriría a una instancia superior, tú no tendrías que reclamar, es decir, si de los 600 que hemos aprobado, imagina que se presentan 40, el juez no aceptaría que el proceo fuera nulo en 560 personas y en las 40 restantes no. Los abogados del ayuntamiento son los que se van a hacer cargo y ten por cuenta que siempre recurren todo, tienen la obligación de hacerlo. Yo también he llamado a servicios jurídicos y me han comentado que tengo todo el derecho del mundo en presentarme, pero me ha dado total tranquilidad.

DDK

a por todas

• 05/09/2011 18:25:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Gracias a ambos por vuestras opiniones.

He estado revisando las bases y la verdad que lo que protesta esta gente no tiene ni pies ni cabeza:

"Con objeto de garantizar la reserva de plazas del turno de promoción
interna y del cupo de discapacidad, los ejercicios de los aspirantes
que opten por cualquier de estos turnos, serán objeto de corrección
previa e independiente a los del resto de los aspirantes."

Desde el principio en las bases pone en la CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS que sera completamente independientes los turnos de pi y dispacidad con los de libre, que c estan reclamando? no me he mirado el famoso "decretazo" pero en las bases creo que lo pone bien claro.

Ingeniero74

Estudiando por mi plaza, no hay vuelta atrás.....

• 05/09/2011 19:44:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Que conste que yo no me presente, pero me parece que es la pataleta que le han entrado a algunos por no haber aprobado.... Si hubiera habido irregularidades en el turno libre lo entenderia, pero es que a la gente no le entra en la cabeza que si te presentas por el turno libre, vas a las x plazas que hay en el turno libre, y las plazas reservadas para promoción interna y discapacidad son otra guerra totalmente distinta. Si, con una nota de corte más baja si le da la gana al tribunal que la del turno libre, y a mi me parece perfecto. Si luego alguna de estas plazas no se cubren y se añaden al turno libre, eso que ganamos, pero ya digo que en principio es otra guerra que nada tiene que ver con el turno libre y por lo tanto deberia darnos igual su corte y demás, sino será problema de cada uno, pero así son las cosas.... Ya lo agradeceremos cuando entremos, y a todos los que lo conseguisteis en la anterior convocatoria, ya lo disfrutareis en vuestras promociones internas....

Que conste que ni soy interino ni nunca lo he sido ni tengo ninguna discapacidad, vamos que soy totalmente objetivo......

No os preocupeis, que si se funda en eso el recurso seguro que no pasa nada.....

FRAGUA

• 05/09/2011 22:05:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Buenas noches: yo también he recibido la carta. Mi marido es letrado y ejerce desde hace 21 años.
Por prudencia, es mejor que las estrategias que utilicemos para poder defendernos no las hagamos públicas a través de este foro, porque los demandantes pueden verlas.
Por ello me he cogido el listado de los que hemos aprobado y desde el correo electrónico del trabajo acabo de enviar lo que me ha aconsejado mi marido que hagamos.
Sólo he podido enviar a los 100 primeros de la lista, porque es un trabajo de chinos,, estoy todavía de vacaciones y a través de la webmail es más engorroso, por lo que he pedido ayuda para que a través del correo del ayto podamos enviar entre todos repartiendo por ejemplo de 50 en 50 hasta llegar al los 589.

Por cierto Santos: por salario no entraríamos para la asistencia gratuita si hubiese 1 sólo procedimiento , pero date cuenta que hay 20 procedimientos, por lo que hay que multiplicar ese salario por 20.

Por otro lado, he enviado a través del mail unos anexos pero creo que el servidor del ayuntamiento me los ha rechazado. Si a alguien se le ocurre alguna forma de hacerlos llegar segura..

yoquiensino

Si te caes siete veces, levántate ocho.

• 05/09/2011 22:19:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 05/09/2011 22:24:29
::: --> Motivo :

DDK me han dicho que al ser funcionarios no necesitamos personarnos con abogado. No sé en el resto que será lo que reclamen, solo he visto uno como he dicho anteriormente.

Perdona que me entrometa, yo he ido para ver qué era realmente lo que reclamaban, y no me había planteado la personación hasta que me han dicho que si no lo hacemos ahora, en caso de sentencia desfavorable para nosotros no podríamos hacer nada después.

FRAGUA, tienes razón, deberíamos comunicarnos a través del correo del Ayuntamiento, es algo que también se me había pasado por la cabeza.

FRAGUA

• 05/09/2011 22:54:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Acabo de enviarlo otra vez, ya que la primera vez lo he intentado hacer con los 100 en un mismo mail pero me lo ha devuelto el servidor. ahora he hecho grupos de unos 25 y no me lo ha devuelto el servidor.
Prueba entonces

DDK

a por todas

• 05/09/2011 23:27:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 06/09/2011 11:05:47
::: --> Motivo :

Cuentan los sabados como dias habiles? (para algunas cosas cuentan, para otras no...), agosto es inhabil en este caso?

yo recibi la carta el 30 de agosto, por lo que no se hasta cuando me cuentan esos "9 dias"

Perdona que me entrometa

• 06/09/2011 12:13:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Lo siento, pero yo soy erre, que erre. si pensáis fríamente, con el decreto, no se ha perjudicado a nadie de LIBER, al contrario se ha beneficiado a P. INERNA y MINUSVALÍA, pues no se ha subido la nota a LIBRE, sino que se ha bajado a estos dos turnos, precisamente como dicen las bases, para beneficiar a estos dos turnos. ¿Alguién conoce alguna oposición de auxiliar del Ayuntamiento en libre que se haya aprobado con 45 netas? No. Por tanto en todo caso los jueces podrían anular las notas de esos turnos e igualarlas a libre. Porque si anulan nuestro nombramiento, también sería nulo el cese de los interinos, pudiendo reclamar los salarios desde el día qeu fueron cesados. En justicia se reclama si eres perjudicado, y en ningún caso se a PERJUDICADO a los de turno libre, SINO QUE SE SE HA BENEFICIADO A LOS DE INTERNA Y MINUSVALÍA. Es decir se puede exigir la misma nota a todos vale. Pero jamas que sea 45, por lo que en este bastaría con anular solo esos dos procesos. Pero como las bases dejan claro que el fin mismo de hacer tres turnos es facilitar la cobertura de los otros dos turnos, no hay trato de favor, sino que ya se contempla.

Un juez no puede anular un proceso en un turno en el que nadie ha salido perjudicado, pues es de sentido común que en una oposición donde se presentan 45.000 personas se ponga un corte en 45 preguntas, no tiene consistencia. Además como el turno de minusvalía no se cubrió y sus plazas pasaron a libre, no hay perjuicio a nadie. Verlo así, no se perjudicó a nadie de libre, ES DECIR NO SE SUBIÓ LA NOTA DE LIBRE, SINO SE BAJA EL RESTO.

Perdona que me entrometa

• 06/09/2011 12:22:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Es más si véis sentencias y las pocas leyes que hemos estudiado así lo contemplan, cuando un proceso se anula, se retrotae hasta donde se ha cometido la irregularidad. Pues bien supongamos que ganan. Se retrotaería el proceso hasta la decisión de fijar las notas de corte. Voala, perfecto, los examenes están ahí, el ayuntamiento decide volver a cortar en 68 puntos, por lo que los aprobados de turno libre, serían los mismos, y como siguen siendo los mismos, no procede repetir el segundo examen, pues los candidatos serían los mismos. El único tema sería subirles la nota a minusvalía y p. interna. -algo que no va a pasar- pero en todo caso ninguno de los reclamantes tendría oportunidad de hacer el segundo. ¿o a caso alguien espera que el ayuntamiento bajara la nota de corte a 45 preguntas? No, lo lógico es subir la nota de los otros dos. Con esto no quiero pasar la desazón a esos turnos. Sino demostrar que al no haber intención de perjudicar a nadie de libre, sino con la ley en la mano, el beneficiar -legalmente- a otros turnos, no hay lesión de derechos, y al no haber lesión de derechos, se cierra el caso.

DDK

a por todas

• 06/09/2011 15:12:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Esta gente se cree que si hubiera habido un corte comun para los 3 grupos hubiera sido de 45 (pobres ingenuos), por eso no paran de quejarse de que "el decreto ha dejado fuera de la oposición a miles de opositores" en lugar de decir que "el decreto ha metido a gente de minusvalia y promocion interna sin afectar en absoluto a los opositores aprobados o suspendidos del turno libre".

Alguien sabe si hay alguna ley o algo que diga que no se puede modificar un decreto o norma en mitad de un proceso selectivo (o similar), mientras que afecte directa o indirectamente a este???

No olvidemos que el decreto no afecta en absoluto en las bases, que es por lo que se rige nuestro proceso.

mercelo

• 06/09/2011 15:33:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Las plazas de promoción interna y de minusvalía son para esos turnos, el problema reside en la maldita costumbre, la maldita costumbre que tiene el pueblo español de apropiarse de los ajeno, y considerar lo de otros como suyo, deberían ser turnos independientes, de modo que las plazas que no se cubrieran se perdieran.
Siento deciros que si se retrotrae el proceso, por cuestión de plazos y por nada más, el corte sería de 45 para TODOS, simplemente es así, ya que la imposición de corte del turno de promoción interna fue ANTERIOR, a la del turno libre, tres actos independientes en tres momentos de tiempo diferente.
Las notas de promoción interna, fueron anteriores a la apertura de plicas del turno libre, esto es indiscutible, le duela y le moleste a quién se.
Tendrían que indemnizar a todos, a los de promoción interna, a todos los interinos cesados etc.

mercelo

• 06/09/2011 15:38:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 06/09/2011 15:40:22
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 06/09/2011 15:39:24
::: -- Motivo :

un compañero ha dicho que: El único tema sería subirles la nota a minusvalía y p. interna. -algo que no va a pasar- pero en todo caso ninguno de los reclamantes tendría oportunidad de hacer el segundo. ¿o a caso alguien espera que el ayuntamiento bajara la nota de corte a 45 preguntas? No, lo lógico es subir la nota de los otros dos. Con esto no quiero pasar la desazón a esos turnos. Sino demostrar que al no haber intención de perjudicar a nadie de libre, sino con la ley en la mano, el beneficiar -legalmente- a otros turnos, no hay lesión de derechos, y al no haber lesión de derechos, se cierra el caso.
¿Y por qué es lógico subir la nota de corte a los otros dos?, es como si yo me compro una onza de oro a 700 euros y mañana cotiza en bolsa a 1000, si yo me la compro mañana no puedo exigir que a los compradores anteriores, los que han pagado 700, que abonen diferencia del precio cuando el objeto ya está vendido.
Es lo mismo, es cuestión de tiempos, el decreto estaba en vigor el día de la apertura de plicas de promoción interna, eso es así.

DDK

a por todas

• 06/09/2011 16:46:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

mercelo entonces cual es tu conclusion

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 18:39:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

si, porque parece que con tu segundo mensaje anulas el primero....no queda claro

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 18:43:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

por cierto, es un trabajo de chinos, pero vendría bien para calmar los animos cotillear el foro en las paginas antiguas, allá por 2007-2008 y ver si pasó esto mismo. sería relajante saber que esto pasa siempre y bla bla bla....

o eso, o alguno de los antiguos del lugar que sepa si pasó o no.

mercelo

• 06/09/2011 18:45:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Para mi es absurdo que la gente reclame sobre algo que no es suyo, pienso que no va a pasar nada, pero mi amiga me ha comentado que va a hacer lo que fragua comenta en su escrito para curarse en salud.
Ya lo he dicho antes, si a mí hoy me cobran la leche desnatada a un precio (nota de corte de PI =45) , si al día siguiente sube el precio de la leche entera (nota de corte = 68) no tengo ningun derecho a reclamar nada. no puedo reclamar oiga que la leche desnatada valia 45, y a mi me ha cobrado la leche entera a 68, pues me voy a consumo y pido una reclamación por abuso del tendero.

mercelo

• 06/09/2011 18:52:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

En la convocatoria anterior, mucho más oscura por cierto, no paso nada, puede que existiesen reclamaciones, pero lo que ha pasado este año no, mi amiga cuando regrese de vacaciones se va a encontrar este bonito pastel, si anulan la oposición en que lugar queda ella, ya no se puede presentar a esta ni a ninguna otra más, pués para quién no lo sepa no hay más oposiciones en muchos años, aunque la repitan el segundo, puede que no lo apruebe.
En otras opos del ayuntamiento, a la gente que gana el recurso se le habilita una plaza y ya está, pero ahora que estan reduciendo personal, ya me diréis.
Además las personas que reclaman el corte del primero sólo lo hacen para que suspendan a los compañeros de promoción interna y del turno de minusvalía, suspenderlos porque sí, aunque ellos no aprueben, esto lo digo porque si no han pasado antes el corte tampoco lo van a pasar ahora.

mercelo

• 06/09/2011 19:02:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Santos y DDk váis a presentaros como interesados?.

magentilla

• 06/09/2011 19:13:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 06/09/2011 19:13:47
::: --> Motivo :

Os pongo la respuesta del Tribunal de nuestra opo sobre el mismo tema. Es decir, lo que les contestaron al reclamar el dichoso decreto, por si alguien no lo leyó en su momento.

[--http://www.madrid.es/UnidadWeb/Contenidos/Oposicio...OARTICULO50.pdf--]

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 19:31:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

mercelo, probablemente si, no veo que tenga nada que perder.

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 19:32:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

magentilla, no puedo abrirlo. dime la "ruta" para llegar hasta ahi.

mil gracias

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 19:34:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

ah, vale, ya lo habia leido. no te habia leido despacio. pensaba que era la sentencia del juez a la reclamación de la anterior oposición, si es que la hubo, a ver si alguno lo encuentra por ahi en el foro alla por 2007.

mercelo

• 06/09/2011 19:37:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Si te presentas como interesado, ¿Púedes hecharte atrás y no seguir con el juicio?.

magentilla

• 06/09/2011 19:42:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 06/09/2011 19:44:54
::: --> Motivo :

No, es lo que les contestaron en esta. Los razonamientos que les dieron para rechazar sus solicitudes. Está en el historial de nuestra "opo".

Yo tengo compis que aprobaron la anterior a la nuestra y no me han dicho nada de cartas en las que les hayan demandado. Así que no habrá nada, digo yo.

mercelo

• 06/09/2011 19:57:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

En la otra no hay cartas.

DDK

a por todas

• 06/09/2011 20:04:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Yo no se si me presentare como interesado, pues es dolores de cabeza, tiempo y quiza dinero (no veo tan claro lo que decis alguno sobre la gratuidad) que vamos a perder, digo yo que el ayuntamiento se defendera y nos defendera todo lo que pueda y no se yo de que nos serviria decir lo mismo que van a decir ellos (que seguro lo hacen mejor).

Y otra cosa, en las bases en LEGISLACIÓN APLICABLE no veo ningún sitio donde hablen del Decreto del 25 de Noviembre de 2009 (el que modificaron posteriormente), otro punto a nuestro favor.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 06/09/2011 21:11:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 06/09/2011 21:11:58
::: --> Motivo :

Perdonad que me meta donde no me llaman, pero estáis seguros que lo que se ha denunciado es ese famoso "decretazo" a dos días de la apertura de plicas?

Porque de aquello se habló y muchísimo por aquí, vamos no se me olvidará lo que hicieron.

magentilla

• 06/09/2011 21:30:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Pues eso mercelo, que ahí están tan contentos haciendo su trabajo y sin preocuparse con carta o sin ella. Creo que es lo que deberíamos hacer todos nosotros en la medida de lo posible. Que se están descojonando de la risa porque ya tienen fecha para el juicio... pues muy bien que se sigan riendo. Yo por mi parte haré lo que tenga que hacer pero no pienso estar angustiada desde ahora hasta septiembre de 2014 o creo que hasta 2016 que hay otro según tengo entendido. No les voy a dar ese gusto, es que tengo sangre de horchata.

Marisol guapa, no te metes donde no te llaman. Siempre es bueno saber por si acaso. Unos denuncian el decretazo, otros la nota del segundo examen... y otros denunciarán que hay una falta de ortografía en las bases con tal de quemar hasta el último cartucho. De hecho creo que ya están planeando la estrategia para el recurso de la siguiente convocatoria, creo que es más fácil que estudiar. :D

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 21:38:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

mercelo, ser INTERESADO simplemente hace que te notifiquen cualquier suceso del proceso, que puedas aparecer con tu abogado a hacer alegaciones, etc, etcpero no te OBLIGA a nada. Vamos que yo no veo ningún problema.

por cierto, en los juzgados de gran via 19, me han dicho que para ser interesado basta con hacer la tipica hoja de "yo, fulano, con dni tal solicito ser interesado en el proceso nº tal en el juzgado nº tal". eso si, hay que hacer un escrito para CADA PROCESO y puedes presentar todos los escritos en el mismo juzgado (aunque sea para otros).

e insisto, no obstante, la justifica gratuita en España es si ganas menos de 2xIPREM (=15.000 €).
[--http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/120066...71/Detalle.html--]

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 21:39:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

en resumen, alguien me puede dar un motivo para no hacerlo? lo pregunto en serio, no veo hasta ahora más que ventajas y ningun inconveniente.

Si a eso le unimos, que me han dicho que si no te personas como interesado, luego en caso de sentencia desfavorable no puedes reclamar....pues en fin...blanco y en botella, no?

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 06/09/2011 21:41:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

ah, y llevar una fotocopia de cada escrito para que te lo devuelvan sellado.

otras cosas raras que he leido de llevar el escrito al decanato de abogados o no se que historia, no tiene nada que ver con lo que me han dicho que, como veis, es muy sencillo.

eso si, lo lamento por los compañeros funcionarios de justicia que estan hasta arriba.

ovejita1971

INSISTE Y VENCERAS

• 06/09/2011 21:51:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Chicos, acabo de volver de vacaciones y una compañera me comenta todo el lio este de la reclamación.

Pero hasta la fecha yo no he recibido carta alguna del Ayuntamiento, como la que estais recibiendo vosotros y mis compañeros. Estoy preocupada por si pasan los plazos y al no recibirla no pueda mover ficha y salga perjudicada.

Muchas gracias,

DDK

a por todas

• 06/09/2011 21:53:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Osea que no hay que personarse por escrito con abogado y procurador, simplemente hacer un escrito y presentarlo??? y ya esta???

Santos1978 lo que dices de "yo, fulano, con dni tal solicito ser interesado en el proceso nº tal en el juzgado nº tal", en teoria ya somos interesados, es lo que pone en la carta, pone que nos personemos como DEMANDADOS.

mercelo

• 06/09/2011 22:45:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Si no te personas ya no eres interesado.

Perdona que me entrometa

• 06/09/2011 22:55:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

SAntos nadie te dice que no te presentes. Es más en servicios jurídicos tampoco te dicen que no lo hagan, o a mí al menos no me lo dijeron. Pero sí me dejaron claro que para personarme en la causa era necesario abogado. Una cosa es ver el expediente de la demanda y otra muy distinta personarse en la causa. Los únicos juicios exentos de abogados son los de faltas y los de laboral, en los que te puedes representar a ti mismo.
Me dejaron bien claro que no me preocupara, que los servicios jurídicos del ayuntamiento ya trabajan en ello.
A ver si no me persono, no pudeo reclamar. ¿Pero reclamar el qué? Si un juez anula todo el proceso, será porque determina que se ajusta a ley anularlo. Y ya puedo yo patalear que no me van hacer ni puñetero caso. Creo haber leído que si nos anulan la opo, no tendremos oportunidad de presentarnos a otra. Vamos si no anulan la opo, nos conservarían la nota del primero y nos tendrían que repetir el segundo. Pero eso no entra en mi cabeza, yo creo que esta oposición fue la más neurótica de todas las habidas y por haber. Nadie tuvo el corazón en vilo tanto tiempo con los errores, con los certificados médicos, con el dichoso graduado, yo sencillamente paso página, disfruto de mi plaza, que por cierto, cada día que pasa me siento más contento y más con la que está callendo.

mercelo

• 06/09/2011 23:10:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Perdonaquemeentrometa, mi amiga puede reclamar y puede poner un recurso contra la anulación del veredicto de un juez, ¡¿Estas diciendo que lo que dicte un juez es indiscutible', si a mi amiga la quitan la plaza ten por seguro que se va al órgano superior.
Si el tribunal de la oposición ha seguido con el proceso es porque se ajusta a la ley.

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 07/09/2011 0:29:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

perdonaquemeentrometa, a ti te lo dejaron claro en el ayto, a mi me lo han dejado claro en el propio juzgado. tu eliges la fuente que te merezca mas credito. yo suelo preferir en cualquier tema la fuente más próxima.

Perdona que me entrometa

• 07/09/2011 1:00:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 1:13:51
::: --> Motivo :

A ver mercelo, yo no digo que las decisiones de un juez no sean recurribles. De hecho si la perdiera el ayuntamiento, él mismo recurriría, pues como he dicho en otro post, si el nombramiento se revoca, se tendría que revocar los ceses de interinos y si se aplica el mismo criterio que en los temas laborales, deberían abonarles todos los salarios dejados de percibir y multiplica 500 y pico por mínimo cuatro años. Eso me da la absoluta tranquilidad de que en el remotísimo caso de que perdiese el ayuntamiento es el primer interesado en recurrir hasta el Constitucional.

Santo1978. No discuto lo que te han vomentado, no tengo ni idea de ley procesal, solo se que en un juicio hay dos partes: demandada y demandante, amen de testigos de ambas partes, Y tanto demandante como demandada siempre tienen que estar defendidos por abogado y represetados por procurador. Que en principio puedas ir sin abogado perfecto y en todo el proceso no hace falta tampoco abogado, pues sinceramente lo desconozco. Que van 20 funcionarios como interesados y el resto no, pues hombre, lo que no va a hacer ninguna instancia es decir ala, estos 20 señores se les devuelve la plaza, a los otros no, puesto que nosotros no somos demandantes, sino demandados. Otra cosa sería al reves, que fueramos demandantes, en ese caso si perdemos nuestros derechos, pues renunciamos a reclamar contra el demandado, pues se entiende que renunciamos en entrar en la caus y reclamar nuestros derechos, yo por lo que veo en los telediarios, cuando alguien desea personarse en una causa, lo hace siempre como afectado, para así poder reclamar, o en tal caso como demandado pero para poder defendernos y que yo sepa en esta causa no tenemos nada que reclamar ni nada de lo que defendernos. Yo de procedimiento procesal ni P.I.

DeLarge

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• 07/09/2011 9:04:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 9:05:23
::: --> Motivo : (en turno libre)

Según los letrados que van a defender el Ayuntamiento, no es necesario que hagamos nada.
El hecho de presentarnos con abogado simplemente serviría para ejercer presión, pero es el Consistorio el que se va a encargar de "defendernos" defendiendo la legalidad del proceso.
Si te presentas como demandado, tienes que pagar ya un abogado, dejarte el dinero por algo que nunca ha pasado y que va para largo (dos o tres años de litigio).
Nos han notificado a los aprobados por un cambio en la ley. Antes no se hacía aunque en absolutamente todas las oposiciones hay recursos y muchos se admiten, pero luego nunca perjudica al que está dentro.
Simplemente nos han preocupado innecesariamente.

Luego, en mi opinión, me parece estupendo que haya gente que se sienta perjudicada habiendo sacado un 67,6 viendo cómo alguien con un 45 ha entrado. Pero qué culpa tendremos los que hemos superado ese umbral, los que nos lo hemos currado más que todos ellos.
Porque esto es una oposición libre, objetiva, sin entrevista personal, sin requisitos de cursos para colar a dedo a nadie. El que mejor lo ha hecho (en turno libre) ha conseguido la plaza.

Tranquilos, demasiados nervios hemos pasado durante todos los exámenes y sus meses de preparación como para temer ahora por algo que nos hemos ganado. Este foro tiene sus cosas buenas (información) y sus cosas malas (una capacidad innata para ponerte de los nervios).

DDK

a por todas

• 07/09/2011 11:16:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

esta mañana he estado en los juzgados y me han dicho que simplemente hay que presentar en el de gran via un escrito muy sencillo donde ponga nuestro nombre dni etc y donde notifiquemos que nos personamos como interesados en el proceso tal del juzgado tal.

una hoja por cada proceso/juzgado, donde ponga en cada una lo mismo, con una fotocopia, alli nos lo registran y ya podremos recurrir en caso de sentencia desfavorable para nosotros.

no necesitamos abogado, ni procurador, el escrito lo escribimos nosotros y se nos notifica todo, y para presentarse a las vistas (que lo mismo es dentro de 2 años) tampoco necesitamos abogado ni nada, pero es necesario presentarse para poder recurrir.

os animo a TODOS, sin excepcion que hagais el escrito, porque como nos han comentado, es un escrito en una hoja sencillisimo que nos da todos los beneficios que pudieramos tener en el hipotetico caso de que pasara algo (que casi al 100 por 100 no pasara nada pero para curarse en salud por hacer un papelito estamos respaldados).

mercelo

• 07/09/2011 11:59:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Mi amiga lo va a presentar cuando venga de vacaciones, es por curarse en salud y por tranquilidad, yo también os animo a todos a que lo presentéis, no se pierde nada con hacerlo.

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 07/09/2011 12:02:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

magnifica explicación DDK. explicandolo clara y concisamente. yo insisto, que alguien me de un motivo para no hacer dicho escrito. ¿hay algo que perder por hacerlo? yo creo que no.

Perdona que me entrometa

• 07/09/2011 12:36:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Gracias DDK por la información.
Santos1978 no hay ningún motivo para no hacerlo. Tampoco hay nada que perder, se agradece la información que habéis facilitado. Yo aún así tengo tanta seguridad en que mi nombramiento es irrevocable, que no voy a ir a ningún registro, no ha existido ninguna irregularidad, y el que quiera ver lo contrario está en su derecho.

superviviente2005

• 07/09/2011 12:52:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Por si os sirve para decidiros que hacer sobre la personación:
Acabo de venir del juzgado para personarme, he preguntado allí a los administrativos, y me han dicho: que si fuesen ellos se personarian por si las moscas, ya que no sería la 1ª vez que .................
Saludos.

FRAGUA

• 07/09/2011 12:56:00.
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• Registrado: septiembre 2010.

RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Os aconsejo a todos que os personéis. Para ello, efectivamente no necesitáis abogado, pero luego, cuando sean las vistas, quién te va a defender? tú, si no eres letrado, no puedes subirte al estrado, está prohibidísimo en España. Preguntadlo a cualquier abogado.

Personarse al menos, te permite en un futuro defenderte ....

Allá cada uno.

mercelo

• 07/09/2011 13:29:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

FRAGUA, entonces se puede presentar primero el escrito de ser interesado en el procedimiento tal y como dice DDK, y luego más adelante solicitar la justicia gratuita.
Cada uno puede hacer lo que quiera, pero tampoco es tanto trabajo presentar los 20 escritos, ni que fuese una tesis doctoral.
Yo también pregunto por los motivos para no hacerlo, y que conste que como nunca pasa nada y que los letrados del ayuntamiento están segurísimos al 100 % no es argumento válido, quiero más argumentos y más razones.
Tampoco acepto: es mucho trabajo, voy a tener que estar pendiente etc.....

Santos1978

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• 07/09/2011 14:52:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

PLAZOS
los 9 habiles empiezan a contar desde el 1 sept (ya que agosto es inhabil para los juzgados).
descontando domingos y viernes 9 (festivo en madrid capital) el ultimo dia para personarse será el lunes 12.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 14:54:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Santos los sabados tambien cuentan como inhabiles en este caso, tenemos hasta el miercoles 14.

Santos1978

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• 07/09/2011 14:58:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

seguro?

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 07/09/2011 15:00:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

pues tienes razon.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Artículo 182.

1. Son inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los días 24 y 31 de diciembre, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva comunidad autónoma o localidad.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 15:58:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 15:59:16
::: --> Motivo :

Eso es xD. pues nada habra que ir redactando el escrito.

nosenada1966 yo no he reenviado nada y tambien me ha llegado ese correo.

nosenada1966

• 07/09/2011 15:58:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

He reenviado el correo que mando FRAGUA a algunos compañeros, y me han mandado un mensaje recordatorio de la protección de datos, ¿Os han mandado este mensaje a los demás o ha sido a mi sólo?:

DDK

a por todas

• 07/09/2011 16:54:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

AL JUZGADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº …

D/Dª…………, con DNI núm. ........... y domicilio a efectos de notificaciones en la calle ............... nº ......., piso ......., en ......., con tfno. nº. …………….., en relación al procedimiento nº. ...... comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por el presente escrito, me persono como parte interesada en el procedimiento nº. …..

Por lo anterior,

SOLICITO que tenga por presentado este escrito, lo admita y, en su virtud, me tenga por personado y parte interesada en el presente procedimiento, y consecuentemente se me dé vista de lo actuado.

En Madrid a …… de ……… de 2011




Fdo.: …….


Pensais que hay que cambiar algo? lo he hecho googleando y cogiendo un poco de alli y un poco de alla, pero no se si esta correcto o si falta o sobra algo.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 17:06:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 17:22:21
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 07/09/2011 17:20:50
::: -- Motivo :

Modificado de nuevo:

AL JUZGADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº …

D/Dª…………, mayor de edad, con DNI número ........... y domicilio a efectos de notificaciones en la calle ............... nº ......., piso ......., en ......., con tfno. nº. …………….., en relación al procedimiento nº. ...... comparezco en el plazo de 9 días conferido, actuando en mi propio nombre y representación como empleado público, y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Habiéndose admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo nº. ….. contra actos de la oposición de AUXILIAR ADMINISTRATIVO (589 plazas), convocada por Decreto de 2 de febrero de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de Madrid, y habiendo recibido por parte del Ayuntamiento de Madrid la correspondiente notificación, por el presente escrito, me persono como parte interesada en el procedimiento nº. …..

Por lo anterior,

SOLICITO que tenga por presentado este escrito, lo admita y, en su virtud, me tenga por personado y parte interesada en el presente procedimiento, y consecuentemente se me dé vista de lo actuado.

En Madrid a …… de ……… de 2011




Fdo.: …….



No se si seria recomendable cambiar PROCEDIMIENTO por RECURSO, y si el tlf sobra o no esta de más tenerlo (en loz juzgados uno de que me informaron me dijo que pusiera mis datos, lo tipico direccion, telefono etc...).

Tambien me dijeron que podia adjuntar la carta que hemos recibido, pero eso supondria otras 40 fotocopias mas, y no creo que sea necesario.

Mutante1935

• 07/09/2011 17:33:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola, ¿Sabéis si el escrito puede presentarlo otra persona en mi nombre? Lo digo por si podría ir una persona a llevar el suyo propio y el de sus compañeros o tenemos que salir en estampida 'todos a la vez' de nuestros respectivos centros de trabajo.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 17:37:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Mutante1935 lo puede llevar cualquier persona.

y que alguien me diga algo de los escritos, cual vais a entregar vosotros???

Santos1978

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• 07/09/2011 17:57:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

me parece una verguenza que en los juzgados no te entreguen un modelo. yo paso de google y su puta madre. el ciudadano no está para investigar derecho procesal. voy a hacerlo lo mas cutre posible y si falta algo les mando a tomar por culo. cada dia odio mas este pais.

eso si, cada vez que veo el gol de iniesta, recupero el patriotismo, tranquilos

DDK

a por todas

• 07/09/2011 17:58:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

jajajaja

DDK

a por todas

• 07/09/2011 18:03:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 18:03:11
::: --> Motivo :

la verdad el escrito lo deberia hacer nuestro procurador o abogado pero como no tenemos tenemos que sacarnos las castañas del fuego.

si es verdad que dijeron que hagamos un escrito sencillo (a saber para ellos que es sencillo) pero a mi me da verguenza poner "yo, ddk con dni tal y direccion tal me persono como interesado en el procedimiento tal del juzgado tal", firmarlo y darselo ahi a lo cutre casi toda la hoja en blanco jajaja

ironside

• 07/09/2011 18:24:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Bien como podéis estar tan seguros de cuando acaba el plazo para poder personarse en los juzgados??? puesto que yo a día de hoy 07/09/2011 no he recibido carta ninguna No debería haberla recibido????? os aseguro que soy uno de los 589 afortunados.....
Estoy de los nervios vaya regreso de vacaciones....

Santos1978

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• 07/09/2011 18:56:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

son 9 habiles (pa entendernos, de lunes a viernes, si, de lunes a viernes, he puesto por ahi el link que lo aclara) desde la fecha de RECEPCION de la carta, asi que los que no la hayais recibido, tranquilos en ese sentido.

otra cosa es que llameis al dpto de relaciones con los tribunales y pregunteis si os han enviado o no la carta, cosa que deberían poder deciros, digo yo.

nosenada1966

• 07/09/2011 19:05:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

A mi me ha llevado los escritos mi marido esta mañana, si queréis ahorraros un viaje los podéis entregar todos en el Tribunal Superior de Justicia.
Cuando mi marido fue esta mañana en Gran Via sólo le recogieron los del Contencioso, el otro lo tuvo que entregar en el Tribunal Superior de Justicia.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 19:17:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

nosenada1966 te importaria pegar aqui el modelo que has entregado???

esta bien eso de saber que el del tribunal superior de justicia no basta con entregarlo en Gran Vía, esta en C/ General Castaños, 1 no?

Santos1978

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• 07/09/2011 19:54:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

o dicho al reves, está bien saber QUE SE PUEDE LLEVAR TODO AL TSJ

Perdona que me entrometa

• 07/09/2011 20:10:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 20:13:46
::: --> Motivo :

Sin querer quitar a nadie su "derecho" y su "tranquilidad" a presentarse en la cuasa, creo que lo que contestó el tribunal, es blanco y en botella.
----------------
2º- La modificación del artículo 50, relativo al nivel mínimo en la corrección de los
ejercicios, de la Instrucción relativa al funcionamiento y actuación de los Tribunales
de Selección en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos
Autónomos, aprobada por el Decreto de 4 de marzo de 2010, entra en vigor el
pasado 12 de marzo de 2010.

De acuerdo con el apartado segundo del Decreto de 25 de noviembre de 2009, por
el que se aprueba inicialmente la Instrucción, ésta será de aplicación a los procesos
selectivos ya iniciados, en aquellos trámites del proceso que aún no se hubiesen
realizado.

Por lo tanto, habiendo surtido efectos la modificación del artículo 50 de la
Instrucción el 12 de marzo de 2010, lo establecido en este artículo respecto a la
determinación del nivel mínimo es de obligado cumplimiento en todos aquellos
procesos selectivos en los que a esa fecha (12 de marzo) no se hubiera
determinado dicho nivel mínimo.
3º- En relación con el fundamento de Derecho anterior, debe señalarse que según
consta en las Actas nos 20 y 21 de las reuniones del Tribunal Calificador, los niveles
mínimos exigidos para la superación del primer ejercicio de las pruebas selectivas,
fueron establecidos en sendas reuniones de 16 (promoción interna) y 17 (cupo de
discapacidad y turno libre) de marzo de 2010, reuniones previas a los actos de
apertura de plicas.
Por lo tanto, al haberse fijado los niveles mínimos los días 16 y 17 de marzo de
2010, resultaba de aplicación en dichas fechas la modificación del artículo 50 de la
Instrucción, en su redacción dada por el Decreto de 4 de marzo de 2010.
---------------------

Queda claro que según las normas: "ésta será de aplicación a los procesos
selectivos ya iniciados, en aquellos trámites del proceso que aún no se hubiesen
realizado."

Las actas son posteriores a la entrada en vigor del "decreto". La personas jurídica que lo aplica tiene plena potestad para aplicarlo. Esto no hay juez que lo mueva.

Ahora si queréis volver a revivir la "inquietud" que todos hemos vivido en esta oposición, hasta la toma de posesión, pues nada genial. Pero la demanda no hay por donde cogerla.

Lo lógico es que los auxiliares o lo administrativos de los juzgados, os indiquen las consecuencias de prsentarse, pero también es lógico, que nuestros "compis" de servicios jurídicos, que sí saben perfectamente de que va la vaina, nos den la máxima tranquilidad.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 20:29:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

nosenada1966 una pregunta, vale que en el contencioso de gran via no le recibieran el del tribunal superior de justicia, pero estas segura de que en el tribunal superior de justicia si que le hubieran recibido los del contencioso?

igual cada uno solo se puede presentar donde se tiene que presentar, ni idea.

yo no se si entregarlo mañana y quitarmelo del medio o esperar al lunes y hacerlo tranquilamente, estoy hasta los huevos de esto...

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 07/09/2011 21:07:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

os ruego que leais lo que ha puesto "perdonadque me entrometa" que es el extracto principal de la respuesta que en su dia dió el ayto a las reclamaciones y la verdad,yo tras releerlo una y otra vez, veo lo mismo, que es absolutamente legal (chapucero, tendencioso, casposo y torticero, pero para nuestra tranquilidad, LEGAL)

si alguno ve resquicio a favor de los demandantes, que nos lo diga y se debate, pero es que yo no lo veo.

nosenada1966

• 07/09/2011 21:22:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

A mi marido le dijeron que en el Tribunal Superior de Justicia se podían presentar los 20.

nosenada1966

• 07/09/2011 21:26:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

PROCEDIMIENTO:

AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID


Dª Funcionaria del Ayuntamiento de Madrid con DNI núm y domicilio a efectos de notificaciones , en MADRID, provincia de MADRID , (C.P ), en relación al procedimiento , comparezco y como mejor proceda en derecho,

DIGO

PRIMERO.- Tengo conocimiento que se está tramitando en esta Unidad Administrativa un procedimiento sobre las oposiciones a Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid en el cual, esta parte está interesada en personarse como interesado.

SEGUNDO.- Que soy titular de intereses legítimos que pueden verse afectados por la resolución que recaiga en el expediente de referencia, por lo que la personación en el expediente de referencia se identificaría con mis intereses legítimos, dada mi condición de Funcionaria del Ayuntamiento de Madrid.

Como es sabido, la Constitución Española reconoce en su artículo 24.1 el derecho a la tutela efectiva de los derechos e intereses legítimos y la jurisprudencia constitucional ha venido interpretando de forma amplia ese concepto de interés legítimo, por lo cual me encuentro legitimada para adquirir la condición de interesado en el citado expediente.

Por lo anterior,

SOLICITO que teniendo por presentado este escrito ser interesado en el procedimiento y que se tenga por personada mi persona como interesada, en el presente procedimiento, y consecuentemente se le dé vista de lo actuado, se le comuniquen las incidencias que en lo sucesivo se produzcan, se le dé audiencia antes de dictarse la resolución y se le notifique ésta.

En MADRID a 6 de Septiembre de 2011






Fdo............

funcionariaoeoe

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• 07/09/2011 21:26:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Pues yo tampoco lo veo, Santos. El tribunal por la cuenta que le trae, ya tiene cuidado de no hacer nada que no pueda hacer.
Aquí en la subdirección nos han dicho que podemos estar tranquilos, que en todas las oposiciones hay recursos, que el ayuntamiento nos defiende, que si llegan a ganar los demandantes, el ayuntamiento recurre y recurre y recurre para alargarlo lo más posible, y que en un caso extremo ni se repite el proceso selectivo ni se echa al funcionario ni nada de eso.
Esto nos lo ha comentado gente de mucho peso en personal, así que tranquilitos. Yo pienso hacerles caso, por que encima, si no me van a dar la justicia gratuita, que no nos la van a dar, y tengo que pagar a un abogado para que me defienda en 20 causas, lo llevo claro, sobre todo cuando es el ayuntamiento quien por la cuenta que le trae me va a defender.
Y por cierto, una vez que uno se persona en un procedimiento, es o bien como demandante o bien como demandado. Nunca como interesado.

nosenada1966

• 07/09/2011 21:29:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Yo no voy a solicitar la justicia gratuita, ni tampoco tengo dinero para pagar 20 abogados.

nosenada1966

• 07/09/2011 21:32:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Entonces tenemos que poner como ¿demandado en vez de como interesado, si es así tendría que volver a entregar las 20 cartas otra vez?.

funcionariaoeoe

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• 07/09/2011 21:34:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

nosenada1966, si te personas, tiene que se con abogado, y en este caso como demandado. No existe la figura de la personación como interesado. Esto no es derecho administrativo, es contencioso-administrativo.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 21:34:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 21:45:56
::: --> Motivo :

gracias por el escrito nosenada1966 me estaba volviendo un poco loco (los de por aqui, en especial santos ya saben que soy un NEUROTICO PARANOICO NATO no puedo evitarlo tengo un problema jajajajaja)

no hay que solicitar justicia gratuita porque no se nos pide abogado asi que de eso nos olvidamos.

funcionariaoeoe a nosotros como funcionarios no se nos pide abogado en este caso.

DDK

a por todas

• 07/09/2011 21:44:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

PRIMERO.- Tengo conocimiento que se está tramitando en esta Unidad Administrativa un procedimiento sobre las oposiciones a Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid en el cual, esta parte está interesada en personarse como interesado.

Donde pone Unidad Administrativa no tendría que poner Juzgado contencioso-administrativo???

funcionariaoeoe

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• 07/09/2011 21:47:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 07/09/2011 22:05:06
::: --> Motivo :

Artículo 49.

1. La resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

¿Dónde pone que podamos personarnos como interesados?

Artículo 23
3. Podrán, no obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles.

En mi humilde entender, como esto no es una denegación de una ayuda de estudios, o de un permiso sin sueldo o algo así, sino que en el peor de los casos implicaría nuestra "separación como empleados públicos", sí tendríamos que ir con abogado.

Por favor, si alguien no está de acuerdo conmigo que me lo diga.

nosenada1966

• 07/09/2011 22:19:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Si tiene que poner juzgado de lo contencioso administrativo.

yoquiensino

Si te caes siete veces, levántate ocho.

• 07/09/2011 22:39:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

funcionariaoeoe, en los juzgados nos han dicho que no es necesario ni abogado ni procurador al ser funcionarios públicos.

1981fran

• 07/09/2011 22:49:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

entonces si nos personamos es como interesados o como demandados??? joder yo tengo ya los escritos como interesada...y ¿podeis decirme el horario? ¿de 9 a 14?? nos darán el justificante para el curro no??? yo lo más seguro vaya el lunes..

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 08/09/2011 4:20:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

yo me voy de vacaciones.
cuando vuelva les voy a llevar las solicitudes a mano si puedo y, si me lo admiten, en Euskera o en bable, para que se jodan y se vuelvan locos, estoy hasta los cojones siempre de la misma mierda burocrática esta y voy a ir con mi tio Eustaquio, el del pueblo, uno que se parece a Paco Martinez Soria de Procurador, abogado, notario y guardia civil....todo junto, POR SI ACASO.

ale, que os sea leve....compañeros

por cierto, los 9 dias son habiles, naturales o netos? JOJOJO

Blood Bother

todos a una

• 08/09/2011 13:05:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hoy he estado en el juzgado y os comento lo que nos han dicho. Me he encontrado con 4 compañeros y nos hemos ido todos a ver los expedientes sala por sala y los que nos interesan (famoso decretazo) son los siguientes procedimientos 718/10, 716/10, 721/10, 690/10, 460/10, 709/10, 745/10, 6/11, 131/10, 133/10, 736/10. La razón por la que no los han acumulado es debido a que aunque sean los mismos abogados los que representan a una serie de afectados y lo más importante que reclaman sea que se retrotraiga el proceso al primer examen donde se produjo la supuesta infracción de la nota de corta, cada uno de ellos por separado, piden otras cosas con menos importancia. Estos de los que están en Gran Vía 16,, pues los otros nos lo hemos visto. El resto de dicho juzgado se corresponden con gente que quiere que le repitan el 2º examen y 1 interino al que solo puede personarse la persona afectada. Personar es gratuito, pero se puede personar todo el que quiera incluso después del plazo de 9 días y antes de la vista para sentencia. La diferencia está es que si te personas después del plazo de 9 días no te van a notificar de nada hasta que te persones y no tienes derecho a los trámites que se van realizando si no te has personado (contestación, alegaciones previas, pruebas, etc.)
1. Otra cosa importante que nos han comentado, si nos personamos, podemos desistir en cualquier momento, antes de la vista. Lo digo porque después de la vista, si no has desistido ya no puedes hacerlo.
2. No desistir no implica que debas asistir obligatoriamente a todas las vistas, porque no es necesario, pero si implica, que en el caso de que el juez estime la demanda y condene a costas a la parte demandada, tengamos que asumir dichas costas junto con el ayuntamiento. También nos han dicho que no suele ser gran cantidad.
3. No es necesario abogado ni procurador porque somos funcionarios.
4. Se puede dar el caso de que aunque el fondo sea el mismo, las sentencias sean distintas, por lo que, iría a una instancia superior que decidiría.

Finalmente comentaros que por lo que hemos podido leer, lo que alegan los afectados es que el anuncio de la apertura de plicas fue el 11 de marzo y que el tribunal sabía ya la nota de corte cuando el 12 de marzo publicó el decreto famoso, por lo que según ellos, debe anularse tal decreto. Un poco absurdo porque la apertura de plicas fue el 16 de marzo y el anuncio no sé que pinta aquí.
Bueno espero que os haya servido de ayuda y creo que debemos estar en contacto para que nos vayamos informando de lo que va ocurriendo en cada uno de los procesos. Si necesitais que os aclare algo no dudeis en preguntar. Saludos y tranquilos que por lo que nos han dicho, como muy pronto, la primera vista será en 2013.

Whitetower

• 08/09/2011 13:24:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

A ver si lo he entendido, he estado esta mañana en Gran Vía, y he presentado el escrito (más menos como el de DDK). Así que, ahora ya me darán como personada en el procedimiento no solo como interesada sino como demandada. Que tengo la oportunidad de desistir en cualquier momento antes de la vista, pero si no lo hago, y estiman la demanda, tendría que pagar las costas junto con el ayuntamiento. En resumidas cuentas, ¿es esto o me equivoco?

Blood Bother

todos a una

• 08/09/2011 13:38:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Lo de interesado o demandado, no lo tienen claro ni ellos porque no me han sabido decir si debo poner "interesado" o "demandado" en la carta. Respecto a lo de las costas, lo has entendido bien aunque desconozco en que porcentaje le correspondería a cada uno de los personados o si el ayuntamiento se haría cargo de todo. Si desistes antes de la vista, te desvinculas del procedimiento del todo y desistes de tu derecho a recurrir pero si nó, tienes que apechugar con las consecuencias que se deriven de la sentencia.

nosenada1966

• 08/09/2011 13:46:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

No van a conseguir nada, las actas con las notas de corte están firmadas los días 16 y 17, si anulan el decreto, que también es imposible, ¿qué corte eligen ?

Whitetower

• 08/09/2011 13:52:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Gracias Blood. Yo solo espero que esto se quede en una anéctoda de la que me parta de risa dentro de un tiempo, pero por ahora, no me hace ninguna gracia.

superviviente2005

• 08/09/2011 14:56:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Sobre el mensaje de BLOOD BOTHER
Referente a si estás personado, y no desistes antes de la vista, que se nos condene en costas.
Decirte que en derecho no son 2x2=4 casi nunca, depende de cada caso, y cada circunstancias,..... Yo no entiendo de esto nada, pero no se hasta que punto se nos podría hacer responsables de un error que hubiera cometido un organismo público, y que nosotros no hayamos tenido nada que ver, y que además nos produce un perjuicio. Seguro que si preguntasemos a un PROFESIONAL DE Dº ADMITRATIVO, nos diría que ........
Yo lo único que creo que tengo claro es que en principio hay que personarse, que para desistir tenemos tiempo, para personarse, no.

DDK

a por todas

• 08/09/2011 16:06:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

nosenada1966 pues esta claro!!!! 45 para todos y viva la pepa!!! que el ayuntamiento ha dejado fuera injustamente a miles de opositores que con 45 netas hubieran pasado al 2º!!! jajajajaja, que maquinas.

por cierto 1981fran si en tu escrito has puesto interesado es igualmente valido, yo les he preguntado si es mejor poner personado como demandado o como interesado y me han dicho que no es importante que termino pongamos, tambien podemos poner como 3º interesado.

Gallardoneitor

estos madrileños están locos...

• 08/09/2011 17:24:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Buenas…

Los emplazamientos para las vistas son para el juzgado nº 1, 7 de enero de 2014, y otros más cercanos eran para octubre de 2013.

Otra cosa es que a nosotros nos han preguntado en varias ocasiones si nos habíamos informado en los sindicatos. Que quizá todo esto nos lo podría llevar un sindicato/varios.

ligeia1979

• 08/09/2011 20:39:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Me quedo con esto que ha comentado Blood:

"Personar es gratuito, pero se puede personar todo el que quiera incluso después del plazo de 9 días y antes de la vista para sentencia. La diferencia está es que si te personas después del plazo de 9 días no te van a notificar de nada hasta que te persones y no tienes derecho a los trámites que se van realizando si no te has personado (contestación, alegaciones previas, pruebas, etc.) "
Insisto: INCLUSO DESPUÉS DEL PLAZO DE 9 DÍAS Y ANTES DE LA VISTA PARA SENTENCIA.

¡Vaya gasto de papel, tinta y tiempo, tener que personarte para 20 recursos! Multipliquemos esto por 589 personas. ¡Viva la administración!

Como diría Laporta: ESTOY TRITRANQUILA.
No creo que esto vaya a ningún lado porque leyendo las bases de nuestra convocatoria y recordando el artículo 61.1. del Ebep que es DIOS no veo suficiente fundamentación en los recursos.

Y por último, si la carta nos la envia un departamento del Ayun que es el de relaciones con los tribunales... no tengo ninguna duda de que el mejor para defenderse va a ser nuestro Ayun y no tengo ninguna duda de que no van a tirar una convocatoria para atrás por estos recursos. 589 personas que ya han tomado posesión y están trabajando.

No os agobieis y disfrutad del puesto de trabajo que tenemos.
(Por cierto, ¿¿os acordais que entramos en periodo de elecciones sindicales y se pasaban por la oficina todos los sindicatos con sonrisas, bolis y llaveros?? ¿¿y ahora, dónde están?? Soy la primera en defendar a los sindicatos, pero no defenderé su apalancamiento.

DDK

a por todas

• 09/09/2011 21:54:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

por cierto haciendo mi escrito me he fijado que el procedimiento 718/10 P.A está asignado tanto al juzgado nº1 como al nº 26, sabeis si es una errata en la numeración o es que está asignado a ambos?

cosa rara porque expediente sólo hay 1, a menos que sea especialmente importante ese recurso y se vaya a estudiar por ambos lados, alguien lo ha preguntado?

1981fran

• 09/09/2011 23:20:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

y en resumidas para que vale el habernos presentado como interesados??? no le veo ninguna ventaja..unicamente que encima nos toque aportar las costas que habeis mencionado antes...

nosenada1966

• 10/09/2011 10:43:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Vale para estar informados de los procedimientos y para reclamar en caso de ser perjudicados, es preferible pagar las costas y poder reclamar a encontrarte sin plaza, es mi opinión.
Si el ayuntamiento gana, que va a ganar jejej, no tenemos que pagar nada, ni perdemos nada, pero si pierde ya no tenemos derecho a reclamar..
Además no olvides que siempre te puedes retirar.

1981fran

• 10/09/2011 13:47:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

ok nosenada y además imagino que las costas se repartirian entre todos y no seria una gran cantidad no?? de cuanto estamos hablando, teneis alguna idea??, yo en mi caso esque además no he presentado el escrito en todos los juzgados sólo en el de gran via...

nosenada1966

• 10/09/2011 14:15:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Si alguién sabe a cúanto pueden ascender las costas que informe, aunque si perdemos el problema menor será pagar las costas, el problema gordo será que nos quedamos sin trabajo.
Los recursos no tienen fundamento ninguno, la mejor solución es dejarlo todo como está, ¿Alguno se ha parado a pensar que las costas también las tienen que pagar los suspendidos?.
Alguién sabe si en el contencioso se pagan costas, en el juzgado de los social , que conozco muy bien ya que tengo varios conocidos despedidos, no se pagan costas, cada parte sólo paga su abogado.

DDK

a por todas

• 10/09/2011 22:22:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

repito mi mensaje por si no me habéis leido:

"por cierto haciendo mi escrito me he fijado que el procedimiento 718/10 P.A está asignado tanto al juzgado nº1 como al nº 26, sabeis si es una errata en la numeración o es que está asignado a ambos?

cosa rara porque expediente sólo hay 1, a menos que sea especialmente importante ese recurso y se vaya a estudiar por ambos lados, alguien lo ha preguntado?"

FRAGUA

• 11/09/2011 19:09:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Mi marido, que ejerce como letrado desde hace 21 años me corrobora que en Contencioso no hay que pagar las costas del contrario si pierdes. NO sé por qué en el juzgado os dijeron que si.

Por otro lado, el Viernes me entrevisté con una abogada de justicia gratuita y me dijo que aunque por salario, no entraríamos, por tener 20 PROCEDIMIENTOS lo tratarían como causas excepcionales, así que no tengáis ninguna duda y llamar al servicio de justicia gratuita del colegio de abogados para pedir los 20 abogados de oficio que necesitaríamos por si las moscas.

Por otro lado, la ley dice que no necesitamos abogado, pero eso no quiere decir que si queremos, podemos llevarlo, sino, que me diga alguien como se va a defender ante un abogado en un estrado, cosa que os recuerdo, en España si no eres letrado no puedes subir al estrado.

FRAGUA

• 11/09/2011 19:43:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

PERDÓN, UNA ACLARACIÓN RESPECTO A LAS COSTAS: No entendí a mi marido cuando dije que no había costas. Lo que me quería decir es que aunque la ley lo prevé, en la práctica no se suelen imponer sea cual sea el resultado del proceso, salvo conducta procesalmente temeraria, pero aunque fueran impuestas, si litigamos por justicia gratuita no estaríamos obligados a pagarlas "salvo que en los 4 años posteriores a dicha condena viniéramos a mejor fortuna" tal como establece la ley de justicia gratuita.

DDK

a por todas

• 11/09/2011 23:57:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Vamos a ver, en julio se puso por aqui un mensaje comentando esto, se ve que en el BOCM nº 170, en administración local aparecen comunicación de 2 recursos, uno de ellos el 709/10 P.A. del contencioso-administrativo nº.9 y OJO, recurso 981/10 P.A. del juzgado contencioso-administrativo nº. 32.

YO NO VEO EN MI CARTA DICHO RECURSO, VEO UN RECURSO EN EL JUZGADO Nº.32 PERO ES EL 965/10 P.A., la pregunta es, por que no nos aparece ese recurso en nuestra carta? al igual que como he comentado en mis anteriores mensajes, el 718/10 P.A. aparece 2 veces, tanto en el nº.1 como en el nº. 26, SON ERRATAS O DE QUE TENEMOS QUE FIARNOS?

También pone esto (en el BOCM me refiero):

"Lo que se les comunica en su condición de interesados, a efectos de su emplazamiento,
por si consideran procedente personarse en dicho recurso, ante el citado Juzgado (Gran
Vía, número 19), en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente al de la presente
publicación, en cumplimiento de la providencia de dicho Juzgado de 13 de enero de 2011."

Si tenemos 9 días desde la notificación en nuestras casas porqué demonios pone eso ahí? que alguien me lo explique.

DeLarge

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• 12/09/2011 8:33:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Por reclamar que no quede, ¿eh?
Vamos, que estos cachondos piden que se repita el 2º examen para todos aquellos que hayan alcanzado un 45 en el 1º, echando a la calle a casi 600 personas que llevan ya unos meses trabajando.

Por otro lado, si el Ayuntamiento pierde os va a ganar el proceso vuestro abogado de oficio, ¿no?
Y si 300 aprobados se presentan ahora como demandados esos se quedan calentando el asiento y los 289 restantes se van al paro.

Venga, tranquilos, es normal la inquietud pero no tiene ni pies ni cabeza la historia.

DDK

a por todas

• 12/09/2011 9:26:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

he llamado me han dicho q hay una errata el recurso 401/11 es en realidad el 404/11 del juzgado 13, el q salia en el bocm desistio por eso no aparece y el 718/10 a coinidido en n°pero es diferente. no olvideis de poner el correcto

Darkaila

• 12/09/2011 14:45:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 12/09/2011 14:45:45
::: --> Motivo :

A ver los escritos de los Juzgados Contencioso-administrativos llevadlos todos a Gran Vía, 19, y el del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al propio TSJM, porque en un principio si que recogian todos en el TSJM pero se ve que es han equivocado porque pensaban que era algo que llevaba el Tribunal Superior y ahora todos los que han recibido los tienen que mandar a cada Juzgado Contencioso-administrativo.

Así que los que ya lo habéis entregado no hace falta que hagais nada, y los que aún no lo habéis entregado unos a un lado y el restante al otro.

Y como dicen hay una errata donde pone 401/11 P.A. debería poner 404/11 P.A.

12344848

salaºmalijujn

• 12/09/2011 20:33:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola compañeros o ñeras, yo también soy un perjudicado de la convocatoria del 2009, el ayuntamiento cambio el sistema de corrección durante el sistema selectivo, cuando estaba corrigiendo, es que yo si hubiera sabido, que para aprobar se necesitaban 68 aciertos, no me hubiera ni presentado.
A ver en esta convocatoria lo que piden para aprobar, seguramente habrá que acertar el 90% para aprobar, pues en este ayuntamiento nunca se saben.
Aunque os voy a decir algo las del cuerpo auxiliar administrativo de Palencia, parecio algo parecido, se tuvo que repetir todo el proceso, sólamente porque un opositor impugno ante el Contencioso-Administrativo, por cierto fue la convocatoria del 2008, tardarón en dictar sentencia 4 años.
Aquí creo que llevamos el camino, seguramente tendremos sentencia para el 2013.
A mi estos cambios no me hacen ninguna gracia. Que lo dejen claro que el báremos lo van marcar los opositores, como ocurren en otras oposiciones, ya que quede por 62 aciertos fuera.
Un saludo todos o as

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 12/09/2011 20:53:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

nadie sabia que habia que sacar 68 puntos pero, que yo sepa, desde las primeras oposiciones que hicieron unos trogloditas hace muchos años, NUNCA se ha sabido antes del examen que nota habia que sacar.

Mutante1935

• 12/09/2011 21:16:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

12344484,
¿Que ocurrió en Palencia, quiero decir, cuales fueron los motivos de la impugnación?

DDK

a por todas

• 12/09/2011 21:40:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

12344848 tu te has leido las bases? porque en las bases pone lo que tu dices que no pone.

convocatoria en 2008 y salió sentencia 4 años después?, no dudo que por alla en el año 2013 ocurrieran esas cosas, ahora que estamos en el 2020 las cosas están mas avanzadas y no pasa eso.

ligeia1979

• 12/09/2011 21:52:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

::: --> Editado el dia : 12/09/2011 21:52:58
::: --> Motivo :

Ay, 12344848, alma de cántaro, dónde te has metido... en el hilo de aprobados que han recibido una carta diciendo que su proceso, que han aprobado limpiamente tiene varios contenciosos abiertos!!!
La próxima vez que te presentes a una opo, antes de nada, leéte las bases. Lo que hay que sacar para saber si tienes plaza nunca lo sabrás antes, porque eso dependerá del nivel. Y lo normal será que el turno de discapacidad y el de promoción interna tengan otro corte. No fueron 68 aciertos, sino 68 puntos, que no es lo mismo.

1981fran

• 12/09/2011 22:21:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

creo que a lo q se refiere 1234848 es la noticia del enlace que he puesto. 1º las bases eran del 2008 y la sentencia del 2011, 2º eran 5 plazas de aux. adms no 600...y 3º lo que se impugna es una pregunta que efectivamente se demuestra que está mal y debe anularse..no es ni parecido a lo nuestro..

[--http://www.diariopalentino.es/noticia.cfm/Local/20...C1DBE616466AC20--]

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 14/09/2011 8:26:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

que yo sepa, hoy terminan los 9 habiles que empezaron a correr el 1 sept, al que le interese que no se duerma

1981fran

• 16/09/2011 15:55:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

recibida hoy carta del contencioso nº 6 por el procd. 460/2010, no entiendo algunos términos jurídicos pero vamos viene a comunicarme como interesada la fecha de la vista para el 15 de oct. 2013 a las 10:45. No entiendo y transcribo literal " se tiene por solicitada por la parte recurrente la suspensión de la ejecución de la resolución Impugnada. Formese pieza separada de medidas cautelares que se sustanciará con testimonio de la presente resolución y del escrito presentado" si me ayudais por favor a traducirlo...gracias!

nosenada1966

• 16/09/2011 16:09:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

1981 fran ¿Te ha llegado por correo certificado?.

1981fran

• 16/09/2011 17:19:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

sí, y lo ha recogido mi marido esta mañana

Teide01

• 21/09/2011 18:13:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hay más casi 200 aprobados que no han recibido su correspondiente carta. En un par de semanas volverán aenviar una segunda notificación. Si sois de los que no la habéis recibido podéis poneros en contacto con el Departamento de Relaciones con los Tribunales para verificar vuestra dirección y hacer dos cosas: o pasar directamente a este departamento a recoger la carta o esperar a recibirla por correo certificado para luego actuar como cada uno crea conveniente.

NURITAONE

YO SOY YO Y MI CIRCUNSTANCIA

• 22/09/2011 11:48:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Yo no aprobé, pero lo siento por la gente que ha aprobado justamente.
No recurrí porque no tengo motivo, suspendí y aunque me llevé el berrinche en su momento lo asumí.
Si el recurso lo han interpuesto interinos que no han aprobado, me parece fatal por su parte y mala leche. Estarán en su derecho, pero están jo...ndo a gente que ha aprobado justamente.
Yo hace no mucho me presenté a unas oposiciones en las que vi que hubo tongo, pero también había 2 compañeros que habían aprobado justamente y otros igual pero que se quedaron sin plaza, y por ello no impugné (impuganaría si se pudiera hacer contra los aprobados de opositores concretos, porque iría contra esa persona, no contra el resto, pero eso es imposible porque tienes que impugnar el proceso entero).
Injusticia si fue lo que hubo en San Sebastián de los Reyes (nos preguntaron si nos afiliariamos a un sindicato) y ese está impugnado en lo contencioso pero con justa causa.
Bueno, espero que la cosa os salga bien y la gente que ha aprobado justamente (es decir, que no ha tenido "coña") se quede en un susto y nada más.

NURITAONE

YO SOY YO Y MI CIRCUNSTANCIA

• 22/09/2011 11:52:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Y yo ahora voy a por las de Letrado de Alcobendas y Letrados de la CAM, y como apruebe y alguien impugne después de los años que llevo con opos me puedo ca... en su p... m....
Lo dicho, espero que sólo se os quede en un susto y si fuera alguna de vosotros me personaría y lucharía encarnizadamente.
Y si necesitais que os ayude con escritos o informes o lo que sea (desinteresadamente claro), contad conmigo.

Santos1978

Vuelva usted mañana...

• 23/09/2011 9:34:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

la carta la han enviado a la direccion que dierais en marzo 2009 al apuntaros a la oposición. si, ya sé que el sentido comun es que os lo mandaran a la dirección que disteis en marzo 2011 en vuestra incorporación....pero eso del sentido comun ya se sabe...

nosenada1966

• 23/09/2011 15:19:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Esta mañana me ha llegado la carta del procedimiento abreviado 764/2010.
Para este procedimiento nos hemos presentado 51 personas.
Día de la vista 22/11/2011 a las 11,05.
En la carta se piden 100 copias de la demanda al abogado de la demandante, qué sólo se nos daran si son aportadas por la parte actora.
El procedimiento 764/210 no está incluido en la lista que puso DDK.
La persona que lo ha puesto aprobó el primero y suspendió el segundo.
718/10, 716/10, 721/10, 690/10, 460/10, 709/10, 745/10, 6/11, 131/10, 133/10, 736/10
¿Qué vais a hacer vosotros?.

1981fran

• 23/09/2011 15:33:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

Hola nosenada yo en este no me personé asiq te agradezco los datos que vayas dando al respecto del procd. 764/2010

DDK

a por todas

• 23/09/2011 15:48:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

nosenada1966 de que lista hablas?

yo tambien he recibido la carta, pero como no habia nadie en casa no la puedo ver aun.

nosenada1966

• 23/09/2011 19:57:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

DDK tú pusiste una lista con los procedimientos que nos afectaban:
718/10, 716/10, 721/10, 690/10, 460/10, 709/10, 745/10, 6/11, 131/10, 133/10, 736/10
El resto decias que eran peticiones para repetir el segundo examen y otro de un interino.
FRAGUA en la carta apareces con domicilio desconocido y que remiten al ayuntamiento de Madrid cedula de notificación de los mismo para su cumplimiento, debiendo devolver a este Juzgado acuse de recibo de las mismas.
El procedimiento abreviado 764/2010
FUNCIONARIOS PUBLICOS...un nombre.
PROVIDENCIA MAGISTRADO -JUEZ
En Madrid a 21 /09/2011
Dada cuenta, recibidos los anteriores escritos de personificación únanse a los autos de su razón.
Requiérase al Letrado de la parte demandante D...... a fin de que en el plazo de CINCO DIAS aporte a este Juzgado al menos 100 copias de la demanda y de los documentos acompañados a la misma, habida cuenta del número de personaciones efectuadas y de las que quedan pendientes de formularse.

Se tienen comparecidos 1º .... aquí lista presentados.
Con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma determinada en la Ley, citándoles para la celebración de la vista oral a celebrar el próximo día 22/11/2011 a las 11,05 de la mañana, haciéndose consta que queda de manifestó en la secretaria de este Juzgado la demanda y el expediente administrativo, debiendo comparecer para su examen de L a V de 9 a 14 horas, haciéndoles saer que unicamente se le entregan compias de la demanda si en el momento de su comparecencia en este Juzgado hubieran sido aportadas por la parte actora.

DDK

a por todas

• 24/09/2011 12:35:00.
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RE:CARTA JUZGADO CONTENCIOSO-CONV.ANTERIOR

nosenada1966 creo que te equivocas yo no puse ninguna lista, habrás confundido mi nombre con el de otro forero.

Pues nada, habra que ir a verle el careto al demandante, alguien solicito la justicia gratutita? o vais sin abogado?


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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