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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Kecap

Welcome to the jungle

• 09/06/2011 11:07:00.
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• Desde: Madrid.
• Registrado: octubre 2009.

Competencias

Puede alguien explicarme una cosilla,...En el art. 149 viene el listado infumable de las competencias del Estado, hasta ahí bien,...pero en algunas de ellas pone, " sin perjuicio de su ejecucion por parte de las CCAA",...entonces pregunto: son competencias exclusivas o no??
Porque si la ejecución en algunas corresponde a la CCAA entonces no entiendo nada...
Alguien que sepa,..pls

28 RESPUESTAS AL MENSAJE

Kecap

Welcome to the jungle

• 09/06/2011 11:27:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:Competencias

Esto me lo tengo que apuntar. Hay ciertos temas que me parecen tan coñazo que creo que mi mente los entiende pero los archiva en algún rincón al que después de un tiempo ya no tengo acceso.
Gracias Violeta!

bathory

• 09/06/2011 12:26:00.
Mensajes: 25
• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

::: --> Editado el dia : 09/06/2011 12:32:55
::: --> Motivo :



recordando...
a ver, esto me lo explicó una profe genial
bien, las competencias cuya titularidad es del estado pueden ser atribuídas a las ccaa a través de leyes marco(artículo 150.1) la titularidad es del estado (materias de competencia estatal) y esa titularidad no la pierde jamás. ni la delega ni la transfiere... sólo que a través de la ley marco puede permitirle a la cCaa ejecutar un poco a su bola, a través de esa atribución concedida por las Cortes, pero siempre según las directrices de la ley marco. permitiendo a las ccaa la facultad de dictar normas. Son, sin embargo, facultades exclusivas del Estado, y no deja de serlo, a pesar de esa ley marco. Cuando veas la coletilla esa que dices sobre las CCAA piensa en las leyes marco.... en esa capacidad que el Estado da siempre mediante ley marco, de autolegislar algunas cositas
las del 148 son las de las leyes de trasferencia o delegación, en el primer caso, transferencia, la titularidad de la competencia es transferida para siempre y no cabe posibilidad de recuperación, en las de delegación sí cabe que el Estado vuelva a recuperar el control de la competencia, porque no ha cedido la titularidad, sólo la competencia... 150.2
En el caso de las leyes marco jamás cede la titularidad pero le deja a la ccaa que hagan cositas y dicten normas para la ejecución, pero jamás contradiciendo los principios y directrices de la ley marco.
en las del 148 sin directrices... aunque con cierto control por el estado...
espero haberme explicado... juas

Kecap

Welcome to the jungle

• 09/06/2011 14:02:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:Competencias

Que buena la explicación.
Gracias Bathory.

bathory

• 09/06/2011 14:35:00.
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• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

nada, me alegra que te haya servido
... :)

bathory

• 09/06/2011 20:47:00.
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• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

la clave es el concepto titularidad....
no es lo mismo ser titular de una competencia que tener delegada o transferida una competencia. En el caso de la trasnsferencia se cede no sólo la competencia, también la titularidad, el estado no vuelve a tenerla y no puede tenerla nunca mas. En el caso de las leyes de delegación de competencias el Estado puede recuperar la competencia ya que no ha cedido la titularidad. En el caso de las competencias del artículo 149 la titularidad siempre es del Estado, no la cede y ni si quiera es una delegación con vuelta, porque no delega la competencia entera sino que respecto a tal competencia le dan unos marcos unas directrices de ejecución, un pelín de control, pero mínimizado por la ley marco...
no sé si ahora me expliqué mejor

Kecap

Welcome to the jungle

• 09/06/2011 20:49:00.
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• Desde: Madrid.
• Registrado: octubre 2009.

RE:Competencias

Ahhhh!!! La titularidad es la que me saca de quicio...
Te has explicado perfectamente las dos veces, al menos para mi gusto.

bathory

• 10/06/2011 8:48:00.
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• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

bueno,
amigos, tengo varias fuentes para confirmarlo
dos profesoras y una amiga que ya tiene un grupo B licenciada en derecho
no obstante las exposición del capitán no sé si es aclaratoria o qué cosa. pero guay
salud

bathory

• 10/06/2011 8:58:00.
Mensajes: 25
• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

por cierto, yo no soy de derecho ni nací sabiéndolo.
para conocer las cosas pregunto, como ha hecho kecap, y ante mi pregunta sobre esta cuestión he recibido esta respuesta por 3 veces y por gente competente.
nada más que añadir
no obstante sea verdadera o falsa (yo no dudo de su veracidad pero por si alguien duda) lo importante es que sirve papara relajarse y poder seguir estudiando de memoria las pijadas de los tests. porque como aquí nadie nos va a pedir que escribamos una tesis en el examen sino que sepamos de memoria tonterías, pues para memorizar mejor no está de más tener las cosas claras, y en mi caso esa respuesta me aporta la claridad que necesito para poder seguir memorizando tonterías. y como para sacarse una oposición como esta basta con ser constante y tener buenos trucos de memorización así como un tiempo bien organizado.... poco importan los eruditos sobre la materia. esta oposición no se la va a sacar necesariamente los más listos o los que mejor exponen conocimientos, sino los que mejor lleguen al examen y menos fallos tengan unos tests super bobos, pero cabrones...
salud

bathory

• 10/06/2011 9:03:00.
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• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

kaiku
por qué no te preparas para juez o para profesor de universidad si tan alto nivel tienes?
digo, que aspirar a mileurista sabiendo tanto, no tiene gran sentido a no ser que seas masoca

Kecap

Welcome to the jungle

• 10/06/2011 9:42:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:Competencias

Bueno, en cualquier caso a mi el tema me ha quedado claro con las explicaciones de Bathory, Violeta y Capitanbarbosa, que era de lo que se trataba.

bathory

• 10/06/2011 10:22:00.
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RE:Competencias

::: --> Editado el dia : 10/06/2011 10:24:56
::: --> Motivo :

no obstante como hace 3 años que escuché esta explicación, puede que no me acuerde bien, voy a confirmar de nuevo la respuesta... no vaya a ser... Escribo a mi profe de Adams y vuelvo a preguntarle a mi amiga. Mañana o cuando pueda trataré de confirmar una respuesta más precisa (no es una pregunta de test, pero ya me he quedado mosca)
...
lo dejo abierto hasta confirmar.... oks? porque la definicion del 150.2 me ha dejado algo mosca en esta ocasión.
salud...

Kecap

Welcome to the jungle

• 10/06/2011 11:28:00.
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RE:Competencias

Tranquila,....wapa, yo tambien te echaba de menos.

bathory

• 10/06/2011 11:45:00.
Mensajes: 25
• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

::: --> Editado el dia : 10/06/2011 11:47:57
::: --> Motivo :

ejecutar no se puede ejecutar nada en un estado de derecho de manera arbitraria (primeros artículos de la constitución, y vamos algo que cualquiera que haya asomado la nariz por primera vez en estas cuestiones lo sabe) , por eso para ejecutar cualquier cosa necesitas una regulación y para ejecutar la CCAA la competencia estatal necesita saber si tiene que seguir la regulación estandar o si puede mediante una ley marco que le permita tomar alguna iniciativa legislar la ejecución de la competencia siguiendo las directrices de la misma...
joder....
que pareces tonta kaiku

bathory

• 10/06/2011 11:49:00.
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RE:Competencias

<img src=/red/imagenes/ContenidoEliminado.gif width=200 height=50 />

Kecap

Welcome to the jungle

• 10/06/2011 12:00:00.
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RE:Competencias

Bueno, la verdad es que hoy no estoy fina, cuando me encuentre mejor cogeré todos los comentarios (en fin, los que han contestado ) y los tamizaré convenientemente.

De momento, fin del estudio.

bathory

• 10/06/2011 12:29:00.
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RE:Competencias

No pretendí liar a nadie espero que al menos esto sí quede claro...
ya os diré la respuesta de la profesora, pero amos que qué mal rollo... así el foro no lo mejora ni Dios.

bathory

• 11/06/2011 12:51:00.
Mensajes: 25
• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

::: --> Editado el dia : 11/06/2011 15:16:24
::: --> Motivo :


...

Kecap

Welcome to the jungle

• 11/06/2011 13:03:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:Competencias

Copy + paste en mi escritorio,...

Muchiiiisimas gracias Bathory

bathory

• 11/06/2011 15:16:00.
Mensajes: 25
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RE:Competencias

pues como ya has cortado y pegado elimino el post, porque no voy encima a ser generosa con payasos...
un saludo compa...

bathory

• 11/06/2011 15:27:00.
Mensajes: 25
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RE:Competencias

si alguien más está interesado en la respuesta de la tutora no tengo inconveniente en enviarla en un mensaje privado... :) a través de la opción de mensajería de la página... así soy solidaria con quien me da la gana.
a ver,... es lo que hay
agur, notas, y quitate el pijama que no te circula la neurona que tienes con fluidez

Kecap

Welcome to the jungle

• 11/06/2011 16:10:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:Competencias

Kaiku?? Bueno, cuanto tiempo, estaba empezando a pensar que te habias vuelto normal...

En fin, gracias por tu respuesta Eliseo o Kaiku, no sé, me alegro que te hayas decidido a alegrarnos el dia con "tu sapiencia" eso no tiene precio.
Por cierto, no me gusta el "Perro Andaluz" de Buñuel, es un corto, creo que fruto de una fumada intensa, pero tu veras.
Un saludo por cierto, a la semilla del diablo, debe estar inquieta.

bathory

• 11/06/2011 17:47:00.
Mensajes: 25
• Registrado: julio 2007.

RE:Competencias

Martín te he enviado un mensaje a tu perfil con la respuesta de la tutora. A Solete y a Capitán no se lo he enviado porque Solete creo que dio la explicación más sintética y adecuada. Aunque parece ser que no iba del todo desencaminada yo con los art. 150.1 y 150.2 aunque los tenía algo liados... respecto a su aplicación en los art. 148 y 149
Y capitán parece estar bastante ducho.
sin embargo si alguien quiere conocer el punto de vista de un profesor sobre este debate se lo enviaré igual que a Martí
Lamento haber liado la historia, pero bueno yo he aprendido y espero que a todos nos haya servido para aprender.
un saludo

lookerballs1986

• 11/06/2011 17:51:00.
Mensajes: 1
• Registrado: junio 2011.

RE:Competencias

kecap, ¿Crees que tienes alguna posibilidad de aprobar? No sé,....no sé , te veo tan manejable obendiente y sumisa....... Obedeceme como acostumbras y contestame, pero por aquí y luego sigue estudiando aunque, a tenor de tus preguntas, a ti no creo que te sirva de mucho.

bathory

• 12/06/2011 11:09:00.
Mensajes: 25
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RE:Competencias

::: --> Editado el dia : 12/06/2011 11:19:56
::: --> Motivo :

como pude haberos liado con el tema del hilo de las competencias y no era mi intención os dejo aquí la respuesta que dio mi tutora a esta dichosa cuestión... Lamento haber despistado con mi explicación. Del ser ese simplemente voy a pasar, a ver cuánto duro....
pregunta (está bastante liosa pero más o menos resumía lo que yo creo que sucedió en el debate del foro)
Recuerdo que hace tiempo una profesora me dijo que las competencias del artículo 149 podían ser ejecutadas por las CCAA tal y como indican algunos apartados de este artículo a través de leyes marco. y que las del artículo 148 eran reguladas por las leyes de transferencia y de delegación de competencias. Que la clave estaba en el concepto de titularidad y que las competencias del 149 eran titularidad del Estado y las del 148 la titularidad no era del Estado... Tengo varias dudas...
1. la titularidad me dijeron que en el caso del art. 149 es del Estado... si es así ¿por qué en el art. 150.2 se habla de competencias de "titularidad del EStado" mientras que en el art. 150.1 se habla de "competencias del Estado" si fuera así ¿no sería más bien al revés?
2. Por otro lado entiendo que las leyes marco dan las directrices y de ahí que en algunos apartados del 149 pone lo de "ejecución de las CCAA" ... y ese tipo de coletillas que despistan.
3. ¿Las de artículo 148 son de titularidad de las ccaa o son del Estado pero susceptibles de transferencia? gracias de antemano y buen día
Respuesta
Hola Eva, No es del todo exacto decir que las del artículo 148 sean reguladas por las leyes de transferencia y de delegación porque puede ser suficiente, así ha sido, que la Comunidad la asuma como propia en su Estatuto. Son las leyes de transferencia y delegación las que se encargan de trasladar facultades de competencias estatales, que pueden ser las del 149 pero también las del 148, todo dependerá de si la Comunidad asumió o no, competencias del 148 en su Estatuto porque si no lo hizo en ese momento, entonces sí, entonces la competencia es estatal y el traspaso necesitará una ley de transferencia o delegación. Respondo a tus preguntas para aclararte un poco la situación:
1. la titularidad me dijeron que en el caso del art. 149 es del Estado... si es así ¿por qué en el art. 150.2 se habla de competencias de "titularidad del EStado" mientras que en el art. 150.1 se habla de "competencias del Estado" si fuera así ¿no sería más bien al revés?
Sí, la titularidad de las competencias del 149 es del Estado. Lo que el Estado pueda hacer es permitir que las Comunidades dicten leyes para sí mismas, dentro de los principios establecidos en una ley marco, sobre esas materias que son estatales. Y también puede, el Estado, transferir o delegar facultades concretas de esas competencias. Es decir, la finalidad es distinta. En el primer caso, ley marco, la finalidad es la autonormación legislativa autonómica y en el segundo el ejercicio de facultades concretas de una materia que es de titularidad estatal.
2. Por otro lado entiendo que las leyes marco dan las directrices y de ahí que en algunos apartados del 149 pone lo de "ejecución de las CCAA" ... y ese tipo de coletillas que despistan.
Las leyes marco se pueden dictar sobre “materias de competencia estatal”. Lo que hacen es establecer principios, bases y directrices para que las Comunidades, todas o alguna/s, puedan dictar para sí mismas leyes sobre las mismas.
3. ¿Las de artículo 148 son de titularidad de las ccaa o son del Estado pero susceptibles de transferencia?
Las del 148 pueden ser asumidas por las Comunidades Autónomas en sus Estatuto. Si no lo hacen, entonces son del Estado. Un saludo,

bathory

• 12/06/2011 11:23:00.
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RE:Competencias

y me alegro infinitamente de ser una ignorante... es más me jacto de ello. Sólo los que se saben ignorantes pueden aprender algo...
ya lo dijo Platón "sólo sé que no sé nada" y eso ya es mucho saber
salud (para el que la quiera o sepa o pueda gozar)

Kecap

Welcome to the jungle

• 12/06/2011 15:23:00.
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RE:Competencias

Bueno, si intentamos que los trolls o sus primos no entren en la conversación el nivel mejora considerablemente.
Que ganas tengo de acabar, y acabo de empezar.
Estas vacaciones van a ser sonadas.

bathory

• 12/06/2011 17:40:00.
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RE:Competencias

::: --> Editado el dia : 12/06/2011 17:41:12
::: --> Motivo :

Sócrates, efectivamente, el maestro de Platón y quien dejó escritas las palabras de Sócrates.
por qué no te presentas a un grupo A y nos dejas en paz.

Kecap

Welcome to the jungle

• 12/06/2011 20:51:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:Competencias

Eliseo o como leches te hagas llamar te agradeceria que no te dirigieras a mi de aqui en adelante.
Si lo que quieres es que te conteste, DISCULPATE por todo lo que me has dicho (aburrida, discapacitada, pardilla, tolai, receptaculo de semen...)
Estoy de acuerdo en que te clones las veces que te salga de las pelotas, pero lo que no voy a hacer es seguir dandote conversación.
Me temo que en lo sucesivo le tendrás que relatar tus hazañas a tu perro.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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