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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 10:33:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Hola a todos, quería saber si la Comisión Especial de Cuentas es obligatoria también en la provincia?

Supongo que sí, como en todos los regímenes pero es que no encuentro dónde viene regulado.

40 RESPUESTAS AL MENSAJE

IVANEITOR

• 28/10/2011 10:52:00.
Mensajes: 51
• Registrado: septiembre 2011.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Según los apuntes de cesar si lo es...pero ni idea de donde lo sacó

S2

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 11:08:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Por eso mismo lo pregunto Ivaneitor, porque lo he visto en el tema de Caesar pero en la ley 7/85 no pone nada al respecto.

No sé, a ver si alguien sabe dónde viene regulado.
Gracias.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 11:32:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 28/10/2011 11:32:29
::: --> Motivo :

Gracias Lucy. Pero de todas formas tampoco fiaros mucho de lo que diga el ROF porque mirar lo que dice la ley 7/85 en relación a las COMISIONES INFORMATIVAS:

Artículo 32.

La organización provincial responde a las siguientes reglas:

El Presidente, los Vicepresidentes, la Junta de Gobierno y el Pleno existen en todas las Diputaciones.

Asimismo, existirán en todas las Diputaciones órganos que tengan por objeto el estudio, informe o consulta de los asuntos que han de ser sometidos a la decisión del Pleno, así como el seguimiento de la gestión del Presidente, la Junta de Gobierno y los Diputados que ostenten delegaciones, siempre que la respectiva legislación autonómica no prevea una forma organizativa distinta en este ámbito y sin perjuicio de las competencias de control que corresponden al Pleno.

O sea que está diciendo que las COMISIONES INFORMATIVAS serán también obligatorias en las Diputaciones.

Y ahora mirar lo que dice el ROF:

Artículo 119.

Son órganos complementarios de las entidades locales territoriales:

1. En todas ellas,

Los Concejales y Diputados delegados.

Las comisiones informativas.

La Comisión especial de cuentas.

Los Consejos sectoriales.

Los órganos desconcentrados y descentralizados para la gestión de servicios.

2. En los Municipios, además,

Los representantes personales del Alcalde en los poblados y barriadas.

Las Juntas municipales de distrito.

O sea ya aquí te está diciendo que las COMISIONES INFORMATIVAS serán complementarias no obligatorias como dice la ley 7/85. ¿¿¿¿¿¿??????

Yo sinceramente me fío más de lo que diga la 7/85 porque la última modificación fue en 2003.
El ROF tiene muchos artículos que todavía no los han actualizado

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 11:43:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 28/10/2011 11:59:10
::: --> Motivo :

Marisol es obligatorio

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 11:46:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Y como tú dices Marisol un Ley está por encima de reglamento así que no hay duda

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 11:47:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Yo creo que no lo que pasa es que ante una contradicción tiene más peso la ley

TLO

• 28/10/2011 11:58:00.
Mensajes: 313
• Registrado: abril 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 28/10/2011 12:03:50
::: --> Motivo :

Marisol, son complementarias y obligatorias, en la Diputación, las dos cosas. Como los complementos obligatorios del sueldo, jajaja.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 11:59:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

En la ley no lo dice expresamente que yo no lo había mirado, lo que dice y de esto se puede deducir su obligatoriedad es que las cuentas anuales han de someterse a informe de la comisión especial de cuentas de la entidad local.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 12:01:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Por lo tanto también sería obligatoria

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 12:14:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 28/10/2011 12:14:52
::: --> Motivo :

Vale, ya lo tengo claro, es que esto de ir mirando derogaciones de un artículo de ley en ley es lioso.
Hay que fiarse solamente de lo que diga la ley 7/85 y sanseacabó porque la última modificación introducida al respecto fue en 2003 y a los órganos que no vengan en ese artículo se regularán por la propia Diputación ( en el caso de Madrid, por la CAM).

O sea, para resumir:

Lo que yo preguntaba sobre si era obligatorio la comisión especial de cuentas en la provincia: pues según lo que establezca cada Diputación o CAM.
Comisiones informativas son obligatorias en la provincia?: SÍ.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 12:34:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Marisol en qué artículos de la ley 7/85 pone eso que dices.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 13:06:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 28/10/2011 13:06:20
::: --> Motivo :

Tribunal, porque si te vas al art. 32, 7/85 que es sobre la organización de la provincia y pinchas en el "bocadillo" rojo que hay al lado del art. te lleva a la última modificación que ha sufrido que es la ley 57/2003 de 16 diciembre.
Si te vas a esta última ley verás que dice que se modifica el art. 32 de la ley 7/85. Y te digo más, si te vas a su disposición derogatoria verás que dice que quedan derogadas todas las normas o leyes de igual o inferior rango que se contradigan con esa ley (aquí se entenderá que lo que diga el ROF sobre la provincia, si se contradice con la ley 57/2003 quedará derogado). Por eso os decía al principio que no fiaros mucho del ROF.

Gracias a todos.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 13:11:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Marisol pero eso de que lo deja a elección choca con el artículo 116 que supone que la Comisión especial de cuentas es obligatoria.
Violeta hay una serie (otra cosa es que te guste) HAWAII FIVE que a veces se les escapa algún palabro hawaiiano.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 13:20:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Ya, pero yo sólo te digo lo que dice el art. 32 ( que los demás órganos se regularán según la Diputación correspondiente). Que por otro lado está clarísimo que será obligatoria (hablo de la Comisón especial cuentas) por lo que dice el art. 116 claro.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 13:25:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Vale la regula la diputación pero es obligatoria, esto sí me encaja.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 14:25:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Así es. Acabo de meterme en la web de la Diputación provincial de Almeria por ejemplo, y pone exactamente ésto: "órganos necesarios en la diputaicón: comisión especial de cuentas y comisiones infomativas". O sea...que es obligatoria en todas las diputaciones seguro.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 14:30:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Gracias por asegurarte Marisol.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 14:48:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Sin embargo, me he metido en el reglamento de organización y funcionamiento de la asamblea de la CAM y no viene la comisión especial de cuentas regulada, sí que viene la cámara de cuentas, así que paso ya de calentarme la cabeza.

TLO

• 28/10/2011 16:36:00.
Mensajes: 313
• Registrado: abril 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

si tienen la cámara de cuentas para qué van a tener la otra?
Además es obligatoria en las entidades locales y las comunidades autónomas no lo son, no?

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 16:58:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 28/10/2011 16:59:32
::: --> Motivo :

Tlo, lo estaba buscando en la organización y funcionamiento de la asamblea de Madrid porque como sabrás aquí no tenemos Diputación provincial, con lo cual las competencias de las diputaciones en las Comunidades uniprovinciales las tiene la Comunidad Autónoma correspondiente. Pero ya te digo que no he encontrado nada sobre la comisión especial de cuentas en la CAM.

Pero de todas formas creo que la comisión especial de cuentas no es lo mismo que la cámara de cuentas.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 17:07:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Pero al no tener diputación, Madrid no entra dentro del caso que estamos hablando.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 17:10:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Pues lo estoy diciendo Tribunal, ejercerán todas esas competencias la CAM.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 17:15:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Sí las competencias sí, pero al no ser una entidad local ya no existe la obligatoriedad de los órganos que hablábamos antes, yo al menos lo entiendo así.

Tribunaldejusticia

• 28/10/2011 17:17:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Por eso no creo que merezca la pena buscar un órgano de una diputación en la comunidad aunque tenga sus competencias. Creía que lo habías entendido así tú también pero como te pones a buscar en la comunidad de madrid, pienso que hay algo que te hace dudar.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 18:24:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

No, si lo que intentaba buscar es si en la CAM existe la comisón especial de cuentas, porque si no entonces quién hace sus funciones en la CAM? Digo yo que tiene que existir, ya sé que los demás órganos no existen en la CAM.

TLO

• 28/10/2011 20:10:00.
Mensajes: 313
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RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

No sé, para mí está claro que el equivalente es la Cámara de Cuentas

1975marisol

Pelando chumbos...

• 28/10/2011 20:40:00.
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RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Pues debe de ser...sí.

Leruleru

Con constancia la gota puede romper la piedra

• 28/10/2011 23:59:00.
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• Registrado: septiembre 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Órganos Complementarios De La Diputación:

Diputados delegados.
Comisiones informativas.
Comisión especial de cuentas.
Consejos sectoriales.
Órganos desconcentrados y descentralizados para la gestión de los servicios.

Leruleru

Con constancia la gota puede romper la piedra

• 30/10/2011 2:44:00.
Mensajes: 133
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• Registrado: septiembre 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

LEY DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID


Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. ([1])

PREÁMBULO



I



La Constitución de 1978 configura al Tribunal de Cuentas como supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del sector público (artículo 136.1). Asimismo, la Constitución establece que el control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá por el Tribunal de Cuentas respecto de su actividad económica y presupuestaria [artículo 153.d)].

Sin perjuicio de lo anterior, el propio tenor literal del artículo 136 de la Constitución y el artículo 1 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, contemplan, al amparo de la autonomía financiera de la que gozan las Comunidades Autónomas para el desarrollo y ejecución de sus propias competencias, la POSIBILIDAD de que los Estatutos de Autonomía prevean la existencia para las Comunidades Autónomas de órganos propios de fiscalización externa de sus cuentas.

El propio Tribunal Constitucional, en la Sentencia 187/1988, de 17 de octubre, ha indicado que no se podría calificar al Tribunal de Cuentas de supremo órgano fiscalizador, si no existiesen otros órganos de fiscalización externa de la gestión económica. De acuerdo con ello, las Comunidades Autónomas pueden crear sus propios órganos de control externo -sin perjuicio de la relación de supremacía establecida por la propia Constitución entre el Tribunal de Cuentas y los órganos fiscalizadores de las cuentas de las Comunidades Autónomas- control éste que no excluye el que puede ejercer el Estado a través del Tribunal de Cuentas.

De conformidad con lo anterior, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en su artículo 44 que el control económico y presupuestario de la Comunidad de Madrid se ejercerá por la Cámara de Cuentas, sin perjuicio del que corresponda al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 136 y 153.d) de la Constitución. Se indica además que por Ley de la Asamblea se regularán la composición y funciones de la Cámara de Cuentas.

La presente Ley viene a dar cumplimiento al mandato contenido en el Estatuto de Autonomía estableciendo la composición, funciones, régimen de actuación y organización de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid

Madrileño1977

• 30/10/2011 16:08:00.
Mensajes: 167
• Registrado: junio 2008.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 30/10/2011 16:08:40
::: --> Motivo :

A ver si me se explicar. La Comisión Especial de Cuentas de las entidades locales es:
Organo necesario en el régimen común.
Creo que complementario en gran población.
Y en la provincia (diputación), es organo también necesario, en tanto que su regimen es un calco practicamente del régimen común.
IMPORTANTE: NO CONFUNDIR COMISION ESPECIAL DE CUENTAS DE LOS ENTES LOCALES CON LA CAMARA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
No tiene nada que ver una cosa con la otra, ni ejercen compentecias ni tan siquiera parecidas y su régimen jurídico es totalmente distinto.
La Camara de cuentas de la CAM fiscaliza las cuentas de todos los municipios de la Comunidad de Madrid. La Comisión especial de cuentas de una diputación ejerce un control de carácter politico, pero exclusivamente sobre las cuentas de la propia diputación. De hecho las comunidades autonomas con diputaciones, tienen a su vez sus propias camaras de cuentas.
En la Comunidad de Madrid no hay diputación provincial, y por lo tanto no tiene mucho sentido hablar de si existe o no la comisión de cuentas. Tampoco existe pleno , ni junta de gobierno...Simplemente como no hay diputación no existe ninguno de sus organos.
Espero haberme explicado bien. Un saludo.

Tribunaldejusticia

• 31/10/2011 10:53:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

A mi me parece que la contracción es total no sólo aparente y si no haber como explicas el art 20. apartado e, de la 7/85.
Yo tengo sólo el volumen II de Adams, pero las editoriales cometen fallos y en mi opinión en el que tengo yo hay más de uno.

Tribunaldejusticia

• 31/10/2011 13:15:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Perdona, tienes razón el artículo es el 116.

Iris1976

carpe diem

• 01/11/2011 4:22:00.
Mensajes: 22
• Registrado: marzo 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

hola a todos,

Pues yo no he encontrado en ningún sitito que la comisión especial de cuentas sea órgano necesario en las Diputaciones. Que exista en todas, probablemente sí. Pero se establece como complementario. Entonces la pregunta sería ¿es obligatoria en todas las provincias? no. ¿existe en todas las provincias? supongo que sí, porque si no, ¿quién informa de las cuentas anuales en las diputaciones?

Tribunaldejusticia

• 01/11/2011 9:39:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

El artículo 116 a mi modo de ver le da la obligatoriedad, porque no te dice que las cuentas se pueden someter a la comisión especial de cuentas u órgano equivalente o que haga esas funciones, te dice que se someterán a la comisión especial de cuentas.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 01/11/2011 10:09:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Chicos, no le déis más vueltas. Es un órgano complementario (complementario....porque lo establece la diputación) y obligatorio en las diputaciones. He llegado a la conclusión de que son obligatorios porque en 3 diputaciones que he visto, en las 3 establecen la comisión especial de cuentas como órgano necesario.

Gracias a todos.

Tribunaldejusticia

• 01/11/2011 10:19:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Sí si yo estoy de acuerdo con esto que dices Marisol, pero si te pregunta tipo test, deberían especificar el sentido, por que si no, ahí vendría el lío, .... no quedaría más que la impugnación.

Leruleru

Con constancia la gota puede romper la piedra

• 01/11/2011 15:18:00.
Mensajes: 133
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• Registrado: septiembre 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

RD 2568/1986:

SECCIÓN CUARTA. DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

Artículo 127.

1. La Comisión especial de cuentas es de existencia PRECEPTIVA, según dispone el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y su constitución, composición e integración y funcionamiento se ajusta a lo establecido para las demás comisiones informativas.

2. Corresponde a la Comisión especial de cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales.

3. Bien a través del reglamento orgánico o mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, la Comisión especial de cuentas podrá actuar como Comisión informativa permanente para los asuntos relativos a Economía y Hacienda de la entidad.

Leruleru

Con constancia la gota puede romper la piedra

• 01/11/2011 15:20:00.
Mensajes: 133
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• Registrado: septiembre 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 01/11/2011 15:24:18
::: --> Motivo :

L 7/1985:

Artículo 116.

Las cuentas anuales se someterán antes del 1 de junio a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la entidad local, la cual estará constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la Corporación, y será asimismo objeto de información pública antes de someterse a la aprobación del Pleno, a fin de que puedan formularse contra las mismas reclamaciones, reparos u observaciones. Todo ello sin perjuicio de que pueda denunciarse ante el Tribunal de Cuentas la existencia de irregularidades en la gestión económica y en las cuentas aprobadas.

-------------

RDL 2/2004:

Artículo 212. Rendición, publicidad y aprobación de la cuenta general.

1. Los estados y cuentas de la entidad local serán rendidas por su presidente antes del día 15 de mayo del ejercicio siguiente al que correspondan. Las de los organismos autónomos y sociedades mercantiles cuyo capital pertenezca íntegramente a aquélla, rendidas y propuestas inicialmente por los órganos competentes de estos, serán remitidas a la entidad local en el mismo plazo.

2. La cuenta general formada por la Intervención será sometida antes del día 1 de junio a informe de la COMISION ESPECIAL DE CUENTAS DE LA ENTIDAD LOCAL, que estará constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la corporación.

3. La cuenta general con el informe de la Comisión Especial a que se refiere el apartado anterior será expuesta al público por plazo de 15 días, durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones. Examinados éstos por la Comisión Especial y practicadas por esta cuantas comprobaciones estime necesarias, emitirá nuevo informe.

4. Acompañada de los informes de la Comisión Especial y de las reclamaciones y reparos formulados, la cuenta general se someterá al Pleno de la corporación, para que, en su caso, pueda ser aprobada antes del día 1 de octubre.

5. Las entidades locales rendirán al Tribunal de Cuentas la cuenta general debidamente aprobada.

Tribunaldejusticia

• 01/11/2011 18:49:00.
Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2009.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

::: --> Editado el dia : 01/11/2011 18:49:38
::: --> Motivo :

Ojalá que tu profesor sea un tío preparado (que haberlos haylos el caso es...). Ya nos contarás.

Iris1976

carpe diem

• 02/11/2011 11:30:00.
Mensajes: 22
• Registrado: marzo 2010.

RE:Comisión Especial Cuentas en la provincia...

Estoy de acuerdo con Black heaven. Todo se reduce a qué pondríamos en un test. Y deberían especificar según qué ley es preceptiva, pues con el reglamento sí lo es, pero con la ley 7 85 solo es necesaria en Municipios. ...


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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