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709.275 mensajes • 396.053 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Doloresdelavida

A tryst with destiny

• 17/05/2012 14:09:00.
Mensajes: 15
• Desde: Toledo.
• Registrado: junio 2011.

DUDA DE CONTRATOS

Hola, tengo una duda, cuando se formalizan los contratos en 15 dias hábiles desde la notificación a los licitadores o candidatos o es en 10 dias... y otra cosa los contratos se perfeccionan con la adjuducacion definitiva o bien con la formalización
Lo digo porque en los test que he hecho me pone una cosa y en el texto otra, si alguien puede ayudarme se lo agradeceria.

Un saludo

12 RESPUESTAS AL MENSAJE

Lolita1974

• 17/05/2012 14:27:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

A ver si te puedo ayudar

El plazo para la formalización depende del tipo de contrato.

1.- Contratos objeto de recurso especial en materia de contratación: no menos de 15 días hábiles desde REMISIÓN notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. (Las CCAA pueden aumentar este plazo sin que exceda de un mes).

2.- Resto de contratos: no más de 15 días hábiles desde RECEPCIÓN notificación de la adjudicación por los licitadores y candidatos.

En cuanto a la perfección, se perfeccionan con la formalización. Antes era con la adjudicación definitiva, pero después de la aprobación del RDL 3/2011, ya no existe adjudicación provisional y definitiva, sólo existe la adjudicación definitiva.

Saludos!!

Doloresdelavida

A tryst with destiny

• 17/05/2012 15:27:00.
Mensajes: 15
• Desde: Toledo.
• Registrado: junio 2011.

RE:DUDA DE CONTRATOS

Hola chicos:

Gracias por la respuestas me han ayudado mucho, teneis razón estoy haciendo tests un poco antiguos y me estaba volviendo loca... ahora ya me queda claro.

Saludos y Gracias

1975marisol

Pelando chumbos...

• 18/05/2012 21:07:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

Hola chicos, pongo por aquí mi duda sobre un test para no abrir otro hilo sobre contratos.


Los contratos que celebren los ayuntamientos con artistas para la creación o interpretación artística en sus fiestas mayores son, según el R.D.L 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el T.R. de la Ley Contratos Sector Público: (Aux.Adtivo, Ayto Moncada 2009)


A-Contratos administrativos típicos.

B-Contratos administrativos especiales.

C-Contratos privados.

D-Negocios jurídicos excluidos de la LCSP.

Dan como correcta la D, pero diría que es la C verdad?
Creación e interpretación son contratos privados según la ley.

Lolita1974

• 18/05/2012 22:18:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

Yo también contestaría la c). Puede ser un error en la corrección del test, que haberlos, hailos.

Sería de agradecer que alguien más nos dijera qué opina y por qué.

Gracias a tod@s!!

lazy123

• 18/05/2012 22:27:00.
Mensajes: 11
• Registrado: marzo 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

También creo que la correcta es la c.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 20/05/2012 11:10:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

Ok, gracias a los dos. Será un error entonces.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 20/05/2012 20:11:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

Otro supuesto error de test¿¿?? Dan como correcta la C. Y según la ley entiendo que es la D. Opináis lo mismo?


De acuerdo con lo establecido en el artículo 142.1 del R.D.L 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el T.R. de la Ley Contratos Sector Público, cuando los contratos estén sujetos a regulación armonizada, la licitación deberá publicarse: (Administrativo. Xunta Galicia 2010)



A.En el Diario Oficial de la Unión Europea.


B-En el Diario Oficial da Unión Europea y en el Diario Oficial de Galicia.


C-En el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en el perfil de contratante.


D-En el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado.

NARUTITA

que dura es la vida del opositor

• 20/05/2012 20:40:00.
Mensajes: 71
• Registrado: agosto 2008.

RE:DUDA DE CONTRATOS

Lo obligatorio es el BOE y el DOUE, con lo cual diria que la D si nos atenemos a lo que marca la ley, pero la C tan completa me hace dudar.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 20/05/2012 21:01:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

::: --> Editado el dia : 20/05/2012 21:03:53
::: --> Motivo :

Dice así el artículo:

Artículo 142. Convocatoria de licitaciones.

1. Los procedimientos para la adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas, a excepción de los negociados que se sigan en casos distintos de los contemplados en los apartados 1 y 2 del artículo 177, deberán anunciarse en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, cuando se trate de contratos de las Comunidades Autónomas, entidades locales u organismos o entidades de derecho público dependientes de las mismas, se podrá sustituir la publicidad en el Boletín Oficial del Estado por la que se realice en los diarios o boletines oficiales autonómicos o provinciales.

Cuando los contratos estén sujetos a regulación armonizada, la licitación deberá publicarse, además, en el Diario Oficial de la Unión Europea, sin que en este caso la publicidad efectuada en los diarios oficiales autonómicos o provinciales pueda sustituir a la que debe hacerse en el Boletín Oficial del Estado.

O sea, que obligatorio será en el DOUE y BOE, todo lo demás no será obligatorio. Estás de acuerdo Naru?

lazy123

• 20/05/2012 22:34:00.
Mensajes: 11
• Registrado: marzo 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

Pues yo tenía apuntado que deben publicarse en el BOE, en el DOUE, y en su caso en el perfil del contratante, y ahora no me acuerdo porque en el perfil del contratante puse "en su caso"......¿no es obligatorio siempre???

lazy123

• 21/05/2012 0:00:00.
Mensajes: 11
• Registrado: marzo 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

El anuncio de licitación o la adjudicación definitiva de los contratos??

Uff, me parece que por hoy voy a dejar el tema de contratos.

1975marisol

Pelando chumbos...

• 21/05/2012 9:56:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA DE CONTRATOS

::: --> Editado el dia : 21/05/2012 9:57:02
::: --> Motivo :

Vale, perdonar que os haga dudar, viene reflejado en el punto 4...más abajo.

Copio/pego:

4. Los anuncios de licitación se publicarán, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación. En los procedimientos negociados seguidos en los casos previstos en el artículo 177.2, esta publicidad podrá sustituir a la que debe efectuarse en el Boletín Oficial del Estado o en los diarios oficiales autonómicos o provinciales.

Pero como la pregunta hace referencia al art. 142.1 pues de ahí que dudara, porque vamos.....en el punto 1 no aparece por ningún lado que sea obligatorio ni en el perfil ni en el BOP o Comunidad. Es en el punto 4 donde dice lo del perfil pero NO DICE QUE SEA OBLIGATORIO TAMBIÉN EN EL BOP/BOCA.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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