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711.017 mensajes • 396.184 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Lolita1974

• 10/06/2012 22:45:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

Sobre la separación del servicio

Me surge una duda ante esta pregunta:

¿Podrán los funcionarios que hayan sido separados del servicio adquirir la condición de personal laboral?
a) No se especifica en el EBEP.
b) No, en ningún caso
c) Sí, aunque no podrán ser funcionarios

¿Cuál es la correcta?

Gracias!!

11 RESPUESTAS AL MENSAJE

1975marisol

Pelando chumbos...

• 11/06/2012 10:20:00.
Mensajes: 382
• Registrado: enero 2010.

RE:Sobre la separación del servicio

Pues sí....el artículo que ha puesto Kalisto lo dice todo.
Yo iba a contestar la A la verdad....

Lolita1974

• 11/06/2012 12:09:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:Sobre la separación del servicio

Gracias a ambos.

Se que soy un poco lerda, pero no me termina de quedar claro. Copio el art. 56.1.d)

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares
a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

Interpreto que en el caso de haber sido separado del servicio o haber sido inhabilitado, no se puede trabajar como personal laboral para la Administración, pero para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban. En ese caso ¿podría un policía municipal trabajar como laboral desempeñando funciones administrativas?.

Iris1976

carpe diem

• 11/06/2012 13:54:00.
Mensajes: 22
• Registrado: marzo 2010.

RE:Sobre la separación del servicio

Efectivamente una cosa es la separación del servicio en la que dejas de ser funcionario, y en todo caso tendrías que pasar otra vez otra oposición como un ciudadano más si quiere volver a sser funcionario...o laboral... , a no ser que en las condiciones de la oposición te ponga el "no haber sido separado del servicio" que entonces ni por esas...y otra es la inhabilitación que impide el ejercicio de cualquier cargo público mientras dure...

O sea, que teniendo en cuenta que en el ebep sí dice que para participar en los procesos selectivos tanto laborales como funcionarios es requisito la no separación, pues será la b) (aunque lo de "en ningún caso" no me inspira mucha confianza, me parece muy radical)
-p

Lolita1974

• 11/06/2012 20:59:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:Sobre la separación del servicio

::: --> Editado el dia : 11/06/2012 21:09:23
::: --> Motivo :

Gracias de nuevo.
Lo de que la separación del servicio es distinto de la inhabilitación sí lo tenía claro, puse ese ejemplo sin reparar en ello.
Efectivamente, el inhabilitado se puede rehabilitar una vez pasado el tiempo que constaba en la condena, pero el separado del servicio no se rehabilita nunca.

Para mi, este artículo es casi un trabalenguas, lo siento, pero me pierdo a partir de cuando dice "para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares
a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado".

No lo entiendo y no lo entiendo. Si alguien tiene paciencia para explicarme que de ahí se deduce claramente que un funcionario separado del servicio no puede trabajar como laboral, le agradecería muhísimo que me lo explicara.

Edito para incluir lo que figura en el art. 96.1.b):
Artículo 96. Sanciones.
b) Despido disciplinario del personal laboral, que
sólo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves y
comportará la inhabilitación para ser titular de un nuevo
contrato de trabajo con funciones similares a las que desempeñaban.

Yo creo que lo que viene en el art. 56.1.d), al final del todo, se refiere a lo mismo que el 96.1.b), es decir, que el personal laboral no puede ser titular de un nuevo contrato de trabajo con funciones similares a las que desempeñaba, pero no se refiere a los funcionarios.

¿La estoy liando??

Artemisa11

• 11/06/2012 21:38:00.
Mensajes: 11
• Registrado: marzo 2009.

RE:Sobre la separación del servicio

Lolita, yo lo veo exactamente igual que tú, y en la pregunta hubiera contestado la C)
Además a los laborales no se les nombra funcionarios, si no que firman un contrato de trabajo, y tampoco se les separa del servicio, se les despide, les rige el derecho laboral, no administrativo por eso, no veo nada claro tampoco que un funcionario separado del servicio no pueda trababajar como laboral.

Saludos

Lolita1974

• 11/06/2012 21:59:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:Sobre la separación del servicio

Quizá mi error era pensar que para ser personal laboral no hace falta participar en ningún proceso selectivo.
Pensaba que se les contrataba sin más, como lo haría una empresa privada.

YOYOYO1979

• 11/06/2012 22:29:00.
Mensajes: 80
• Registrado: octubre 2009.

RE:Sobre la separación del servicio

Pues no te equivocas, al personal laboral le contratan con proceso selectivo o sin él, en algunos sitios te apuntas a una bolsa de empleo y si el día que vas por allí se ha pedido una excedencia uno y no tienen a nadie para cubrirle, te hacen un contrato. En la teoría no sé, pero en la práctica, hasta hace bien poco, la opción correcta era C, y esto lo digo por una persona que conozco muuuuuucho y que entró hace no demasiado en un sitio de la manera que describo.

Joje

• 11/06/2012 23:05:00.
Mensajes: 15
• Registrado: marzo 2011.

RE:Sobre la separación del servicio

Aunque es cierto que según el EBEP la separación es de por vida, es un tema controvertido que posiblemente atente contra la Constitución por aquello de tratarse de una condena a perpetuidad:

Más información:

[--http://fiscalizacion.es/2009/01/06/separacion-del-servicio/comment-page-2/--]

YOYOYO1979

• 11/06/2012 23:18:00.
Mensajes: 80
• Registrado: octubre 2009.

RE:Sobre la separación del servicio

Pues si parece polémico el tema:

[--http://contencioso.es/2009/01/07/la-expulsion-para...s-del-servicio/--]

No creo que haya una base de datos global para todas las administraciones con "apestados" por separación de servicio, sería dar un trato peor a un funcionario que comete un error que a un asesino confeso que se arrepiente.... muy poco constitucional, aunque confía tu en la constitución, en el tribunal constitucional y en el estado, en los tiempos que corren...

YOYOYO1979

• 12/06/2012 0:10:00.
Mensajes: 80
• Registrado: octubre 2009.

RE:Sobre la separación del servicio

Después de mucho leer sobre esto y los funcionarios de la administración local, según el art 152 del RDL 781/1986 , que no está derogado, permite la "Rehabilitación" de un funcionario separado del servicio... así que la pregunta no está bien planteada, como tampoco lo está el EBEP ni las convocatorias de las oposiciones, tienen que cambiar el "Haber sido separado" por el "Estar separado", ya que según una ley no derogada, un funcionario separado del servicio puede ser "rehabilitado"... lo contrario es una aberración jurídica y una herencia franquista.

Eso sí, la rehabilitación la tiene que conceder la misma autoridad que dictó la separación de servicio, Ana Botella para ser exactos, así que habría que hacer muchos mimos y regalar muchos jamones.

YOYOYO1979

• 12/06/2012 1:24:00.
Mensajes: 80
• Registrado: octubre 2009.

RE:Sobre la separación del servicio

La respuesta correcta es la B, estoy de acuerdo, pero también estoy seguro que ese "haya sido" que se pone delante de "separado del servicio" es un error del que hizo la ley, porque franco ya no está, seguro que es un error.........

Y lo de omitir la forma de "rehabilitación", los plazos, etc.... en el EBEP también tiene que ser un error, no puede ser más restrictivo el estatuto básico del empleado público que el código penal ¿no?....

Por cierto que me ha dado por consultar la ley electoral y por fortuna no nombran la "separación del servicio" como causa de inelegibilidad para cargo público, si no es con sentencia judicial... llega a estar ahí también y dejo la oposición de golpe: ¡hazte funcionario y pierde tus derechos en la "res pública"!


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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