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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

vibe79

• 13/08/2012 17:59:00.
Mensajes: 7
• Registrado: enero 2009.

sobre municipios

Dos preguntas de un test:

- en los municipios de régimen común, en los casos en que la junta de gobierno ejerca competencias delegadas por el pleno:
a) será preceptivo el privio informe de la comisión informativa correspondiente.
b) adoptará sus acuedos mediante votación formal
c) ambas son correctas.

la junta de gobierno local en municipios de régimen común, en materia de contratación administrativa:
a) no puede tener competencia alguna, salvo la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones
b) tiene competencia originaria, dentro de unos límites cuantitativos.
c) puede contratar por delegación del pleno y del presidente de la corporación.


Buena tarde de estudio a todos!

16 RESPUESTAS AL MENSAJE

Siempre

• 13/08/2012 18:11:00.
Mensajes: 24
• Registrado: junio 2006.

RE:sobre municipios

El Pleno solo puede delegar competencias en las Comisiones.

cedremub

zzzzzzzzz

• 13/08/2012 22:21:00.
Mensajes: 39
• Registrado: julio 2011.

RE:sobre municipios

En regimen comun sí puede delegar en junta de gobierno

A la primera pregunta diria que c

A la 2 diria a aunque no estoy seguro

cedremub

zzzzzzzzz

• 13/08/2012 22:23:00.
Mensajes: 39
• Registrado: julio 2011.

RE:sobre municipios

la segunda diria que c

vibe79

• 13/08/2012 22:37:00.
Mensajes: 7
• Registrado: enero 2009.

RE:sobre municipios

Así es cedremub, en ambas la respuesta es la C.
Lo que no sé es en que ley o reglamento viene lo de la competencia originaria, mira que pensaba que lo llevaba dominado este tema, y va a ser que no...

Gracias por la respuesta!

Lolita1974

• 13/08/2012 23:53:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:sobre municipios

En la primera no entiendo por qué es la c). ¿Tiene comisiones el Pleno de los municipios de régimen común? yo pensaba que sólo era en gran población.

En la segunda si que me he perdido del todo. En régimen común quien tiene competencia para contratar es el Alcalde o el Pleno, según el tipo de contrato, el importe, la duración.... no entiendo nada.

O a mi se me ha olvidado todo o no es correcto lo que decís.

Joje

• 13/08/2012 23:56:00.
Mensajes: 15
• Registrado: marzo 2011.

RE:sobre municipios

Jooder con las preguntitas... jeje

La primera es del Rof, y es bastante improbable que caiga, no? (decidme que sí, porfaaaaa)

cedremub

zzzzzzzzz

• 14/08/2012 0:26:00.
Mensajes: 39
• Registrado: julio 2011.

RE:sobre municipios

::: --> Editado el dia : 14/08/2012 0:32:26
::: --> Motivo :

Sin mirar la ley ni estar seguro, en los municipios de regimen comun las comisiones informativas son potestativas (aunque no si el municipio tiene más de 5000 habitantes -art 20-) frente a obligatorias en los municipios de gran población.

El pleno puede delegar en regimen comun en alcalde, concejales o junta gobierno
El pleno sólo puede delegar en las comisiones en los municipios de gran población

En la primera pregunta cuando la jgl ejerce competencias por delegación del pleno debe disponer de las formalidades que se presentan en el pleno (dictamen y votación formal)

La segunda pregunta por descarte, con estos datos se saca, además la contratación administrativa no es una competencia no delegable y como dice en el enunciado el régimen comun, tanto pleno como alcalde pueden delegar atribuciones en jgl

Un saludo y ánimo con el estudio

Joje

• 14/08/2012 0:53:00.
Mensajes: 15
• Registrado: marzo 2011.

RE:sobre municipios

cedremub, siguiendo tu lógica, ¿de dónde sacas que la primera es c?
Dices que la comisión informativa es potestativa, y deduces que su informe es preceptivo????

La primera es C porque lo dice el art 113 del ROF, punto.

Lolita1974

• 14/08/2012 2:34:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:sobre municipios

Según el ROF, las comisiones informativas son órganos complementarios de las entidades locales territoriales.

Efectivamente Joje, la primera es la c) por el art. 113 del ROF, pero vamos, que esto no lo preguntan ni de broma.

La respuesta a la segunda pregunta ¿dónde se regula? es que no me suena de nada que el Alcalde o el Pleno de los municipios de R.C. puedan delegar la competencia de contratar en la Junta de Gobierno, lo cual no significa que no lo puedan hacer. De todas formas, creo que lo más probable es que las preguntas de contratos se refieran al RDL 3/2011.

turri

• 14/08/2012 9:11:00.
Mensajes: 14
• Registrado: enero 2006.

RE:sobre municipios

Yo también creo que aunque no se regule específicamente (que sepamos) la respuesta a la segunda pregunta sería la c) con lo que sí sabemos porque si en régimen común habiendo junta de gobierno el alcalde y el pleno pueden delegar en ella... y si en ningún sitio dice que la competencia en materia de contratación es no delegable (hasta donde sabemos), digo yo que será delegable jeje

En cuanto a la primera... espero que si ponen alguna pregunta "Según el ROF" no tengan tan mala idea de que además, una de las opciones sea "ambas son correctas" :D

Lolita1974

• 14/08/2012 13:58:00.
Mensajes: 92
• Registrado: abril 2010.

RE:sobre municipios

Sí, estoy de acuerdo con tu razonamiento sobre la segunda pregunta.

Que yo sepa, en ningún examen han puesto "ambas son correctas" o "ninguna es correcta", y ni si quiera sé si han puesto preguntas del ROF, creo que antes pondrían del RDl 781/86, y por supuesto no faltarán las de la LBRL.

Siempre

• 14/08/2012 16:35:00.
Mensajes: 24
• Registrado: junio 2006.

RE:sobre municipios

Lo acabo de ver en el ROF- art 114, pero en el resto de legislación pone que el Pleno no puede delegar sus competencias excepto en las Comisiones. Esto es un caos...Tanta contradicción.......

turri

• 14/08/2012 18:26:00.
Mensajes: 14
• Registrado: enero 2006.

RE:sobre municipios

Lo de las Comisiones es sólo para gran población...

xamiy

• 15/08/2012 3:29:00.
Mensajes: 9
• Registrado: junio 2011.

RE:sobre municipios

mi opinion esk la junta de gobierno de regimen comun no entraria, ya q nos preguntan ya en el tema 10 por la de madrid, y para ninguna otro tema la mencionan
en la ley de bases de regimen local no viene, donde se encuentra regulada??

para mi seria impugnable, porque de hecho ni sikiera la tengo en temario...
en fin, me podriais decir donde se regula la de regimen comun, porque no la encuentro

mill gracias!!

saltinbanqui

De perogrullo

• 16/08/2012 16:16:00.
Mensajes: 4
• Registrado: febrero 2012.

RE:sobre municipios

delega en el consorte!!

xamiy

• 17/08/2012 2:39:00.
Mensajes: 9
• Registrado: junio 2011.

RE:sobre municipios

bueno quiero decir q se lo poco q viene en lbrl y el rof, q me parece muy poco..
en fin lo unico q hay creo...

no, menosmal q no, creo q no le he dao tantas vueltas a un tema, asik en ese espero no esten los fallos... pero esk m parecia muy poco lo q venia, ademas de q creo q de preguntar lo harian ya directamente por el de madrid

de todas formas gracias por contestar!!


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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