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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos Locales y Autonomicos
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• 07/04/2006 17:33:00.
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Cuál es el plazo máximo del que dispone el alcalde para convocar una sesión extraordinaria solicitada por los concejales?
Según el articulo 78 del Real Decreto 2568-1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, la respuesta sería 2 meses.
Sin embargo según el artículo 46 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la respuesta sería de 15 días.
¿cual es la correcta?
• 07/04/2006 20:16:00.
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Gracias Rossimilio, la verdad es lamentable que dos normas se contradigan entre si de esa forma tan clara.
Un saludo