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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos Locales y Autonomicos
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• 31/10/2020 14:35:00.
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• Registrado: octubre 2020.
Hola,
Alguien que me pueda ayudar?
Estoy haciendo test online. En uno me he encontrado la pregunta
"En ningún caso podrá terminar el procedimiento por:
- Renuncia
- Desistimiento
- Allanamiento
- Imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas"
La respuesta correcta es por Allanamiento y no consigo entenderlo. En mi lógica, si el demandado se allana, se terminó el proceso. En internet he visto que se considera una forma anormal de terminación.
Me pueden poner un ejemplo para que lo entienda??
Gracias.
::: --> Editado el dia : 03/11/2020 9:58:49
::: --> Motivo :
Efectivamente, el allanamiento es una forma de terminación del proc c-a:
"El allanamiento establecido en el art. 75, LJCA se trata de un acto procesal legítimo de la parte demandante que:
• Es un modo de terminación del procedimiento
• Que se significa por la manifestación del demandado de no oponerse (o de dejar de oponerse) a las pretensiones del demandado
• Que se formule de forma expresa, inequívoca, concluyente e incondicionada
• Que puede producirse en cualquier momento del procedimiento con anterioridad a dictarse sentencia
• Que supone el que se dicte una sentencia"
Algunos tests contienen errores, así como algunas preguntas de examenes de oposición se anulan por ser erróneas también.
Ánimos con el estudio :)
Saludos
Sería cuestión de saber a qué tipo de procedimiento se refiere, si al administrativo o judicial c-a. Como ha dicho Mar yo entiendo entonces que se refiere al primero y, por lo tanto, habría que remitirse a la LPAC en lugar de la LJCA.
Tiene sentido pues si es una opo de auxiliares, creo que el tema de la jurisdicción c-a solo entra en advo.
Saludos
• 04/11/2020 19:21:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2020.
Gracias a todos. Aunque la lógica me diga lo contrario, intentaré recordar que el allanamiento no pone fin al procedimiento.