¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado



709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

dansan

• 29/03/2006 15:18:00.
Mensajes: 28
• Registrado: noviembre 2005.

Inviolabilidad de las opiniones manifestadas

En un test de una oposición en Andalucía cayó esto:

¿Gozan los diputados andaluces de inviolabilidad por las opiniones manifestadas durante su mandato en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo?.

a) Sí, solo mientras dure su mandato.
b) No gozan de inviolabilidad.
c) Sí gozan de inviolabilidad aún después de haber cesado en su cargo.
d) Sí, cuando se la otorgue expresamente el Parlamento andaluz.

Se dice que la respuesta correcta es la “c”. Pero tengo varias dudas: ¿"diputados andaluces" se refiere a la Junta o los del Congreso (diputados es lo mismo que procuradores en Andalucia)?
Y, lo más importante ¿Los diputados del Congreso y el Senado gozan de inviolabilidad aún después de haber cesado en su cargo?

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

Tenebrita

• 29/03/2006 17:26:00.
Mensajes: 26
• Registrado: noviembre 2005.

RE:Inviolabilidad de las opiniones manifestadas

Yo creo que solo gozan de inviolabilidad mientras ostentan el cargo. Busque en la constitucion, y pone en el articulo 71:

1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por la opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
2. DURANTE EL PERIODO DE SU MANDATO los Diputados y Senadores gozarán ASIMISMO de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.

A ver que opinan los demas. Saludos!

Ignara

¡Caer está permitido.Levantarse es obligatorio!

• 29/03/2006 19:03:00.
Mensajes: 53
• Registrado: diciembre 2005.

RE:Inviolabilidad de las opiniones manifestadas

Ahí está la diferencia, la inviolabilidad es por LAS OPINIONES MANIFESTADAS en el ejercicio de tu cargo, no es lógico que tú te pringues en determinado tema dando tu opinión y mientras seas diputado muy bien, y luego, cuando dejes de serlo ¡ala!, te detienen o te multan por ello, no, eso no puede ser, es lógico que sea antes y después. Lo que tú has puesto Tenebrita: DURANTE EL PERIODO DE SU MANDATO los Diputados y Senadores gozarán ASIMISMO de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito.
En este caso, asimismo no significa que lo de la inviolabilidad sea también por el periodo de mandato, sino simplemente, que: también, además, gozarán de inmunidad, ojo, solo durante este tiempo. Flagrante delito es delito que se percibe por los sentidos, evidente. Pues nada, durante el tiempo del mandato son inmunes en este sentido y después pues ya no, también tiene su lógica, pase que lo sean mientras son diputados o senadores, pero que lo sean después...ya sería pasarse, ¿no?
Bueno, decir que diputado en la CCAA de Andalucía no es lo mismo que procurador. Y que bueno, los diputados en Andalucía son miembros de Parlamento de Andalucía. La Junta está formada por el Parlamento, el Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno.

Espero haberos ayudado.

Barbados

• 29/03/2006 19:09:00.
Mensajes: 4
• Registrado: agosto 2005.

RE:Inviolabilidad de las opiniones manifestadas

La respuesta del test es correcta, Dansan. Porque no sólo los diputados del parlamento andaluz gozan de inviolabilidad aún después de haber cesado en su cargo, sino que, IGUALMENTE, los DIPUTADOS del Congreso y los SENADORES gozan de la misma inmunidad tras dejar el cargo.

Tenebrita, tú yerras en una cosa. La pregunta del test se refiere a la INVIOLABILIDAD POR LAS OPINIONES MANIFESTADAS (y no por delitos comunes cometidos) y esta inviolabilidad se mantiene, como digo, aun después de dejar el cargo de diputado o senador.

Fijaros que el test pregunta (y el "truco" de la pregunta está en esto) por el punto 1 del artículo 71: "opiniones manifestadas"; no por el punto 2: el "flagrante delito".

En la Constitución no se puntualiza este "matiz", pero si os leéis los reglamentos del Congreso y del Senado sí se especifica, concretamente, esto de la inviolabilidad de las opiniones "aún después de haber cesado en su cargo".

Saludos.

dansan

• 29/03/2006 19:20:00.
Mensajes: 28
• Registrado: noviembre 2005.

RE:Inviolabilidad de las opiniones manifestadas

Muchas gracias a todos, queda entendido. Y me parece que es una pregunta muy de ponerse en un examen.

Por último, la duda que tenía sobre la denominación de "diputados" en el Parlamento andaluz, es porque aquí, en la Junta de Castilla y León, los llamamos Procuradores, y me ha extrañado que ahí se les llame también diputados como en el Congreso.

Ignara

¡Caer está permitido.Levantarse es obligatorio!

• 29/03/2006 19:29:00.
Mensajes: 53
• Registrado: diciembre 2005.

RE:Inviolabilidad de las opiniones manifestadas

Bueno Dansan, todos los días se aprende algo, la verdad es que yo no tenía ni idea que por ahí se llamara así a un diputado, por aquí el término procurador está más relacionado al tema Derecho, no sé exactamente.

Pues nada, ciao.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición