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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 17/10/2006 18:09:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: septiembre 2006.
Actualmente estoy trabajando para el Estado como laboral fijo y he aprobado una plaza para funcionario, pero desearía pedir excedencia de esta plaza actual, tengo entendido que debería pedirla por incompatibilidad. Este tipo de excedencia ¿debo solicitarla en mi lugar actual de trabajo antes de mi toma de posesión y de mi nombramiento?. ¿Puedo hacer la toma de posesión en el nuevo puesto de funcionario y estar todavía trabajando como laboral fijo? ¿no es eso ilegal? ¿No estoy obligado a presentar una carta 15 días antes de renuncia en mi actual puesto, o es posible tomar posesión de mi plaza de funcionario, estando de alta como laboral?, y si es posible ¿como hago el aviso de renuncia 15 días antes?.
¿Sobre cuanto suele tardar la contestación de la excedencia, pues mi situación no me permite estar días sin cobrar.
Espero no abrumar con tantas preguntas y que alguna buena gente pueda aclarme un poco las ideas. Gracias.
• 17/10/2006 19:13:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: marzo 2006.
::: --> Editado el dia : 17/10/2006 19:18:18
::: --> Motivo :
No puedes pedir una excedencia en una plaza de funcionario para quedarte en una plaza por muy de "laboral fijo" que sea. Te tienes que cojer (si quieres) la plaza conseguida y del otro trabajo olvidarte. No hay forma de pedir ninguna excedencia por trabajo en otra admistración pública porque no eres funcionario en esa administración pública, ya que esa ley cambió creo que a principios de año para evitar precisamente estos casos.
En cuanto a dejar de trabajar. Cuando salga tu nombre con el destino que te adjudican, tienes un mes para tomar posesión. Dentro de ese mes que tienes, le dices al que lleve lo de personal que se busquen a otro para ese puesto y que tienen 15 dias (que es el preaviso que tienes que hacerles) y despues te quedan otros quince dias para irte a donde tengas que ir y tomar posesión. Por eso tienes que informar primero de que te vas y de cuando te vas para que te den de baja, para no entrar en la administración estando todavia de alta en tu otro puesto de trabajo.
• 18/10/2006 9:06:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2005.
Las cosas q hay que escuchar!
Claro que puedes pedir excedencia siempre y cuando tengas un puesto de funcionario o laboral fijo en cualquiera de las Administraciones Públicas, creo que he entendido que la plaza que no te interesa es la de la de laboral fijo, entonces echale un vistazo al convenio colectivo de la AGE y creo que bien tu has dicho pedirias excedencia por incompatibilidad. Si fuera al revés de tu plaza de funcionario pedirias excedencia voluntaria por pertenencia al sector público.
Un saludo.
• 18/10/2006 12:17:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: junio 2006.
yo creo que tiene razón mar2006
Un Saludo.
• 18/10/2006 12:52:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2005.
CONVENIO UNICO:
c) Por aplicación de la normativa de incompatibilidades:
Quedará en esta situación el trabajador que, como consecuencia de la aplicación de la normativa de incompatibilidades, opte por un puesto de trabajo distinto del que desempeña en el ámbito de este Convenio Colectivo, aun cuando no hubiera cumplido un año de antigüedad en el servicio, pudiendo permanecer indefinidamente en esta situación mientras persistan las causas de incompatibilidad.
• 18/10/2006 12:58:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2005.
REAL DECRETO 255/2006, de 3 de marzo, por
el que se modifican el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado
Finalmente, en el Reglamento de Situaciones Administrativas
de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, aprobado por Real Decreto
365/1995, de 10 de marzo, se precisan los supuestos de
hecho necesarios para declarar la situación de excedencia
voluntaria por prestación de servicios en el sector público,
que no cabe en el caso de desempeño de puestos con
carácter de funcionario interino o de personal laboral
temporal.
• 18/10/2006 13:01:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2005.
al final no he puesto lo que realmente queria poner, que es esto:
«Artículo 15. Excedencia voluntaria por prestación
de servicios en el sector público.
1. Procederá declarar, de oficio o a instancia de
parte, en la situación regulada en este artículo a los
funcionarios de carrera que se encuentren en servicio
activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de
las Administraciones públicas, salvo que hubieran
obtenido la oportuna compatibilidad, y a los que
pasen a prestar servicios como personal laboral fijo
en organismos o entidades del sector público y no
les corresponda quedar en las situaciones de servicio
activo o servicios especiales. El desempeño de
puestos con carácter de funcionario interino o de
personal laboral temporal no habilitará para pasar a
esta situación administrativa.»
• 18/10/2006 15:02:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2005.
Yo no te he entendido muy bien.
pero te explico dos casos
Puedes solicitar excedencia, como laboral fijo, por ocupar plaza en otra administración pública como funcionario, sin ningún tipo de dudas.
Únicamente tendrás que solicitarla el día antes de tomar posesión como funcionario auxiliar.
En el supuesto caso de que tomes posesión por haber aprobado por promoción interna vertical o promoción horizontal, automáticamente se te aplicará la excedencia por incompatibilidad en el sector público, ya que quedará reflejado en la resolución de tu toma de posesión como auxiliar administrativo.
Es lo que hice yo en oferta 2004.
• 18/10/2006 17:51:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: septiembre 2006.
Vamos a ver, yo la plaza que deseo ocupar es la de auxiliar, es decir,de funcionario, que he aprobado por el régimen general, y que estamos pendiente de destino ¡ESPEREMOS SALGAN LO ANTES POSIBLE!. y en la que pediría excedencia es en la de laboral fijo,en la que soy auxiliar y trabajo actualmente.
Por lo que me habeis contestado, entonces debería solicitar la excedencia por incompatibilidad en mi puesto actual un día antes de la toma de posesión de mi plaza de funcionario, no? Joder que lio.
Mil gracias de nuevo :)
• 18/10/2006 19:45:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2005.
Un dia antes no, en el mismo día. El día que tomes posesión como funcionario es cuando te surge la incompatibilidad, osea
1. tomas posesión de funcionario
2. te surge la incompatibilidad y decides con que plazas te quedas
3. resolución de excedecia por incompatibildad en tu puesto de laboral
total tres firmitas en tres papeles distintos
Un saludo!
• 19/10/2006 17:10:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: septiembre 2006.
Gracias titobruni por la explicación. Debo de solicitar la excedencia por incompatibidad el mismo dia que tomo posesión como funcionario, entonces no estoy obligado a avisar antes de mi intención de solicitar la excedencia, no?. Supongo que soy yo el que tengo que hacer una carta solicitanto la excedencia por incompatibilidad, ¿hay algún modelo o en el mismo trabajo me lo facilitan?
• 19/10/2006 19:10:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2005.
Depende de cada sitio, yo me hice un modelo, y aunque tb lo entregue, allí sobre la marcha me hicieron una especie de oficio donde me surgia la incompatibillidad y elegia con el puesto que quería quedarme. Asi que por si las moscas hazte un modelo.
El modelo que me hice no lo tengo aqui, pero de todas formas no creo que te valga, porque en mi caso eran dos puestos de funcionarios y me base en la ley 30/84, en tu caso debes basarte en el convenio colectivo.
De todas formas informate bien tanto en tu puesto actual, como en el organismo que te destinen como funcionario, porque aver si por una tontería vas a perder tu puesto de laboral. Te que te explique es lo que hice yo personalmente,
Un saludo.
• 26/02/2008 21:19:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: agosto 2007.
::: --> Editado el dia : 26/02/2008 21:21:21
::: --> Motivo :
hola, y si eres personal laboral fijo y me sale una plaza como funcionario interino; según el 2 convenio no se puede pedir excedencia por incompatibilidad en las administraciones publicas si es por funcionario interino o de caracter temporal; pero podría pedir la excedencia voluntaria en mi trabajo de laboral, no habría incompatibilidad, no habría problema?