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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

donalisa

• 28/01/2007 12:10:00.
Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2006.

duda ley 30/92, artículo 54

Hola!
En mi desesperación de intentar estudiar esta ley, al final he desistido con el artículo 54 Motivación, alguien podría explicarme con ejemplos que narices significa cada punto
a) Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos
b) Los que resuelvan procedimientos de revisión de oficio de disposiciones o actos administrativos...
c) Los que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos
d) Los acuerdos de suspensión de actos...
e) Este si que lo entiendo
f) Los que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales o disposición legal o reglamentaria expresa
Uffff, ya me desespero solo de escribirlo, no entiendo nadaaaaaa
Gracias
Un saludo

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

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Funcionario de la seg. social :-)

• 28/01/2007 14:06:00.
Mensajes: 53
• Registrado: octubre 2006.

RE:duda ley 30/92, artículo 54

::: --> Editado el dia : 28/01/2007 14:07:08
::: --> Motivo :

a) Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos

Se refiere a cualquier acto, que afecte a derechos o intereses del interesado. Aqui el abanico es muy amplio, logicamente.

b) Los que resuelvan procedimientos de revisión de oficio de disposiciones o actos administrativos...

Cuando se plantea un recurso, bien por el interesado, o bien de oficio por la propia adminitración, la resolución de este recurso, debe estar motivada.

c) Los que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos

(imaginate solicitar un licencia de apertura, y durante todo el procedimiento todas las pruebas dictaminan que no se concede, y ahora sin embargo, aparece un informe, que dictamina en positivo, pues ha de motivarse, porque se separa del criterio anterior, que era negativo)

d) Los acuerdos de suspensión de actos...

Los acuerdos de suspensión de actos y medidas provisionales han de motivarse. Si durante el procedimiento se suspende un acto, bien mediante oficio o a petición del interesado, esta suspensión debe motivarse. Si se ha tomado algún tipo de medida provisional también.

f) Los que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales o disposición legal o reglamentaria expresa

Hay actos (actos discrecionales) cuya características no están todas reguladas por una norma, por tanto se deja en manos de administración su ejecución. Han de ser motivados.

También han de ser motivados, aquellos que se indique por ley o por un reglamento.

Espero haberte ayudado.

Saludos

donalisa

• 28/01/2007 17:41:00.
Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2006.

gracias

Muchisimas gracias, password, con lo fácil que sería que no hubiera tantos tecnicismos en esta ley, jeee
Me ha quedado todo bastante claro, solo una cosilla más si no es abusar jeee, ¿que son actos discrecionales?
Saludicos, jeeee

MVALLE

Funcionaria de AEAT!!!

• 28/01/2007 18:20:00.
Mensajes: 54
• Registrado: octubre 2006.

RE:duda ley 30/92, artículo 54

Hola donalisa!
Según la potestad ejercida por la Administración al dictar un acto, estos se pueden clasificar en; actos reglados y actos discrecionales.
-Actos reglados: La ley no otorga a la Administración ningún margen de decisión. La Administración no tiene ninguna libertad, se limita a aplicar la ley. (Ej. Para calcular una pensión de jubilación por edad, la administración se limita a aplicar la norma de forma prácticamente matemática).
-Actos discrecionales: La Administración cuenta con un cierto margen de decisión al dictarlos. Esta relativa capacidad de decisión de la administración (siempre dentro de los límites que marca la ley) se denomina discrecionalidad. En este caso, para que la Administración no sea arbitraria en su actuación, estos actos deben estar motivados.
(Ej. otorgar una subvención de 6000 euros a la asociación que se haya caracterizado por una mayor actividad dirigida a fines benéficos)
Espero que te haya servido de ayuda!
Un saludo!

donalisa

• 28/01/2007 19:11:00.
Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2006.

RE:duda ley 30/92, artículo 54

Hola Mvalle
gracias por tu explicación, entre los dos me habeís dejado bastante claro este artículo, ojalá lo pregunten asi me acordaré de vuestras explicaciones jeee (eso espero), con explicaciones como las vuestras se hace menos difícil entenderla
Saludicos jeeeee


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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