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711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Vaki

• 06/03/2007 19:24:00.
Mensajes: 27
• Registrado: enero 2007.

Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Hola a todos:

Tengo una duda sobre el temita este de la organización territorial del Estado que me tiene hablando más que sola. Espero que alguien me pueda echar una mano. Ahí va:

Los órganos obligatorios de una provincia son:
1. Presidente
2. Vicepresidentes
3. Pleno
4. Junta de Gobierno

Los órganos complementarios son:
1. Diputados delegados
2. Consejos sectoriales
3. Órganos de desconcentración y descentralización

Mi duda está en las comisiones (Comisiones Informativas y Comisión Especial de Cuentas).
Tengo unos apuntes de una academia que dicen que las Comisiones son obligatorias. Sin embargo, en el libro del MAD me dicen que son complementarias. Me he mirado hasta la LRBRL, pero no me queda claro.

Y como el tema del Municipio es prácticamente lo mismo, la duda también la tengo ahí. Ahhrrrrr!!! SOS!!!!

Gracias a todos por adelantado y mucho mucho ánimo que ya queda menos!!!

9 RESPUESTAS AL MENSAJE

tanara

No sueñes tu vida, vive tu sueño

• 06/03/2007 19:34:00.
Mensajes: 50
• Registrado: septiembre 2006.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

En mis apuntes tengo que Las Comisiones Informativas y comisión Especial de Cuentas son obligatorias

Tindari

La suerte es el trabajo de cada día

• 06/03/2007 19:37:00.
Mensajes: 49
• Registrado: septiembre 2006.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Segun mis apuntes, la Comisión Especial de Cuentas es un órgano complementario, y la Comisión Informativa es un órgano necesario, segun la modificación de la ley 11/1999.

Espero que te sirva.

Saludos

Vaki

• 06/03/2007 19:41:00.
Mensajes: 27
• Registrado: enero 2007.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Gracias, Tanara, por responder tan rápido.

Pues ahora tengo todavía más la duda, porque he estado mirando la ROFRJEL (REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES) y resulta que pone lo siguiente:

Son órganos complementarios de las Entidades locales territoriales:
1. En todas ellas,
a) Los Concejales y Diputados delegados.
b) Las Comisiones informativas.
c) La Comisión Especial de Cuentas.
d) Los Consejos Sectoriales.
e) Los órganos desconcentrados y descentralizados para la gestión de servicios.
2. En los Municipios, además:
a) Los representantes personales del Alcalde en los poblados y barriadas.
b) Las Juntas Municipales de Distrito.

Así que ya no sé qué decirte. Lo que no entiendo por qué tú y yo pensábamos que las Comisiones eran obligatorias....

loreovi

• 06/03/2007 20:04:00.
Mensajes: 146
• Registrado: noviembre 2005.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Vaki, yo en mis apuntes tengo esto último q has escito.

Ayer empecé con este tema.. y pff creo q es demasiado, pq como el año pasado lo juntaron con las CCAA... pues igual no hay q meterse tan a fondo con él,no creeis?
os mirais a fondo todos los órganos?

MIREIA76

• 06/03/2007 20:09:00.
Mensajes: 220
• Registrado: julio 2006.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Hola puede ser que te lies en los conceptos y mezcles el ser complementarios con que no puedan ser obligatorios?
En libro de mi academia tengo que
La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones existen en los los Municipios de gran población, y en aquellos otros que el pleno así lo acuerde, por el voto favorable de la mayoría absoluta.
La Comisión Especial de Cuentas exite en todos los municipios.

Luego dice que los propios municipios, en los reglamentos orgánicos, podrán establecer y regular otros órganos complementarios, de conformidad con lo previsto en la LBRL y en las leyes de la Comunidads Autónomas.

Espero que te sirva.
saludos

Vaki

• 06/03/2007 20:15:00.
Mensajes: 27
• Registrado: enero 2007.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Muchas gracias a todos.

Mireia76, tienes razón en lo que dices de las Comisiones.

No sé si habeis leído el otro post que acabo de poner. Creo que voy a tener en cuenta lo que aparece en la ley 57/2003, que es la última y, por lo tanto, la que se tiene que aplicar. Si saliera alguna pregunta en el examen al respecto, con remitirme a esta ley para impugnarla (en caso de que no me la dieran por válida) tengo, no os parece???

Muchas gracias de nuevo a todos.
Un saludo y mucho ánimo!

sorotru

Esto es como el mar, ¿Quién conoce alguna esquina?

• 06/03/2007 21:04:00.
Mensajes: 126
• Registrado: febrero 2007.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Vaki, yo creo lo mismo que la otra compañera, que el hecho de ser complementario no tiene que ver con el hecho de ser obligatoria su existencia.
Por otro lado he encontrado que a tenor del art.116 de LRL la existencia de la Comisión Especial de Cuentas es preceptiva y en cuanto a las Comisiones Informativas por omisión yo deduzco que también.

Saludos

Interina

• 06/03/2007 21:46:00.
Mensajes: 10
• Registrado: junio 2005.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

A ver, espero ayudar un poco hace bastante que me preparo Admón Local.

1- en cuanto a los municipios:
- organos obligatorios articulo 20 LBRL 5/85, que son: Alcalde, Teniente de Alcalde, Junta de Gobierno Local y Comisión especial de Cuentas, especifica además este mismo art. que "... existirán además organos que tengan por objeto el estudio, informe y consulta de los asuntos que deban ser sometidos a la decisión del Pleno... "(estas son las comisiones informativas, obligatorias que debaten los asuntos por materias antes de ser sometidos al debata y votación en el Pleno), para los municipios de más de 5000hab. igual que la Junta de Gobierno Local.

Entonces obligatorios en todos: Alcalde, Teniente de Alcalde, Pleno y Comisión Especial de Cuentas.
En los de más de 5.000 hab.: además Junta de Gobierno y Comisiones Informativas (las que te he explicado antes) estas últimas estarán compuesta por mienbros de todos lo grupos políticos que tengan representación en el Pleno.
Y en los municipios de Gran Población, es decir en los del Titulo X LBRL además: Comisión especial de Quejas y Sugerencias, que también podrá existir en los municipios que así lo acuerden por MA.

En cuanto a las provincias, estaremos a los dispuesto en art. 32 LBRL que dispone que:

En todos: Presidente, Vicepresidente, Pleno y Junta de Gobierno, además existiran organos que tengan por objeto el informe, consulta... lo mismo que los municipios pero aqui en todas las DP.

En cuanto a la Comisión Especial de Cuentas, la LBRL no deja nada claro, entonces tendrán que acudir a la legislación autonomica sobre regimen local de tu CCAA. Por ejemplo en mi CCAA, si es un organo obligatorio y dudo mucho que exista alguna que no lo recoja.

Bueno espero haberte aclarado algo, te lo digo todo de cabeza, así que espero no haberte liado más.

Un saludo

Vaki

• 06/03/2007 23:35:00.
Mensajes: 27
• Registrado: enero 2007.

RE:Organización de los municipios y las provincias...AYUDA!!!!

Muchas gracias a todos por haberme contestado.

Creo que lo que dice Interina por último es lo más correcto.

Gracie again!
1 salu2


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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