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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 07/03/2007 20:36:00.
• Mensajes: 146
• Registrado: noviembre 2005.
¿qué competencias del art. 151 asumen las CCAA que accedieron por la vía rápida?
a) Todas.
b) Las negociadas con el gobierno central en el proceso autonómico.
c) Las negociadas con el gobierno central tras el proceso autonómico.
d) Ningunas.
primero: ¿vía rápida=vía especial? pq yo no tengo nada en mis apuntes de vía rápida, tengo simplemente vía común y vía especial.
yo marqué la a) pero ... jeje, es totalmente la contraria... dan por buena la d)
puse TODAS pq pensé q eran las de la vía especial, las q pueden ampliar las competencias sin dejar transcurrir el plazo de 5 años del art. 148.2
en fin, q no me aclaro, ayuda!
• 07/03/2007 20:46:00.
• Mensajes: 49
• Registrado: septiembre 2006.
Es que creo que el artículo 151 no es el que establece las competencias, sino que establece el procedimiento para acceder por la vía rápida a la autonómia.
Las competencias creo que estan en el 148.
Saludos
• 07/03/2007 20:53:00.
• Mensajes: 146
• Registrado: noviembre 2005.
Ay!! es verdad!! gracias por abrirme los ojos!!
por eso es NINGUNA, no?
una cosilla... si la pregunta en vez de art.151 pusiera art. 148 (o 149) , q se respondería?
Hola de nuevo!
Todas implicaría tanto las competencias del 148 como las del 149.
Las de la vía especial (también llamada "rápida", así como la vía común también es llamada "lenta"), asumieron desde un principio las competencias del 148 y algunas del 149, sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de 5 años.
Un saludo!
• 07/03/2007 21:11:00.
• Mensajes: 49
• Registrado: septiembre 2006.
::: --> Editado el dia : 07/03/2007 21:12:59
::: --> Motivo :
Una matización a lo que ha dicho MVALLE, y con su permiso ;) , y es que las del 149 en principio no las pueden asumir porque son exclusivas del Estado, podrán asumir las que no esten atribuidas al estado expresamente por la Constitución. De todas formas hay materias dentro del 149 de las que el Estado se reserva una parte por ejemplo la competencia legislativa, pero las CCAA pueden asumir el ejecutar esas normas. O el estado establece la normativa básica de algo y la CCAA la desarrolla.
Bueno, que no sé si me he explicado bien, o he armado más lio.
Saludos
• 20/04/2007 12:45:00.
• Mensajes: 114
• Registrado: abril 2007.
Las del articulo 149 solo las puede asumir el Estado.
Las del articulo 148 solo las puede asumir las CCAA.
Ahora bien si la CCAA es comunidad por la via especial asume las competencias del 148 y puede asumir las competencias que no vengan en el articulo 149 y la diferencia es que las de la via especial no tienen que esperar cinco años para tener competencias a parte de las del articulo 148, pero repito las CCAA no se meten en las competencias del articulo 149 como he leido por ahi pq son exclusivas del Estado
un matiz a todo lo dicho...no esq adquieran TODAS LAS del art. 148 y 149...sino q tienen la posibilidad de adquirir TODAS, pero no necesariamente tienen q ser todas...
No se si m explico, a ver una CCAA q entrara x via lenta, puede coger las del art. 148, pero no tiene xq cogerlas todas, puede coger solo 5...
Es un matiz, pero bueno, una cosa es poder y otra querer...
Hola!
m@nu quizá no expresé bien lo que quería decir.
Me refiero a que una vez pasados cinco años las de la vía común pudieron ampliar sucesivamente sus competencias en el MARCO del art.149 como establece el art.148.2. Y las de la vía especial no necesitaron dejar transcurrir este plazo.
Saludos!
::: --> Editado el dia : 20/04/2007 15:57:56
::: --> Motivo :
Ays que lio, cual sería. Yo hubiera puesto la b. ¿o es ninguna debido a que nombra un artículo que no es?
• 20/04/2007 20:07:00.
• Mensajes: 154
• Registrado: septiembre 2006.
Sigo sin tener claro que las competencias del artículo 149 sean exclusivas del Estado!!!!!! Alguien me lo puede aclarar más.