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710.452 mensajes • 396.143 usuarios registrados desde el 25/05/2005

ricardin

• 15/05/2007 14:55:00.
Mensajes: 27
• Registrado: noviembre 2006.

¿diferencia "nulidad" y "anulabilidad"?

Hola!Pues esa es mi duda, a ver si me echais una mano,¿Qué diferencia hay entre anulabilidad y nulidad?Muchas gracias!!!

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

edissah

este año me lo como con patatucas...arrrffff

• 15/05/2007 15:00:00.
Mensajes: 37
• Registrado: febrero 2007.

RE:¿diferencia

los actos son nulos de pleno derecho (nulos) en los supuestos que contempla el art. 62 de la ley de regimen juridico (que lesionen derechos fundamentales, contenido imposible....), y son actos anulables los que te indica en el art. 63 de la misma ley (infraccion ordenamiento juridico). Espero haberte ayudado, un saludo

hanna22

No pica la abeja, a quien en paz la deja..;)

• 15/05/2007 15:21:00.
Mensajes: 56
• Registrado: junio 2005.

RE:¿diferencia

Lo puedes consultar en la ley de procedimiento administrativo, que por cierto es parte del temario.
hay dos articulos que ahora no recuerdo donde te especifica qué es cada cosa.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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