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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.404 mensajes • 396.063 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 31/05/2007 17:47:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: abril 2007.
Hola.
Se considera MUTUALISTA a un funcionariode carrera de AGE que pasa a la situación de SERVICIOS EN COMUNIDADES AUTONOMAS?. Alguien me lo puede aclarar.
• 31/05/2007 17:51:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: junio 2006.
Hola, he sacado esto de la página de MUFACE:
· Exclusiones
Quedan excluidos de este régimen especial y se regirán por sus normas específicas:
Los funcionarios de la Administración Local. (Régimen General de la Seguridad Social).
Los funcionarios de organismos autónomos. (Régimen General de la Seguridad Social).
Los funcionarios de la Administración Militar.(Régimen gestionado por el ISFAS - Instituto Social de las Fuerzas Armadas).
Los funcionarios de la Administración de Justicia. (Régimen gestionado por MUGEJU – Mutualidad General Judicial).
Los funcionarios de la administración de la Seguridad Social. (Régimen General de la Seguridad Social).
Los funcionarios de nuevo ingreso y en prácticas de las comunidades autónomas. (Régimen General de la Seguridad Social).
Los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado transferidos a las comunidades autónomas, que hayan ingresado o ingresen voluntariamente en cuerpos o escalas propios de la comunidad autónoma de destino, cualquiera que sea el sistema de acceso. (Régimen General de la Seguridad Social).
El personal de administración y servicios propio de las universidades. (Régimen General de la Seguridad Social).
De todas formas, míralo si quieres en este enlace:
[--http://www.map.es/muface/muface/afiliados_document...des-idweb.html.--]
Espero que te sirva de ayuda
• 31/05/2007 18:26:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: abril 2007.
Si, Eminescu, todos esos quedan excluidos del Regimen Especial de la Seguridad Social, pero en el RD 23 junio de 2000 por el que se establece la Ley de seguridad social de Funcionarios civiles del Estado, dice que conservarán la condición de MUTUALISTAS los funcionarios que pasen a servicios en las CCAA. Es lo que no entiendo.
Si te excluyen del Regimen especial, como vas a ser Mutualista?. Alguien me lo puede explicar.
• 31/05/2007 20:14:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: junio 2006.
Hola, creo que el problema está en que unos pasan a pertenecer a la Administración de la Comunidad Autónoma y los otros no, pertenecen, aunque estén en esa Comunidad, todavía al Estado, por lo tanto estos últimos sí que pueden ser mutualistas, mientras que los otros se rigen por el Regímen de la Seguridad Social.
• 31/05/2007 20:16:00.
• Mensajes: 32
• Registrado: marzo 2007.
pero lo que están en comisión de servicio en una CCAA continuan perteneciendo a la AGE, por lo tanto estarían incluido, o eso creo....