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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 13/06/2007 18:11:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: marzo 2006.
Hola a todos!
Si una pregunta del examen fuera decir las retribuciones basicas de un funcionario, cual seria la correcta:
a) sueldo y trienios
b) sueldo, trienios y pagas extraordinarias.
Segun el EBEP, seria la a) sueldo y trienios, no? Muchas gracias
B, siempre, tanto antes como con EBEP.
• 13/06/2007 18:14:00.
• Mensajes: 81
• Registrado: enero 2007.
cuantas veces sa ha contestado esta pregunta ya.....??
alguien podria decir el numero de veces??
• 13/06/2007 18:19:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: octubre 2006.
Aún a riesgo de que aporellas me eche la bronca, jejeje :p, pero en el EBEP no dice nada sobre las pagas extraordinarias, no?
Saludos : )
• 13/06/2007 20:10:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: junio 2007.
Yo no lo veo tan claro. De acuerdo que antes de EBEP la respuesta seria sueldo + pagas extras + trienios, pero es que el Art.23 de EBEP dice claramente: Las retribuciones basicas que se fijan en la LGPE estan integrados UNICA Y EXCLUSIVAMENTE por
a) El sueldo
b)Los trienios
• 13/06/2007 20:11:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: junio 2006.
Las Retribuciones básicas son:
a) El sueldo, que se fija atendiendo al índice de proporcionalidad asignado a cada uno de los grupos en que se organizan los cuerpos de la Administración.
b) Los trienios, que consisten en una cantidad igual para cada grupo y por cada tres años de servicios en estos.
c) Las pagas extraordinarias, dos al año, que se perciben en junio y diciembre (algunos cuerpos tiene tres, la tercera en abril). Su importe mínimo será el de una mensualidad del sueldo más el importe de los trienios.
Saludos
• 13/06/2007 20:13:00.
• Mensajes: 29
• Registrado: mayo 2005.
Entonces en que quedamos?? pq la van a poner fijo
• 13/06/2007 20:16:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: octubre 2006.
Yo tampoco lo tengo claro, en el EBEP sólo establece SUELDO Y TRIENIOS.
Si lo preguntan quiero creer que especificarán la ley, digo yo!
Saludos : )
• 13/06/2007 20:17:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: septiembre 2006.
yo diria que la B: sueldo, trienios y pagas extraordinarias
• 13/06/2007 20:33:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: junio 2006.
Las retribuciones de los funcionarios se hallan en el artículo 22 del EBEP. Ahí dice lo siguiente sobre las retribuciones básicas: "Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias".Es decir, no incluye a las pagas extraordinarias dentro de las retribuciones básicas. Esto se debe a que, como dice el parrafo 4 del mismo artículo: "Las pagas extraordinarias serán dos al año cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias", es decir, incluyen tanto un origen básico como complementario. Pero en la actualidad no está en vigor este artículo, que se encuentra en el capítulo III del Título III, pues en la nota aclaratoria del Map sobre el Ebep se afirma que este Capítulo producirá efectos a partir de la entrada en vigor de la Ley de Función Pública de la AGE. Luego hay que remitirse a mi post anterior.
• 13/06/2007 21:01:00.
• Mensajes: 235
• Registrado: junio 2007.
A ver, hablo por intuicion, pero para mi que la cosa es que las pagas extraordinarias tb son sueldo. con tanta normativa ya no sabe uno, pero vamos, quedaria como un trabjadopr normal: el sueldo +pagas, que forman parte del mismo
• 13/06/2007 21:25:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: junio 2006.
En el Ebep lo que dice es que las pagas extraordinarias son una mezcla de retribuciones básicasj y de retribuciones complementarias(punto 4. del Art.22). Pero puesto que las retribuciones complementarias no se sabe muy bien en qué van a consistir (dependen de muchos factores: Artículo 24), y van a ser variables para cada funcionario, pues se aproximan más al concepto de retribuciones complementarias.
• 13/06/2007 21:27:00.
• Mensajes: 126
• Registrado: febrero 2007.
BUENO ESTO YA CLAMA AL CIELO UN POQUITO, NO TENGO COSTUMBRE DE IMPACIENTARME CUANDO ALGUIEN PREGUNTA ALGO QUE YA SE HA CONTESTADO EN EL FORO UNA, DOS HASTA TRES VECES, PERO ES QUE LO DE LAS RETRIBUCIONES BASICAS Y SOBRETODO LO DE LOS PORCENTAJES DEL COMPLEMENTO DE DESTINO Y DEL COMPLEMENTO ESPECIFICO, YO EN PARTICULAR LO HE DEBIDO DE PONER COMO DIEZ VECES Y YA LA VERDAD QUE CANSA QUE SE PREGUNTE UNA Y OTRA VEZ SOBRE LA MISMA COSA, SOLO HACE FALTA MOLESTARSE UN POQUITO EN BUSCAR EN OTROS HILOS.............., EN LEERSE BIEN EL ESTATUTO Y SOBRETODO LAS INSTRUCCIONES QUEHA PUBLICADO EL MAP..........YO HE LLEGAGO A PONER DOS VECES UN ENLACE DONDE VIENEN LOS PORCENTAJES DE LAS PAGAS EXTRAS DE LOS PRÓXIMOS DOS AÑOS..........Y SI HAY QUE PONERLO OTRA VEZ SE PONE PERO ES QUE HAY VECES QUE LAS PREGUNTAS YA PARECEN QUE VAN DE COÑA A ESTAS ALTURAS DE LA PELÍCULA CUANDO EL EXAMEN ES DENTRO DE DOS DÍAS...............
Aquí esta la página donde consultar las pagas extras:
http://www.fct.ccoo.es/actual/funcion_publica.htm
Perdón si alguien se ofende pero es que a veces ya cansa el leer una y otra vez las mismas cosas.........
• 13/06/2007 23:17:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: junio 2006.
NO ES ÚTIL RECRIMINAR SINO DISCRIMINAR (EN EL SENTIDO DE DISCERNIR). TRANQUILIDAD Y SANGRE FRÍA PARA TODOS¡ JEJEJE¡