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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

superopositor

• 14/06/2007 20:43:00.
Mensajes: 9
• Registrado: marzo 2007.

Sobre las retribuciones de los funcionarios

¿En qué ley vienen, si las del Estatuto no han entrado en vigor?.
Es que tengo un lío. Tenía en mis apuntes que era sueldo+trienios+c.destino+33%,66%...del c.específico, y en un post de más abajo no incluyen este último complemento.
Y yo que creía que lo tenía más o menos claro.
Gracias.

6 RESPUESTAS AL MENSAJE

anitamadrid28

• 14/06/2007 20:49:00.
Mensajes: 49
• Registrado: julio 2006.

RE:Sobre las retribuciones de los funcionarios

VEO QUE TRAE COLA LO DE LAS PAGAS.. JEJE
A VER SIGUE EN VIGOR LA LEY 30/84 RESPECTO A LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS EN TANTO EN CUANTO NO SE DICTEN NORMAS DE DESARROLLO DEL EBEP.
ADEMAS HAS DE AÑADIR LO DISPUESTO EN LA LEY DE PRESUPUESTOS QUE ES LA QUE RECOGE LO DEL 100% EDL C. DESTINO Y LO DE LA PAGA ADICIONAL (QUE NO EXTRA) QUE ES EL 33% DEL C. ESPECIFICO.
ESPERO HABERTE PODIDO ACLARAR LO QUE NECESITABAS

corteslepe

• 14/06/2007 21:08:00.
Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2005.

RE:Sobre las retribuciones de los funcionarios

A ver... SUELDO + TRIENIOS + C. DESTINO + 33%...66%...100% C. ESPECÍFICO?????????

Jobasur

• 15/06/2007 10:25:00.
Mensajes: 57
• Registrado: marzo 2007.

RE:Sobre las retribuciones de los funcionarios

Paga extra: Sueldo + trienios + complemento destino (100%) + 33% complemento específico (2007; en 2008, será el 66% y el 100% en 2009, en que la paga extra será igual a una paga mensual completa).

Saludos

anitamadrid28

• 15/06/2007 11:10:00.
Mensajes: 49
• Registrado: julio 2006.

RE:Sobre las retribuciones de los funcionarios

VEO QUE POR MUCHO QUE LO DIGA NO ME HACEIS CASO. LA PAGA EXTRA ES:
SUELDO+TRIENIOS+100% C. DESTINO.

EL 33% DEL C. ESPECIFICO NO ENTRA EN LA PAGA EXTRA SINO QUE ES UNA PAGA ADICIONAL, PERO NO ESTA INCLUIDO DENTRO DE LA PAGA EXTRA. SE COBRA EN JUNIO Y DICIEMBRE PERO NO FORMA PARTE DE LA PAGA EXTRA. VIENE ASI EN LA LEY DE PRESUPUESTOS DE ESTE AÑO

anitamadrid28

• 15/06/2007 11:15:00.
Mensajes: 49
• Registrado: julio 2006.

RE:Sobre las retribuciones de los funcionarios

ley de presupuestos

Las pagas extraordinarias, que serán dos al año, se devengarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988. La cuantía de cada una de dichas pagas será de una mensualidad de sueldo y trienios y, en aplicación de lo establecido en el artículo 21.Tres de la presente Ley, el importe del complemento de destino mensual que perciba el funcionario.

Cuando los funcionarios hubieran prestado una jornada de trabajo reducida durante los seis meses inmediatos anteriores a los meses de junio o diciembre, el importe de la paga extraordinaria experimentará la correspondiente reducción proporcional.

D) El complemento específico que, en su caso, esté asignado al puesto que se desempeñe, cuya cuantía, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 23.Uno.a), experimentará con carácter general un incremento del 2 por 100 respecto de la aprobada para el ejercicio de 2006.

El complemento específico anual que resulte de ambos incrementos, se percibirá en catorce pagas, de las que 12 serán iguales y de percibo mensual y las dos restantes, que se percibirán en los meses de junio y diciembre, serán de un tercio de la percibida mensualmente.

COMO PODEIS LEER EL COMPLEMENTO ESPECIFICO NO FORMA PARTE DE LA PAGA EXTRA, AUNQUE SE COBRE EN LOS MISMO MESES

Jobasur

• 15/06/2007 12:52:00.
Mensajes: 57
• Registrado: marzo 2007.

RE:Sobre las retribuciones de los funcionarios

::: --> Editado el dia : 15/06/2007 12:54:43
::: --> Motivo :

Bueno, como tu quieras...

En todo caso, tanto el complemento de destino como el específico no forman parte de las retribuciones básicas (sueldo + trienios), que era lo que en la legislación sobre el funcionariado, aún vigente (pues esta pendiente de desarrollo del Estatuto en la futura "Ley de la AGE" y demás desarrollo reglamentario que proceda), figuraba como componentes de las pagas extraordinarias.

En mi opinión, SI forman parte de las extras, progresivamente hasta que en 2009 el importe de una paga extraordinaria sea = al de una paga normal completa (desarrollo del acuerdo Administración - Sindicatos de 2004).
El hecho de que aparezca en un apartado diferente es lo que puede llevar a error; pero vamos, blanco y en botella...

Saludos


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