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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
710.452 mensajes • 396.143 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Hola a todos
¿Alguien sabe algún ejemplo de acto personalísimo al que se pueda aplicar una multa coercitiva?. Los pocos actos personalísimos que conozco son casarse, votar y cosas así.. y no te van a multar por no hacer cosas de esas, jaja
Bueno, esa es la duda a cuento del art. 99.1.a) de la Ley 30/92.
Un saludo
• 18/02/2008 9:33:00.
• Mensajes: 86
• Desde: Almería.
• Registrado: septiembre 2007.
Un ejemplo de multa coercitiva podría ser una empresa que arroja residuos, basura u otros desechos en un lugar protegido o de dominio público (una rambla, o directamente al mar, etc). Le imponen una multa coercitiva por la que tendrá que pagar X € diarios mientras no limpie y retire todos los vertidos que ha hecho ilegalmente, Mientras dure la situación y la empresa no limpie tendrá que estar pagando esa multa.
No sé si con eso te queda un poco más claro. Un saludo.
Hola Helena
Gracias por contestar antes de nada. Ese caso sí lo tengo claro; son cantidades que el interesado tiene que satisfacer hasta que haga lo que la Administración le dice, pero lo que no entiendo es el apartado a) del artículo, donde dice que esta multa se aplicará en "casos de actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona".
La cosa es esa.. ¿qué clase de ato personalísimo pede haber que por dejar de hacerse conlleve una multa coercitiva?..
Un saludo
• 18/02/2008 10:09:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2007.
La cosa es esa.. ¿qué clase de ato personalísimo pede haber que por dejar de hacerse conlleve una multa coercitiva?..
He encontrado este ejemplo que lo explica muy bien:
La Administración me ordena arrancar un viñedo que es ilegal, y me advierte de que, por cada 2 meses que, de ahora en adelante, siga con el viñedo plantado, me impondrá una multa coerctiva de 3.000 euros.
• 18/02/2008 10:13:00.
• Mensajes: 86
• Desde: Almería.
• Registrado: septiembre 2007.
La verdad es que la ley es muy genérica y no especifica cuáles pueden ser estos casos sino que simplemente habla de actos personalísimos. Entiendo que hay que estar al caso concreto y a lo que diga la ley en concreto aplicable ( si se trata de una sanción tributaria, o medioambiental, o sanitaria, etc. cada una tiene sus especificaciones concretas). Pero a lo que vamos, que acto personalísimo es aquel que solo puede hacer el obligado, el interesado en ese determinado procedimiento. En el ejemplo que he puesto, pues acto personalisimo sería que la Administración obligara a la empresa a retirar sus propios vertidos y si no lo hace, pues multa hasta su retirada definitiva.
A ver si alguien más se anima a poner algún otro ejemplo más.
Hola de nuevo
La cuestión es que ambos casos, tanto la retirada de vertidos de la zona de policía como el arranque de viñedos, no son actos personalísimos, porque no son actos que exclusivamente los pueda hacer el interesado.. seguramente es muy sencilla la respuesta, pero hasta que no se ve...
¡Gracias de nuevo a los que respondéis!
Mirando por internet he visto esto que puede aclarar el asunto:
http://ene-naturismo.org/getxo/bando.htm
El dejar de hacer nudismo es un acto personalísimo, pero se evita la compulsión sobre las personas y se sustituye por la multa coercitiva. Creo que es un buen ejemplo.
Un saludo