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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Umiko

Si así lo deseo, así será

• 06/03/2008 10:46:00.
Mensajes: 94
• Registrado: diciembre 2006.

Funcionarios interinos: retribuciones

Holasss
Yo y mis dudas del ebep jejejejje

No entiendo bien el artículo 25.2 del ebep el cual tiene vigencia ya. Tengo entendido que los funcionarios interinos cobran las retribuciones básicas excluídos los trienios y las retribuciones complementarias que no están vinculadas a la condición de funcionario de carrera... por lo tanto, a qué se refiere el artículo 25.2 cuando dice "q....ue tendrán efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo"? Que desde que entró en vigor se les va a reconocer los trienios correspondientes a los servicios prestados y que los cobrarán cuando sean funcionarios de carrera? O es que los interinos cobran trienios ya desde que entró el ebep en vigor? Qué lío...

Besos sabor frío!

10 RESPUESTAS AL MENSAJE

Pesito

Funcionario TGSS

• 06/03/2008 10:55:00.
Mensajes: 64
• Desde: Santiago de Compostela.
• Registrado: marzo 2007.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Hola Umiko!!

Yo creo que a los interinos desde que entró en vigor el EBEP se les reconocen ya los trienios. Al menos eso entendí yo cuando me estudié el tema allá por el Pleistoceno... Ahora estoy en el curro y tampoco lo puedo confirmar. A ver si alguien lo sabe fijo.

Besitos.

donna78

• 06/03/2008 10:57:00.
Mensajes: 9
• Registrado: febrero 2008.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Hola!
Si los funcionarios interinos tienen reconocidos trienios, desde la entrada en vigor del Estatuto

JOVITA

• 06/03/2008 11:11:00.
Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2006.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Yo entiendo que se les reconocen los trienios por los años de trabajo, pues dice...por los servicios prestados.. pero no se les reconoce con carácter retroactivo, pq sino tendrían qu pagarles atrasos desde que cumplieron el primer trienio. Los cobran según los que tengan acumulados pero solo desde que entró en vigor EBEP

:)

Umiko

Si así lo deseo, así será

• 06/03/2008 11:11:00.
Mensajes: 94
• Registrado: diciembre 2006.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Hola!!
Muchas gracias a los dos! Cuánto tiempo pesito! Cómo te va? :-)

Osea, que los interinos cobran: retribuciones básicas, trienios y las retribuciones complementarias que no estén vinculadas a la condición de funcionario de carrera?
Y supongo que los interinos que lleven ya varios años habrán cobrado los trienios que tuvieran ya devengados de golpe desde la entrada del ebep..... no?

Umiko

Si así lo deseo, así será

• 06/03/2008 11:14:00.
Mensajes: 94
• Registrado: diciembre 2006.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Jovita, hemos contestado a la vez como casi siempre jajajajjaja

No entiendo bien lo que dices... a qué te refieres? Si yo llevo trabajando como interina 6 años, a la entrada en vigor del ebep qué trienios habría cobrado?

JOVITA

• 06/03/2008 11:23:00.
Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2006.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

::: --> Editado el dia : 06/03/2008 11:24:01
::: --> Motivo :

Ay hija, me explico fatal con la empanada mental esta. Lo que quiero decir es que desde el EBEP si tienes 2 trienios cobras dos trienios, pero no te pagan lo que hubieras devengado antes de entrar en vigor el EBEP de golpe, solo a partir del EBEP y ya
está. Si llevas 6 años en la nomina siguiente a entrar en vigor el EBEP 2 trienios y nada más.
¿Ahora si Umiko?

Umiko

Si así lo deseo, así será

• 06/03/2008 11:36:00.
Mensajes: 94
• Registrado: diciembre 2006.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Qué te vas a explicar mal Jovita!! Soy yo que me lío con los términos!!!!
A ver si ahora me he enterado: los interinos desde que entra en vigor cobran retribuciones básicas y trienios. Y sólo desde la entrada en vigor de éste cobran los trienios que han devengado, pero no cobran todos los que tendrían que haber cobrado mes a mes anterior al ebep!

Por cierto, ayer deduje que las retribuciones hay que estudiárselas por la ley 30/84 (aunque es un poco raro que en la ley ya no aparezcan) porque en realidad en el ebep apenas dice nada, y lo único que cambia es el artículo 25.2 que ya está en vigor, y que (cuando se aprueben las leyes de desarrollo) las retribuciones básicas son: sueldo y trienios (no paga extraordinaria) Te lo comento porque ayer estuvimos hablando de eso :-)))

Qué jaleo!!

Muchísimas gracias Jovita :-)))

JOVITA

• 06/03/2008 11:40:00.
Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2006.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Eso es. Y lo del jaleo tb es. Je je

On laf

¿Para atrás?... ni para cojer carrerilla

• 06/03/2008 14:07:00.
Mensajes: 28
• Registrado: enero 2008.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

::: --> Editado el dia : 06/03/2008 14:08:59
::: --> Motivo :

Hola a todos.
Umiko, mi mujer es profesora interina desde hace 10 años, así que lo te cuento es por experiencia.
Hasta la entrada del EBEP los trienios no los cobraban los interinos pero si les contaba cuando aprobaban la plaza, es decir, si llevaban 10 años como interinos y te sacabas la plaza en la 1ª nómina como fucionario de carrera venia 3 trienios retribuidos.
Al entrar el EBEP cobrán los trienios los interinos, pero deben solicitarlo y se les reconoce (si no recierdo mal) con fecha 14 de mayo de 2007, es decir un interino que lleve 10 años y, no los solicitó al entrar el EBEP, lo solicita ahora y le pagan con carácter retroactivo desde 14-5-07 pero el tiempo anterior no, es decir desde que entro el EBEP
Aissssss...espero haberme explicado bien y no liaros más

Umiko

Si así lo deseo, así será

• 06/03/2008 14:15:00.
Mensajes: 94
• Registrado: diciembre 2006.

RE:Funcionarios interinos: retribuciones

Te has explicado fenomenal on-laf!!!! Muchísisisisimas gracias!!

Jovita, sí, jaleo jaleo.....


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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