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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Hola a todos!!
Podeis explicarme lo que quiere decir el artículo 84 de la constitución? No consigo descefrarlo.
Gracias, un saludo
• 21/05/2008 13:34:00.
• Mensajes: 149
• Registrado: noviembre 2007.
Hola Noa, te voy a explicar segun mi entender:
Se el congreso quiere dictar una propodicion de ley o hace una emiendda a una delegacion de ley ( esa delegacion la han hecho las cortes), el gobierno puede oponerse a que esa proposicion siga adelante, en ese caso lo que se puede hacer es una emienda para oponerse a que la delegacion que han hecho las cortes siga adelante y sea suprimida, esa enmienda puede ser para suprimir total o parcialmente la ley de delegación.
No se si te habra aclarado algo...
• 21/05/2008 14:01:00.
• Mensajes: 63
• Registrado: septiembre 2006.
Vamos a ver, si una proposición de ley o enmienda es contraria a una ley anterior, el Gobierno puede oponerse a que se tramite, ya que es contraria a una ley ya existente. Pero si que se puede presentar una proposición para que la ley existente anteriormente se pueda derogar total o parcial.
Espero que se entienda. ánimo