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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
710.452 mensajes • 396.143 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 27/11/2008 17:19:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2008.
Hola , actualmente estoy trabajando en la Administración del Estado como laboral interino del grupo III( llevo más de tres años) a la que accedí por un sistema de concurso -oposición, y he aprobado una plaza de funcionario en la Junta de Extremadura grupo D en la que estoy obligado a hacer el curso en prácticas.(funcionario en prácticas 1 mes)
Mi duda es si puedo pedir excedencia en la plaza de la junta de Extremadura y seguir trabajando en la Administración del Estado como laboral interino.
¿Serían estos los pasos a seguir?
1º) Pedir una licencia sin sueldo de un mes en la admon. del Estado(Art.46 II Convenio de la AGE), o Solicitar la Suspensión de mi contrato por ser nombrado funcionario en prácticas en otra administración (Art 53.g II Convenio AGE)
2º) Una vez en la Junta de Extremadura y realizado el curso en prácticas , Solicitar la Situación de Servicios en otras Administraciones Públicas (Art.88 EBEP), Solicitar la Excedencia Voluntaria por Servicios por Servicios en el Sector Público (Art.85.2.b EBEP) , o Solicitar la Excedencia Voluntaria Automática (Art.39.2.a Texto Refundido de Función Pública de Extremadura TRLFP 1/90 de 26 de Julio)
Me gustaría que me pudieseis resolver mis dudas y que pasos serían los que debería hacer ante futuras decisiones .
Muchas Gracias.
• 27/11/2008 19:44:00.
• Mensajes: 49
• Registrado: julio 2006.
no se puede pedir excedencia por prestacion de servicios en el sector publico si el puesto den destino es interino, sólo se puede pedir para personal laboral fijo o funcionario de carrera.
Tampoco llevas el tiempo suficiente para pedir excedencia voluntaria por interes particular puesto que llvas 3 años y no los 5 que son necesarios.
Espero haberte ayudado
• 02/12/2008 23:12:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2008.
he revisado de nuevo el EBEP y tanto el artículo 85.2.b excedencia por prestación de servicios en el sector público , como el art.88 servicios en otras administraciones , no dice nada de que tiene que ser fijo , sólo hacen referencia al sistema de acceso mediante la provisión: (concurso y libre designación según el ebep) para el art.88 y por otros sistemas de accesos para el art.85.2.b.
No sé donde viene eso de que tienes que ser personal laboral fijo o funcionario de carrera
Y si llevo más de 5 años en la administración esa es mi última opción la de pedir exc. volunt. por interés particular , lo que ocurre es que en esta situación conlleva menos derechos.
• 03/12/2008 21:44:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2008.
por qué utilizar este r.d. 255/2006 si el EBEP es del 2007?
• 03/12/2008 21:50:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2008.
además dicho r.d. 255/2006 es para funcionarios de la administración del estado y yo sería fucnionario en la comunidad de extremadura y laboral en la administración del estado , asi k este real decreto no se me puede aplicar de ninguna manera
• 04/12/2008 15:32:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2008.
me he vuelto a mirar dicho real decreto y lo primero es k no es aplicable en mi comunidad de hecho el enunciado lo dice ingreso de funcionarios civiles de la administración del estado, en mi comunidad hay un decre de ingreso pero modificado por el EBEP, que además este es posterior a dicho r.d., la consulta la he hecho al map y a mi comunidad lo k pasa es k tienen tanto trabajo k aún no me han contestado , en el sindicato me dijeron k no hay problema y en la oficina de informacion de la Junta me dijeron k no hay problema ninguno que se podía hacer k incluso ella( la muchacha k me atendio) estaba así , k su plaza era de administrativa pero estaba en excedencia y estaba d interina de técnico. lo que pasa es k kiero k me lo den por escrito . y a k ley y artículos tendría k aplicar exactamente