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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 27/12/2008 12:58:00.
• Mensajes: 16
• Desde: Palma de Mallorca.
• Registrado: diciembre 2008.
Hola!
Quería hacer una consulta... ¿qué diferencia hay exactamente entre el interino y funcionario? ¿El interino es el que sólo ha aprobado el primer examen y suspendido el segundo? Si es así, ¿se ha de volver a examinar de los dos exámenes o sólo del segundo? ¿En qué plazo o margen de tiempo? Si trabajas por la privada y apruebas sólo como interino, ¿dejas el puesto de trabajo de la empresa privada o esperas a aprobar el segundo examen?
Gracias de antemano!
Saludos!
• 27/12/2008 13:02:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: septiembre 2006.
HOla!!! Pues si apruebas un examen, puedes ser interino si te llaman. Todo depende de la nota que saques y del puesto de la lista en el que estés. Te tienes que seguir examinando de los 2 cada vz que salga la convocatoria hasta que apruebes los 2 exámenes y tengas tu plaza. Es decir, si este año te presentas y apruebas un examen, el póximo año, tendrás que volver a examinarte de todo. Y lo de dejar el puesto de trabajo en la privada por una interinidad pues supongo que dependerá de lo que te compense, del tipo de contrato que tengas y del tipo de interinidad que te ofrezcan (es decir el tiempo que dure esa interinidad). No sé sis te he aclarado algo
Saludos
• 27/12/2008 13:44:00.
• Mensajes: 94
• Registrado: septiembre 2008.
Ambos son funcionarios, ahora bien:
1.- Funcionario de carrera: Ocupa un puesto de trabajo alcanzado tras superar un proceso selectivo, generalmente oposición.
2.- Funcionario interino: Ocupa un puesto de trabajo -temporalmente vacante por su titular, -un funcionario de carrera- o bien, por necesidades del servicio es nombrado funcionario interino por acumulación de tareas (máximo 6 meses en un período de 12) o desempeña tareas concretas durante un período determinado (Ej. campaña de la renta)
El régimen jurídico que se aplica a ambos es, básicamente el mismo. Si bien, hay que tener en cuenta que el funcionario interino lo es por razones de urgencia y siempre que haya crédito presupuestario para ello y que resueltas estas circunstancias causa cese. Además, el ser funcionario interino no puede ser circunstancia preferente para la obtención de la condición de funcionario de carrera.
• 27/12/2008 16:21:00.
• Mensajes: 22
• Registrado: marzo 2007.
te copio la legislación sobre interinos:
Artículo 10. Funcionarios interinos.
1. Son funcionarios interinos los que, por razones
expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son
nombrados como tales para el desempeño de funciones
propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna
de las siguientes circunstancias:
a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea
posible su cobertura por funcionarios de carrera.
b) La sustitución transitoria de los titulares.
c) La ejecución de programas de carácter temporal.
d) El exceso o acumulación de tareas por plazo
máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce
meses.
también puede darse el caso de plazas de nueva creación a cubir con personal de la convocatoria .
• 27/12/2008 16:22:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: agosto 2008.
Una duda: Cuando eres interino ¿te corresponde S.S. o Muface?
• 27/12/2008 16:51:00.
• Mensajes: 220
• Registrado: julio 2006.
A los interinos sólo SS.
• 27/12/2008 16:56:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: agosto 2008.
O.k. gracias Mieria me lo imaginaba y enhorabuena por tu plaza.
• 27/12/2008 17:49:00.
• Mensajes: 16
• Desde: Palma de Mallorca.
• Registrado: diciembre 2008.
Muchas gracias por la info, ya lo tengo todo aclarado.
Hasta que no consiga la plaza oficial como funcionaria, no me arriesgaré a dejar mi puesto fijo en la empresa privada para ocupar uno como interina temporal.
Saludos!
• 27/12/2008 20:12:00.
• Mensajes: 220
• Registrado: julio 2006.
Orquidia, eso es relativo, según la situación de cada uno puede compensar o no dejar la privada, si tienes un buen trabajo y cargas familiares, hipotecas o similares igual te compensa seguir, pero si no tienes cargas, es un mal curro y encima tienes paro acumulado te compensa, porque una vez la acabas a cobrar el paro y a estudiar 100%.
Muchas gracias nicky89.
• 27/12/2008 21:01:00.
• Mensajes: 60
• Registrado: septiembre 2007.
Exacto MIREIA76, dejas la interinidad, vas al paro, con un poco de suerte vuelven a llamar para otros 6 mesecillos... mientras estás en el paro aprovechas para estudiar-practicar y sacar la plaza fija...
Depende de cada persona, pero como interina se puede sacar mucho provecho y además, vas viendo como es la administracion por dentro de primera mano y te vas haciendo una idea de los destinos que elegirás el día que apruebes.
• 28/12/2008 13:06:00.
• Mensajes: 16
• Desde: Palma de Mallorca.
• Registrado: diciembre 2008.
Si, es cierto, pero no creo que me atreviera a dejar el puesto fijo por uno temporal aunque sea de interina... y luego quedarme en el paro hasta conseguir la plaza como funcionaria. Ya que el problema es que no sabría cuándo llegaría ese dia, así que estaría arriesgando tiempo de paro innecesariamente... no? Llevo 8 años trabajando y sólo he cogido una vez el paro y creo que no llegó a ser ni un mes completo... Supongo que tengo acumulado bastante tiempo de paro... pero, y con qué sueldo? Hay que pagar facturas, alquiler, comida... y seguramente lo que me diese el paro no sería el mismo importe al que me dan con la nómina. Supongo que es cuestión de prioridades o necesidades.
Un saludo!