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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

beita84

Nostalgica de las fiestas veraniegas

• 25/05/2009 11:18:00.
Mensajes: 10
• Registrado: febrero 2009.

Diferencia desistimiento y renuncia

Hola a todos, no tengo muy clara la diferencia entre una y otra...

¿Alguien me podria dar alguna explicacion o ejemplo con el que tenerlo mas claro?

Gracias

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

yonosoybea

• 25/05/2009 12:27:00.
Mensajes: 2
• Registrado: agosto 2007.

RE:Diferencia desistimiento y renuncia

desistimiento: de una solicitud. Abandonar la pretensión concreta y la renuncia es abdicar del derecho en que se funde la instancia.

Pepitoide

• 25/05/2009 12:31:00.
Mensajes: 81
• Desde: Sevilla.
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Diferencia desistimiento y renuncia

Si renuncias ya no podras ejercitar el derecho q te asistia en ese procedimiento nunca mas, o al menos por el mismo hecho causante. Si desistes simplemente dejas q el procedimiento siga su rumbo sin ti, osea q en la mayoria de los casos el procedimiento caducara. Al desistir no estas renunciando a tu derecho y por tanto aunq el procedimiento haya caducado lo puedes iniciar otra vez si aun no ha prescrito tu derecho.

Ejemplo:
Aparcas el coche al lado de delegacion de gobierno para echar tu instancia y un pintor q pintaba la fachada te tira un bote de pintura encima del coche. Imagina q tienes 5 años para reclamar, y si no has hecho nada en esos 5 años tu derecho prescribe y no podras reclamar por ese hecho nunca. Como estas muy cabreada reclamas en el momento inicial, iniciando un procedimiento, pero el procedimiento se alarga y cuando te requieren para hacer algo importante en el resulta q te pilla en pleno lio del 1er examen de estado, con lo cual pasas del tema y se te entendera como desistida. Poco despues el procedimiento q iniciaste caduca y para reclamar debes iniciarlo de nuevo. Al cabo de un tiempo resulta q apruebas, haces el segundo examen y despues como estas mas tranquila vuelves a iniciar el procedimiento. Puedes iniciarlo cuantas veces quieres siempre q estes dentro del plazo de prescripcion. En pleno lio de tramitacion del procedimiento resulta q compruebas q has aprobado tu oposicion, te dan plaza, tomas posesion y estan tan ilusionada y alegre q lo del coche ya no te importa, de hecho si no llega a ser por ese dia en el q echaste tu solicitud no tendrias ahora un trabajo como el q tienes... asi q en pleno apogeo de tu felicidad decides q no vas a reclamar por lo q sucedio nunca mas, de modo q RENUNCIAS.
Ahora imagina q siendo funcionaria la cagas (pero bien cadada) y te cesan, y por el mosqueo q tienes dices:"pues ahora me vais a pagar lo que me hicisteis en el coche", y pretendes iniciar el procedimiento (pq todo ha sucedido en pocos años y aun estas dentro de aquellos 5 años de prerscripcion) para reclamar otra vez cuando: Oh, sorpresa!, renunciaste en su dia y ahora no puedes reclamar.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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