¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado



709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

kingkahn

• 29/07/2009 12:29:00.
Mensajes: 18
• Registrado: abril 2009.

Duda servicios especiales y personal eventual

A ver si alguien me puede confirmar lo siguiente:

1- El personal eventual es un tipo de servicio especial.

2- El personal eventual está incluido en el ámbito de aplicación del EBEP, pero el resto de personal en servicios especiales tiene legislación específica propia.

3- Ambos están cubiertos por el MUFACE.

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

fuenpm

Step by step!!

• 29/07/2009 13:56:00.
Mensajes: 58
• Registrado: mayo 2009.

RE:Duda servicios especiales y personal eventual

1.-El personal eventual no puede ser un tipo de servicio especial, ya que los servicios especiales son situaciones en la que son declarados los funcionarios de carrera en diversos supuestos, y el personal eventual no tiene porque ser funcionario de carrera, piensa que es de libre desiganción y con carácter no permante.

fuenpm

Step by step!!

• 29/07/2009 14:05:00.
Mensajes: 58
• Registrado: mayo 2009.

RE:Duda servicios especiales y personal eventual

2.- Al personal eventual le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen de los funcionarios de carrera. En el resto serán de aplicación las leyes de función pública que se dicten en desarrollo del Estatuto.

La declaración de servicios especiales procederá en todo caso en los supuestos que se determinen en el estatuto y en las leyes de función pública que se dicten en desarrollo de este. Tendrán los derechos que cada administración pública pueda establecer en función del cargo que origine dicha situación.

fuenpm

Step by step!!

• 29/07/2009 14:14:00.
Mensajes: 58
• Registrado: mayo 2009.

RE:Duda servicios especiales y personal eventual

3.-Los funcionarios de carrera en situación de servicios especiales estan cubiertos por la MUFACE, salvo si ejercitan el derecho de transferencia al régimen especial del puesto que ocupa en esa situación (p.eje: Transferencias a regimenes especiales de los funcionarios de las Comunidades Europeas, organizaciones internacionales)

Entiendo que el personal eventual al no ser funcionario no estará cubierto por la MUFACE, sino por el régimen especial que le sea de aplicación según el puesto que desarrolle.

Espero haberte aclarado las preguntas!

SAludos!

kingkahn

• 29/07/2009 16:53:00.
Mensajes: 18
• Registrado: abril 2009.

RE:Duda servicios especiales y personal eventual

Gracias fuenpm.

Entiendo que se pueden dar dos situaciones. Que el personal eventual sea elegido entre funcionarios de carrera, en cuyo caso pasarían a servicio especial según el art. 87.1.i) y le afectaría el EBEP y el MUFACE. O que sea elegido entre personal no funcionario, que sería como comentas. ¿Estoy en lo correcto?

Un saludo!

fuenpm

Step by step!!

• 29/07/2009 18:12:00.
Mensajes: 58
• Registrado: mayo 2009.

RE:Duda servicios especiales y personal eventual

supongo que ,podría darse el caso, aunque no se me ocurre ninguno, pero no computaría el tiempo de permanencía, para la promoción profesional, cosa que si es funcionario de carrera y se declara en situación especial si se le computará el tiempo a efectos de ascensos, trienios, promo interna, etc.
Creo que queda como en situación de excedencia o algo así para esos casos, la verdad no estoy segura, a ver si lo averigüo con certeza y te digo algo.

Saludos!!


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición