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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 13/08/2009 15:51:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: noviembre 2008.
¿Es recurrible la adopción de medidas provisionales? Tengo un resumen que dice que sí pero en la ley no lo encuentro. Gracias
• 13/08/2009 18:46:00.
• Mensajes: 64
• Registrado: mayo 2008.
Si se puede recurrir.
Artículo 72.2
[--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t6.html#a72--]
Saludos!
• 13/08/2009 20:01:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: noviembre 2008.
::: --> Editado el dia : 13/08/2009 20:01:10
::: --> Motivo :
Gracias ibel4 pero ahí no dice que se puedan recurrir:
Artículo 72. Medidas provisionales. Redacción según Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, el órgano competente, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar las medidas correspondientes en los supuestos previstos expresamente por una norma de rango de Ley. Las medidas provisionales deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda.
En todo caso, dichas medidas quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas.
• 14/08/2009 16:41:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: septiembre 2008.
También opino, de que no se pueden recurrir.
• 14/08/2009 18:23:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: noviembre 2008.
Imagino qabrá que suponerlo así,
Gracias
• 14/08/2009 21:39:00.
• Mensajes: 64
• Registrado: mayo 2008.
A 72.2. Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, el órgano competente, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar las medidas correspondientes en los supuestos previstos expresamente por una norma de rango de Ley. Las medidas provisionales deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda.
Como dice Drusila, se pueden recurrir en el acuerdo de iniciación.
Saludos!
• 15/08/2009 0:09:00.
• Mensajes: 64
• Registrado: mayo 2008.
Pues si me preguntan ésto en el examen...creo que me la dejaré en blanco XD
• 15/08/2009 8:02:00.
• Mensajes: 114
• Registrado: abril 2006.
Lo que es recurrible es el propio acuerdo de iniciación, contenga medidas provisionales o no. Entonces a la pregunta de si son recurribles las medias provisionales...es que no creo que hagan esa pregunta. En todo caso preguntarán: ¿Es recurrible el acuerdo de iniciación de un proc. adtvo.?
• 15/08/2009 10:25:00.
• Mensajes: 114
• Registrado: abril 2006.
¿Y es posible que un acuerdo de iniciación NO SEA UN ACTO DE TRAMITE?
• 15/08/2009 10:38:00.
• Mensajes: 114
• Registrado: abril 2006.
He encontrado este hilo del 2006 hablando de los mismo
[--https://www.buscaoposiciones.com/red/foro/mensaje2.asp?idtitu=19&id=2246246--]
• 15/08/2009 10:47:00.
• Mensajes: 114
• Registrado: abril 2006.
Ja ja...sobre todo a los que llevamos despiertos desde las 7...:P