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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

pami77

• 15/08/2009 19:17:00.
Mensajes: 7
• Registrado: octubre 2008.

duda ebep

las retribuciones básicas estaran integradas ùnica y exclusivamente
a) sueldo trienios y pagas extraordinarias
b) sueldo y trienios exclusivamente
c) sueldo
d) sueldo trienios y complemento de destino

me da como correcta la b, yo pense que sería la a

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

tonuez

Wiki!

• 15/08/2009 19:19:00.
Mensajes: 26
• Registrado: julio 2009.

RE:duda ebep

Hola Segun EBEP (aun no está en vigor) es sueldo y trienos.

Con la Legislación que está en vigor el Real Decreto, pues sería la a.


Todo sería si preguntan "Segun EBEP..." o "En la actualidad..." Tendrían que espicificar, sino anulación al canto.

Un saludo.

pami77

• 15/08/2009 19:23:00.
Mensajes: 7
• Registrado: octubre 2008.

RE:duda ebep

muchas gracias que rapidez

Pablo1974

Con constancia se consigue.

• 15/08/2009 20:51:00.
Mensajes: 2
• Registrado: julio 2009.

RE:duda ebep

El artículo 22 del EBEP dice que las retribuciones básicas son el sueldo, los trienios y las pagas extraordinarias.

tonuez

Wiki!

• 15/08/2009 20:57:00.
Mensajes: 26
• Registrado: julio 2009.

RE:duda ebep

::: --> Editado el dia : 15/08/2009 20:57:45
::: --> Motivo :

" Artículo 22. Retribuciones de los funcionarios.

1. Las retribuciones de los funcionarios de carrera se clasifican en básicas y complementarias.

2. Las retribuciones básicas son las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias.

3. Las retribuciones complementarias son las que retribuyen las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario.

4. Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, salvo aquéllas a las que se refieren los apartados c) y d) del artículo 24.

5. No podrá percibirse participación en tributos o en cualquier otro ingreso de las Administraciones Públicas como contraprestación de cualquier servicio, participación o premio en multas impuestas, aún cuando estuviesen normativamente atribuidas a los servicios.



Artículo 23. Retribuciones básicas.

Las retribuciones básicas, que se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estarán integradas única y exclusivamente por:

a) El sueldo asignado a cada Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo.

b) Los trienios, que consisten en una cantidad, que será igual para cada Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, por cada tres años de servicio. "


Dice trienios de las pagas extraordinarias. Así como en el punto 4. habla de que las pagas extraordinarias que la componen las retribuciones básicas (...) Y el articulo 23 lo deja más claro.

Saludos


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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