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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
710.543 mensajes • 396.152 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 10/09/2009 13:57:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2006.
Hola,
Sobre este tema se habló mil veces pero no encontré nada de este año. Mi pregunta es la siguiente:
En el año 2005 preguntaron: ¿En qué situación administrativa se encontrará un funcionario que haya sido nombrado Subdirecto General? Dando como respuesta correcta Servicio activo.
A día de hoy valdría esa respuesta? Yo creo que si basándome en el art 87.1.a del ebep:
a) Cuando sean designados miembros del Gobierno o de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, miembros de las Instituciones de la Unión Europea o de las Organizaciones Internacionales, o sean nombrados ALTOS CARGOS de las citadas Administraciones Públicas o Instituciones
Donde indica que se les nombra servicios especiales solo a los altos cargos, sin embargo en el RD Real Decreto 617/1997, de 25 de abril, dice que a los subdelegados del gobierno (con categoría de subdirector) les corresponderia estar en servicios especiales.
Me gustaría saber vuestra opinión. Gracias
• 10/09/2009 14:28:00.
• Mensajes: 6
• Desde: San Fernando.
• Registrado: mayo 2006.
Yo sigo entendiendo que se encontraría en servicio especiales, ya que el art. 6.5 de la LOFAGE establece que los órganos superiores y directivos tienen además la condición de Alto Cargo, EXCEPTO los Subdirectores generales y asimilados.
En principio, al no estar derogada esta ley no se hallaría en servicio activo sino en servicios especiales.
• 10/09/2009 15:01:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2006.
Yo en un principio pienso lo mismo, aunque no lo tengo claro del todo
• 10/09/2009 23:44:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: septiembre 2009.
Yo en mis apuntes tengo esto:
-Ministros
-Secretarios de Estado
-Subsecretarios
-Secretarios Generales
-Secretarios Generales Técnicos
-Directores generales
TODOS ELLOS SERVICIOS ESPECIALES
-Subdirectores Generales
SERVICIO ACTIVO
-Delegados de Gobierno
SERVICIOS ESPECIALES
-Subdelegados de Gobierno
-Directores Insulares
AMBOS OPCIONAL ENTRE SERVICIOS ESPECIALES Y SERVICIO ACTIVO
• 11/09/2009 0:39:00.
• Mensajes: 2
• Desde: Barrios (Los).
• Registrado: julio 2009.
Tengo que hacer una aclaración, según LOFAGE Subdirector General y órganos similares no son ALTOS CARGOS, sólo son ALTOS CARGOS desde el Ministro hasta el Director General.
• 11/09/2009 8:53:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2006.
Yo lo que creo después de andar dándole vueltas es:
Subdirector: servicio activo (puesto que el ebep dice que servicios especiales solo los altos cargos y como dice julu, el subdirector no lo es)
Subdelegado: Servicios especiales, según art 3 Real Decreto 617/1997, de 25 de abril
Director insular: Servicio activo segun art 8 Real Decreto 617/1997, de 25 de abril
Lo interesante sería saber si el artículo 87.1.a del ebep que es de 2007 deroga lo de los subdelegados del real decreto del 1997
• 11/09/2009 13:58:00.
• Mensajes: 6
• Desde: San Fernando.
• Registrado: mayo 2006.
Perdona pero me equivoqué al dar la respuesta. Quería decir que se encontraría en servicio activos; los que se encontrarían en servicios especiales son los altos cargos.
La respuesta más correcta creo que es la de la Condesita.