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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
710.543 mensajes • 396.152 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 16/12/2009 0:46:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: noviembre 2009.
::: --> Editado el dia : 16/12/2009 1:02:14
::: --> Motivo :
La pregunta 19 está bien, yo sabía que no iban a anular y muchos menos a rectificar. No gastéis fuerzas en volver a solicitar nada con la pregunta, porque no van a mover un dedo. Y no tiene nada que ver el Tratado de Lisboa. Incluso antes del Tratado de Lisboa participan Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea y Comisión Europea. Y en cuanto a lo de "institución" también es cierto porque la pregunta no hace referencia a "instituciones de la Unión Europea", sólo “instituciones”, leed bien.
Ahora todo el mundo que puso la B, aunque no tenga idea, quieren reclamarla, todos se quieren subir al carro, pero sinceramente, emplead el tiempo en estudiaros bien el tema de la Unión Europea, para no volver a meter la pata, con una pregunta tan clara como esta.
No hace falta que me argumentéis nada, que yo tengo bien clarita la pregunta y su respuesta. Ah, y la comisión también.
No hay peor ciego que el que no quiere ver.
• 16/12/2009 0:52:00.
• Mensajes: 135
• Desde: Valencia.
• Registrado: noviembre 2008.
Y tu como lo llevas lo de excel-word? hiciste los simulacros de simulcrews? Son muy muy buenos- En vez de perder tiempo escribiendo ese post, deberías estudiar para asegurarte una plaza.
Yo puse la b, porque creo que es la b, y como puse en un post no voy a interponer un recurso de alzada. Y no he aprobado la primera parte.
Suerte-
• 16/12/2009 0:56:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: noviembre 2009.
::: --> Editado el dia : 16/12/2009 1:03:16
::: --> Motivo :
Yo tampoco he aprobado, pero me indigna que los de la B, siempre anden con lo mismo y aunque se les diga que en la pregunta no pone por ningún lado Instituciones DE LA UNIÓN EUROPEA, siguen diciendo que el Consejo Europeo, no era una institución de LA UNIÓN EUROPEA, antes del tratado de Lisboa. Parece que no saben leer, y tenía que decirlo.
Pues ya que eres tan lista y estás tan segura de lo que dices, dinos por favor a los borregos como nosotros donde figura que el Consejo Europeo participa en el nombramiento del Presidente, porque el profesor que nos da clase de derecho dice todo lo contrario y es él el nos ha preparado el recurso de alzada para que recurramos, aunque a lo mejor y aunque lleva más de 20 años dando clase de esto a los opositores es otro borrego más y él no lo sabe. Así que por favor, si eres tan amable dinos donde viene, porque ni el Tratado de la Unión ni en el Reglamento del Parlamento Europeo del pasado mes de Julio aparece. Ten ese detalle con estos pobres borregos anda.
• 16/12/2009 15:30:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Aquí hay otro recurso contra la 19 es decir para que se modifique.
Enviar por fax al nº 912739105
por e-mail escaneado a la dirección: direccion@inap.es
y presentar por registro de entrada(lo primero para que el fax y el e-mail lleven el sello)
suerte a todos
A la DIRECTORA DEL
INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
D. ……………………………………., DNI ……………………………… y con domicilio que designo a efectos de notificaciones en ………………………, ante usted comparece y atentamente
E X P O N E
Que actualmente participo como opositor en las pruebas selectivas para ingreso libre al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado convocada por Orden PRE/1260/2009, de 11 de mayo. En el curso de este proceso selectivo y habiéndose celebrado el primer ejercicio el 27 de spetiembre de 2009 –en el que he participado- ha sido dictada la Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Comisión Permanente de Selección, por la que se aprueba la relación de opositores que han superado el primer ejercicio de estas pruebas selectivas y, no estando conforme con dicha Resolución, por la presente interpongo contra la misma RECURSO DE ALZADA que fundamento en el siguiente pliego de
A L E G A C I O N E S
PRIMERA: Según información que he obtenido, no se sido incluido en la lista de aprobados únicamente a falta de una respuesta correcta más.
SEGUNDA: De las preguntas del examen, se centra el presente recurso en la pregunta 19, que enunciaba lo siguiente:
19.- ¿Qué instituciones participan en el nombramiento del Presidente de la Comisión Europea?.
El Consejo Europeo y el Consejo de la Unión Europea.
El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento.
El Consejo de la Unión Europea, el Parlamento y el Tribunal de Justicia.
El Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento.
En la corrección de esta pregunta, se ha considerado como respuesta correcta la “d” (según consta en la plantilla definitiva hecha pública en internet).
SEGUNDA: Entiendo que la respuesta que se ha considerado correcta es, en cambio, errónea. El planteamiento de la pregunta dice “¿Qué instituciones europeas …”, luego no puede ser correcta ninguna respuesta que incluya el Consejo Europeo toda vez que, en la fecha en que se celebró el examen -27/09/2009- el Consejo Europeo no era “institución europea”.
El Consejo Europeo no era institución europea en la fecha de examen, habida cuenta las siguientes consideraciones:
I.- El art. 7.1 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE), en la redacción vigente el día de examen, indicaba:
“1. La realización de las funciones asignadas a la Comunidad corresponderá a:
— un PARLAMENTO EUROPEO,
— un CONSEJO,
— una COMISIÓN,
— un TRIBUNAL DE JUSTICIA,
— un TRIBUNAL DE CUENTAS.
Cada institución actuará dentro de los límites de las competencias atribuidas por el presente Tratado”.
En esta lista legal de instituciones no se incluye el Consejo Europeo.
II.- El mismo Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en su Quinta Parte (epígrafe: “Disposiciones Institucionales”), Capítulo I epigrafiado con la expresión “Instituciones”, recoge a continuación regulación jurídica referida a las “Instituciones”. Dicha regulación se distribuye en las siguientes Secciones:
Sección primera. El Parlamento Europeo
Sección segunda. El Consejo
Sección tercera. La Comisión
Sección cuarta. El Tribunal de Justicia.
Sección quinta. El Tribunal de Cuentas.
Como se observa, no se incluye en este Capítulo de “Instituciones” mención alguna al Consejo Europeo, que no es institución comunitaria europea.
III.- Es esta también la opinión del propio Parlamento Europeo. En efecto, el Parlamento Europeo ha elaborado su informe de 29 de enero de 2008 sobre el Tratado de Lisboa (informe (2007/2286(INI)), Comisión de Asuntos Constitucionales, recogiendo en su apartado II las aportaciones del Tratado de Lisboa a los Tratados vigentes. En este informe indica el Parlamento Europeo que una de las novedades que introduce el Tratado de Lisboa es que “El Consejo Europeo es reconocido como institución autónoma” (apartado II.6.2, inicio del párrafo único). Que es el propio Tratado de Lisboa en su artículo 13 y con fecha de entrada en vigor el 01/12/2009 reconoce al Consejo Europeo como institución, es decir, después de la fecha del examen, con lo que queda demostrado fehacientemente que a la fecha de examen el Consejo Europeo no era considerada como una institución comunitaria.
TERCERA: Teniendo en consideración que el Consejo Europeo no es institución europea no son válidas las respuestas “a” ni “d”.
Tampoco es válida la respuesta “c” pues en el nombramiento del Presidente de la Comisión Europea no participa el Tribunal de Justicia, según se deduce del art. 214 TCE, vigente en la fecha del examen:
“2. El Consejo, reunido en su formación de Jefes de Estado o de Gobierno y por mayoría cualificada, designará a la personalidad a la que se proponga nombrar Presidente de la Comisión; el Parlamento Europeo deberá aprobar dicha designación.
El Consejo, por mayoría cualificada y de común acuerdo con el Presidente designado, adoptará la lista de las demás personalidades a las que se proponga nombrar miembros de la Comisión, establecida de conformidad con las propuestas presentadas por cada Estado miembro.
El Presidente y los demás miembros de la Comisión designados de este modo se someterán
colegiadamente al voto de aprobación del Parlamento Europeo. Una vez obtenida la aprobación del Parlamento Europeo, el Presidente y los demás miembros de la Comisión serán nombrados por el Consejo por mayoría cualificada.”
CUARTA: En cambio, la respuesta que sí que es válida es la respuesta “b”, pues participan el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo, como resulta del transcrito art. 214.2 TCE.
Por lo anterior:
S O L I C I T O: Que teniendo por presentado esta recurso de alzada lo admita y modifique la lista de aprobados teniendo en cuenta que en la pregunta 19 la respuesta correcta es la “b”, que es la que indiqué en el examen, incluyéndome así en la lista de aprobados.
En ..................................................., a ……………. de diciembre de 2009.
SRA. DIRECOTRA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
• 16/12/2009 15:41:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: junio 2008.
La pregunta no se refiere a "Instituciones Europeas", sino a "Instituciones en general". No sé dónde habeis leido INSTITUCIONES EUROPEAS, pero da igual...
Ya lo han explicado mogollón de veces macho. Si lo quereis enfocar por ahi, mi consejo es que no gasteis tiempo entonces en pedir recurso de alzada, porque no hay razón para dar por erronea una pregunta cuando está más que claro lo que se pregunta.
El "europeas" sólo lo veis vosotros y no sirve de nada que os diga que son instituciones en general.
Habeis mezclado peras con merinas y de eso los demás no tenemos la culpa.
• 16/12/2009 15:45:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Rous me gusta el Recurso, pero creo que hay que tener en cuenta que el Consejo Europeo no participa en el Nombramiento del Presidente.
Esto me ha contestado la UE ( resumo )
"En respuesta a su mensaje relativo al nombramiento del Presidente de la Comisión Europea, nos gustaría informarle de que efectivamente el Consejo Europeo, no era una institución bajo los Tratados de Niza. Se convierte en una institución sólo con el Tratado de Lisboa, mientras que el Consejo de la Unión Europea (también llamado Consejo de Ministros o Consejo, sí es una institución)."
Por lo que queda claro que no es una institución a fecha de examen y la respuesta no es correcta
El Consejo, reunido en su formación de Jefes de Estado o de Gobierno y por mayoría cualificada, designará a la personalidad a la que se proponga nombrar Presidente de la Comisión; el Parlamento Europeo deberá aprobar dicha designación.
El Consejo, por mayoría cualificada y de común acuerdo con el Presidente designado, adoptará la lista de las demás personalidades a las que se proponga nombrar miembros de la Comisión, establecida de conformidad con las propuestas presentadas por cada Estado miembro.
El Presidente y los demás miembros de la Comisión designados de este modo se someterán
colegiadamente al voto de aprobación del Parlamento Europeo. Una vez obtenida la aprobación del Parlamento Europeo, el Presidente y los demás miembros de la Comisión serán nombrados por el Consejo por mayoría cualificada.”
la UE me ha contestado "El Consejo en su formación de jefes de Estado y de gobierno es el Consejo de la Unión Europea (y es una Institución Comunitaria) bajo los tratados de Niza".
Queda clarísimo que el Consejo Europeo no participa en el Nombramiento
• 16/12/2009 15:50:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Por cierto mi pregunta a la UE fue ¿ Que instituciones participan en el Nombramiento del Presidente de la Comisión Europea antes de entrar en vigor el Tratado de Lisboa ?, también les dije cual era para mi la respuesta correcta y la que daba por buena el tribunal y me contestó de entrada.
En respuesta a su mensaje relativo al nombramiento del Presidente de la Comisión Europea, nos gustaría informarle de que efectivamente el Consejo Europeo, no era una institución bajo los Tratados de Niza. Se convierte en una institución sólo con el Tratado de Lisboa, mientras que el Consejo de la Unión Europea (también llamado Consejo de Ministros o Consejo, sí es una institución). La diferencia entre ambos consejos era la siguiente:
-El Consejo, reunido en su composición de Jefes de Estado o de Gobierno, es una institución que discute temas de especial importancia, tales como la adopción del euro por un Estado miembro o de la designación del Presidente de la Comisión. En este caso, los Jefes de Estado o de Gobierno, actúan como un órgano de decisión.
A título de ejemplo, véase por favor la siguiente nota de prensa, donde los Jefes de Estado y de Gobierno, se reúnen a nivel de Consejo para nombrar al presidente de la Comisión Europea:
[--http://www.consilium.europa.eu/ueDocs/cms_Data/doc.../misc/81278.pdf--]
-El Consejo Europeo, consiste en reuniones periódicas de los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros de la Unión. Su función es proporcionar a la Unión Europea el impulso necesario para su desarrollo, y definir las orientaciones políticas generales (artículo 4 del Tratado de la Unión Europea). No promulga leyes y no era una institución con los tratados anteriores.
Por favor, tenga en cuenta que el Tratado de Lisboa elimina este riesgo de confusión y hace una clara distinción entre el Consejo Europeo y el Consejo de Ministros:
• El Consejo Europeo, que estará compuesto por los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros y se convertirá en una institución oficial de la Unión
• El Consejo de Ministros, que estará compuesto de representantes de los Estados miembros a nivel ministerial (y que seguirá siendo una institución oficial de la UE).
El Consejo en su formación de jefes de Estado y de gobierno es el Consejo de la Unión Europea (y es una Institución Comunitaria) bajo los tratados de Niza.
• 16/12/2009 15:53:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: febrero 2009.
Entonces como queda el escrito??
• 16/12/2009 15:55:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Rous terminamos el escrito
• 16/12/2009 15:57:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Podeis añadir algo si quereis. Las respuestas que os han dado en la UE las podeis incluir con OTROSI, despues de las alegaciones. Lo importante es hacerlo lo antes posible para que de tiempo a modificar las listas de aprobados.
• 16/12/2009 16:23:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: noviembre 2008.
Si sacamos del contexto de la pregunta el término "instituciones" deberemos hacer lo mismo al hablar de "Parlamento"; en ese caso ninguna respuesta sería válida. La pregunta es mucho más compleja que éso. Podían haber dicho: "Qué organismos participan...", o "...después del Tratado de Lisboa". Van a tener que justificarlo muy bien para, cómo mínimo, no anularla, aunque yo veo claro que es la opción b, y voy a recurrir porque tengo derecho a hacerlo.
• 16/12/2009 16:31:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
El parlamento europeo es una institucion regulada en el articulo 7 del tratado constitutivo de la union europea. Es decir que instituciones participan: El parlamento y el consejo de la union europea. Es así porque lo dice el tratado no nos lo estamos inventando
• 16/12/2009 16:58:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
he encontrado algo importante de información
Esta clarificación resulta necesaria, ya que la práctica institucional ha provocado cierta confusión en los ciudadanos. En efecto, el Consejo de la Unión Europea (llamado a menudo «Consejo de Ministros») reúne normalmente a los representantes de los Estados miembros de rango ministerial, pero puede también reunirse a nivel de Jefes de Estado o de Gobierno para pronunciarse sobre cuestiones de especial importancia, por ejemplo la adopción del euro por un Estado miembro. Cuando el Consejo de la Unión Europea se reúne a ese nivel, puede ser confundido con el Consejo Europeo .
Ahí está la cuestión
• 16/12/2009 19:30:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Ultimisima version y esta si a presentarla. Modificado en MAYUSCULAS
A la DIRECTORA DEL
INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
D. ……………………………………., DNI ……………………………… y con domicilio que designo a efectos de notificaciones en ………………………, ante usted comparece y atentamente
E X P O N E
Que actualmente participo como opositor en las pruebas selectivas para ingreso libre al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado convocada por Orden PRE/1260/2009, de 11 de mayo. En el curso de este proceso selectivo y habiéndose celebrado el primer ejercicio el 27 de spetiembre de 2009 –en el que he participado- ha sido dictada la Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Comisión Permanente de Selección, por la que se aprueba la relación de opositores que han superado el primer ejercicio de estas pruebas selectivas y, no estando conforme con dicha Resolución, por la presente interpongo contra la misma RECURSO DE ALZADA que fundamento en el siguiente pliego de
A L E G A C I O N E S
PRIMERA: Según información que he obtenido, no se sido incluido en la lista de aprobados únicamente a falta de una respuesta correcta más.
SEGUNDA: De las preguntas del examen, se centra el presente recurso en la pregunta 19, que enunciaba lo siguiente:
19.- ¿Qué instituciones participan en el nombramiento del Presidente de la Comisión Europea?.
El Consejo Europeo y el Consejo de la Unión Europea.
El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento.
El Consejo de la Unión Europea, el Parlamento y el Tribunal de Justicia.
El Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento.
En la corrección de esta pregunta, se ha considerado como respuesta correcta la “d” (según consta en la plantilla definitiva hecha pública en internet).
SEGUNDA: Entiendo que la respuesta que se ha considerado correcta es, en cambio, errónea. El planteamiento de la pregunta dice “¿Qué instituciones europeas …”, luego no puede ser correcta ninguna respuesta que incluya el Consejo Europeo toda vez que, en la fecha en que se celebró el examen -27/09/2009- el Consejo Europeo no era “institución europea”
El Consejo Europeo no era institución europea en la fecha de examen, habida cuenta las siguientes consideraciones:
I.- El art. 7.1 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE), en la redacción vigente el día de examen, indicaba:
“1. La realización de las funciones asignadas a la Comunidad corresponderá a:
— un PARLAMENTO EUROPEO,
— un CONSEJO,
— una COMISIÓN,
— un TRIBUNAL DE JUSTICIA,
— un TRIBUNAL DE CUENTAS.
Cada institución actuará dentro de los límites de las competencias atribuidas por el presente Tratado”.
En esta lista legal de instituciones no se incluye el Consejo Europeo.
II.- El mismo Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en su Quinta Parte (epígrafe: “Disposiciones Institucionales”), Capítulo I epigrafiado con la expresión “Instituciones”, recoge a continuación regulación jurídica referida a las “Instituciones”. Dicha regulación se distribuye en las siguientes Secciones:
Sección primera. El Parlamento Europeo
Sección segunda. El Consejo
Sección tercera. La Comisión
Sección cuarta. El Tribunal de Justicia.
Sección quinta. El Tribunal de Cuentas.
Como se observa, no se incluye en este Capítulo de “Instituciones” mención alguna al Consejo Europeo, que no es institución comunitaria europea.
III.- Es esta también la opinión del propio Parlamento Europeo. En efecto, el Parlamento Europeo ha elaborado su informe de 29 de enero de 2008 sobre el Tratado de Lisboa (informe (2007/2286(INI)), Comisión de Asuntos Constitucionales, recogiendo en su apartado II las aportaciones del Tratado de Lisboa a los Tratados vigentes. En este informe indica el Parlamento Europeo que una de las novedades que introduce el Tratado de Lisboa es que “El Consejo Europeo es reconocido como institución autónoma” (apartado II.6.2, inicio del párrafo único). Que es el propio Tratado de Lisboa en su artículo 13 y con fecha de entrada en vigor el 01/12/2009 el reconoce al Consejo Europeo como institución, es decir, después de la fecha del examen, con lo que queda demostrado fehacientemente que a la fecha de examen el Consejo Europeo no era considerada como una institución comunitaria.
TERCERA: Teniendo en consideración que el Consejo Europeo no es institución europea NI PARTICIPA EN EL NOMBRAMIENTO no son válidas las respuestas “a” ni “d”.
Tampoco es válida la respuesta “c” pues en el nombramiento del Presidente de la Comisión Europea no participa el Tribunal de Justicia, según se deduce del art. 214 TCE, vigente en la fecha del examen:
“2. El Consejo, reunido en su formación de Jefes de Estado o de Gobierno y por mayoría cualificada, designará a la personalidad a la que se proponga nombrar Presidente de la Comisión; el Parlamento Europeo deberá aprobar dicha designación.
El Consejo, por mayoría cualificada y de común acuerdo con el Presidente designado, adoptará la lista de las demás personalidades a las que se proponga nombrar miembros de la Comisión, establecida de conformidad con las propuestas presentadas por cada Estado miembro.
El Presidente y los demás miembros de la Comisión designados de este modo se someterán
colegiadamente al voto de aprobación del Parlamento Europeo. Una vez obtenida la aprobación del Parlamento Europeo, el Presidente y los demás miembros de la Comisión serán nombrados por el Consejo por mayoría cualificada.”
CUARTA: En cambio, la respuesta que sí que es válida es la respuesta “b”, pues participan el CONSEJO y el Parlamento Europeo, como resulta del transcrito art. 214.2 TCE.
Por lo anterior:
S O L I C I T O: Que teniendo por presentado esta recurso de alzada lo admita y modifique la lista de aprobados teniendo en cuenta que en la pregunta 19 la respuesta correcta es la “b”, que es la que indiqué en el examen, incluyéndome así en la lista de aprobados.
En ..................................................., a ……………. de diciembre de 2009.
SRA. DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
• 16/12/2009 19:33:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
::: --> Editado el dia : 16/12/2009 19:33:44
::: --> Motivo :
Rous estoy contigo que es la B
Os dejo una explicación de un profesional en oposiciones, por supuesto opina que es la B la respuesta correcta
1º Consejo de la unión europea y Consejo son dos formas de denominar a una misma institución.
2ºEn el CUE aparece con el Tratado de Niza una nueva formación (jefes de Estado/Gobienro) aúnque no aparecerá regulada hasta el Tratado de Niza
3ºPara poder llamar a esta nueva formación Consejo Europeo tendría que formar parte de ella el Presidente de la Comisión (El Consejo Europeo está integrado por el Presidente de la Comisión y los Jefes...)
Es más en el foro aparece la respuesta dada por la Unión Europea en la que nos indica que según los Tratados que antes estaban en vigor sería:
A-El Consejo, reunido en su composición de Jefes de Estado o de Gobierno, es una institución que discute temas de especial importancia, tales como la adopción del euro por un Estado miembro o de la designación del Presidente de la Comisión. En este caso, los Jefes de Estado o de Gobierno, actúan como un órgano de decisión
B.-El Consejo de Ministros, que estará compuesto de representantes de los Estados miembros a nivel ministerial (y que seguirá siendo una institución oficial de la UE).
El Consejo en su formación de jefes de Estado y de gobierno es el Consejo de la Unión Europea (y es una Institución Comunitaria) bajo los tratados actualmente en vigor
Ya tenemos documentación suficiente para el recurso, muchas gracias rous, el que nos presentas es muy bueno.
• 17/12/2009 10:00:00.
• Mensajes: 68
• Registrado: agosto 2009.
LA PRESIDENCIA
La Convención no propone cambiar el método de designación del Presidente, pero indica claramente que, el Consejo Europeo, al proponer al Parlamento Europeo un candidato al cargo de Presidente de la Comisión, tendrá en cuenta el resultado de las elecciones al Parlamento Europeo. Este cambio aumenta indirectamente la importancia del Parlamento y refuerza la apuesta política relacionada con las elecciones europeas.
[--http://europa.eu/scadplus/european_convention/commission_es.htm--]
¿Y esto? No se deduce de "no propone cambiar el método de designación del Presidente" y de "indica claramente que, el Consejo Europeo, al proponer al Parlamento Europeo un candidato", que es y era el Consejo Europeo el que designaba al candidato? Sí, el tratado pone "el Consejo en su formación...bla, bla, bla. Pero es que la distinción entre uno y otro no parece que esté clara en muchas ocasiones... Y que no sólo los ciudadanos se confunden, también los que redactan los textos informativos en las páginas de la Unión patinan algo y me imagino que estarán bien informados.