Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.730 mensajes • 396.088 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Si en esta semana no hacen nada,
¿se supone que ya se puede ir al contencioso? Lo digo xq si tienen 3 meses para responder, en esos 3 meses ya se puede haber resuelto la oposición.
¿habeis llamado a algún sitio para preguntar por el recurso de alzada?
¿qué pensais hacer a partir de ahora? Yo voy a ir al sindicato.
• 19/01/2010 20:54:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Pues algo si que hay que hacer, si nos quedamos parados viendo como pasa el tiempo puede acabar en silencio administrativo, yo voto por regoger firmas para que no haya silencio administrativo e indiquen si rectifican o si se mantienen en la D, explicando los motivos y documentando los mismos.
Espero opiniones......
• 19/01/2010 20:59:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Si dejamos pasar el tiempo se va a resolver el proceso selectivo, hay gente que va a Madrid que tienen la 19 D y con una nota entre 39-40 y si la 19 es la B como se viene demostrando, muchos injustamente nos hemos quedado fuera después de meses y meses de estudio , academia, etc y en nuestro lugar van los de la D con nota entre 39-40.
Justicia¡¡¡¡¡¡
Acción ya¡¡¡¡¡¡
• 19/01/2010 21:01:00.
• Mensajes: 285
• Registrado: noviembre 2007.
Esto ya sí que lo digo de forma completamente neutral y aséptica.
Si no me equivoco, que también puede ser, hay que esperar sí o sí a que haya resolución para ir al contencioso. Y tiene sentido. Si no hay resolución expresa, antes hay que esperar a que se produzca la misma por silencio administrativo.
¿No?
• 19/01/2010 21:13:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: mayo 2009.
Al día siguiente de cumplirse el plazo de 3 meses, los efectos del silencio administrativo se producen. Y por tanto, quien quiera puede interponer recurso contencioso-admvo ante el Tribunal competente, señalándose juicio, si se acepta a trámite, para más o menos marzo, abril o mayo de 2011.
No obstante, la Administración puede contestar en cualquier momento, y como el efecto es negativo, no está sujeto a él, y podrá resolver a vuestro favor o en vuestra contra.
En el caso de que os diera la razón, os citaría para hacer un examen a aquellos que se le hubiera estimado su pretensión.
• 20/01/2010 12:11:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: diciembre 2009.
Estoy un poco despistada pues estoy metida en otra oposición ahora mismo, así que perdonen si a lo mejor digo alguna burrada. Si hay cambio de respuesta ¿no afectaría a todos los que hemos hecho el examen?. El hecho de que algunos no se hayan personado como interesados en el procedimiento no significa que no se puedan ver afectados por la resolución ¿no?.
Yo creo que tendrían que cambiar la lista de aprobados saliendo de ella quienes pasasen a tener mal la pregunta 19 y entrarían los que pasasen a tenerla bien.
Gracias a todos por la información sobre todo a ti Amelie, me has ayudado mucho con el recurso.
De nada analeo. La verdad que esto de los foros está de PM.
Estoy por llamar a algún sitio, esto no puede quedar así, que menos que nos contesten y pronto... ¿Dónde me aconsejais que llame? ¿Estaría bien llamar al 060 y ahí que me digan? Esque estos del 060 me parece que saben lo mismo que nosotros.
¿Qué opinais?
• 20/01/2010 20:28:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Hola Amelie2009, como interesados en el procedimiento tenéis derecho a conocer en que momento de tramitación se encuentra vuestro Recurso de Alzada. He estado haciendo averiguaciones para saber quien lo lleva. No te molestes llamando ni al 060 ni a la CPS que sólo informará pero no resuelve los recursos. Lo llevan en el Ministerio de la Presidencia, concretamente en la sección de resolución de recursos. El teléfono es 913353535, cuando te atiendan te dirán que has llamado a Moncloa (Ministerio de la Presidencia) y tienes que decir que te pasen con la sección de resolución de recursos. Allí te identificas como interesada y preguntas lo que quieras porque están obligados a informarte o si lo prefieres les puedes enviar un escrito solicitando información.
En cuanto a la presentación del contencioso, todavía hay que esperar. Si alguien recibe la resolución del recurso de alzada que lo comunique en este hilo. Un saludo
• 21/01/2010 21:37:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Por si tenéis alguna duda al respecto os explico:
La Administración no puede resolver los Recursos de Alzada por silencio administrativo. "El silencio administrativo sólo tiene los efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso que estime procedente" (artículo 43.3 párrafo segundo de la Ley 30/92).
"La Administración está obligada dictar resolución en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación" (artículo 42.1 de la Ley 30/92). El incumplimiento de dicha obligación dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria sin perjuicio a la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa vigente (artículo 42.7 de la Ley 30/92).
Si tenéis alguna duda poneros en contacto conmigo. Esto no ha terminado. Ya veremos lo que pasa, porque la resolución la tienen que fundamentar. El informe que solicitáis en el escrito que os remito es el que ha emitido la CPS y que utilizará o no la Directora del INAP para resolver. Os pueden hacer el examen más tarde.
Un saludo
D. ...................................., con DNI .............................., y domicilio a efectos de notificaciones en .................................
EXPONE
Que en fecha ..................................... interpuse Recurso de Alzada contra la Resolución de la Comisión Permanente de Selección de fecha 14.12.2009, del procedimiento selectivo del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (acceso libre).
Que como interesado en el procedimiento y haciendo uso de mi derecho a "conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengo condición de interesado, y obtener copia de los documentos contenidos en ellos" de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 apartado a) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (B.O.E. del 27 de noviembre).
SOLICITO
Se me informe en que momento de la tramitación se encuentra el expediente de resolución del recurso y se me remita copia de los informes emitidos y cualquier otro documento que conste en el expediente administrativo en el cual ostento la condición de interesado.
Asimismo, y con el fin de hacer valer mis derechos en acciones posteriores solicito se me comunique la fecha en que tuvo entrada en el registro del órgano competente para resolver el Recurso de Alzada anteriormente referenciado.
En ........................, a ..................................... de 2010
A LA COMISIÓN PERMANENTE DE SELECCIÓN
Cl. Atocha 106
28012 MADRID
• 21/01/2010 23:23:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: septiembre 2009.
JA,JA,JA,JA
FUNCIONARIA DEL GRUPO C Y NO ENTIENDE DE QUE VA EL ARTICULO 43, MANDA HUEVOS.
• 22/01/2010 1:55:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: enero 2010.
que bien sabéis la ley 30/92 felicidades por eso estáis suspensos. Yo no me juego nada, sino ya estaría poniendo recurso contencioso, que os comen!!!!
• 22/01/2010 14:17:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: diciembre 2009.
NO se hasta que punto puede merecer la pena ir al contencioso, si les dan la razón y les mandan rectificar son capaces de tirar por la del medio, dudo que mucha gente que este en el segundo examen tenga esa pregunta mal, pero con cambiar la nota y subir la media para ir a Madrid ya lo tienen todo solucionado, pero dudo que se pongan a repetir un segundo examen habiendo realizado el de informatica. Además como nos suelen decir en la academia, al final todas las administraciones se ayudan unas a otras, quien quiera entender, que entienda.
• 22/01/2010 17:20:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
¿ alguien ha llamado para informarse de como está el tema ?
Buenas!
Acabo de llamar. Quien esté interesado en saber lo que me han dicho que me mande mensaje.
• 26/01/2010 13:08:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: mayo 2009.
Amelie2009, ¿no podrías comentarlo aquí? Seguro que muchos te lo agradeceríamos y te evitarías contestarnos uno por uno. Gracias.
Amelie2009, si lo de pedirnos el correo es para que no intervengan manolin123, bocasecam, etc.., no te preocupes pues estas privilegiadas mentes ya se han examinado el pasado sábado y muy probablemente ¡todos han conseguido su ansiada plaza!, y por tanto entiendo que no perderán ya más ni un solo segundo de su preciado tiempo en contestar a éste atajo de “pésimos opositores frustrados” que a su parecer somos todos los afectados de la 19B. Si no fuese así, podríamos pensar que no tienen tan claro que nuestras reclamaciones vayan a caer en saco roto, por eso pienso al igual que ICARO que podemos comentar aquí las novedades que vayan saliendo sobre éste lamentable asunto. No obstante, te dejo mi correo por si no deseas comentarlo en el foro.
balo.66@hotmail.com
Muchas gracias.
• 26/01/2010 18:12:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
alguna otra persona que haya llamado ?
• 26/01/2010 18:42:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: octubre 2008.
Amelie2009 ahí va mi correo "llull71@ono.com"
• 26/01/2010 19:12:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: noviembre 2008.
El mío: garherk@hotmail.com
• 26/01/2010 19:34:00.
• Mensajes: 279
• Registrado: mayo 2009.
Eh, yo no digo que seáis menos que nadie, hacer lo que os parezca y plazca, eso sí yo ya sabía que eran unos 1300 de Península los que iban a Cantoblanco, y suspenden 1/3.
Pensad que sí fueráis vosotros, otros que han pasado pelado no irían, o bien subirian el listón, lo que es fijo es que tienen que ir 1300, ¿sois mejores que esos casi 1300 que fueron a Madrid el sábado por Península?
En cuanto a lo de aprobar, lo mío está muy apretado.
Y por cierto Bocasecaman en 2008 y 2009 sacó unas notazas, si cogieran a gente por los excluidos, sería de carrera.
Os recomiendo que llameis, xq lo miran individualmente, si está vuestro recurso en la misma situación que la mía, por si acaso se ha perdido...
• 27/01/2010 18:04:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Amelie mi recurso está en la misma situación que el tuyo, yo lo registré el día 21/12/09.
• 27/01/2010 18:08:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Un cosa que me he informado.
En el caso de ser estimados, nos tendrán que hacer el examen, ¿ cuando?, no lo saben, pero será la CPS quien tenga que resolver el problema y por supuesto sería para este proceso selectivo.
• 28/01/2010 8:58:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: junio 2006.
Buenos días Amelie.
¿podrías mandarme por correo qué te han informado sobre el recurso?
xacomendez@yahoo.es
Saludos
• 28/01/2010 11:12:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: enero 2009.
Hola Amelie
podrías decirme lo que te informaron sobre el recurso, yo el mio lo puse el 12 de enero y posteriormente hice una ampliación al mismo.
mi mail es opoestado@yahoo.es
muchas gracias por tu ayuda
Saludos
• 28/01/2010 21:27:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: enero 2010.
Hola Amelie me gustaría que me mandaras la contestación a mí también.
flandes1@yahoo.es
• 29/01/2010 13:09:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: febrero 2009.
Hola Amelie2009
Estoy intentando averiguar en que situación se encuentra mi recurso pero no consigo hablar con nadie que me sepa decir algo, así que te agradecería que pusieras el teléfono a que has llamado tu.
Un saludo
Safeli
• 30/01/2010 17:14:00.
• Mensajes: 7
• Desde: Móstoles.
• Registrado: mayo 2009.
Hola Safeli:
Yo llamé ayer al teléfono que nos facilitó ROUS (913353535) y sí que localizaron mi recurso.
Lo único que me sorpendio fue que mi recurso es del 17/12/2009 y tuvo entrada en el órgano competente para resolverlo el 28/01/2010.
De mi ampliación no la han recibido todavía.
Un saludo.
• 30/01/2010 20:26:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: febrero 2009.
Muchas gracias Amelie y Gloria por vuestra contestación, mi recurso es del 17/12/2009 así que el lunes volveré a llamar a los teléfonos que me habeis facilitado para ver si consigo enterarme de algo.
Un saludo
Perdonar, una cosilla, en caso de ir al contencioso, se celebraría el juicio en MAdrid, o en la provincia donde te examinaste; e imperiosamente habrá que ir con abogado supongo, al opositor no la puede representar un funcionario supongo, bueno es para ir haciéndome una idea si al final decido ir al contencioso.
Por otro lado unirnos todos los que andamos por aquí haría que los gastos fuesen mucho menores, todo claro está si vemos que podemos tener un mínimo de posibilidades de que nos hagan el examen.
Por favor os agradecería que me mandaseis lo que contestó la Unión Europea a la pregunta, y lo que os han dicho de como están los recursos en estos momentos, yo el mío lo presenté el 21/12/2009.
Mi email es salyoli@terra.es, gracias por adelantado.
• 31/01/2010 11:39:00.
• Mensajes: 279
• Registrado: mayo 2009.
Como última opción os queda Luxemburgo.
Acabo de llamar otra vez a ver si había llegado mi recurso. Me han dicho que si.
He preguntado que si van a responder y en cuánto tiempo. Me han dicho que siempre responden. Que ahora lo tiene el técnico con el informe y que tarda unas 3 semanas, luego lo llevan a la Directora del Inap para que firme, y se nos envía por correo certificado, que más o menos 1 mes y medio!!!
Me huele mal. Igual en ese tiempo ya les han dado las notas a los que han hecho el examen.
El año pasado hicieron el examen el 21-7-2008 y salió la resolución de aprobados el 6-10-2008 (unos 2.5 meses) y estaba entre medias todo el verano
• 03/02/2010 11:53:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: junio 2005.
Pero vamos a ver, si te la dan por buena el corte subiría y te quedarías fuera igual o si pasas sería con una nota baja.
¿Te merece la pena tanto rollo?
No sabes cuanto tengo en la segunda parte. Hay gente que a pasado raspado las 2 partes. Haciendo la media tengo más que gente que ha hecho el 2º. Y tampoco sabes cómo se me da la informática.
CLARO QUE MERECE LA PENA. No se por qué, pero a algunos parece que os merece la pena desmotivarnos....
• 03/02/2010 12:55:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: febrero 2009.
He hablado con el INAP y me han dicho que mi recurso entró el 24-12-2009, y a reglón seguido y sin darme tiempo a preguntarle, me ha dicho que están contestando a todos y que recibiré por correo la respuesta.
Un saludo
INTERESADOS:
Gloriky
Potiopositor
Zuleica04
Sonhya
Priopositor
Amelie2009: amelie2009.2010@gmail.com
Salyoli
Geish: buscaoposiciones2@gmail.com
Rose1969
Evitadinamita
Lucas76
• 05/02/2010 12:30:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
¡he! a mi avisarme también, que a mi me interesa saber cómo va el tema.
Y si le responden a alguien que nos avise de qué le han contado...
...Yo estoy deseoso de saber a ver que me contestan...
...por si las moscas no estaría de mas ir preparando un dosier con todos los boletines oficiales de la unión europea, a saber:
Tratado de la UE (art. 214)
[--http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?...001:0331:ES:PDF--]
[--http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?...002E214:ES:HTML--]
Decisión del Consejo en la que se explica que el Consejo (a secas) pasa a llamarse Consejo de la Unión Europea:
[--http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?...993D0591:ES:NOT--]
[--http://eur-lex.europa.eu//EUDOROrder.do?id_pub=199...18&page_last=18--]
Designación de Barroso como Pte de la Comisión (firmada por el Consejo):
[--http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?...061:0061:ES:PDF--]
Además se podría hacer un dosier con todas las decisiones del consejo (en la formación de los jefesillos esos...) desde que el Consejo de llama Consejo de la Unión Europea, (noviembre de 1993)... más que nada para demostrar que desde entonces, SIEMPRE han firmado como Consejo de la UE... (así no hay interpretación posible sobre el nombre de la institución...)
Se imprimen en el formato de los pdf, con sus encabezados y pies con lo de "Diario Oficial de la Unión Europea"... para que se vea que es todo oficial y nada inventao, jeje, (¿y se le puede remitir a los de la cps como "documentación adjunta" al recurso? ¿o ya estamos fuera de plazo para adjuntar más nada? ¿no sé? Y si no se guarda para el contencioso)
• 05/02/2010 12:31:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: octubre 2008.
Hola Yoo llamé hace 2 días a Moncloa y me dijeron que mi recurso todavía no había tenido entrada, que volviese a llamar en 2 semanas.
• 05/02/2010 13:13:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: diciembre 2009.
INTERESADOS:
Gloriky
Potiopositor
Zuleica04
Sonhya
Priopositor
Amelie2009: amelie2009.2010@gmail.com
Salyoli
Geish: buscaoposiciones2@gmail.com
Rose1969
Evitadinamita
Lucas76
Jose Luis
Llamé hace dos días y tampoco había entrado en la unidad de recursos ..... Volveré a llamar la semana que viene.
Un saludo a todos
• 05/02/2010 15:45:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Comunicaros que mi recurso y la ampliación ya están en poder del técnico de la unidad de recursos junto con el informe de la CPS, ahora dicho técnico tiene que resolver, me comentan que son 8 días desde que entró en la unidad de recursos para resolver ( entró el 4/02, luego va al INAP la resolución para que lo firme la directora ( otros 8 días ) y por último lo envian por carta certificada al interesado ( unos 4 días ), así que para dentro de 19 días aprox. tendré la resolución.
Suerte a tod@s.
Lucha hasta el final............
• 05/02/2010 15:58:00.
• Mensajes: 279
• Registrado: mayo 2009.
Yo también me apunto falle la 19, y quiero también la plaza, Manolín 1,2,3.
• 06/02/2010 13:02:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: diciembre 2009.
Yo tb estoy interesada, avisadme porfa. Os dejo mi correo alemana2009@gmail.com
Muy bueno Geish! ;D
Antes de nada, vuelvo a decir que yo soy de la 19B, y que no he recurrido en esta segunda ocasión, sí que lo hice la primera, aunque no sirviera de nada como ya sabemos.
Si finalmente dan por correcta la b) en la plantilla definitiva de respuestas, seremos muchos los que tendremos un punto más, y puede que esté equivocada, pero seguramente también subirá la nota de corte, sería lo más lógico ¿no?
Con esto no quiero decir que sea inútil vuestro intento, más que nada porque si uno cree que tiene la razón hay que luchar por ello, como en el cuento de Geish, pero igual lo más probable es que no sirva para entrar en el corte a quien no lo haya pasado.
• 08/02/2010 22:44:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: julio 2008.
Pienso como Aida, yo también soy de la 19B y estuve en Madrid, si os hacen caso con el recurso yo tendré 1,3 puntos más de nota así que no me afecta, seguiré pasando el corte, pero si hacen eso que pedís a lo mejor simplemente tienen que subir la nota de corte... por cierto yo nunca la recurrí, nisiquiera la primera vez...
pues nada, suerte en todo caso... y ánimo pa la próxima convocatoria...
Uy! es cierto, Brujus7, no había contado el 0,33 que dejaría de restar, jajaja... pues eso, que muchos sumaríamos 1,33 más de nota y seguramente tendría que subir el corte.
Hola a todos.
Yo también estoy interesada, porfa, mandarme lo que tengáis.
Me parece muy bien todo lo que estáis haciendo porque no hay derecho
a que se inventen las respuestas y jueguen con el futuro de tanta gente.
youky15@hotmail.com
• 09/02/2010 18:05:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
::: --> Editado el dia : 09/02/2010 18:08:28
::: --> Motivo :
Para Aidametalica y brujus
Según me han informado, en el caso de estimar el recurso, por ejemplo a mi, como tengo 38,66/17,33 y el corte está en 39 y 17, al tener la 19 bien pasaría a 40/17,33 , por lo que me harian el 2º examen ya que supero la nota de corte, eso es tan seguro como que lo pregunté, si estiman el recurso, me tendrían que hacer el 2º examen.
Hay que tener en cuenta que yo tendria 40/17, hay gente imaginaros con 40 y que tenga la D baja a 38,66 y hay bastante gente también con la 19 D.
Mi opinión y por lo que he preguntado, dudo que suban ningún corte ni cambien nada, le harian el examen a la gente que haya interpuesto recurso ( si lo estiman ) y con la respuesta bien supere el corte y tenga el 2º corte superado.
Vosotros mismo estais poniendo que no habeis interpuesto recurso, si no reclamais, no os pueden dar nada ( aceptais la resolución ).
Imaginaros que se estimara en Contencioso dentro de 5 años, que cambiarian las notas de todos dentro de 5 años, echarian a gente que ya es funcionario, no tiene sentido.
Es mi opinión
• 09/02/2010 19:36:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: junio 2005.
¿Y dentro de 5 años te van a hacer el 2º examen? Pues vas a sacar matrícula.
Perdona Priopositor, me he hecho un lío con tu comentario, pero creo que hay una contradicción en lo que dices, cito textualmente:
"Hay que tener en cuenta que yo tendria 40/17, hay gente imaginaros con 40 y que tenga la D baja a 38,66 y hay bastante gente también con la 19 D."
"Vosotros mismo estais poniendo que no habeis interpuesto recurso, si no reclamais, no os pueden dar nada "
Si admites que hay gente que con el cambio de respuesta bajaría su nota, lleva implícito que el cambio afectaría a todos, presentaran el recurso o no; y de hecho es así, no pueden cambiar una respuesta de la plantilla para unos y dejarla como estaba para otros, pasaría a ser correcta la 19B para todos. En mi caso pasaría de 41,33 a 42,66 y muchos más también subirían su nota, por lo que sí es muy probable que subiera el corte, sobre todo si mantienen la proporción de 1,5 personas por plaza para ir al segundo examen.
• 10/02/2010 9:54:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: mayo 2009.
Vamos a ver, si os estimasen el recurso y os dieran la razón (cosa que dudo, pero es mi opinión) lo que harían sería haceros el segundo examen solo a aquellos que hayan interpuesto el recurso, no se modificarían plantillas, ni listas de aprobados, ni nada de eso. La resolución del recurso de alzada no puede causar perjuicios a terceros interesados como muchos desearian. Os dejo un enlace de unas oposiciones a los que les estimaron el recurso de alzada y les hicieron el examen una vez que ya había salido la lista de aprobados definitiva y por cierto, si yo tengo 42 puntos y no reclamo nada, tendré 42 puntos para lo bueno y para lo malo, no porque estimen el improbable recurso a mi me van a subir la nota, es de sentido común porque yo no he interpuesto nada.
[--http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/proceso...i_propuesta.pdf--]
• 10/02/2010 10:55:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: mayo 2009.
Vamos a ver y no voy a hablar mas sobre este tema porque a mi realmente ya me da igual, pero si tu no reclamas tu nota, esque te conformas y punto. Los recursos se hacen de modo individual y se resuelven con nombres y apellidos, no van a sacar unas listas modificadas ni nada de eso, ni le van a bajar la nota a quien no pusiera la B ( si se estima el recurso) ni se la van a subir a quien hiciera lo contrario. TIENES MESES PARA RECLAMAR, si no lo haces, ajo y agua, yo no se que es justo y que no es justo, no me compete ni mucho menos, ¿sería justo suspender ahora después de haber hecho el segundo examen a cientos de personas que se vieran perjudicadas si os estimaran el recurso? y si crees que estas perjudicado/a o que algo no es justo y te está perjudicando, RECLAMA, no esperes que lo hagan otros y después te llegue el rebote a ti, así no funcionan las cosas.
Se están mezclando varias cosas y de ahí viene el lío, no es lo mismo que alguien reclame su nota porque crea que se lo han corregido mal (por equivocación o lo que sea), y en este caso sólo le afectaría a él; que recurrir por una respuesta que supuestamente está mal en la plantilla, si hay un cambio de respuesta es para TODOS, eso seguro.
• 10/02/2010 12:59:00.
• Mensajes: 2
• Desde: Massanassa.
• Registrado: junio 2008.
Hola!
Yo he llamado hoy al teléfono de Moncloa (913353535) y me han dicho que el recurso ellos aún no lo tienen. Me ha dicho el funcionario que seguramente estará en el INAP, que aún estarán elaborando el informe y aún no se lo han enviado a ellos para resolver. También me ha dicho que llame en el plazo de un mes. Por si interesa el dato yo presenté el recurso el 23 de diciembre de 2009 en mi ayuntamiento (sí, me cercioné de que tienen convenio de colaboración, tal y como dice el artículo 38.4.b de la ley 30/1992 LRJAP-PAC).
Bueno, ya veremos. Pero me interesa saber como se van resolviendo los primeros recursos de los que se tengan noticias, así que cuenten conmigo para cualquier comunicación fuera de lo que viene siendo este foro. Mi e-mail es jogoav@gmail.com.
Un saludo!
Sí, Nomoretears2, por los antecedentes vistos en todas las administraciones pienso que en vía administrativa no se van a meter a contradecir a la CPS y denegarán los recursos; otra cosa es la vía judicial contencioso-administrativa, que visto lo visto, a menos que se tratara de filtraciones, de que no respetaran la convocatoria o cualquier otra clase de incidencia ajena al propio cuestionario de examen, tampoco se van a meter en temas de si una respuesta es o no correcta, basándose en la discrecionalidad técnica del tribunal.
Todo lo que afecte a un opositor (fallo al corregir, no inclusión en listas cuando sí debiera estar, etc...) en caso de recurrir y de que le dieran la razón le afectaría sólo a él; pero todo lo que tenga que ver con cambio de respuestas, anulación de preguntas, etc, para bien o para mal afectaría a todos, evidentemente no se sabe cuántos subirían ni cuantos bajarían, personalmente sé de gente que fue a Madrid, yo incluida, que era de la 19B, y no se trata de que la CPS "subiera el corte", el corte lo ponemos los opositores, si hay mucha gente que suma ese 1,33, el corte subiría por sí sólo al haber notas más altas todavía.
Pero todo esto, repito que sólo es mi opinión, no intento desanimar a nadie, más que nada porque sería una de las favorecidas por el cambio, aunque muchos más también, por lo tanto no creo que fuera a escalar muchos puestos.
Jajaja... muy buena la analogía futbolera, pero siempre que el que sumase esos 3 o 6 puntos fuera mi R.Madrid!! jajaja...
• 10/02/2010 15:49:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Hola Aidametalllica. Esto no es una respuesta sino más bien una aclaración.
Discrecionalidad: Algo que se hae libre y prudencialmente.
Arbitrariedad: (prohibida constitucionalmente) Forma de actuar contraria a la justicia, razón o las leyes, dictada por la voluntad o el capricho.
Si no cambian la 19 es arbitrariedad porque está recogido en un Tratado Internacional que forma parte del ordenamiento interno español.
Por otra parte:
Se resolverán los recursos y lo más seguro es que afectaran tanto si estiman como si desestiman (que aquí no voy a entrar), sólo a los que los hayan interpuesto. Si alguien no reclama está dando la conformidad al acto administrativo. Aquí la CPS si puede hacer lo que quiera, es decir, modificar todas las puntuaciones o sólo la de los que hayan interpuesto Recurso de Alzada. Esto si sería discrecionalidad técnica. Llegado el caso que estimasen y sólo afectase a los que interpusieron el recurso el resto ya no puede hacer nada porque no tienen plazo para interponer ningún otro recurso y si lo hicieran se lo declararían inadmisible por fuera de plazo. Un saludo y repito es sólo una aclaración y no tengo ganas de entrar en discusiones ni nada por el estilo.
• 10/02/2010 17:06:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Hola nomoretears2.
1.- Me puedes decir exáctamente en la lista de aprobados que fueron a Madrid quienes respondieron la 19D?, con nombres y apellidos por favor. Y si se queda alguien delante de ti por esa pregunta me puedes decir como vas a averiguar que respondió la 19D?. Eso no lo sabe nadie más que el que lo ha hecho que evidentemente no te lo va a decir y la CPS que evidentemente tampoco te lo hará saber.
2.- En cuanto a que fundamentos de derecho me baso para decir que no pueden hacer nada los que no hayan interpuesto recurso, es muy simple. La Ley 30/92. El plazo para interponer Recurso de Alzada fué para todos por igual y lo interpusieron los que no estaban de acuerdo que es a quienes en la resolución del Recurso de Alzada se les dará plazo para interponer contencioso-administrativo y únicamente a ellos. Los que no lo hicieron dieron su conformidad a la resolución de la CPS de 14 de marzo. Que les queda en caso de que se estime... pues lo único que se me ocurre es el recurso de amparo. Desde luego ningún otro recurso más ni siquiera el de Estrasburgo al que tendrías que acudir con una resolución denegatoria que no tienes. Espero haberte aclarado algo más.
• 10/02/2010 17:20:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Geish, no digo que no sea así y que la CPS decida cambiarlo todo pero eso si que es una decisión discrecional que deben adoptar. Pueden hacer lo que quieran
• 10/02/2010 17:33:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: julio 2008.
No es por nada pero yo me he presentado a muuuuchas oposiciones, de ayuntamientos, de comunidades autónomas, de estado, de justicia, de servicios de salud... (me faltan las de la UE, jajaja, mi próximo reto) y prácticamente nunca he reclamado nada, pero en ocasiones mi nota entre la lista provisional de notas y la definitiva ha variado porque otras personas han reclamado (pero yo no), luego si una sola persona reclama un cambio de respuesta correcta y el tribunal acepta, siempre hasta ahora he visto que la nota la han cambiado para todos a los que le afecte esa modificación (aunque yo no sé si los demás han marcado la A, la B o la C, pero he visto que me ha subido o bajado la nota unas décimas y a algunos de mis vecinos de lista de notas también)...
Conclusión, a lo mejor en las del Estado es diferente, pero lo normal sería que si la respuesta correcta es otra diferente, debe variar la puntuación de todos (recurran o no), igual que 500 años después la iglesia pidió perdón a Galileo Galilei.
Anyway, suerte a todos...
PD: estoy acojonaito, un colega informático le he contado los fallos que saltaban de Disco lleno, error de escritura, etc., al guardar el examen y me ha dicho que es para preocuparse....
• 10/02/2010 17:37:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: junio 2005.
¿Se podría reclamar que a mí en el segundo examen me tocó un teclado con tecla RETROCESO pequeña en lugar de la doble como a otros? A ver por qué yo tuve ese handicap en el examen y vosotros no ¿eh?
Polémica ninguna, no tengo ningún interés en el asunto (en el peor de los casos, me quedaría como estoy ;D) más que entretenerme un rato hablando de ello, y de paso matar la espera por las dichosas notas! jeje...
Pero sigo diciendo que confundimos churras con merinas..., no es lo mismo resolver un procedimiento de una petición de una licencia que es algo a título personal, o la revisión de un examen porque hubo un error de cálculo, por ejemplo, que resolver un recurso sobre una respuesta en una plantilla, la cual afecta a todos los aspirantes que han realizado el examen, independientemente de que recurran o no, en este caso da igual que recurra uno como los miles que hicieron el examen. Y en caso de llegar a contencioso, el juez no se va a meter en si una pregunta de examen tiene la respuesta correcta o no; ni con todos los fallos que están teniendo los de la CPS este año pienso que hayan actuado de forma "arbitraria" manteniendo la repuesta d), seguro que están lo suficientemente asesorados como para en caso de llegar a juicio, poder defender su posicionamiento. Pero vamos, dudo muchísimo que admitan a trámite un recurso contencioso-administrativo basado en no estar de acuerdo con una plantilla.
¿En la redacción del recurso ha pedido alguien que revisen su examen y su nota únicamente? no creo, más que nada porque es el mismo examen para todos y se corrige sobre una plantilla (no es un desarrollo de un tema, en donde se puntúa a criterio del tribunal), se habrán basado en "la respuesta tal, a la pregunta tal, que está en la plantilla tal, publicada en tal sitio", es que es imposible que en alzada, la señora presidenta de Función Pública, o quien corresponda, diga que a las X personas que presentaron el recurso se les da por buena la respuesta b) y en que en la plantilla se mantenga la d).
Perdón por las "parrafadas", pero el tema está muy interesante...
Rous1969, he mirado por ahí arriba y ya he visto que, efectivamente, habéis interpuesto recurso de alzada contra la Resolución de la CPS, entonces ya sí me reafirmo en lo que digo, no ha recurrido cada uno su nota, sino la resolución de la plantilla definitiva pidiendo el cambio de respuesta de la 19.d) a la 19.b) o la anulación de la pregunta, no sé si todos piden lo mismo.
Aquí ya no resuelve la CPS, y Función Pública resolverá estimando o desestimando, pero si es a favor del cambio de respuesta (que no creo) afectará a todos.
Brujus7, no me digas por qué pensaba que eras una tía, jajaja...
Eso que te ha comentado tu colega ¿está seguro?, supongo que sin ver lo que pasaba "in situ" es dificil de averiguar, pero un poco sí que debe acojonar... la verdad. A otra gente que le pasó lo mismo, los cuidadores les dijeron que no había problema, pero a saber... Suerte, seguro que al final no hay problema!
• 10/02/2010 18:45:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: enero 2010.
::: --> Editado el dia : 10/02/2010 18:46:40
::: --> Motivo : separo párrafos
O sea que según Rous, la cps (supongo que se refiere a la directora del inap, que es el competente en alzada y no el cps) puede:
1) no cambiar nada y desestimar.
2) estimar el recurso, modificando la lista entera de aprobados y suspendidos del primer ejercicio, con lo que unos subirían y otros bajarían, gente aprobada suspendería, y gente suspensa aprobaría.
3) estimar el recurso pero modificando la nota únicamente de los que han presentado el recurso.
Y parece que es libre en hacer cualquiera de las tres cosas, según su "discreccionalidad técnica".
¿Conoceis alguno algún precedente de los 2 últimos casos? ¿Hay algún abogado por ahí que aclare algo al respecto?
Supongo que no es un problema de si es más justo de una forma o de otra, sino de cómo esté regulado y de que precedentes hay al respecto...
(yo creo que és más lógico la 2ª opción que la 3ª pero por "sentido común", y mucho me temo que no es el sentido común lo que decide este asunto, hay que ver qué precedentes hay ¿no? y si realmente es libre de poder hacer cualquiera de las tres cosas, ó solo 2; y si son las 3 cuál es más probable)
...Por cierto puntas..., el pdf que has puesto no dice nada de lo que dices que dice. Son varios listados de un procedimiento de selección de subalternos de las Islas Canarias, con 3 listados: las notas del 2º ejercicio, el listado de los que han aprobado el 1º y el 2º ejercicio con la nota sumada y el listado de los que han obtenido plaza (ya que hay más aprobados que plazas) pero no sale nada de gente que se haya examinado después de que le hayan reconocido un recurso ni nada de eso... (no entiendo por qué lo has puesto)
• 10/02/2010 18:59:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: enero 2010.
ah... por cierto, yo en mi recurso solicitaba:
"1) La rectificación de la pregunta 19, dando por válida la opción B".
"2) La rectificación de la relación de opositores aprobados y en particular la puntuación de la primera prueba".
Por lo que pienso que sólo son posibles 2 opciones:
1) que desestimen el recurso
2) que lo estimen, modificando la lista entera de aprobados y suspendidos del primer ejercicio, convocando por lo tanto a nos nuevos aprobados para la realización del segundo examen y notificandole el suspenso a los nuevos suspendidos.
Y pienso que es bastante dificil que opten por la opción 3: modificar la nota únicamente de los que han presentado el recurso.
La "discrecionalidad técnica" la tienen los tribunales calificadores de las pruebas selectivas, en este caso la Comisión Permanente de Selección, y quiere decir que tienen la capacidad para decidir qué respuestas son las correctas, entre otras cosas.
La directora (se me fue la pinza y dije presidenta..) de Función Pública, pedirá los correspondientes informes a la CPS y a quien considere oportuno para resolver sobre el asunto (si es o no correcta la respuesta de la plantilla definitiva), finalmente en caso de que no lo fuera, la CPS tendría que proceder al cambio de respuesta y a modificar la plantilla. Luego habría que ver si entre la subida de nota de unos y la bajada de otros, sería necesario modificar la lista de aprobados y el corte establecido.
Yo sigo manteniendo que no cambiaría gran cosa, sobre todo los aprobados ya que subiría el corte porque muchos subirían aún más su nota (incluso algunos aún bajando un punto y pico les llegaría para pasar el corte de todas formas). Puede que sí ayudara a algún aprobado en Madrid, como dice Nomoretears2, para escalar algún puesto en la lista, pero tampoco es seguro.
• 11/02/2010 14:44:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
La "discrecionalidad técnica" la tienen los tribunales calificadores de las pruebas selectivas, en este caso la Comisión Permanente de Selección, y quiere decir que tienen la capacidad para decidir qué respuestas son las correctas, entre otras cosas.
vamos que si el tribunal dice que 1+1 es 18 , es 18 y ya está
No es la directora de la función pública es la directora del instituto nacional de administración pública, no se resuelve como pones.
Se resuelve, se envía el recurso a la CPS y esta tiene que hacer un informe explicando si se mantiene en la D o rectifica, si se mantiene tiene que explicar los motivos, el recurso con informe va a un técnico de la unidad de recursos ( dicha unidad no pertenece al INAP ) y ese es el que resuelve, y ya me comentaron que el informe de la CPS no es para nada vinculante, una vez que resuelve se lo envía a la Directora ( la resolución del recurso de alzada ) para que lo firme.
Crees que no cambiaría la cosa?, todo el mundo puso la 19 B ?, y que hace la CPS que no la cambia ya, te puedo asegurar que hubo bastante gente que puso la D y no todo el mundo ha pasado con más de 40.
Saludos,
• 11/02/2010 17:57:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
::: --> Editado el dia : 11/02/2010 18:03:39
::: --> Motivo :
Yo supongo que unos subirán y otros bajarán, no creo que haya mucha más gente que haya puesto B que gente que ha puesto D... ya que muchos pensaban que el "Consejo en su formación de Jefes..." era el Consejo Europeo, bastantes, por lo que se vé... así que los que suben por los que bajan la cosa quedará parecida...
Lo de subir el corte me parece por eso bastante complicado, es más fácil que manteniendo el corte publiquen nueva lista de suspensos y aprobados y convoquen para la segunda prueba a los injustamente suspendidos...
Luego, si hay más aprobados que plazas... con sacar un listado de gente que tenga aprobados los dos ejercicios y cortar por el número 996 (que son las plazas del turno general) asunto arreglado...
...Ahora bien, todo esto es pura especulación... depende de lo que se resuelva, ya veremos...
• 11/02/2010 23:40:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: mayo 2009.
bueno PAPINOEL ponte gafas y lee de nuevo el enlace que he dejado a ver si algo de lo que he dicho es mentira, pero lee la primera página de nuevo con detenimiento y mira que pone al final, a ver si no habla de 3 personas a las que les estiman su recurso de alzada y les dejan hacer el segundo examen. Y que conste que yo no he dicho en ningún sitio nada ni de plazas ni de que oposición se trataba, solo puse un ejemplo, lo que pasa que aquí la gente solo lee lo que quiere leer.
Pongo de nuevo el enlace (Primera página, al final).
[--http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/proceso...i_propuesta.pdf--]
• 12/02/2010 1:15:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: enero 2010.
que de tontos juntos en un hilo jaja
Hola chic@s,
Estoy seguiendo con gran interés todo lo que se publica en este hilo y a mi entender tienen razón los que opinan que un cambio de respuesta en la pregunta 19 afectaría a todos porque somos interesados aunque no lleguemos a personarnos en ningún proceso.
Tambien creo que lo lógico es que se acabe estimando el recurso de los que lo han presentado porque la B es la respuesta correcta, de cajón. Y por muchos subterfugios e interpretaciones "oníricas" que se haya inventado la CPS para justificarse no va a colar cuando el caso lo examine alguien con dos dedos de frente. La duda es si esa persona con "mente preclara" existe en nuestra Administración. Pero si afortunadamente es así, no va a suscribir el error.
Y entonces se tendrán que tomar las medidas oportunas conforme a derecho que es donde creo yo que estamos un poco perdidos, porque no somos juristas. Pero se tomarán le pese a quien pese y perjudique a quien perjudique.
Ahora bien, por seguir jugando a las hipótesis, creéis que en algún caso podrían esas medidas suponer una remodelación de la lista de aprobados? O todavía voy a más: ¿La repetición del segundo examen con esa nueva lista de aprobados?
Creo que yo también me estoy volviendo un poco loca con esto. Lo siento.
• 12/02/2010 14:42:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: mayo 2009.
Ves como no leeis, les dejan hacer el segundo examen, pero por qué te inventas cosas, les dejan hacer el segundo, leelo bien, nada de admitidos y no admitidos, no te inventes cosas anda. Si no los hubieran admitido, no les hubieran dejado hacer ni el primero ¿No crees?, pero que paso del tema, además os queda mucha batalla por delante para pararse en tonterias de ejemplos de otras oposiciones. Suerte con vuestro recurso y cuando vayamos todos a repetir el 2º examen a Madrid ya si eso hablamos, que entre la respuesta a vuestros recursos, la nueva plantilla, las nuevas notas con la nueva lista de aprobados, etc etc, puede ser que mas de uno llegue a la edad de jubilación forzosa. Por cierto los 140 euros de viaje mas hotel que nos gastamos en Madrid nos lo reembolsa la administración?
• 12/02/2010 14:48:00.
• Mensajes: 161
• Registrado: enero 2010.
¿Alguien que se haya puesto en contacto con un abogado especialista en estos casos podría comentarnos qué pasaría en caso de que fueran al contencioso?
• 12/02/2010 15:19:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: junio 2008.
La 2º vuelta en Cantoblanco, será a gastos pagados no?
Manolín esta vez no te escapas del chato de ribera del duero, invita la CPS !!!
• 12/02/2010 17:11:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
::: --> Editado el dia : 12/02/2010 18:14:51
::: --> Motivo :
...¡anda! perdona Puntas... yo tampoco lo había visto... tienes razón (la costumbre de ir a leer directamente las resoluciones del final sin mirar los previos...)
"Resoluciones 126, 127 y 128 (...) por las que se adoptan medidas provisionales consistentes en permitir a Don ... .... la realización del segundo ejercicio de la oposición de estas pruebas (...)"
...pero, de todas formas no te enfades, que no es para ponerse así... además a mí me parece interesante lo que decís la mayoría... por que así entre lo que decimos todos nos podemos hacer mejor una composición de lugar, de lo que pueda pasar (o no) sobre este asunto...
---
volviendo al tema, me parece que ahora hay varias cuestiones al mismo tiempo sobre la mesa:
1) Cuestión 1 ¿Si se acepta el recurso, tendremos todos que volver a Madrid para hacer el examen? -Yo pienso que no, los que ya han ido a Madrid no tienen que repetir la prueba, solo tendrían que hacerla aquellas personas que no la hicieron por estar suspendidas pero que ahora estén aprobadas...
2) ¿Devolverían el dinero a los que han ido a Madrid pero han suspendido el primer examen? Mucho me temo que no, igual que no se lo van a devolver a los que han ido a Madrid, pero en lugar de suspender el primer examen han suspendido el segundo... (creo)
3) Sobre los interesados y quién puede recurrir... este tema es nuevo y sí que me parece muy interesante. Además me surgen varias dudas al respecto:
-Tengo claro que por plazos, puesto que dieron uno para reclamaciones, y luego otro para el recurso de alzada... los que no hayan hecho uso de los mismos, se supone que están de acuerdo... y si no lo están... da lo mismo porque se les ha pasado el plazo para reclamar y ya no pueden hacerlo...
-Pero por otro lado, también tengo claro que aunque no hayan interpuesto ellos directament el recurso son interesados (puesto que les afectaría directamente en su nota) y por lo tanto, tienen derecho o bien a sumarse al recurso o como mínimo a expresarse...
¿no sé si se entiende el problema que planteo? Se supone que no pueden recurrir pero si se pueden personar en los recursos abiertos como parte interesada... ¿es esto así, o no? ¿puede uno personarse sin más, o debe citarlo la administración?...
• 12/02/2010 17:36:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: noviembre 2009.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Artículo 31. Concepto de interesado.
1. Se consideran interesados en el procedimiento administrativo:
A) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
B) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
C) Aquéllos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Artículo 72.
1. La sentencia que declare la inadmisibilidad o desestimación del recurso contencioso-administrativo sólo producirá efectos entre las partes.
2. La anulación de una disposición o acto producirá efectos para todas las personas afectadas. Las sentencias firmes que anulen una disposición general tendrán efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo y preceptos anulados en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada. También se publicarán las sentencias firmes que anulen un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas.
Gracias por el curro de buscar los artículos concretos, Garitano. A estas alturas y aún no hay ganas de volver a coger el temario, en fin... habrá que ir dándole, por si al final no salgo en el famoso pdf!! jajaja ;D
Priopositor, seguro que el proceso, de forma más concreta, se resuelve como dices tú, sólo lo he puesto un poco a "groso modo", y en lo de directora de Función Pública me he "colado", estoy también con las de la Xunta y he mezclado conceptos, aquí es directora del Inap, efectivamente. ;D
En cuanto a lo de la discrecionalidad técnica y el 1+1=18, yo diría que no es lo mismo, un error de semejante calibre no se les podría escapar a ellos, ni nadie permitiría que se quedara así; otra cosa es algo que se pueda dar a interpretaciones, como en la famosa preguntita, sinceramente cada vez estoy más convencida de que al no rectificar la respuesta es porque lo tienen más que seguro (asesorándose previamente) y que hay algo que se nos escapa.
Pero si finalmente se cambia la respuesta, sigo manteniendo que será para todos, con las consecuencias que eso conlleve, que ya bien y bastante las estáis razonando tod@s en este hilo que, por cierto, está de lo más interesante.
• 12/02/2010 18:35:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
no se nos escapa nada..., lo que pasa es que en la "jurisprudencia" esa, la interpretación de las normas de los juristas y demás, yo he leído que hay quien piensa que el Consejo con jefes es el Consejo Europeo (por tener la misma composición), quien piensa que no, que es una formación distinta del CUE (aunque no aparezca en el art de las formaciones aparece en otros dos arts. distintos) e incluso hay un tercer grupo de juristas que piensan que ni lo uno ni lo otro... que es otra cosa distinta...
...el problema es que si se plantea en estos términos, todos tienen la razón y es la CPS la que decide...
Pero si nos ceñimos a lo publicado en DOUE, todas las resoluciones que hasta la fecha de su desaparición (con Lisboa) firmó ese Consejo de jefes, las firmó como Consejo de la Unión Europea... y eso sí que no admite interpretación...
El problema es en qué términos se plantea el problema, si sólo se usan los textos oficiales (publicados en DOUE) o lo que dicen las juristas (que ninguno coíncide...)
• 12/02/2010 19:08:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: noviembre 2009.
De nada, pero no es ningún curre. La Ley 30/92 la recuerdo bastante bien y a la 29/98 también le había echado un ojo para preparar el primer examen. Es tan fácil como ir a noticias jurídicas o algo parecido y seguir el índice para ver los posibles artículos aplicables. Esto no lleva más que unos minutos.
Pero no hay más ciego que el que no quiere ver...
Efectivamente, a mi también me parece de sentido común. Nunca he estudiado leyes ni tengo idea de Derecho, pero sí alcanzo a saber que el razonamiento jurídico sigue las pautas del razonamiento lógico y no de algún tipo de lógica difusa o cosas parecidas.
No impugné nada del primer examen. Respondí la B, con lo que sumaría 1,33 puntos más en caso de que la cosa cambiara. Pero tengo pocas dudas sobre la hipótesis de que el tal recurso fuese admitido. Tampoco veo la pertinencia del caso canario con lo que se discute aquí...
En fin, siento si le amargo la vida a alguien, pero parece que es lo que hay. He consultado con un conocido alto funcionario de función pública en una comunidad autónoma y me dice que si la posibilidad de que el recurso de alzada prospere es mínima, la de que un juez le enmende la plana a un tribunal en un caso como este es aún más ínfima.
Pero, vamos, nadie tiene la verda absoluta y cosas veredes, supongo...
Saludos.
::: --> Editado el dia : 15/02/2010 3:55:49
::: --> Motivo : porque sí
Aunque llevo bastante tiempo intentando mantenerme al margen de esta discusión de la 19, hoy no puedo evitar expresar algunos pensamientos.
Geish, te diré en primer lugar que entiendo tus razones y respeto tu petición (la de "que os dejemos en vuestra lucha") del mismo modo que comprendo a muchas otras personas que han participado en este hilo. Pero hasta cierto punto. Me da la impresión de que algunos no miden sus palabras y dando por hecho que son dueños de la verdad y que son víctimas de una injusticia tremenda, en ocasiones pasan la línea y pueden "ofender" a muchos de los que aprobamos el primero y/o a personas que sí pusimos la D. Esas frasecitas de "es obvio que es la B" , "es de cajón" (¿¿¿perdona???) y cosas por el estilo a veces me hacen gracia, otras me repatean. Pero en fin, ya os digo que por lo general me puede "la empatía" hacia vuestra situación y por eso no digo nada.
Aun a riesgo de que alguno se me eche encima, os diré muy sinceramente que no creo que vuestras intenciones prosperen. No pretendo decepcionaros ni convenceros de nada, lo digo porque lo pienso y creo que a más de uno le vendría bien plantearse la posibilidad más que probable de que se quede como está. Si la CPS hubiera tenido la más mínima duda de que era una (y valga la redundancia) "cuestión cuestionable", habría optado por lo más cómodo para ellos: anular la pregunta. Sabían perfectamente que llegarían recursos posteriores y quejas. Lo sabían. Y si han corroborado la D como correcta (tras los cientos de peticiones de impugnación que hubo), es porque efectivamente tienen sus razones para poder defenderla.
¿De verdad pensáis que hubieran seguido adelante con el proceso y hubieran incluso llegado a realizar el segundo examen? ¿En serio esperáis que saquen a gente de la lista, metan a otros y reordenen puestos...?
Por supuesto es lícito e incluso comprensible vuestro esfuerzo porque así sea. Pero probablemente sería más fructífero que, en vez de perder tiempo en eso lo invirtiéseis en volver a estudiar para el próximo. Porque al final, lo único que casi con toda seguridad conseguiréis es ralentizar más el proceso (consecuencias que pagarán las personas aprobadas, entre las que también hay situaciones delicadas y dependen de esto, no lo olvidéis) mientras que vosotros quedaréis igual que al principio.
Bueno, imagino que recibiré alguna mala contestación, pero de verdad que no escribo esto con ninguna mala intención. Os respeto y entiendo, pero como ya he dicho, espero también un mínimo de respeto y comprensión hacia los demás, porque quizás "vuestro asunto" afecta a más gente.
• 15/02/2010 11:43:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
yo pienso que todo esto es más sencillo... cada cual debe defender sus intereses... y en este caso, es evidente y "obvio" (jeje) que están contrapuestos... ¿no?
pues yastá...
• 15/02/2010 12:14:00.
• Mensajes: 76
• Registrado: septiembre 2009.
Lucibom
AAAAAAAAAAMMMMMMMEEEEEEEEEEEENNNNNNNNNNNN
yo SOY uno de los afectados SUSPENSOS por esa famosa 19B pero estoy totalmente de acuerdo contigo, si es cierto que yo sigo pensado que debería haber sido la B pero tambien soy consecuente que si decidieron dejar la D y no anular es porque tienen EN LA MANGA algo que desconocemos y que les da la razón. Tambien pienso que son un poco CABRONES!! ya que podían en todas las reclamaciones que han tenido haber contestado dando dicha explicación. En mi caso me da igual lo que hagan yo seguiré estudiando que este año no me puede pasar lo mismo y he de aprobar!!
Un saludo
• 15/02/2010 12:28:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
QUE DIARREA MENTAL LA DE LA LUCI BOOM. VAMOS HIJA, QUE ES PARA NO CONTESTARTE, PERO HOY ME HAS PILLADO DE BUENAS...
TU NO SERAS DE LA COMISION, NO? PORQUE TIENES TODOS LOS SINTOMAS: MUCHA PARRAFADA PARA POCO ARGUMENTO.
TOMATE UN FORTASEC A MI SALUD. Y SI HAS CONTESTADO LA D, TE J..., PORQUE LA HAS CAGADO, MAJA, QUE ES LO TUYO: HACER MUCHO "BOOM" AL IRTE POR LAS CALICATAS.
POBRECITA, SNIF.
Luciboom, muy buenas, sólo quería comentarte que lo que queremos la mayoría es que nos expliquen en que se han basado para dejar como correcta la D, tenemos esa incertidumbre, dormiríamos más tranquilos sabiendo que hemos errado, te lo digo en serio.
Esa es nuestra queja, que nos digan en que momento participan 3 instituciones, (me da igual se le llaman Consejo Europeo o de la Unión Europea), en base a que Decreto, Norma, Tratado, son tres.
En caso de que se resolviera eso estaría muy tranquilo, en serio te lo digo.
Si no se demostrasen que son 3, iríamos al meollo, de si es Consejo Europeo o de la Unión Europea, ¿quien tiene ahí la razón?, seguro que algo tienen en la manga pero no lo sé, y es lo que me mata y mata a muchos de los que estamos aquí, sólo pido que me lo digan nada más que eso y a partir de ahí o agacharé la cabeza o seguiré para adelante.
No queremos que los que pusistéis la D os sintáis menospreciados, nunca por favor, creo que somos los de la B los que escribiendo aquí nos desahogamos un poco, yo si fuera de la D, pues pensaría como tú que en algo se habrán basado pero me dieron la razón y no protestaría, pero Luciboom deja que nos desahoguemos al menos.
Sin ningún rencor, un besito guapetona.
• 15/02/2010 15:37:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Id Cendoj: 28079130072008100250
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 7
Nº de Recurso: 3151/2003
Nº de Resolución:
Procedimiento: RECURSO CASACIÓN
Ponente: NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
Tipo de Resolución: Sentencia
Voces:
• x OPOSICIÓN x
• x DISCRECIONALIDAD TÉCNICA x
• x PRINCIPIO DE IGUALDAD x
• x BASES DE LA CONVOCATORIA ( FUNCIONARIOS ) x
Resumen:
El TS anula la Sentencia de instancia y estima el recurso contencioso-administrativo planteado
por un opositor contra las resoluciones administrativas derivadas de la oposición libre para la
provisión de varias plazas de Agentes Bomberos en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,
puesto que la Sala de instancia no realizó de forma acertada el control jurisdiccional de la llamada
discrecionalidad técnica ni observó el principio de igualdad, ya que se consideraron correctas dos
respuestas en tres polémicas preguntas del examen tipo test en lugar de anularlas, perjudicando a
quienes no las habían contestado para evitar penalización y alterando, en consecuencia, la
puntuación final obtenida. El Alto Tribunal reconoce el derecho del recurrente a ser incluido en el
listado de aspirantes que superaron el segundo ejercicio de las pruebas selectivas litigiosas con una
puntuación de 5,080, y a que continúen para él dichas pruebas de conformidad con lo establecido en
las bases de su convocatoria.
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a doce de Marzo de dos mil ocho.
Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores
arriba anotados, el recurso de casación que con el número 3151/2003 ante la misma pende de resolución,
interpuesto por don Luis Pablo , representado por el Procurador don Carlos Zulueta Cebrián, contra la
sentencia de 13 de diciembre de 2002 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias (dictada en el recurso contencioso-administrativo número
428/1999).
Siendo parte recurrida el AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, que no ha
comparecido en esta fase de casación.
• 15/02/2010 16:14:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2010.
luciboon para tu interes, el proceso selectivo se va a paralizar por la via contencioso, te guste o no, las injusticias son las injusticias
Agradezco a Luigix, Phoenicoperus, Geish, Antonhio y Salyoli sus respuestas respetuosas. Reitero mi comprensión por la rabia que podéis sentir y la lucha por lo que os interesa.
En cuanto a Elenarob...Hija mía. Da asquito leer tu mensaje. De pobrecita tengo poco, así que no pases pena por mí. Mi nota es buena y de momento la que la ha "cagado" con la 19 eres tú. ZAS EN TODA LA BOCA.
• 15/02/2010 17:08:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
vaya... menudo lío montó el ayuntamiento de las palmas con la oposición de bomberos...
...gracias rous, esto sirve para sacar algunas conclusiones:
1) que no es cierto eso de que con los recursos o con los contenciosos nunca se puede conseguir nada... (aunque eso ya lo sabiamos la mayoria, a pesar de lo que digan algunos... jeje)
2) que no pueden dar por buena B y D a la vez (luego unos subirán y otros bajarán, no habrá un empate técnico..., como mucho la anularían...)
3) Que la resolución debe ser acorde a las bases de la convocatoria (sólo una pregunta puede ser cierta, siendo nula si no hay ninguna, o hay más de una opción)
• 15/02/2010 17:11:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2010.
luciboon zas en toda la boca para ti, el proceso va a retrasarse bastante
• 15/02/2010 18:18:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
<img src=/red/imagenes/ContenidoEliminado.gif width=200 height=50 />
• 15/02/2010 18:26:00.
• Mensajes: 279
• Registrado: mayo 2009.
Casi todos que hemos ido a Cantoblanco, hemos fallado esa, yo no conozco a nadie que la acertara, con lo cual el 80% de los aprobados la tenemos mal
¿Sabes qué pasa elenita? Que a mí no me hace falta que la comisión me diga cuál es la respuesta correcta, eso ya lo sabía yo el día que había que saberlo, o sea, el 27 de septiembre. Lástima que tu cerebro no lo haya procesado todavía, a pesar de haber transcurrido casi 4 meses.
• 16/02/2010 9:17:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
ME ABURRES NIÑATA
• 16/02/2010 13:46:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: junio 2008.
Podemos constituir un fondo, 5 € por cabeza, para recibir clases particulares de la CPS, no es mala idea. Quiero que me expliquen porqué rapar a una oveja no es esquilmarla, con el frio que hace, dejarla sin abrigo joder
• 16/02/2010 17:16:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2010.
up
• 16/02/2010 19:41:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Eh, qué pasa con los censores?
Fue en defensa propia. Yo no fui la que llegó a las manos...o eso no cuenta?
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 7:43:56
::: --> Motivo :
No. No cuenta. Lo mismo que te pasó a ti con la 19: que no te cuenta sino que te descuenta.
• 17/02/2010 10:49:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
La censura es siempre 100 veces más fea que lo que intenta tapar.
Y tú cállate de una vez B.L. (a ver si así cuela)
uau, que buen rollo hay en este hilo ¿no?
• 17/02/2010 19:13:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
jajaja...
no os preocupéis, que al final nos responderán al recurso...
(no sabemos si con una clase magistral, o con otra cosa, jaja)
[DonManuel, ya se lo explico yo:
esquilmar- 1. Coger el fruto de las haciendas, heredades y ganados. 2. Dicho de una planta: Chupar con exceso el jugo de la tierra. 3. Menoscabar, agotar una fuente de riqueza sacando de ella mayor provecho que el debido.
esquilar- Cortar el pelo, vellón o lana de los ganados y otros animales.]
(pq se ha metido carlitoswey en este hilo?, siempre incordiando el pesao!)
• 17/02/2010 19:19:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
¿Manolin, tú qué pusiste? ¿19-B? ¿ó 19-D? (lo digo por lo del 80% ese)
yo puse 19-B y fuí a Madrid. Estoy en ese 80% o fuera de él?
80% me parece mucho... sea de lo que sea... es mucho... ¿pero de qué?
• 17/02/2010 21:35:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Pero digo yo que si esquilas a una oveja la dejas practicamente esquilmada, no?
Yo entendí a donma por ahí.
Siento lo del mal rollo, no penséis que soy una trolla. Solo quería que Lucy reconociera
que es de la Comisión.
No pasa nada Elenarob...
En mi humilde opinión, y espero que nadie se me enfade, me parece justo que si es la 19B, rectifiquen y si no es así, por lo menos que lo aclaren, así salimos todos de dudas y no hay este tipo de "conflicto de intereses".
En mi caso, en principio me debería importar bien poco este tema, ya que yo tengo muy buena nota en el 1º, y estoy a la espera de las notas de del 2º... pero pensándolo a fondo, si al final es 19B, sumaría una más ... y ya se sabe "grano no hace granero, pero ayuda al compañero", y para destinos, si es que al final apruebo a lo mejor tener esa pregunta bien o mal, marca la diferencia.
Todavía estoy esperando que alguien de la 19D ponga la ley donde pone que es la D... (que no sea el Tratado de Lisboa, claro, que por si lo no sabeis, que parece que no, ha entrado en vigor en diciembre de 2009)
Salu2
• 18/02/2010 14:03:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2009.
Me imagino que todos habéis leído que preguntan: ¿Quién participa en el nombramiento? y no ¿Quién nombra?... y si vais viendo ... participan todos.
• 18/02/2010 14:46:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Perdona, colloada. Pero no vale poner las cosas a medias.
Mirad bien la pregunta. Yo la estoy citando de cabeza pero si no me confundo,
lo que ponía es qué "instituciones" participan o no?
• 18/02/2010 14:47:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Perdona, colloada. Pero no vale poner las cosas a medias.
Mirad bien la pregunta. Yo la estoy citando de cabeza pero si no me confundo,
lo que ponía es qué "instituciones" participan, o no?
Pues dime donde pone que participa el consejo europeo y que es una institución
• 18/02/2010 16:02:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2009.
Con mucho gusto:
¿Qué instituciones participan en el nombramiento del Presidente de la Comisión Europea?
El Consejo, reunido en su formación de Jefes de Estado o de Gobierno (o sea, el Consejo Europeo) y por mayoría cualificada, designará a la personalidad a la que se proponga nombrar Presidente de la Comisión; el Parlamento Europeo deberá aprobar aprobar dicha designación. (...) El Presidente y los demás miembros de la Comisión designados de este modo se someterán colegiadamente al voto de aprobación del Parlamento Europeo. Una vez obtenida la aprobación del Parlamento Europeo, el Presidente y los demás miembros de la Comisión serán nombrados por el Consejo (de la Unión Europea) por mayoría cualificada.
No sabéis lo que llevo aguantado para intervenir en este debatillo. Bueno sí ... desde la plantilla oficial.
Así que Consejo Europeo, Parlamento y Consejo de la Unión Europea.
Si seguís con dudas: Consejo en su formación de Jefes de Estado o de Gobierno = Consejo Europeo y el Consejo de la Unión Europea = Consejo de Ministros ... o Consejo a secas.
En el Diario Oficial de la UniónE uropea(d el1 0-07-2009n,o L 179161p)u blicae l nombram¡ento
del Sr. José ManuelD URÁO BARROSO,c ito textualmente":E L CONSEJOD E LA UNIÓN
EUROPEAR. EUNIDOEN SU FORMACIÓDNE JEFESD E ESTADOO DE GOBIERNO..A."T; t1. :
"Se desrgnaa / Sr. JoséM anuetD URAOB ARROSOn mo la personatidaad l a que el Consejos e
prcWne nombnr P¡esidented e la Comisiónp ara el perlodoc omprendidoe ntre el 1 de noviemb¡e
de 2009y el 31 de octubrcd e 2014.";a rt. 2: "La presenteD ecisións e rcmitiráa l Palamento
Europeo
En el Diario Oficial de la Unión Europea (del 10-07-2009, nº L 179/61) publica el nombramiento del Sr. José Manuel DURÃO BARROSO, cito textualmente: “EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, REUNIDO EN SU FORMACIÓN DE JEFES DE ESTADO O DE GOBIERNO…”; art. 1: “Se designa al Sr. José Manuel DURÃO BARROSO como la personalidad a la que el Consejo se propone nombrar Presidente de la Comisión para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de octubre de 2014.”; art. 2: “La presente Decisión se remitirá al Parlamento Europeo.”
• 18/02/2010 16:16:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2009.
Bueno... ya veo que no os he resuelto la duda ... y que va mucho más allá de una duda.
¿Qué es E L CONSEJOD E LA UNIÓN
EUROPEAR. EUNIDOEN SU FORMACIÓDNE JEFESD E ESTADOO DE GOBIERNO ... sino el Consejo Europeo?
Suerte con vuestras intenciones.
• 18/02/2010 16:50:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
Para colloada
La Convención propone separar claramente al Consejo en dos instituciones diferentes:
el Consejo Europeo, que estará compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros y tendrá el título de institución oficial de la Unión (artículos I-20 e I-21);
el Consejo de Ministros, que estará compuesto por un representante de rango ministerial nombrado por cada Estado miembro (artículos I-22 e I-23).
Esta clarificación resulta necesaria, ya que la práctica institucional ha provocado cierta confusión en los ciudadanos. En efecto, el Consejo de la Unión Europea (llamado a menudo «Consejo de Ministros») reúne normalmente a los representantes de los Estados miembros de rango ministerial, pero puede también reunirse a nivel de Jefes de Estado o de Gobierno para pronunciarse sobre cuestiones de especial importancia, por ejemplo la adopción del euro por un Estado miembro. Cuando el Consejo de la Unión Europea se reúne a ese nivel, puede ser confundido con el Consejo Europeo .
fuente: [--http://europa.eu/scadplus/european_convention/council_es.htm--]
Duda resuelta es la B
• 18/02/2010 16:57:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2009.
Y fíjate tu que han dado la D y no la van a cambiar. La verdad es que hay mala suerte repartida por el mundo.
• 18/02/2010 17:53:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
En eso te doy la razón, donde yo voy, la mala suerte me persigue y en este caso es muy claro.
• 18/02/2010 19:26:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
- Haga el favor de poner atención en la primera cláusula porque es muy importante. Dice que... la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte. ¿Qué tal, está muy bien, eh?
- No, eso no está bien.
- ¿Por qué no está bien?
- No lo sé, quisiera volver a oírlo.
- Dice que... la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte.
- Esta vez parece que suena mejor.
- A todo se acostumbra uno. Si usted quiere lo leo otra vez.
- Tan sólo la primera parte.
- ¿Sobre la parte contratante de la primera parte?
- No, sólo la parte de la parte contratante de la primera parte.
- Dice que... la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte, y la parte contratante de la primera parte será considerada en este contrato... Oiga, ¿por qué hemos de pelearnos por una tontería como ésta? La cortamos.
- Sí, es demasiado largo. ¿Qué es lo que nos queda ahora?
- Más de medio metro todavía. Dice ahora... la parte contratante de la segunda parte será considerada como la parte contratante de la segunda parte.
- Eso si que no me gusta nada.
- ¿Qué le encuentra?
- Nunca segundas partes nunca fueron buenas.
A. Parte contratante= Consejo de la Unión Europea
B. Parte contratante de la primera parte= Consejo Europeo
Conclusión= Vaya cagada de pregunta. Por tanto querer pillar a la gente se pillan ellos solos los dedos.
Perdona Colloada 11, permíteme un apunte:
Cuendo hablas claramente de que el consejo, en su formación de jefes de .... es el consejo europeo, y este lo diferencias del otro consejo que nombra al presidente y demás personas que componen la comisión, que según tú es el consejo de la UE
Si nos vamos al Tratado de Lisboa tan de moda y lees el artículo del Nombramiento del Presidente de la Comisión, verás que es básicamente el mismo artículo, sólo que esos dos consejos anteriores los sustituye por Consejo Europeo, por lo si ambos son el consejo europeo, sólo intervendrían 2 instituciones (Consejo el que tu quieras pero sólo uno y Parlamento).
Otra cosa es que denominación le damos si Consejo de la UE o de Europa, pero nunca los dos, no se si me he explicao, y si obviamos el Tratado de Lisboa que no entró en vigor el día del examen, parece que la respuesta más correcta es la B.
Pero bueno sé que no te voy a hacer cambiar de opinión, pero a mí tampoco nadie me va a cambiar de opinión al menos de momento. A no ser que otro consejo de Ministros actúe claramente en ese nombramiento que aún nadie me lo ha explicado, podría ser que sirvan los canapés los Ministros de Exteriores a sus respectivos Jefes de Estado el día de la deliberación, podría, pero al menos que me lo digan.
Bueno suerte con el segundo espero que apruebes y algún día formes parte de la Comisión y nos saque de dudas de por qué pusieron esa pregunta, por que subieron tanto el corte en la primera parte con respecto a la segunda, y por que han tardado tanto en sacar las notas de corte.
Un saludito a todos los que seguís este enlace.
Hola chic@s!
Yo recurrí la 11 y me han contestado hoy.
Me dan mis notas, o sea, me indican las preguntas contestadas bien, las mal, las no contestadas y la penalización.
Me dicen que se anuló por que había dos posibles respuestas......que es una nota meramente informativa y que aún no se ha resuelto el recurso.
ISISI, ya por curiosidad, ¿te han dicho cuáles son esas dos respuestas?
• 19/02/2010 20:33:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2008.
A mí también me han contestado al recurso de la 11, ya hace días y lo mismo que a Isisi, mis notas y con una explicación que es de agradecer, "porque hay dos respuestas posibles"... y un párrafo final maravilloso de que "está en trámite" y digo yo: tanto rodeo, para qué? Con esto se ve que han hecho lo que les ha dado la gana. Y desde mi punto de vista, sobre la 19 primera parte(por pereza o quizá porque no me afectaba, aunque estuve a punto de presentar recurso por esta otra pregunta, al final no lo hice pero me arrepiento bastante pues no me parece justo) decir que la respuesta correcta es la B, puesto que el asunto es que EL CONSEJO EUROPEO NO "ERA" UNA INSTITUCIÓN antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa y no si participa o no participa.
Suerte con el recurso. Si os sirve para algo mejor, y si no al menos se ha intentado.
Si estuviese en vuestra situación yo llegaría al contencioso pues si conseguís buenos abogados creo que tenéis todas las de ganar.
Animo
• 19/02/2010 20:42:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2008.
Hola Aidametallica!
No aclaran nada (supongo que eso lo reservan para la resolución del recurso). Esa comunicación no es más que un derroche de tinta.
• 22/02/2010 14:32:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
hola chicos, hay recursos de alzada ya resueltos que están pendientes de firma. Esperar la resolución que llegará pronto. También podéis llamar a recursos y preguntar tranquilamente. Un saludo.
• 22/02/2010 19:14:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
Rous, ¿es la respuesta al recurso? ¿de la oficina de recursos del INAP? O la carta esa de la CPS que dice lo que ya sabíamos...
• 22/02/2010 19:39:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: octubre 2007.
Hola!!
Alguien puede decirme un telefono donde pueda llamar para preguntar sobre el estado de mi recurso? Gracias
• 23/02/2010 8:05:00.
• Mensajes: 83
• Registrado: julio 2009.
Luigix, es la respuesta al recurso de alzada. La cartita esa que nos mandaron todavía estoy intentando saber para que sirve, además de para nada.
• 23/02/2010 10:18:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
::: --> Editado el dia : 23/02/2010 10:19:50
::: --> Motivo :
rous... gracias
atenea... entra en la página del inap, allí lo tienes todo, su e-mail y su teléfono:
[--http://www.inap.map.es/ES/_INAP/--]
• 23/02/2010 11:39:00.
• Mensajes: 3
• Desde: Granada.
• Registrado: diciembre 2009.
Madurad, si habéis suspendido no es por una pregunta, no le deis mas vueltas, así que haceros a la idea...
a mi me paso igual el año pasado (anularon justo una que yo tenia bien) y no hubo nada que hacer,
yo de vosotros volvería cuanto antes a estudiar fuerte y no perder el tiempo con esto.
• 23/02/2010 13:14:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
lospichus... igual tienes razón, igual no... mi experiencia: siempre hay que quemar todos los cartuchos, siempre hay que reclamar y reclamar. El no ya lo tenemos... en el peor de los casos nos quedaremos como estamos... y el que no reclama ES TONTO.
(dejo aparte lo de la maduración, que me parece fuera de lugar... ¡a estas alturas!)
• 26/02/2010 17:33:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: febrero 2010.
pienso que es inmadurez, sinceramente, si ellos ven que esa pregunta es la correcta, por muchos recursos que pongais no van a cambiar, en definitiva estais perdiendo el tiempo, para otra estudiar más,
• 26/02/2010 18:53:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
no pensaba escribir nada......., pero
para shal80 y compañía de estudiar más y todo eso.
Cuando rectifiquen la respuesta, a ver quien tiene que estudiar.
Buen finde
• 26/02/2010 19:51:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2009.
nomorestears
Por las últimas informaciones y consultas que he hecho parece ser que está muy claro que es la B, no hay duda al respecto.
En contencioso segurisimo que ganamos 100%
En alzada, no lo sé , tengo muchas dudas de que el informe de la CPS a la unidad de recursos haya sido favorable hacia la B, depende del técnico de la unidad de recursos, yo creo que si desestiman lo que suelen poner es que la comisión no considera procedente cambiar la respuesta o algo así, pero no van a explicar nada, no tienen argumento para decir que es la D.
La duda que tengo en el caso del contencioso, ¿ cómo van a argumentar que es la D ?
creo que sería mejor estimar el alzada, ya que el contencioso, si el juez considera que es la B, no sé si se paralizaría el proceso ( lo desconozco ).
En cuanto a tu pregunta
ALZADA- 50%
CONTENCIOSO- 100%
Saludos
• 03/03/2010 14:29:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: enero 2010.
::: --> Editado el dia : 03/03/2010 18:12:56
::: --> Motivo :
los argumentos que pueden dar son, más o menos, los mismos que pusieron los de la contra-reclamación...
[--https://www.buscaoposiciones.com/red/foro/mensaje2.asp?idtitu=19&id=4186763--]
resumiendo:
1) que en la pregunta hay que entender "institución" en un sentido general, ya que en el enunciado no se habla de "instituciones de la únión europea", sino en un sentido amplio (sean o no de la UE)...
2) Que el "Consejo en su formación de jefes..." es el Consejo Europeo y no el Consejo de la Unión Europea.
3) Que la formación esa "de jefes..." no aparece en el artículo de las formación del CUE
...y otras, todas fácilmente desmontables...
• 05/03/2010 11:15:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Todavía no se sabe nada?
Yo creo que emplean la técnica del aburrimiento.
Dejarnos a todos tan aburridos y anestesiados que ya ni nos preocupe el tema.
Aunque a este paso puede que la solución nos pille también jubilados.
Zzzzz. Zzzzz.
¿A alguien le ha llegado la resolución?
En vuestras academias que os dicen???
• 08/03/2010 11:07:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: enero 2010.
nomáslagrimillas...
yo no conozco ningún caso de recurso de alzada, ni de recurso en contencioso-administrativo en el que se haya tomado la medida cautelar de "suspender" un proceso selectivo...
(lpac contempla la suspensión en su art. 104, pero sólo para revisión de oficio)
art. 104 [--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t7.html#a104--]
(aunque SÍ se puedría solicitar de acuerdo con el art. 72)
art. 72 [--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t6.html#a72--]
Normalmente, el proceso selectivo continúa su curso de forma independiente al recurso y no se suspende puesto que no se considera que se ocasionen daños de "dificil" reparación.
Lo que sí conozco son recursos contencioso-administrativos que han supuesto la modificación del resultado del proceso, en los que, funcionarios que inicialmente tenían plaza la han perdido y la han obtenido los reclamantes...
En este caso... si el juez resolviera que hay que modificar la plantilla de respuestas y la lista de aprobados del primer examen... los que bajaran su nota por debajo del corte estarían suspendidos (y perderían su plaza) y habrían nuevos aprobados con derecho a hacer el segundo examen (ojo: no obtendrían plaza directamente, ya que eso sería contrario a las bases y al principio de igualdad)...
El juez no puede cambiar las normas del procedimiento de selección (las bases) y debe ceñirse a las mismas, además debe aplicar los principios establecidos en los arts. 62 al 67 de la LPAC sobre nulidad y anulabilidad, transmisibilidad, conversión, conservación y convalidación... esto es, la gente que habiendo aprobado el primer examen (con el nuevo listado) hubiesen realizado el segundo, no tendrían que repetirlo, puesto que ya lo han hecho... pero los que no lo han hecho... sí tendrían que hacerlo...
[--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t5.html#c4--]
Luego: lo que dices de que en la respuesta a alzada "no se mojarán" y darán una respuesta escueta, yo dudo mucho de que sea así, normalmente las respuestas a alzada, suelen ocupar varios folios... ¿dónde dices tú que has visto respuestas a alzada donde al parecer "no se mojaban"? (puedes poner enlaces) ...Hombre, también pueden escribir folios y folios hablando sobre lo divino y lo humano sin mojarse... normalmente de cada 3 folios 2 no dicen nada... pero 3 de 3 me parecería mucho...
• 08/03/2010 14:10:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: enero 2010.
gracias por el enlace... parece interesante...
• 08/03/2010 15:10:00.
• Mensajes: 161
• Registrado: enero 2010.
Alguno de los que piense ir al contencioso y haya consultado con un abogado podría comentarnos qué le ha dicho, o sea, qué pasaría. Aunque supongo que será lo que dice papinoel.
Una pregunta, si no he puesto el recurso de alzada, ni nada por el estilo, y ahora quiero unirme, puedo o no.
Tengo 38 puntos, con la 19 bien abria aprobado.
Los que han recurrido estan organizados, ponde puedo ponerme en contacto con ellos.
habría, .... menuda falta
• 09/03/2010 17:08:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2009.
Chicos, no es por desanimaros, pero os puedo asegurar que, si vais al contecioso y suponiendo que os dieran la razón (posibilidad que veo muy remota), no creais que se acabo la historia. Hay mucha gente que se juega un buen destino, o simplemente pasar el corte y que están decididos a interponer un recurso de apelación jurisdiccional contra la hipotética sentencia que os diera la razón y esto se traduce en años y no pocos. Todos nos jugamos mucho y si queremos ganar fuera lo que perdimos en el "campo", nos arriesgamos a que los que tienen un argumento opuesto también lo peleen fuera. Suerte.
• 09/03/2010 17:35:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2009.
Totalmente de acuerdo nomoretears2, el problema es que la mayoria de las veces somos nosotros los que los convertimos en protagonistas.
• 10/03/2010 9:27:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Muy bueno nomoretears.
Yo creo que las actuaciones que esta llevando la CPS
podrían tacharse ya de "irregulares".
• 10/03/2010 10:29:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Pues nos podíamos proponer un mailing masivo a la IGS
tienes su e-correo?
• 10/03/2010 14:48:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: enero 2010.
::: --> Editado el dia : 10/03/2010 14:50:06
::: --> Motivo :
Lamer, dos cosas:
1) Respecto a unirte al recurso de alzada aún estando fuera de plazo...
-Yo no lo tengo del todo claro... pero creo QUE SÍ PUEDES:
-no puedes interponer un recurso por estar fuera de plazo...
-pero unirte... o personarte en un procedimiento EN EL QUE TIENES LA CONDICIÓN DE INTERESADO, que aún no se ha resuelto y por lo tanto está abierto, creo que SÍ QUE PUEDES HACERLO... Yo enviaría un escrito por si las moscas... y luego si quieren que me quiten la razón...
2) En cuanto a lo de presentarse en Contencioso-administrativo sin haber recurrido en alzada, POR SUPUESTO QUE PUEDES HACERLO, aquí sí que no tengo ninguna duda al respecto... (no sé de dónde ha sacado Nomoretears que no puedas hacerlo...)
-Puedes recurrir en contencioso cualquier acto de la administración que haya puesto fin a la vía administrativa y en el que seas parte interesada del mismo (y se pone fin a la vía administrariva de 3 formas: -por que la administración ha respondido a los recursos presentados, por que se ha producido silencio administrativo respecto de los recursos, o por que ha pasado el plazo sin que se haya presentado ningún recurso -cosa que no ha pasado, puesto que varias personas han presentado recurso-)
Repasate la lpac (interesados) y la LRJCA...