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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
711.247 mensajes • 396.212 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Hola foreros del estado.
Tenemos una duda en el foro de local, a ver si alguno nos ilumina porque no nos ponemos de acuerdo.
Tuvimos un examen en Elche y una pregunta decía:
El principio de publicidad de las leyes y reglamentos, fuentes primarias del derecho administrativo, implica:
a) Que ambos requieren la publicación íntegra en el BOE, entrando en vigor a los 20 DÍAS NATURALES......
b) Que ambos requieren la publicación íntegra en el BOE, entrando en vigor a los 20 DÍAS HÁBILES......
El ayto, en su plantilla, ha dado por buena la b) días hábiles.
Para la publicación de leyes son días ¿¿¿¿¿¿¿¿¿hábiles o naturales?????????
Gracias!!
ayayayayayayayyyayam, que se pierde!!!!!!
• 30/03/2010 22:53:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: noviembre 2009.
Yo hubiera puesto la de naturales... (a parte que son 20 días si la propia norma no dispone otro plazo).
Yo las conclusiones las saco del código civil y os pego:
Artículo 2.
1. Las Leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado, si en ellas no se dispone otra cosa.
Vale, hasta aqui sabemos que necesitan la publicación en el Boe y que son 20 días. Ahora para llegar a la conclusión de que son naturales, copio el art. 5 del Código Civil:
Artículo 5.
1. Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
2. En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.
Por lo tanto, si no se excluyen los días inhábiles, se deduce que son naturales....
Es mi opinión y mi conclusión despues de leer esto, y en mi mente estaba lo de los días naturales, pero si alguien piensa lo contrario que me corrijan.
• 30/03/2010 22:57:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: octubre 2008.
Naturales!!!!
Pero esto qué es? En Elche también gobierna el PSOE? No se leen las leyes?
• 30/03/2010 23:28:00.
• Mensajes: 84
• Registrado: agosto 2005.
En base al CC yo también hubiera dicho que 20 días naturales.
• 31/03/2010 10:08:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: abril 2009.
Marali9 ,yo entiendo que la correcta es la b.
Si se tratasen de días naturales, esta palabra"naturales"debería aparecer, sino aparece ,se entienden hábiles!.
Un saludo.-
• 31/03/2010 10:32:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2008.
Hola, yo creo que son hábiles según la ley 30/92. El art. 48 dice:
Siempre que por ley o normativa comunitaria europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos.
Un saludo!!!
• 31/03/2010 11:05:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: julio 2008.
Ahí está la marali dando caña!!! Animo!!
• 31/03/2010 11:06:00.
• Mensajes: 22
• Registrado: marzo 2010.
Hola!!!!!!.
Dos dudillas que me surgen:
1) Si son entonces hábiles segun el art. 48, entonces los sabados se consideran hábiles tambien, según la redacción del articulo no?.
2). La diferencia estará en que sean leyes o reglamentos no?.
Que pensais?.
Saludos!!!!!!!
Uf, yo diría que son naturales pero no pondría en juego el cuello.
Creo que cuando os referís a la 30/92 hablamos de plazos en un expediente.
No creo que sea lo mismo la publicación de leyes.
Si está basada en el Código Civil....no entraba en el temario. ¿sería impugnable para vosotros entonces la pregunta?????
• 31/03/2010 11:52:00.
• Mensajes: 388
• Desde: Gijón.
• Registrado: marzo 2010.
Noooo, cuando hacemos referencia a la Ley 30/1992, nos estamos refiriendo a los actos administrativos y al procedimiento administrativo en general, no sólo a los expedientes.
Si no se cita textualmente "naturales" siempre se entenderán hábiles, a efectos administrativos, que es el tema que nos ocupa (el Código Civil no viene a cuento en este caso), sólo tienes que fijarte en cualquier convocatoria de oposición: siempre pone "naturales". Si no se considerarían hábiles.
Ah, otra cosa, a efectos administrativos, el sábado no se consideraría hábil, como es este caso (fíjate que, a efectos judiciales, el sábado sí entraría en el cómputo de los días hábiles).
• 31/03/2010 13:43:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: noviembre 2009.
A ver.... no confundamos unas cosas con otras.... la ley 30/1992 habla del procedimiento administrativo común...
La pregunta en cuestión, habla de leyes y reglamentos, por lo tanto... nos vamos al código civil que es donde se regula (art. 2 y 5) y ahí dice que no se excluyen los inhábiles (por lo tanto son naturales).
En cuanto a si os entraba o no... tal vez el código civil como tal no os entre, pero si en el temario teneis... "fuentes del derecho administrativo".... no te queda otra que mirarte al menos los 5 primeros artículos del codigo civil donde habla de ellas.
Si han puesto 20 días hábiles, está mal y por lo tanto impugnable 100% y con la ley en la mano que es como debe ser.