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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Bien, esta pregunta puede parecer de coña pero la hago en serio.
Previsiblemente me iré a Cataluña en la asignación de destinos. Como sabéis, hay elecciones autonómicas a finales de noviembre en esta comunidad. Para participar hay que estar censado. Si no participo en estas elecciones habré perdido la oportunidad de participar en la elección autonómica correspondiente, ya que al estar en Cataluña censado no podría participar en las gallegas, que son las que me correspondían antes.
Mi pregunta es:
Sabe alguien de alguna página o conoce el procedimiento para censarse y se sabe como afectaría esto a mi derecho a votar?
• 07/09/2010 19:14:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: abril 2009.
Actualmente estoy trabajando en el Departamento de Padrón del Ayuntamiento de un municipio, y mucho me temo que para censarte debes estar empadronado, ya que son los datos que se envían al INE y por los que se censa a una persona. Al ritmo tranquilo que van los nombramientos no creo que os de tiempo a estar en el censo para las autonómicas de noviembre, ya el censo, para elaborar las listas y demás se cierra unos meses antes, con lo cual, no sé si habrá alguien del INE o de Cataluña que tenga más información que yo, pero creo que ya no llegais.
• 07/09/2010 20:55:00.
• Mensajes: 58
• Registrado: febrero 2006.
Como dice SofoclesMalaga, para votar en un lugar tienes que estar empadronado allí, y eso lo haces tú cuando quieras. Puedes residir en un sitio y estar empadronado en otro (aunque no debería ser así). Lo lógico es que te empadrones enseguida en tu lugar de residencia más que nada por temas de médicos o para cualquier subvención, etc.
Por otra parte, el INE va comprobando el censo, pero antes de las elecciones hay una fecha tope, a partir de la cual, aunque te empadrones en otro sitio nuevo, tendrás que votar obligatoriamente en el lugar que te corresponda por el empadronamiento anterior. Según dice en la propia página del INE "El censo electoral vigente para una elección es el cerrado el día primero del mes anterior al de la fecha de su convocatoria". Así que si cumples el requisito, podrás votar en Cataluña, si no, tendrás que hacerlo en Galicia.
Si tienes que votar en Galicia pero ya resides en Cataluña, puedes votar por correo.
Respecto a los posibles errores del censo, lo suyo es que, vivas donde vivas, cuando lleguen las elecciones compruebes que tus datos están bien y en el domicilio correcto.
¿No podrán votar en Cataluña?, ¿ni aunque sea en caso de necesidad como apunta Eseneno?
• 08/09/2010 9:36:00.
• Mensajes: 68
• Registrado: agosto 2009.
Sin tener seguridad absoluta, creo que sí podrás votar en el nuevo ayuntamiento. Cuando vayas a censarte pregunta qué tienes que hacer para poder votar en las siguientes elecciones. Ahí deberían aclarártelo. Es posible que te expidan en ese momento algún tipo de certificado que te permita votar en caso de que no aparecer en las listas. En cuanto sepas dónde te toca puedes entrar en la página del ayuntamiento correspondiente. Suelen tener información sobre eso. Ahora mismo podrías llamar al tuyo, seguro que ahí también pueden aclararte cosas porque deben actuar todos igual en estos casos.
• 08/09/2010 23:11:00.
• Mensajes: 58
• Registrado: febrero 2006.
Insisto: Si te empadronas antes de la fecha X (no sé cómo caen las elecciones), podrás votar en Cataluña, si no, lo harás en Galicia. No es cuestión de que te hagan certificados para demostrar que vives en un sitio, sino que la Oficina del Censo (INE) lo ha hecho siempre así y es algo que va a misa y no se hacen excepciones.
Y lo del caso de necesidad al INE le da igual. Si no estás en el sitio donde te toca votar, ya te facilitan que lo hagas por correo.
• 08/09/2010 23:12:00.
• Mensajes: 58
• Registrado: febrero 2006.
Por si acaso, te dejo el enlace a donde lo explica:
[--http://www.ine.es/oficina_censo/censo_elec.htm--]
• 09/09/2010 4:34:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: enero 2008.
Perdonad q me meta en la conversación, yo creo q para vosotros sería mas interesante ver lo del censo desde otro punto de vista.
Muchos ya lo sabreis, pero por si acaso lo explico. Si actualmente estáis empadronados en un municipio diferente al que vais a trabajar, deberíais apuntaros como demandantes de empleo en el inem mas próximo a vuestro domicilio, aunq sea el dia antes de tomar posesión, y justo al firmar todos los papeles en vuestro nuevo puesto de trabajo,solicitad la reducción de irpf por movilidad geográfica (impreso 145) y cambiad el empadronamiento en los dias posteriores.
Asi os podreis beneficiar de una reducción de irpf entre un 0 y un 2 %, en vez de un 12-16% (esto varía según la situacion de cada uno) y se aplicaría el año durante el q lo solicitais y el siguiente, es decir, en nuestro caso hasta diciembre de 2011.
• 09/09/2010 8:06:00.
• Mensajes: 68
• Registrado: agosto 2009.
Lep, es un mes o menos:
El censo electoral es permanente y su actualización es mensual. Los electores pueden presentar reclamaciones al censo electoral en cualquier momento.
La actualización mensual del censo electoral se realiza fundamentalmente con la información recibida de oficio de los Ayuntamientos, Oficinas Consulares, encargados del Registro Civil y con las reclamaciones al censo electoral que resultan estimadas.
Durante cada mes se forma el censo cerrado el día primero de ese mes con la información recibida antes de esa fecha. El censo cerrado el día primero de cada mes es el censo electoral vigente durante el mes siguiente.
El censo electoral vigente para una elección es el cerrado el día primero del mes anterior al de la fecha de su convocatoria, con las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación.
• 09/09/2010 9:39:00.
• Mensajes: 58
• Registrado: febrero 2006.
Migas, eso que dices es lo que pone en el enlace que dejé, y en efecto es así, pero lo que quería decir es que si Opohostil se empadrona después de la fecha marcada, no podrá votar en ESTAS elecciones en Cataluña. En las siguientes claro que sí.
He trabajado en el INE y te puedo asegurar que cada vez que ha habido elecciones, ha habido problemas con estos temas y nunca jamás se ha hecho ninguna excepción.
Añado que cualquier problema relacionado con el censo debería solucionarlo en la Oficina del Censo (INE), que al fin y al cabo son los que manejan los datos de toda España y en caso de error o duda son los que solucionan el entuerto.