Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 16/03/2013 14:03:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: enero 2009.
Se puede trabajar en una adminisración estatal con plaza en propiedad por la tarde (siempre de tarde) y en una administración autonómica de interino por la mañana, por un tiempo limitado? Gracias
• 17/03/2013 15:04:00.
• Mensajes: 20
• Registrado: agosto 2007.
No, el Estado tiene vetado que trabajes en otro sitio.
Bueno más bien hay que pedir compatibilidad, pueden dártela o no, según les salga de las narices. Y además dejarás de cobrar una parte de tu sueldo. jajaj sí, trabajas las mismas horas pero ahora cobras menos, con la escusa de que como trabajas en otro sitio...
Y además de todo esto, si te dejaran sería por un número de horas limitado (olvídate de trabajar 2 jornadas completas o algo que se le parezca) y además eso suponiendo que no digan que es que tienen que ver los trabajos y se te aplique la ley de incompatibilidad.
Ya sabes, esa ley que sólo afecta a los pollinos de los funcionarios, pero a los políticos no que sí pueden tener muchos cargos a la vez, públicos y privados, y cobrar de todos a la vez.
Y son también los únicos que pueden cobrar más de un salario erario público.
Y si te llegan a dejar... ni de coña, no tardarán menos de 2 meses en decírtelo, y tu previamente tendrás que dar todo tipo de datos de tu posible puesto de trabajo, a ver que trabajo espera por ti 2 meses.
• 18/03/2013 12:49:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: agosto 2008.
No puedes.
Artículo 3 de la Ley de Incompatibilidades 53/1984:
"El personal comprendido en el ámbito de aplicación de esta Ley sólo podrá
desempeñar un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector publico
en los supuestos previstos en la misma para las funciones docente y
sanitaria, en los casos a que se refieren los artículos 5. y 6. y en los que,
por razón de interés público, se determinen por el Consejo de Ministros,
mediante Real Decreto, u órgano de gobierno de la Comunidad Autónoma,
en el ámbito de sus respectivas competencias en este ultimo supuesto la
actividad sólo podrá prestarse en régimen laboral, a tiempo parcial y con
duración determinada, en las condiciones establecidas por la legislación
laboral"
Existen casos regulados para docentes y médicos, pero como norma general está prohibido. En los casos especiales que se puede se supone que en uno de los trabajos estás de alta en SS (o en los dos si eres laboral en la Admón.), y ahí tienen que concederte la compatibilidad (que tarda 2 meses o más, en serio!). Existen algunos casos que no requieren compatibilidad, pero son casos concretos para dar cursos o cosas parecidas. Además aún con la compatibilidad dada (y casi nunca puede darse en el caso de dos puestos públicos) tendrías que amoldarte a la legislación laboral y de SS sobre el nº máximo de horas que se pueden trabajar/cotizar. Si se trata de dos puestos de funcionario nunca te pueden dar compatibilidad aunque uno sea en régimen de Pasivas y otro por SS si son puestos a jornada completa, además lo dicho, sólo se dan compatibilidades para 2 puestos públicos en casos muy concretos de personal sanitario y docente, sino no!
¿En que caso pueden reconocerte la compatibilidad sin problemas? Si por ejemplo trabajas 7 horas y media por la mañana como funcionario y 4 horas por la tarde contratado en régimen de SS en una empresa privada y con una actividad que no entre en conflicto con la primera, o también si te haces autónomo/a en una actividad tampoco conflictiva (en este último caso porque aunque tienes que cotizar la cuota completa, nadie te obliga a trabajar más horas de las permitidas por ley, de hecho se supone que cuando pides la compatibilidad justificas que no vas a trabajar más que otras 15 o 20 horas a la semana). Ya lo de los médicos que cobran de la pública por la mañana y te mandan a su consulta privada por la tarde, y de políticos que acumulan 7 cargos (vease cierta presidenta de diputación provincial), pero los administrativos mondos y lirondos nos jodemos!
• 18/03/2013 12:55:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: agosto 2008.
En todo caso, quien tiene que resolver estos temas es la Oficina de Conflicto de Interes. Ministerio de Hacienda y AAPP, María de Molina 50, Madrid. El nº del Ministerio es 912739000 y desde ahí pueden pasarte con la oficina de conflicto.
• 18/03/2013 22:47:00.
• Mensajes: 20
• Registrado: agosto 2007.
Ironiron, si si... claro...
• 22/03/2013 12:46:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: enero 2009.
Gracias a todos por vuestra ayuda
• 28/03/2013 13:55:00.
• Mensajes: 118
• Registrado: septiembre 2008.
La ventaja del funcionariado es que tienes trabajo fijo.
La desventaja es que si eres auxiliar, dependiendo de donde tengas la plaza, no te da ni para comer. Porque tienes vetado cualquier otro trabajo en "A".
Ánimo y busca un trabajo en "B".
• 05/04/2013 12:02:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2006.
¿Y si son dos puestos distintos de la misma admon?
Ejemplo:
UNo de la lista del sepe que ahora este trabajando de auxiliar de radiologia por las tardes en ingesa y lo llamen para el inem.
¿Se puede solicitar la compatibilidad?¿Qué trámites habría que seguir?
• 05/04/2013 20:41:00.
• Mensajes: 20
• Registrado: agosto 2007.
Tu unidad de personal te podrá informar de cómo solicitar la compatibilidad.
Piénsatelo antes de llamarles para preguntar eso, porque como sean un poco cabrones se van a reir de ti a la cara.
No te la dan ni de coña, olvídate.
• 05/04/2013 21:50:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2006.
Puede ser que, es lo más seguro que no me la concedan. Pero como yo no quiero renunciar a ninguna de las listas que para eso me lo he currado con oposiciones, yo la solicito, ellos se rompen el coco un par de meses para concluir que no. En esos dos meses yo donde tengo que trabajar?
• 06/04/2013 19:50:00.
• Mensajes: 20
• Registrado: agosto 2007.
En el Estado antes de trabajar en otra cosa debes de solicitar la compatibilidad (excepto cosas de enseñanza esporádicas que no hace falta autorización previa creo). En el resto mientras no tengas la autorización de compatibilidad no es compatible. Eso es lo que yo entiendo.
De todos modos ya te dije, habla con los órganos de personal de ambos y lo que ellos te digan.