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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

katyyyyy

• 04/08/2016 23:08:00.
Mensajes: 6
• Registrado: julio 2016.

Ley 39/15 y Registro Electrónico

Hoy, he leído una de las gemelas (puff :-) La primera toma de contacto, pues no me ha dicho nada, tendré que darle otra oportunidad y quedar con ella otra vez, esperemos tener un huequín mañaña por la tarde, que este finde toca visitar a la familia.

Bueno, que me enredo. Lo primero que hize, fue mirar su entrada en vigor, que se ha hablado mucho aquí, empezando por mi, y me han entrado un montón de dudas.

Al final de todo de la ley, pone que las "previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico....."entra en vigor a los dos años.

Bien, entonces mi duda es: esos registros no los estudiamos, no serán tan osados de preguntar de ello?

Pero luego al leer la ley, en un montón de sitios habla del registro electrónico, pongo ejemplos sencillo:
art 19 dice que los documentos se pueden presentar:

En el registro electrónico.....Bien entonces que debo entender, que hasta dentro de 2 años, esto no es así.

Y si lo ponen en el examen?

luego habla de una firma electronica que no me enterde de nada....

tambien habla de los plazos en las presentaciones electrónicas, ......y en el mil sitios de la ley habla de la presentación electrónica.

Por favor, alguien que vaya a academia o sepa como interpretamos esa disposición final de la ley. Hay que saberselo, la redacción válida sería como estaba en la ley 30/92...

Y de esta ley hay que estudiarla toda toda toda? :-)

Gracias!!!!!

12 RESPUESTAS AL MENSAJE

Albuash

• 04/08/2016 23:52:00.
Mensajes: 51
• Desde: Narón.
• Registrado: julio 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

Ya contesté a esto en otro hilo y a mí parecer hay que estudiarse lo que viene en la ley 11/2007 respecto a los temas electrónicos.

En cuanto a lo de los dos años y de no estudiar lo que viene en la 39/2015 yo lo que interpreto es que tienen dos años para que sea exigible lo cual no quiere decir que no se pueda hacer antes "voluntariamente". Es un poco como lo de los contadores digitales eléctricos, hay gente que los tiene y gente que no pero hasta 2018 no será obligatorio que todo el mundo los tenga.

La administración es muy grande, este tipo de cosas no se implantan de la noche a la mañana.

Blas80

• 05/08/2016 0:54:00.
Mensajes: 682
• Desde: Coruña (A).
• Registrado: julio 2012.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

Yo soy de los que opinan que de preguntar algo de esto deberían hacerlo de la materia nueva, ya que la materia pasada pertenecerá a fecha de examen a textos derogados, pese a que todavía no entre en vigor y se mantengan las líneas relacionadas de los viejos textos. Aunque del debería al qué harán hay un montón de distancia. De esto siempre preguntan, y raro sería que esta vez no lo hicieran, pero también con no hacerlo se evitarían cogerse los dedos con quintales y quintales de impugnaciones.
katyyyyy, deberías quedar nuevamente con esa gemela, enredar en su texto, ir entrando en confianza hasat que permita que conozcas todos sus títulos, que cates bien a fondo sus matices textuales y sus referencias legislativas más alocadas, y así, con varias citas y unas cuantas botellas de mostos ir resumiendo, poco a poco y con detalle, sus materias íntimas, sus conceptos procedimentales y sus desarrollos legales, hasta entenderla por completo y hacerla parte de ti. Luego haz lo propio con su hermana. Sin sentimientos, hazlo por interés.
Un saludo.

lugue85

• 05/08/2016 8:38:00.
Mensajes: 1842
• Desde: Granada.
• Registrado: abril 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

::: --> Editado el dia : 05/08/2016 8:42:24
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 05/08/2016 8:41:31
::: -- Motivo :

Yo estoy en parte de acuerdo con Blas80, PERO tengo la mosca detrás de la oreja porque en la Disposición Derogativa única pone que la Ley 11/2007 va fuera, sin embargo en la letra G nombra una serie de artículos que se derogan del RD 1671/2009 por el que se desarrolla parcialmente la 11/2007, quedando el RESTO EN VIGOR, y más adelante el texto dice que hasta que se produzcan los efectos de registro electrónico de apoderamientos etc (el 2/10/2018, según la disposición final séptima) "SE MANTENDRÁN EN VIGOR los artículos de las normas previstas en las letras a), b) y G) relativos a las materias mencionadas (registro electrónico de apoderamientos etc)" Por lo tanto pueden preguntar sobre ese RD sobre dichos temas puesto que hasta 2/10/2018 estaría en vigor. ¿Estais de acuerdo?Se me va a acabar yendo la cabeza con tanta ley xD

Senda2

• 05/08/2016 8:45:00.
Mensajes: 2
• Registrado: febrero 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

Yo creo que con una ley tan extensa como ésta y las posibilidades tan enormes que tienen de plantear preguntas de otros apartados, sería la releche que preguntaran por una cuestión tan "controvertida".

Blas80

• 05/08/2016 16:24:00.
Mensajes: 682
• Desde: Coruña (A).
• Registrado: julio 2012.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

Estoy de acuerdo, pero creo que estás hilando excesivamente fino para tratarse de una C2 del Estado. No recuerdo que ese R.D. haya sido preguntado nunca, pero por poder pueden ponerlo, aunque sería meterse en embrollos dentro de embrollos, pero cualquiera sabe. Las gemelas vienen a asumir a la 11/2007 en sus bodys, y la 11/2007 siempre ha sido materia de preguntas, por lo que asumir que preguntarán algo sacado de esas partes electrónicas de las gemelas tendría bastante sentido. Pero claro, una cuestión la releche de controvertida (me gusta eso de releche, me recuerda a la leche y al queso) es para cogerse los dedos, y no creo que les compense. Lo ideal siempre será saberse todo, de esa manera no habrá problema alguno, aunque luego probablemente no pregunten nada, o nada más que trivialidades generales electrónicas.
Un saludo.

lugue85

• 05/08/2016 16:48:00.
Mensajes: 1842
• Desde: Granada.
• Registrado: abril 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

::: --> Editado el dia : 05/08/2016 21:21:37
::: --> Motivo :

Ya lo que pasa que lo del RD está en vigor a día del examen y las partes electrónicas de la 39/2015 no... Entonces ¿¡qué hacemos!?locura legislativa...

isaisinha

PERSISTE. Si fuera fácil, cualquiera lo lograría.

• 05/08/2016 17:18:00.
Mensajes: 414
• Desde: Santiago de Compostela.
• Registrado: junio 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

::: --> Editado el dia : 20/05/2018 13:11:24
::: --> Motivo :

.

katyyyyy

• 05/08/2016 22:28:00.
Mensajes: 6
• Registrado: julio 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

Gracias por las respuestas.

Podíamos mandarle un correo al Inap para que manden una nota alternativa.

Haber, los jueces son los que interpretan las leyes.

Yo entiendo que a día hagamos examen es normal nos pregunten por una ley en vigor, y no una derogada como la ley 30/92.

Pero luego están las cuestiones relativas a registro electrónico y demás que entran en vigor en el 2017.

Suelo estudiar por libro adams, pero fue tal el cacao que me baje la ley, para leerme todas las disposiciones estas sobre derogación.

Lo mejor sería tener una lista con el articulado que estudiar y cuál no.

Por ejemplo eso de la Firma Electrónica hay que estudiarlo?

A mi me dan ganas, de pasar de esto leerla, y seguir con lo demás, retomar el tema del poder judicial que lo deje colgado, el de igualdad etcetera....y ver si alguien aporta un poco más de luz..ya sea el inap, en alguna academia.

lugue85

• 06/08/2016 19:16:00.
Mensajes: 1842
• Desde: Granada.
• Registrado: abril 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

::: --> Editado el dia : 06/08/2016 19:16:35
::: --> Motivo :

Esta ley me tiene fuera de sí. Lo del órgano competente, el que inicia, el que instruye, el que tramita, el que resuelve, etc....no me entero, ¿un solo órgano puede llevar a cabo todas las fases?¿o solo algunas o que?

SELENA1976

el que la sigue la consigue....

• 06/08/2016 20:02:00.
Mensajes: 34
• Desde: Abezames.
• Registrado: julio 2011.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

Yo soy de la opinión de echarle un vistazo rápido a la 11/2007, porque creo se deroga el 2 de octubre por lo que vi por ahí, y si el tribunal pone el examen el 1 de octubre estaría dentro de la legalidad poniendo preguntas de esa ley, pufff yo tengo un cacao mental con lo fácil que era la antigua ley de procedimiento admon, que por cierto me la sabia super bien.. dios deliro ya!!!!!! jajaja...

lugue85

• 06/08/2016 21:06:00.
Mensajes: 1842
• Desde: Granada.
• Registrado: abril 2016.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

SELENA1976 el examen es después del 2 de Octubre, lo dijo la Comisión Permanente hace tiempo

SELENA1976

el que la sigue la consigue....

• 06/08/2016 23:23:00.
Mensajes: 34
• Desde: Abezames.
• Registrado: julio 2011.

RE:Ley 39/15 y Registro Electrónico

Ya lugue85 pero y si ponen algo de esa ley... pufff yo me la voy a empollar de perdidos al rio, si total donde caben un montón de temas cabe uno más... jajaja..


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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