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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
710.599 mensajes • 396.154 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 19/09/2016 11:41:00.
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hola!! ya se que se ha preguntado más veces pero es que veo que en cada hilo se responde una cosa..a ver si alguien puede aclarármelo.
Art 30 de la 40/2015: diferencia entre reiniciandose el plazo de prescripcion para las infracciones y volviendo a transcurrir el plazo para las sanciones.
uno empieza otra vez y el otro sigue donde se quedaron...pero cual es cual??
gracias!!!
• 19/09/2016 22:46:00.
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Como veo que nadie te contesta, me aventuraré yo, que ya he tratado esto hasta la saciedad en otro hilo y parezco abocado a tratar de prescripciones cada pocos y creo que de volver a hacerlo me iré al monte, dejaré de ducharme y romperé toda relación con la sociedad con la posible excepción de algún asalto ocasional a cestas de pícnic llenas de deliciosos emparedados, claro está.
En resumidas cuentas, la prescripción vuelve a iniciar el plazo, por lo que en ambos casos, al ser de prescripción, vuelven a iniciar el cómputo del plazo desde cero, por así decirlo. Todo lo contrario de la caducidad.
Un saludo.
• 19/09/2016 22:53:00.
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¿A qué tema corresponde esta ley?
• 20/09/2016 0:55:00.
• Mensajes: 177
• Registrado: febrero 2016.
graaaacias Blas...se que es jna pregunta muy cansina pero no me quedaba claro con lo que he leido en otros hilos y en otros foros.
la verdad es que estaba convencida por lo que dijeron en su dia en la academia la ley 30/92 que uno reiniciaba y el otro continuaba..pero no entendia cual...no que ambos reiniaciaban como entiendo que dices.
te debo una tortilla campera )
• 20/09/2016 1:12:00.
• Mensajes: 682
• Desde: Coruña (A).
• Registrado: julio 2012.
Yo me los sabía así, ahora bien, lo mismo estoy confundido y son diferentes cosas. En ese caso ya nos enteraremos Saruchita, que seguramente alguien lo explicará.
opositora687, no sé decirte a qué tema numérico. Se trata de procedimiento administrativo, de la Ley de Régimen Jurídico, gemela de la de Procedimiento y que viene a completar algunos puntos, además de a tratar de lo suyo, AGE Y SPE más que nada.
Un saludo.