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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 08/02/2017 12:10:00.
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• Registrado: mayo 2015.
Buenas chicos, ya estamos en la recta final, pero aun así surgen dudas de última hora, os pongo una pregunta de test que no se si es que está mal redactada o yo no la entiendo bien. Ahí va:
Por medio del recurso de inconstitucionalidad no podrán impugnarse ante el Tribunal
Constitucional:
A) Tratados internacionales
B) El Reglamento del Congreso
C) Un Real Decreto
D) Pueden impugnarse todos los anteriores
Me da como correcta, real decreto, pero sinceramente no la veo, porque un real decreto, es un reglamento, y debería poder impugnarse o estoy en lo erróneo. Si alguien me ayuda, mil gracias.
Un saludo y mucho ánimo.
• 08/02/2017 12:24:00.
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• Registrado: abril 2016.
Susi creo que es esa respuesta porque un Real Decreto 'a secas' no tiene fuerza de Ley, otra cosa sería si fuera Real Decreto LEY o LEGISLATIVO, a ver si alguien confirma. Un saludo
• 08/02/2017 12:37:00.
• Mensajes: 100
• Registrado: mayo 2015.
Llevas razón Lugue, es eso, no me había dado cuenta de ese detalle, muchas gracias.
• 08/02/2017 16:54:00.
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• Registrado: junio 2016.
Artículo 27.2 de la LOTC
Son susceptibles de declaración de inconstitucionalidad:
a) Los Estatutos de Autonomía y las demás Leyes orgánicas.
b) Las demás Leyes, disposiciones normativas y actos del Estado con fuerza de Ley. En el caso de los Decretos legislativos, la competencia del Tribunal se entiende sin perjuicio de lo previsto en el número seis del artículo ochenta y dos de la Constitución.
c) Los Tratados Internacionales.
d) Los Reglamentos de las Cámaras y de las Cortes Generales.
e) Las Leyes, actos y disposiciones normativas con fuerza de Ley de las Comunidades Autónomas, con la misma salvedad formula en el apartado b) respecto a los casos de delegación legislativa.
f) Los Reglamentos de las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.
• 08/02/2017 18:02:00.
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• Desde: Granada.
• Registrado: abril 2016.
De nada Susi, así me sirve para repasar :)