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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 17/06/2017 12:43:00.
• Mensajes: 3
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: junio 2017.
Hola, buenos días a todos,
tengo una duda sobre este tipo de excedencia, explico el caso para que se entienda mejor,
Si estoy trabajando como auxiliar administrativo, con una interinidad, en el Servicio Valenciano de Salud, y obtengo una plaza en propiedad, por oposición, de auxiliar administrativo también, en el Servicio Aragonés de Salud, ¿puedo solicitar la excedencia voluntaria por prestar servicios en el sector público?, ¿puede hacerse cuando es la misma categoría?.
Muchas gracias por todo.
• 17/06/2017 13:01:00.
• Mensajes: 296
• Registrado: enero 2011.
No puede hacerse ni en la misma categoría ni en distinta categoría, Pepa, una chica de aquí del foro se vió en el mismo problema, la interinidad no sirve como motivo para solicitar una excedencia. Otra cosa sería que fueras funcionaria de carrera, y aprobaras otras oposiciones, ahí si que podrías ponerte excedente en uno de los cuerpos.
• 17/06/2017 13:23:00.
• Mensajes: 3
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: junio 2017.
"Noseqhacerdemivida" gracias por la rápida respuesta.
Perdona, pero me lío con los términos. Te cuento un caso que conozco yo, una compañera estaba trabajando en el Servicio Valenciano de Salud, en la categoría de auxiliar administrativo, el contrato que tenía era una reserva de plaza, a los pocos meses de empezar con ese contrato, obtuvo plaza de celador, también en el Servicio Valenciano de Salud, y en el mismo acto de toma de posesión, solicitó la excedencia voluntaria por prestar servicios en el sector público, además fue automático, no tuvo que trabajar de celador, quedó su plaza en reserva y siguió trabajando como auxiliar administrativo.
Por eso me surge la duda, porque creo que si es la misma categoría no es posible solicitarlo.
Gracias por todo.
• 17/06/2017 15:25:00.
• Mensajes: 103
• Registrado: agosto 2013.
::: --> Editado el dia : 17/06/2017 15:25:20
::: --> Motivo :
Lagartijo1980 en ese caso sí, pides excedencia en una de ellas pides excedencia.
• 17/06/2017 18:18:00.
• Mensajes: 296
• Registrado: enero 2011.
Pero hace cuantos años fue eso, Pepa?
Por lo visto hace años si que se podía, pero ahora ya no. Aquí por el foro anda una chica que renunció a sacarse plaza en el Map porque le dieron una interinidad en su comunidad autónoma, la interinidad era muy buena, y le dijeron que o una cosa o la otra, no le valdría la excedencia.
• 17/06/2017 21:22:00.
• Mensajes: 3
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: junio 2017.
Ok, muchas gracias.
Eso haré, preguntaré en el Servicio Aragonés de Salud.
Pensaba que una cosa así sería general para todos los funcionarios, y resulta que cada Servicio o Administración decide una cosa.
Saludos.
• 27/06/2017 18:41:00.
• Mensajes: 277
• Registrado: mayo 2005.
::: --> Editado el dia : 27/06/2017 19:47:10
::: --> Motivo :
hay un decreto, si mal no recuerdo salio publicado en marzo de 2006 mediante el cual solo puedes pedir excedencia en una de las plazas si tienes ambas en propiedad, existe casos y alguno conozco, que tienen excedencia en plaza en propiedad y ocupan plaza de interinidad pero es por que lo pidieron antes del citado decreto.
en concreto este es el decreto de marras
[--https://www.boe.es/boe/dias/2006/03/04/pdfs/A08967-08969.pdf--]
• 27/06/2017 23:03:00.
• Mensajes: 312
• Registrado: septiembre 2006.
PepaCR, espero que ya hayas obtenido una respuesta del Servicio Aragonés de Salud como dice Damari que preguntases. El Decreto no afecta a otras administraciones fuera de la AGE a menos que en sus leyes de Función Pública establezca otra cosa. Yo mismo en el 2007 pude dejar en excedencia voluntaria por prestar servicios en el sector público una plaza de funcionario de carrera del Gobierno de Canarias para irme a una interinidad de un mes en en la AGE, lo que al revés no se puede hacer.
Todo esto debido al BOE al que El Cid Campeador (saludos colega veterano -) hace referencia, que incluye la coletilla "El desempeño de puestos con carácter de funcionario interino o de personal laboral temporal no habilitará para pasar a esta situación administrativa" introducida en 2006 al "Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado." OJO FUNCIONARIOS CIVILES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO = AGE SOLAMENTE... El TREBEP que sí es aplicado en otras AAPP no incluye este tipo de excedencia, pero sí la incluyen las leyes de Función Pública de cada AAPP generalmente, sin tener la citada coletilla.
Un saludo a tod@s!
• 27/06/2017 23:09:00.
• Mensajes: 312
• Registrado: septiembre 2006.
::: --> Editado el dia : 27/06/2017 23:10:57
::: --> Motivo :
Y otra cosa PepaCR... lo importante es no pertenecer al mismo cuerpo... y tú pertenecerías a dos cuerpos diferentes, uno en Valencia y otro en Aragón. Ya ves que yo lo pude hacer y eran de auxiliar administrativo C2 los dos. Pero uno es del Cuerpo de aux.... de Canarias.. y otro del Cuerpo de auxi... de la AGE.
Lagartijo, Fue mi caso cuando aprobé la AGE y dejé en excedencia la de Canarias. Sin problemas. Y puedo volver a Canarias cuando quiera. Si fuera al revés no, porque ahora se empeña la AGE en dejar pasar dos años para reingresar aunque no esté escrito.
• 27/06/2017 23:34:00.
• Mensajes: 220
• Registrado: febrero 2016.
no entiendo lo que dices de los dos años...a partir de los dos años si puedes pedir excedencia por servicio en otra administración publica en la age?? gracias
• 28/06/2017 11:38:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: marzo 2016.
Lo más normal es que te den una comisión de servicios en el Servicio Valenciano de Salud y no tengas que incorporarte ni un solo día al Servicio Aragones de Salud, y cuando pasen los dos años pertinentes te lleves tu plaza por traslado al Servasa.
• 28/06/2017 12:11:00.
• Mensajes: 312
• Registrado: septiembre 2006.
::: --> Editado el dia : 28/06/2017 16:03:13
::: --> Motivo :
Novata87, me refiero a que si pides excedencia no podrías reingresar a esa misma administración hasta que no pasen 2 años
Pero que yo sepa sólo pasa en reingresos de la AGE
• 30/06/2017 1:10:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: junio 2009.
::: --> Editado el dia : 30/06/2017 1:12:30
::: --> Motivo : miro decreto...
(...)
• 30/06/2017 17:39:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: enero 2014.
Buenas!
En vez de una excedencia por prestar servicios en el sector publico se podria solicitar una excedencia voluntaria, siempre que cumplas el requisito de tener una antigüedad de al menos 5 años en cualquiera de las administraciones publicas